Publicaciones de Paula Micaela Ortiz Cruz (17)

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Introducción

En el mundo de la moda y la confección, las innovaciones textiles han permitido que prendas y tejidos icónicos evolucionen con el tiempo. Uno de los elementos más cautivadores en este sentido es el tul, un tejido ligero, transparente y delicado que ha capturado la imaginación de diseñadores y amantes de la moda durante generaciones. Si bien el tul clásico ha estado históricamente tejido con fibras naturales como el algodón o la seda, la era moderna ha introducido un emocionante giro en la historia de este material. La aparición de fibras sintéticas y artificiales ha revolucionado la forma en que se crea y utiliza el tul, abriendo un abanico de posibilidades creativas y funcionales.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.04 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 60.02 a 60.06.

Subpartida: 5804.21.00.00 - - De fibras sintéticas o artificiales.

Notas Explicativas

58.04 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 60.02 a 60.06.

5804.10 – Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

                – Encajes fabricados a máquina:

 5804.21 – – De fibras sintéticas o artificiales.

 5804.29 – – De las demás materias textiles.

 5804.30 – Encajes hechos a mano.

1.- TUL, TUL-BOBINOT Y TEJIDOS DE MALLAS ANUDADAS

Estos productos se utilizan como tejidos de fondo para bordados o para confeccionar cortinas, colchas u otros artículos de tapicería o decoración, velos, prendas de vestir femeninas, etc. Se fabrican principalmente con hilos de seda, fibras sintéticas o artificiales, algodón o lino.

A) El tul está constituido por hilos de urdimbre alrededor de los cuales se arrollan hilos de trama, dirigidos oblicuamente de un orillo a otro del tejido, la mitad en un sentido y la otra mitad en otro, cruzándose para formar con los hilos de urdimbre mallas abiertas (fig. 1); estas mallas pueden, según los casos, afectar diversas formas, en especial, la forma hexagonal redondeada (en los tules ordinarios), cuadrada o de rombo (en los tules llamados Neuville). Otra variedad de tul de forma hexagonal (llamado de Malinas) está formada por hilos de urdimbre y por un sistema de hilos de bobinas que trabajan longitudinalmente entre dos hilos de urdimbre solamente (fig. 2).12200650877?profile=RESIZE_710x

B) El tul bobinot (Llamado también guipure a máquina) es un tul especial constituido por tres series de hilos rectos o hilos de urdimbre, tendidos paralelamente, como en los tules comunes, a cierta distancia unos de otros; los hilos de dibujo o hilos de brocado; los hilos de vuelta o hilos de enlace, cuyo papel es mantener el tejido uniendo los hilos rectos de urdimbre y los de dibujo. Los hilos de dibujo se denominan así porque son ellos los que producen el efecto del labrado durante el tejido. En efecto, tan pronto corren a lo largo de los hilos rectos como se separan de ellos provisionalmente para engancharse al hilo de vuelta del hilo recto contiguo o de otro hilo recto formando, en los intervalos de los hilos de urdimbre, mallas triangulares y, si sus pasadas son numerosas, las partes llenas del dibujo. Además de las mallas triangulares, los tules bobinot presentan, por ejemplo, calados (intermallas) de forma trapezoidal (fig. 3).

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C) El tul red está constituido por tres series de hilos: los hilos rectos o hilos de urdimbre tendidos paralelamente y a cierta distancia unos de otros; hilos de malla que van alternativamente a lo largo de los diferentes hilos rectos para formar, a su paso de unos a otros, mallas cuadradas; e hilos de vuelta o ligadura, cuyo papel es mantener el tejido uniendo a intervalos los hilos de urdimbre rectos y los hilos de malla (fig. 4).

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D) Los tejidos de mallas anudadas son tejidos de mallas abiertas regulares, en forma de cuadrado o rombo, anudadas en sus cuatro ángulos, de manera que no se puedan separar los hilos tirando de ellos.

Estos tejidos se fabrican a mano o en telares mecánicos.

Se excluyen de esta partida:

a) Los tejidos poco tupidos de los Capítulos 50 a 55 y los tejidos de gasa de vuelta de la partida 58.03.

b) Las redes de la partida 56.08.

c) La gasa y telas para cerner de la partida 59.11.

d) Los tejidos de punto del Capítulo 60.

d) El tul y los tejidos de mallas anudadas confeccionados según se expone en el apartado II de las Consideraciones

Generales de la Sección XI.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

El tul sintético se clasifica en la subpartida 5804.21.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación para el tul sintético es que en un mundo donde la moda y la tecnología convergen de maneras inesperadas, el tul de fibras sintéticas o artificiales emerge como un lienzo en blanco para la creatividad desenfrenada. Al examinar este tejido único, se abre un abanico de posibilidades para los diseñadores, artistas y entusiastas de la moda que buscan explorar nuevas fronteras estilísticas. La capacidad de combinar la delicadeza tradicional del tul con las propiedades mejoradas de las fibras sintéticas o artificiales ofrece una plataforma para crear prendas que capturan la esencia de lo clásico y lo contemporáneo.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.

 

 

 

 

 

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Introducción

Estos tejidos representan una maravillosa fusión entre la delicadeza y la versatilidad en el mundo de la moda y la confección, conocidos por su ligereza y fluidez, han sido durante mucho tiempo apreciados por su capacidad para crear prendas elegantes y etéreas que fluyen con gracia alrededor del cuerpo. La magia de la gasa de vuelta reside en su capacidad para aportar un aire de sofisticación y elegancia a una variedad de prendas, desde vestidos de noche hasta blusas y accesorios.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.03 - Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.

Subpartida: 5803.00.90.00 - De las demás materias textiles.

Notas Explicativas

58.03 - Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.

Los tejidos de gasa de vuelta se definen en la Nota 3 de este Capítulo.

