Publicaciones de Wilson Andrès Acuña Tarapuez (4)

Ordenar por

CUPOS PARA IMPORTAR CHATARRA

En cumplimiento a la Resolución DGN-0177 del 30 de Marzo de 2011, Artículos 9, se pone en conocimiento los cupos disponibles de exportación al 12 de Junio de 2011 de las siguientes subpartidas (VER CUADRO). Cabe mencionar que se está considerando aquellas órdenes de embarque que ingresaron a Zona Primaria en el año 2010 y todavía no han sido regularizadas.Información al 12/Jun/2011Subpartida Información Ingreso a ZP DAU 40 Información Salida de ZP Consumo Cupo en TM 2011 Cupo en Kg 2011 Saldo 2011 en kg7403220000 416.770,00 128.240,00 545.010,00 578,00 578.000,00 32.990,007404000000 3.289.682,00 2.196.047,00 5.485.729,00 8.198,00 8.198.000,00 2.712.271,007602000000 3.037.401,00 2.414.301,00 20.000,00 5.431.702,00 6.498,00 6.498.000,00 1.066.298,00
Leer más…

 

Antes de importar debe realizar los siguientes pasos:

  1. Obtenga el Registro Único de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  2. Regístrese como importador ante la Aduana del Ecuador, ingresando en la página: www.aduana.gov.ec, link: OCE’s (Operadores de Comercio Exterior), menú: Registro de Datos. Una vez aprobado su registro, usted podrá acceder a los servicios que le brinda el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE).
  3. Dentro del SICE, registre su firma autorizada para la Declaración Andina de Valor (DAV), opción: Administración, Modificación de Datos Generales.
  4. Una vez realizados los pasos anteriores, ya se encuentra habilitado para realizar una importación; sin embargo, es necesario determinar que el tipo de producto a importar cumpla con los requisitos de Ley. Esta información se encuentra establecida en las Resoluciones Nº. 182, 183, 184 y 364 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), www.comexi.gov.ec, link: Resoluciones.
  5. Busque la asesoría y servicios de un Agente de Aduana de su confianza, quien realizará los trámites de desaduanización de sus mercancías. El listado de Agentes de Aduana autorizados se encuentra en nuestra página web: www.aduana.gov.ec

 

¿Qué documentos exige la Aduana del Ecuador al momento de realizar una importación?

 

 

Como resultado de su importación, el Agente de Aduana debe realizar la Declaración Aduanera Única (DAU); enviarla electrónicamente a través del SICE, y presentarla físicamente en el Distrito de llegada de las mercancías; adjuntando los siguientes documentos exigidos por la Ley Orgánica de Aduanas (LOA):

• Original o copia negociable del Documento de Transporte.
• Factura Comercial.
• Declaración Andina de Valor (DAV).
• Póliza de seguro.

Dependiendo del tipo de producto a importar, también se requerirá. (Verifique la partida ingresando al SICE):

• Certificados de Origen de los países con los que el Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podrá acogerse a la liberación arancelaria.
• Documentos de Control Previo (puede ser al embarque o a la presentación    de la declaración aduanera), exigidos por regulaciones del COMEXI y/o del Directorio de la Aduana del Ecuador.

 

 

DATOS IMPORTANTES

 

 

• Una vez aceptada la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera Única (DAU) en el SICE, se determinará el canal de aforo mediante la aplicación de criterios de análisis de riesgo; pudiendo ser este: físico, documental, o automático (canal verde).
• Según la LOA: “En las importaciones, la declaración se presentará en la Aduana de destino, desde 7 días antes, hasta 15 días hábiles siguientes a la llegada de las mercancías”. De no presentar la DAU dentro de este plazo, sus mercancías caerán en abandono tácito.
• Para aminorar el tiempo de desaduanización de sus mercancías, se recomienda hacer uso del Despacho Anticipado. Para mayor información sobre Despacho Anticipado consulte nuestra página web: www.aduana.gov.ec

 

¿Qué impuestos debo pagar en la Aduana del Ecuador?