En las gasas simples, los hilos de vuelta evolucionan alternativamente a derecha e izquierda de cada hilo fijo, pasando cada vez sobre la pasada de trama y bajo el hilo fijo; los hilos fijos se encuentran siempre bajo las pasadas de trama; los hilos fijos y las pasadas que no están entrecruzados se encuentran así ligados solamente por medio de los hilos de vuelta.

Se obtienen variedades más complejas de tejidos de gasa de vuelta mediante el cruzamiento de hilos de vuelta entre sí (gasa de ganchillo, y en particular, la gasa Marly), insertando dos o más tramas en un solo bucle (o, dicho de otra forma, en el mismo paso), utilizando varios hilos fijos para un solo hilo de vuelta o varios hilos de vuelta que evolucionan diferentemente por cada hilo fijo, etc.

También están comprendidos en esta partida:

  • Las gasas festoneadas, fabricadas por medio de un hilo suplementario llamado hilo de festoneado, que origina, durante el tejido, efectos de dibujo en el tejido de fondo de gasa de vuelta.
  • Los tejidos con partes de gasa de vuelta y partes tejidas con otros ligamentos (gasa labrada), cualquiera que sea la proporción, en cuanto a superficie, de cada una de las partes; estos tejidos presentan generalmente efectos de rayas o bandas en el sentido de la urdimbre, cuadros o dibujos muy variados.

Los tejidos de gasa de vuelta son generalmente tejidos poco tupidos y por tanto ligeros; se utilizan especialmente para confeccionar visillos o cortinas; algunos de ellos se emplean para obtener hilos de chenilla después de cortarlos en tiras estrechas en el sentido de la urdimbre.

Su aspecto es muy diverso y los motivos obtenidos en el tejido, muy variados. Por ello conviene no confundir los tejidos de gasa de vuelta, particularmente, con los tejidos brochados o los demás tejidos de los Capítulos 50 a 55, los bordados, encajes, puntillas, tules o incluso los tejidos de malla anudada de este Capítulo.

Por último, debe tenerse en cuenta que se da comúnmente el nombre de gasas a tejidos lisos y poco tupidos de ligamento tafetán, utilizados principalmente en la confección de apósitos (tipo gasas para apósitos); estos tejidos son de la partida 30.05 (si son medicinales o están acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios) o de los Capítulos 50 a 55.

 Además, la presente partida no comprende las gasas para cerner de la partida 59.11.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos de gasa de vuelta se clasifican en la subpartida 5803.00.90.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación para los tejidos de gasa de vuelta es que estos tejidos ligeros y fluidos son ideales para crear prendas que hagan sentir cómodo y a la vez permitan lucir sofisticado y bien vestido. Ya sea que se esté planeando diseñar un vestido de noche deslumbrante, una blusa delicada o incluso accesorios elegantes, la gasa de vuelta añadirá un toque de distinción a las creaciones. Su naturaleza etérea y su capacidad para fluir suavemente alrededor del cuerpo proporciona una apariencia y sensación encantadora.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

La lana o pelo fino es un material de gran valor y versatilidad que ha desempeñado un papel fundamental en la historia de la humanidad. Proveniente de diversas especies animales, como ovejas, cabras y camellos, este recurso natural ha sido apreciado por su suavidad, calidez y capacidad de adaptarse a una amplia gama de aplicaciones.

La lana fina, en particular, se destaca por sus fibras delicadas y exquisitas, que poseen características únicas que la distinguen de otros tipos de fibras textiles. Desde la confección de prendas de vestir hasta la creación de productos artesanales y funcionales, la lana fina ha dejado una huella perdurable en la industria textil y en la cultura en general.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.01 – Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida: 5801.10.00.00 - De lana o pelo fino.

Notas Explicativas

58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

5801.10 – De lana o de pelo fino.

                – De algodón:

 5801.21 – – Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 5801.22 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.23 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.24 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.25 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.26 – – Tejidos de chenilla.

                   – De fibras sintéticas o artificiales:

 5801.31 – – Terciopelo y felpa por trama sin cortar.

 5801.32 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.33 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.34 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.35 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.36 – – Tejidos de chenilla.

 5801.90 – De las demás materias textiles.

A.- TERCIOPELO Y FELPA, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA 58.02

El terciopelo, la pana y la felpa son tejidos de trama y urdimbre constituidos por tres series de hilos como mínimo: hilos de urdimbre y pasadas de trama tensas que forman el tejido de fondo (urdimbre y trama de fondo) e hilos de urdimbre o pasadas de trama que forman, en toda o en parte de la superficie (generalmente en una sola de las caras, aunque a veces en las dos), bien pelos (o penachos), o bien bucles. Entre esta clase de tejidos, en general, los terciopelos y panas son aquellos cuyos pelos o bucles son cortos y rectos; las felpas tienen el pelo o los bucles más largos y a menudo ligeramente recostados.

El terciopelo y la felpa cortados se llaman por urdimbre cuando los pelos o bucles de la superficie los producen hilos de urdimbre (llamados hilos de urdimbre de pelo). Estos tejidos se obtienen generalmente levantando, durante la tejedura, la urdimbre de pelo por medio de varillas metálicas (hierros) dispuestas en el sentido de la trama. De esta manera se forman bucles, que se cortan durante la tejedura o después; se fabrican de este modo terciopelo y felpa llamados cortados o aterciopelados. Si los bucles se dejan intactos, el terciopelo y la felpa obtenidos se llaman rizos, frisados o rizados. En el terciopelo y en la felpa por urdimbre, los bucles y pelos se sujetan mediante pasadas de trama de fondo.

El terciopelo y la felpa por urdimbre pueden fabricarse igualmente tejiendo uno sobre otros dos tejidos que posean una urdimbre suplementaria común que vaya de uno a otro; esta urdimbre se corta después, permitiendo así obtener simultáneamente dos terciopelos o dos felpas (terciopelos llamados de doble pieza).

El terciopelo o pana y la felpa se llaman por trama cuando el pelo está formado por hilos de trama (llamados hilos de trama de pelo). Se fabrican generalmente haciendo pasar de modo alternativo los hilos de trama de pelo por debajo de algunos hilos de urdimbre, después por encima de otros contiguos, sobre los cuales la trama de pelo forma bastas. Estas bastas de trama se cortan después para producir el pelo. Un resultado semejante se obtiene disponiendo unas varillas (hierros) paralelamente a los hilos de urdimbre y cortando la trama de pelo durante el tejido. En la pana y en la felpa por trama, el pelo está, pues, sujeto por hilos de la urdimbre de fondo.

La pana y la felpa por trama que no han sido cortadas todavía y que no presentan ni pelo ni bucles en la superficie, sino todo lo más, a veces, una especie de cordoncillos paralelos en la dirección de la urdimbre, permanecen clasificadas en esta partida (véase la Nota 2 del Capítulo).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

La lana o pelo fino se clasifican en la subpartida 5703.20.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación La lana o pelo fino es una opción elegante y cómoda para enfrentar las temporadas frías, además la suavidad y ligereza de estas fibras naturales brindarán una experiencia cálida y acogedora sin comprometer el estilo. Ya sea que busquen suéteres, bufandas, mantas o accesorios, la lana o pelo fino es una elección ideal para agregar un toque de lujo y confort al vestuario o entorno. Además, la capacidad para regular la temperatura corporal mantendrá abrigado. Se debe aprovechar la calidad y durabilidad de la lana o pelo fino para disfrutar de prendas y objetos que no solo resaltarán el sentido de la moda, sino que también acompañan durante muchas temporadas por venir.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Introducción

Las alfombras de nailon son uno de los tipos más populares y versátiles de alfombras utilizadas en hogares, oficinas y espacios comerciales en todo el mundo. El nailon es un polímero sintético que se utiliza ampliamente en la fabricación de textiles, y su uso en la producción de alfombras ha demostrado ser una elección exitosa debido a sus diversas cualidades y ventajas.

Una de las características más notables de las alfombras de nailon es su resistencia a las manchas y al desvanecimiento. Esto se debe a la estructura del nailon, que repele líquidos y evita que las manchas penetren profundamente en las fibras. Además, muchas alfombras de nylon son tratadas con recubrimientos protectores que refuerzan su capacidad para resistir manchas y decoloración causadas por la exposición a la luz solar y otros factores ambientales.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  57 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Partida:  57.03 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados.

Subpartida: 5703.20.00.00 - De nailon o demás poliamidas.

Notas Explicativas

57.03 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados.

5703.10 – De lana o pelo fino.

 5703.20 – De nailon o demás poliamidas.

 5703.30 – De las demás materias textiles sintéticas o de materia textil artificial.

 5703.90 – De las demás materias textiles.

Esta partida comprende las alfombras y demás revestimientos para el suelo de mechones insertados, es decir, los productos con bucles o con mechones obtenidos en las máquinas tuftings que, mediante un sistema de agujas y ganchillos, insertan hilos sobre un fondo preexistente (generalmente un tejido o una tela sin tejer), formando así bucles o mechones de hilos, si los ganchillos de la máquina tienen un dispositivo de corte. A continuación, los hilos que forman el rizo normalmente se fijan mediante el recubrimiento de caucho o plástico. Normalmente, antes de que este recubrimiento se seque, se recubre con un segundo fondo de materia textil tejida (por ejemplo, yute) o con caucho celular.

Se clasifican también en esta partida las alfombras y demás revestimientos para el suelo de mechones insertados de materia textil fabricados con una “pistola” de insertar mechones o hechos a mano.

Los productos de esta partida se distinguen de las superficies textiles con mechones insertados de la partida 58.02, por ejemplo, por la rigidez, el espesor y la resistencia, que los hacen adecuados para su utilización como recubrimientos para el suelo.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 30%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Las alfombras de nailon se clasifican en la subpartida 5703.20.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 30%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación para las alfombras de nailon es que son una excelente opción si se busca una alfombra duradera, resistente a las manchas y versátil que pueda agregar comodidad y estilo a el hogar u oficina. Se debe considerar las necesidades específicas y buscar una opción de nailon de calidad para garantizar una satisfactoria y duradera experiencia con la alfombra.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Los tejidos con bucles, también conocidos como tejidos de rizo o tejidos de chenilla, son una técnica de tejido que ofrece resultados asombrosos y texturas únicas. El algodón, una fibra natural conocida por su suavidad, transpirabilidad y versatilidad, se convierte en el hilo ideal para crear tejidos con bucles. Esta técnica permite obtener superficies esponjosas y acolchadas, brindando una sensación de calidez y comodidad que resulta irresistible.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  60 - Tejidos de punto.

Partida:  60.01 - Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto «de pelo largo») y tejidos con bucles, de punto.

Subpartida: 6001.91.00.00 - - De algodón.

Notas Explicativas

60.01 - Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto «de pelo largo») y tejidos con bucles, de punto.

6001.10 – Tejidos de “pelo largo”.

                – Tejidos con bucles:

 6001.21 – – De algodón.

 6001.22 – – De fibras sintéticas o artificiales.

 6001.29 – – De las demás materias textiles.

                  – Los demás:

 6001.91 – – De algodón.

 6001.92 – – De fibras sintéticas o artificiales.

 6001.99 – – De las demás materias textiles.