 

 

• El valor CIF de su mercancía, es la base imponible para el cálculo de los impuestos y comprende la suma de los siguientes valores.

  • PRECIO FOB* (Valor soportado con facturas)
  • FLETE (Valor del transporte internacional)
  • SEGURO (Valor de la prima)
    ----------------
    TOTAL: CIF

• Una vez obtenido el valor CIF, podrá hacer el cálculo de los siguientes impuestos:

- AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías)

Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador.
Porcentaje variable sobre el valor CIF, según el tipo de mercancía.

- FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia)
Impuesto que administra el INFA.  0.5% del valor CIF.

- ICE (Impuesto a los Consumos Especiales)
Administrado por el SRI.
Porcentaje variable según los bienes y servicios que se importen. (Consulte en la página del SRI: www.sri.gov.ec, link: Impuestos)

- SALVAGUARDIA POR BALANZA DE PAGOS**
Son de 3 tipos:
(Recargo Ad-Valorem, Recargo Arancelario Especial adicional al  arancel vigente, y Restricción Cuantitativa de Valor - cupos) Impuesto que administra la Aduana del Ecuador.  Restricciones temporales que se aplican solamente a ciertos productos importados.

- IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Administrado por el SRI. 12% del resultado de la suma de:
CIF + ADVALOREM + FODINFA + ICE + SALVAGUARDIA

- IMPUESTO DE SALIDA DE DIVISAS
Impuesto que administra el SRI. 1% del CIF + Ajustes de Valor.

EL VALOR TOTAL A CANCELAR POR EL IMPORTADOR, ES LA SUMA DE LOS IMPUESTOS ANTES MENCIONADOS.

* El FOB es igual a la suma del valor de las mercancías, más los gastos internos hasta ubicarlas sobre el medio de transporte que lo llevará a su destino final.
** Medidas de Salvaguardia por Balanza de Pago, adoptadas por el Gobierno Nacional. Resoluciones Nº 466, 467 y 468 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI).

 

 

Base Legal

 

 

Arts. 9, 43, 44, 46, 51 a la Ley Orgánica de Aduanas (LOA).
Art. 168 del Reglamento General a la LOA.
Resoluciones Nº 466, 467 y 468 del COMEXI.

 

 

Art. 55.- Importaciones a Consumo.- La importación a consumo es el régimen aduanero por el cual las mercancías extranjeras son nacionalizadas y puestas a libre disposición para su uso o consumo definitivo.

 

Art. 14.- Base Imponible.- La base imponible de los impuestos arancelarios, en las importaciones es el valor CIF y en las exportaciones es el valor FOB de las mercancías, determinados según las normas del valor en aduana.

Leer más…

EXITEN DOS TIPOS DE COMERCIO EXTERIOR EN EL ECUADOR.

1.- El SISTEMA INTERACTIVO DE COMERCIO EXTERIOR. 

2.- EL SITEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR.

 

Para la facilidada de la utilizaciòn de este sitema tenemos una herramienta llamada SICE.

 

Actualmente la SENAE quiere que los importadores tengan su indipendencia quiere decir que no dependan de  UN AGENTE para realizar su importaciones

Leer más…


En el Ecuador actualmente ya se encuentra inplementado el sitema de tarjetas intelegintes o con Chip ( smart carts), esto a facilitado el comercio entre los pais mas cercanos al Ecuador, como Venezuela Bolivia o con el país mas dedicado al comercio electronico como Estados Unios.

El PayPal.- siendo asi una de las principales empresas estatales dedicadas al comercio exterior.   

E-gold,- Es el sistema mas seguro a nivel mundial.  

DineroMail.- Es una plataforma de pagos online en el mercado de América Latina, con presencia regional en Brasil, México, Argentina, Chile y Colombia.

 

Leer más…