 A diferencia del terciopelo y la felpa de la partida 58.01, los productos de esta partida se obtienen por tricotado. Los principales métodos de fabricación son los siguientes:

  • los rizos (bucles) se forman con un hilado textil suplementario sobre un fondo de punto, mediante un telar circular; a continuación, se cortan, lo que produce un efecto de terciopelo;
  • se confeccionan dos tejidos enfrentados cara a cara con un hilado de pelo normal en un telar especial de punto; el hilado de pelo se corta a continuación de forma que resulten dos piezas de terciopelo cortado;
  • las fibras textiles procedentes de una cinta de carda se insertan sobre un fondo de punto en el momento de la formación de las mallas (tejido llamado de pelo largo);
  • los bucles se obtienen fijando por costura por cadeneta hilados textiles sobre un fondo textil preexistente (tejidos con bucles) (véanse las Consideraciones Generales de este Capítulo). Los tejidos con bucles para toallas forman en el reverso hileras de puntos de cadeneta que permiten distinguirlos de los productos de la partida 58.02 en los que las hileras de puntos dan la impresión de puntos continuos cuando se mira el reverso del tejido en el sentido de la longitud.

Permanecen clasificados en esta partida el terciopelo, la felpa y los tejidos rizados, de punto, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados.

 Se excluyen de esta partida:

  1. La peletería artificial o facticia de la partida 43.04.
  2. El terciopelo y la felpa, tejidos (partida 58.01).
  3. Las superficies textiles de punto, con mechón insertado (partida 58.02).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos con bucles se clasifican en la subpartida 6001.91.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación para los tejidos con bucles de punto de algodón es crear una acogedora manta o cobija de rizo. Las mantas tejidas con bucles son perfectas para proporcionar calidez y comodidad durante las estaciones frías, y el algodón suave asegura que la manta sea suave al tacto y adecuada para pieles sensibles.

Se puede elegir un patrón sencillo de punto de rizo para principiantes, o desafiar con un diseño más complejo para un resultado aún más impresionante. La manta de rizo tejida con algodón no solo será funcional, sino que también añadirá un toque de elegancia y calidez a cualquier espacio en el hogar.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

La chenilla, derivada del término francés "chenille" que significa oruga, hace referencia a una técnica de tejido que produce un exquisito y aterciopelado material. Esta técnica se caracteriza por la creación de pequeños bucles en la superficie del tejido, los cuales le confieren una apariencia única y sumamente atractiva.

Desde su invención en el siglo XVIII, los tejidos de chenilla han sido altamente valorados en diversas aplicaciones, desde la confección de elegantes prendas de vestir hasta la decoración de interiores en hogares y espacios comerciales. Su capacidad para adaptarse a una amplia variedad de estilos y diseños ha consolidado su presencia en el mercado internacional, convirtiéndose en una opción popular tanto para diseñadores como para consumidores.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida: 5801.26.00.00 - - Tejidos de chenilla

Notas Explicativas

58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

5801.10 – De lana o de pelo fino.

                – De algodón:

 5801.21 – – Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 5801.22 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.23 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.24 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.25 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.26 – – Tejidos de chenilla.

                   – De fibras sintéticas o artificiales:

 5801.31 – – Terciopelo y felpa por trama sin cortar.

 5801.32 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.33 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.34 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.35 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.36 – – Tejidos de chenilla.

 5801.90 – De las demás materias textiles.

B.- TEJIDOS DE CHENILLA

El terciopelo y demás tejidos de chenilla se asemejan a las alfombras de chenilla de la partida 57.02; como estas últimas, la superficie aterciopelada (generalmente en las dos caras) se obtiene mediante hilos de chenilla y se fabrican generalmente con una trama suplementaria formada por hilos de chenilla, o bien introduciendo en la urdimbre, durante la fabricación del tejido de fondo, trozos de hilos de chenilla de diferentes colores y longitudes.

La materia textil que se utiliza en la fabricación de terciopelo, pana, felpa, tejidos rizados y de chenilla es muy diversa: seda, lana, pelo fino, algodón y fibras sintéticas o artificiales son las materias más empleadas para formar el pelo del tejido.

El terciopelo, la pana, felpa y los tejidos de chenilla pueden ser lisos, de cordoncillo o labrados o incluso después de su obtención, pueden gofrarse o darles un aspecto de moaré. Los labrados combinan a la vez, por ejemplo, espacios con rizo y espacios cortados (son los terciopelos recortados), o bien, espacios con pelo largo y espacios con pelo cortado al raso, lo que origina dibujos muy variados. Algunos terciopelos y felpas imitan a la peletería: son los llamados de astracán, caracul, foca o imitación de leopardo. Por el contrario, las imitaciones de peletería de materia textil obtenidas por procedimientos distintos al tejido (por ejemplo, las obtenidas por pegado, cosido, etc.) se clasifican en la partida 43.04.

Debe observarse que, entre los tejidos comprendidos en esta partida, existen muchos cuya fabricación es análoga a la de las moquetas o alfombras similares, o a la de las alfombras de chenilla de la partida 57.02. Pueden, sin embargo, distinguirse de ellas fácilmente, dado que, como están diseñados para utilizarse como telas de vestir o tapizar y decorar, y no para recubrir los suelos, los tejidos incluidos en esta partida se fabrican con materiales más finos y tienen un tejido de fondo mucho más flexible.

También se excluyen de esta partida:

a) Los tejidos que imitan los terciopelos y las felpas, en particular los tejidos llamados falsos terciopelos, rizados o ratinados, cuyo aspecto resulta de la utilización de hilados previamente rizados (hilados de fantasía) o de un tratamiento especial de la superficie del tejido (por ejemplo, perchado) (Capítulos 50 a 55, generalmente).

b) Los tejidos con bucles para toalla y las superficies textiles con pelo insertado de la partida 58.02.

c) El terciopelo, la pana, felpa, etc., que respondan al concepto de cintas (partida 58.06).

d) Las telas de punto y las telas de costura por cadeneta que imiten terciopelo, pana o felpa (partida 60.01 o 56.02, según los casos).

e) El terciopelo, la pana, felpa, etc., confeccionados conforme se expone en la parte II de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos de chenilla se clasifica en la subpartida 5801.26.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante es que se utilice los tejidos de chenilla como, por ejemplo: Cojines de chenilla para realzar la decoración en el hogar

Los cojines de chenilla son una excelente elección para añadir un toque de elegancia y confort a la decoración de tu hogar. La suavidad y el aspecto lujoso de la chenilla hacen que estos cojines sean irresistibles al tacto y visualmente atractivos. Se puede elegir entre una amplia variedad de colores y diseños, lo que permite combinarlos fácilmente con tu mobiliario y estilo de decoración.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

El bordado de encaje químico es una técnica decorativa que permite crear hermosos diseños y patrones en telas y tejidos utilizando productos químicos. También conocido como encaje soluble en agua, este método se ha vuelto popular en la industria textil debido a su versatilidad y a los resultados impresionantes que se pueden lograr.

A diferencia del bordado tradicional, que se realiza con hilos y agujas, el bordado de encaje químico utiliza productos químicos especiales para crear el efecto de encaje. La técnica se basa en la capacidad de ciertos productos químicos para disolver las fibras de la tela y crear áreas transparentes, lo que da lugar a un delicado encaje.

El proceso de bordado de encaje químico generalmente comienza con el diseño del patrón. El diseño se dibuja en la tela utilizando un lápiz soluble en agua o un marcador soluble. Luego, se aplican los productos químicos en las áreas designadas para el encaje. Estos productos químicos reaccionan con la tela y disuelven las fibras, creando áreas transparentes.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.10 - Bordados en pieza, tiras o motivos.

Subpartida: 5810.10.00.00- Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

Notas Explicativas

58.10 - Bordados en pieza, tiras o motivos.

5810.10 – Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

               – Los demás bordados:

 5810.91 – – De algodón.

 5810.92 – – De fibras sintéticas o artificiales.

 5810.99 – – De las demás materias textiles.

Los bordados se obtienen trabajando con hilos, llamados “hilos bordadores”, sobre un fondo preexistente constituido por un tul, una red, un terciopelo, una cinta, un tejido de punto, un encaje o cualquier otro tejido, o incluso por un fieltro o tela sin tejer, con el fin de adornar dicho tejido de fondo. Los hilos bordadores son normalmente hilos de fibras textiles, pero algunos bordados se ejecutan, sin embargo, por medio de hilos bordadores constituidos, especialmente, por hilados de fibras de vidrio o hilos o tiritas de metal o de rafia; estos bordados no por ello dejan de incluirse en esta partida. El tejido de fondo frecuentemente forma parte del bordado terminado; pero en el caso de los bordados químicos o aéreos y en los bordados con fondo recortado, se elimina después de haber sido bordado y solamente subsiste el dibujo que constituye el bordado. Ciertos bordados se realizan, no con hilos bordadores propiamente dichos, sino con tiras o cordoncillos de materia textil.

La fabricación a partir de un tejido de fondo preexistente es, pues, lo que diferencia principalmente a los bordados de los encajes; por consiguiente, conviene no confundir con los encajes los bordados cuyo tejido de fondo se ha eliminado después de su ejecución. Tampoco deben confundirse los bordados con los tejidos que presentan dibujos hechos en la operación del tejido por medio de hilos brochadores (“plumetis” y otros tejidos brochados auténticos). Los caracteres que permiten diferenciar los bordados de estos otros productos, figuran en esta Nota Explicativa.

Los bordados pueden ejecutarse a mano o mecánicamente. Los primeros son, en general, de dimensiones relativamente pequeñas. Los segundos, por el contrario, fabricados en máquinas de bordar o en telares para bordar, se obtienen frecuentemente en longitudes indeterminadas.

Los bordados a que se refiere esta partida comprenden esencialmente los tres grupos siguientes:

  1. - BORDADOS QUIMICOS O AEREOS Y BORDADOS CON FONDO RECORTADO.

Se trata de bordados en los que el tejido de fondo se ha eliminado por procedimientos químicos (bordados químicos o aéreos) o recortando con tijera u otro medio (bordados con fondo recortado). Son pues los dibujos bordados los que constituyen únicamente el bordado propiamente dicho.

Para diferenciar estos bordados de los encajes de la partida 58.04, no hay que, por consiguiente, basarse en este caso en el criterio de la existencia de un tejido de fondo. No obstante, puede hacerse la distinción si se observan los puntos siguientes:

  1. Mientras que los encajes están constituidos por un solo hilo continuo o por entrelazamiento de dos o más hilos continuos, cuyas funciones se confunden y presentan, en general, el mismo aspecto en las dos caras, los bordados de que aquí se trata, aun cuando se hayan obtenido a máquina, presentan dos hilos con funciones perfectamente diferenciadas: uno (hilo bordador) constituye el del derecho; el otro (hilo de lanzadera) es el que forma el revés y, generalmente, es más fino que el primero. De donde resulta que el revés y el derecho de estos bordados no tienen el mismo aspecto; el derecho presenta un cierto relieve, mientras que el revés es plano.
  2. En el caso de bordados con fondo recortado, quedan con frecuencia, en los contornos de los dibujos, pequeños cabos de hilos de tejido de fondo que no se han podido hacer desaparecer por completo.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

El bordado de encaje químico se clasifica en la subpartida 5810.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante es que se utiliza materiales de calidad se debe asegurar de adquirir productos químicos de bordado de encaje de alta calidad. Esto garantizará mejores resultados y una experiencia más satisfactoria. Además, se utiliza telas de buena calidad que sean adecuadas para este tipo de bordado, como telas de algodón o seda; también se debe experimentar con diseños y combinaciones, una de las mejores partes del bordado de encaje químico es la posibilidad de experimentar con diferentes diseños y combinaciones. No se debe tener miedo de probar diferentes patrones, texturas y colores para crear efectos únicos y personalizados. Además, se puede mezclar el encaje químico con otras técnicas de bordado para añadir más detalles y profundidad a tus proyectos.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Los tejidos de punto son una forma versátil y creativa de hacer ropa y accesorios. Dado que brindan una gran cantidad de ventajas y cualidades distintivas, las fibras sintéticas también han consolidado su posición única en esta industria. En comparación con las fibras naturales, estas fibras sintéticas producidas mediante procesos químicos han demostrado ser más resistentes, fuertes y adaptables.

Además, la variedad de usos de los tejidos de punto de fibra sintética es una de sus características más interesantes. Estas fibras abren un mundo de opciones de diseño, desde ropa deportiva de alto rendimiento hasta accesorios para moda y artículos para el hogar.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  60 - Tejidos de punto.

Partida:  60.03 - Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, excepto los de las partidas 60.01 ó 60.02.

Subpartida: 6003.30.00.00 - De fibras sintéticas.

Notas Explicativas

60.03 - Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, excepto los de las partidas 60.01 ó 60.02.

6003.10 – De lana o pelo fino.

6003.20 – De algodón.

6003.30 – De fibras sintéticas.

6003.40 – De fibras artificiales.

6003.90 – Los demás.

Esta partida comprende los tejidos de punto, excepto los de la partida 60.01, de anchura inferior o igual a 30 cm, sin hilados de elastómeros ni hilos de caucho o con un contenido de ellos inferior al 5% en peso.

 Se excluyen de esta partida:

a) Los apósitos medicamentosos o acondicionados para la venta al por menor (partida 30.05).

b) Los hilados “de cadeneta” (partida 56.06).

c) Las etiquetas, escudos y artículos similares de punto de la partida 58.07.

d) Los tejidos de punto bordados de la partida 58.10.

e) Los tejidos de punto del Capítulo 59 y, en particular, los tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados, de las partidas 59.03 y 59.07, los tejidos de punto cauchutados (partida 59.06) así como las mechas de punto para lámparas, hornillos, velas y análogos y los tejidos tubulares de punto para la fabricación de manguitos de incandescencia, de la partida 59.08.

f) Los artículos confeccionados en el sentido de la Nota 7 de la Sección XI (véase también el apartado II de las Consideraciones generales de la Sección).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos de punto de fibras sintéticas se clasifican en la subpartida 6003.30.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante se debe elegir las fibras adecuadas, hay una amplia variedad de fibras sintéticas disponibles en el mercado, cada una con sus propias características y propiedades, antes de comenzar un proyecto, se debe investigar y elegir la fibra sintética que se adapte mejor a las necesidades, tener en cuenta factores como la suavidad, la elasticidad, la transpirabilidad y la resistencia al desgaste; también, probar muestras de tejido, se debe hacer muestras de tejido para familiarizarse con la fibra sintética que se está utilizando. De esta manera, se comprobara la textura, el estiramiento y el aspecto del tejido terminado, y hacer los ajustes necesarios si es necesario.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

El tul es un tejido liviano y transparente que ha sido utilizado durante siglos para crear prendas elegantes y románticas. El tul se caracteriza por su estructura de malla abierta, formada por hilos entrelazados que crean pequeños orificios en la tela. Esta característica distintiva le confiere una apariencia etérea y delicada, lo que lo convierte en un tejido muy popular en vestidos de novia, velos, faldas y detalles decorativos.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida: 58.04 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 60.02 a 60.06.

Subpartida: 5804.10.00.00 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

Notas Explicativas

58.04 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 60.02 a 60.06.

1.- TUL, TUL-BOBINOT Y TEJIDOS DE MALLAS ANUDADAS

Estos productos se utilizan como tejidos de fondo para bordados o para confeccionar cortinas, colchas u otros artículos de tapicería o decoración, velos, prendas de vestir femeninas, etc. Se fabrican principalmente con hilos de seda, fibras sintéticas o artificiales, algodón o lino.

A) El tul está constituido por hilos de urdimbre alrededor de los cuales se arrollan hilos de trama, dirigidos oblicuamente de un orillo a otro del tejido, la mitad en un sentido y la otra mitad en otro, cruzándose para formar con los hilos de urdimbre mallas abiertas (fig. 1); estas mallas pueden, según los casos, afectar diversas formas, en especial, la forma hexagonal redondeada (en los tules ordinarios), cuadrada o de rombo (en los tules llamados Neuville). Otra variedad de tul de forma hexagonal (llamado de Malinas) está formada por hilos de urdimbre y por un sistema de hilos de bobinas que trabajan longitudinalmente entre dos hilos de urdimbre solamente (fig. 2).

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B) El tul bobinot (Llamado también guipure a máquina) es un tul especial constituido por tres series de hilos rectos o hilos de urdimbre, tendidos paralelamente, como en los tules comunes, a cierta distancia unos de otros; los hilos de dibujo o hilos de brocado; los hilos de vuelta o hilos de enlace, cuyo papel es mantener el tejido uniendo los hilos rectos de urdimbre y los de dibujo. Los hilos de dibujo se denominan así porque son ellos los que producen el efecto del labrado durante el tejido. En efecto, tan pronto corren a lo largo de los hilos rectos como se separan de ellos provisionalmente para engancharse al hilo de vuelta del hilo recto contiguo o de otro hilo recto formando, en los intervalos de los hilos de urdimbre, mallas triangulares y, si sus pasadas son numerosas, las partes llenas del dibujo. Además de las mallas triangulares, los tules bobinot presentan, por ejemplo, calados (intermallas) de forma trapezoidal (fig. 3).

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C) El tul red está constituido por tres series de hilos: los hilos rectos o hilos de urdimbre tendidos paralelamente y a cierta distancia unos de otros; hilos de malla que van alternativamente a lo largo de los diferentes hilos rectos para formar, a su paso de unos a otros, mallas cuadradas; e hilos de vuelta o ligadura, cuyo papel es mantener el tejido uniendo a intervalos los hilos de urdimbre rectos y los hilos de malla (fig. 4).

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D) Los tejidos de mallas anudadas son tejidos de mallas abiertas regulares, en forma de cuadrado o rombo, anudadas en sus cuatro ángulos, de manera que no se puedan separar los hilos tirando de ellos.

Estos tejidos se fabrican a mano o en telares mecánicos.

Se excluyen de esta partida:

a) Los tejidos poco tupidos de los Capítulos 50 a 55 y los tejidos de gasa de vuelta de la partida 58.03.

b) Las redes de la partida 56.08.

c) La gasa y telas para cerner de la partida 59.11.

d) Los tejidos de punto del Capítulo 60.

e) El tul y los tejidos de mallas anudadas confeccionados según se expone en el apartado II de las Consideraciones

Generales de la Sección XI.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

El Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas se clasifican en la subpartida 5804.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante se debe explorar la variedad de diseños y texturas: El tul, el tul-bobinot y los tejidos de mallas anudadas ofrecen una amplia gama de diseños y texturas para elegir. Experimentar con diferentes estilos y patrones para encontrar aquellos que se ajusten a tu visión creativa. Desde tul suave y fluido hasta mallas anudadas más rígidas, cada tejido tiene su propia personalidad y efecto visual. Por otro lado, se debe considerar el propósito y la ocasión: Al trabajar con estos tejidos, se debe tomar en cuenta el propósito y la ocasión para la que estás creando. El tul y el tul-bobinot son ideales para crear prendas y accesorios elegantes y románticos, como vestidos de noche, velos de novia o detalles decorativos en prendas de alta costura. Los tejidos de mallas anudadas son perfectos para proyectos más deportivos o para agregar un toque de vanguardia a tu diseño.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.

 

 

 

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Introducción

Las etiquetas tejidas son pequeños detalles que marcan la diferencia en cualquier prenda de ropa. Estas etiquetas, confeccionadas con hilos de alta calidad y precisión, añaden un toque de distinción y autenticidad a cada artículo textil. La técnica de tejido utilizada para crear estas etiquetas es un proceso artesanal que requiere habilidad y dedicación. Cada hilo se entrelaza cuidadosamente para formar letras, números, logotipos o diseños personalizados, creando así una etiqueta única y especial.

Estas etiquetas no solo son utilizadas por marcas de moda y confección, sino también por artesanos, diseñadores independientes y creadores que desean agregar un elemento distintivo a sus productos. Su versatilidad las hace adecuadas para una amplia variedad de prendas, desde ropa de alta gama hasta artículos tejidos a mano.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida: 58.07 - Etiquetas, escudos y artículos similares, de materia textil, en pieza, cintas o recortados, sin bordar.

Subpartida: 5807.10.00.00 - Tejidos.

Notas Explicativas

58.07 - Etiquetas, escudos y artículos similares, de materia textil, en pieza, cintas o recortados, sin bordar.

Siempre que se cumplan las condiciones que se exponen a continuación, esta partida comprende:

A) Las etiquetas de cualquier materia textil (incluso de punto) para el marcado de prendas de vestir, calzado, sombrerería, ropa de casa, colchones, juguetes u otros artículos. Se trata de etiquetas utilitarias que presentan inscripciones o motivos determinados. Están comprendidas, principalmente, las etiquetas comerciales con marcas o nombres de la razón social o en su caso, logotipos del fabricante o de la naturaleza de la fibra textil de que esté formado el objeto (seda, rayón viscosa, etc.) y las etiquetas utilizadas por los particulares (escolares internos, militares, etc.) para distinguir los objetos de su pertenencia; estas últimas llevan generalmente iniciales, un recuadro con el sitio necesario para la inscripción manuscrita posterior o incluso cifras simplemente.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Las etiquetas tejidas se clasifican en la subpartida 5807.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante es asegurarse de elegir etiquetas tejidas con hilos de alta calidad que sean duraderos y resistentes al desgaste. Esto garantizará que las etiquetas se mantengan en buen estado a lo largo del tiempo. Considerar el tamaño y la forma de las etiquetas tejidas en relación con el tipo de prenda en la que se utilizarán. asegurarse de que sean lo suficientemente visibles y legibles, pero también lo bastante discretas para no ser intrusivas en el diseño general de la prenda.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Los revestimientos para el suelo de fibras de coco son una opción cada vez más popular en el mundo de la decoración y la construcción sostenible. Estos revestimientos, elaborados a partir de las fibras naturales de la cáscara de coco, ofrecen una alternativa ecológica y estéticamente atractiva para embellecer nuestros espacios interiores.

Los revestimientos para el suelo de fibras de coco son una opción cada vez más popular en el mundo de la decoración y la construcción sostenible. Estos revestimientos, elaborados a partir de las fibras naturales de la cáscara de coco, ofrecen una alternativa ecológica y estéticamente atractiva para embellecer nuestros espacios interiores.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien

entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  57 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Partida: 57.02 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, tejidos, excepto los de mechón insertado y los flocados, aunque estén confeccionados, incluidas las alfombras llamadas «Kelim» o «Kilim», «Schumacks» o «Soumak», «Karamanie» y alfombras similares tejidas a mano.

Subpartida: 5702.20.00.00 - Revestimientos para el suelo de fibras de coco.

Notas Explicativas

57.02 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, tejidos, excepto los de mechón insertado y los flocados, aunque estén confeccionados, incluidas las alfombras llamadas «Kelim» o «Kilim», «Schumacks» o «Soumak», «Karamanie» y alfombras similares tejidas a mano.

Las alfombras llamadas “Kelim” o “Kilim”, “Schumack” o “Soumak”, “Karamanie” y alfombras similares hechas a mano. El Kelim (o Kilim), también llamado Karamanie se teje del mismo modo que los tapices tejidos a mano que se describen en las Notas explicativas de la partida 58.05, apartado A. Su textura es pues comparable a la de dicha tapicería y tienen generalmente las mismas hendiduras en el sentido de la urdimbre. Sin embargo, en cuanto a los motivos, el Kilim no lleva jamás flores ni ramajes, sino solamente motivos geométricos rectilíneos. Aunque el haz puede distinguirse del envés, la diferencia entre las dos caras es tan pequeña que pueden utilizarse indiferentemente por los dos lados.

El Kilim está constituido a veces por dos piezas largas cosidas y el dibujo se realiza de tal modo que no se vea la costura. Por esto no hay bordeado procedente del tejido, más que a lo largo de los lados cortos, o incluso no existe. Evidentemente, esto no excluye la presencia de bordes añadidos.

Generalmente la urdimbre del Kilim es de lana y la trama de lana o de algodón.

Se clasifican también en esta partida los artículos fabricados según la técnica del Kilim (principalmente en Europa central), que presentan, por otra parte, motivos decorativos del mismo tipo que los de los Kilim ligeros orientales.

Tejido como el Kilim, el Soumak presenta con éste las diferencias siguientes:

  • en cuanto una o dos líneas de trama que forman dibujo están terminadas, se inserta una trama suplementaria en toda la longitud de la pieza, lo que excluye la presencia de hendiduras en el sentido de los hilos de urdimbre;
  • en cuanto a los motivos, el fondo está decorado generalmente con estrellas planas (de tres a cinco), con motivos multicolores con apariencia de medallones, y el borde se compone generalmente de una banda ancha principal y de dos a tres bandas secundarias. El envés presenta un aspecto peludo debido a las briznas de varios centímetros de longitud que subsisten después de romper los hilos de trama.

La trama del Soumak es de lana, mientras que la urdimbre puede ser de lana o de algodón, a veces de pelo de cabra.

Entre las alfombras similares se pueden citar, principalmente, la Sileh que se elabora de forma muy parecida a la del Soumak. Los adornos de la Sileh presentan esencialmente motivos en “S”, derecha o invertida, y motivos derivados de figuras de animales, repartidos en toda la superficie. La urdimbre y la trama de la Sileh son de lana (la urdimbre es a veces de algodón, pero raramente).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 30%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los revestimientos de suelo de fibras de coco se clasifican en la subpartida 5702.20.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 30%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante sobre los revestimientos de suelo de fibras de coco pueden sufrir desgaste con el tiempo si se exponen a una fricción y abrasión constantes. Por lo tanto, evaluar la ubicación y el nivel de tráfico: Antes de elegir un revestimiento de suelo de fibras de coco, considerar la ubicación donde se instalará y el nivel de tráfico al que estará expuesto. Aunque estos revestimientos son duraderos, es importante tener en cuenta que pueden ser más adecuados para áreas de tráfico moderado a bajo, como dormitorios, salas de estar y oficinas, en lugar de áreas con un tráfico intenso, como entradas o pasillos principales.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Las alfombras de nudo de lana o pelo fino son una obra de arte, El proceso meticuloso de su fabricación implica el entrelazado de hebras de lana o pelo fino en una base de tejido, creando un patrón intrincado y exquisito. Estas alfombras son apreciadas por su belleza visual, su suavidad al tacto y su durabilidad excepcional.

Su suavidad y resistencia hacen que estas alfombras sean un placer tanto para los pies como para la vista. El proceso de tejido a mano requiere habilidad y paciencia, ya que cada hebra de lana se anuda cuidadosamente para crear el diseño deseado.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien

entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  57 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Partida: 57.01 - Alfombras de nudo de materia textil, incluso confeccionadas.

Subpartida: 5701.10.00.00 - De lana o pelo fino.

Notas Explicativas

57.01 - Alfombras de nudo de materia textil, incluso confeccionadas.

Las alfombras de nudo de materia textil están constituidas por una urdimbre de fondo tensa y por hilos de pelo que están anudados, o bien enrollados alrededor de los hilos de urdimbre, dando la vuelta completa a estos hilos o a una parte de ellos y que se mantienen en el lugar adecuado por los hilos de trama de fondo (llamados hilos de tela); esta forma en que los hilos de pelo se anudan o se enrollan sobre los hilos de urdimbre es lo que caracteriza a este tipo de alfombras.

 Los nudos principalmente usados son:

  • El nudo de Ghiordés o punto de Esmirna: el hilo de pelo se pasa sobre dos hilos de urdimbre yuxtapuestos y los dos extremos de este hilo de pelo pasan por entre los dos hilos de urdimbre de manera que da la vuelta a cada uno de éstos y va formando la superficie de la alfombra (fig. l).

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  • El nudo de Sené (o de Senneh) o punto de Persia: el hilo de pelo se arrolla alrededor de un hilo de urdimbre, después pasa bajo el hilo de urdimbre siguiente, de manera que los dos extremos vayan formando la superficie de la alfombra (fig. 2).

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El nudo Ghiordés y el nudo de Seneh pueden hacerse agrupando varios hilos de urdimbre en lugar de un solo hilo de urdimbre cada vez.

  • El nudo enrollado o anudado sobre un solo hilo de urdimbre: el hilo de pelo da una vuelta y media alrededor de un hilo de urdimbre y los dos extremos van formando la superficie de la alfombra (fig. 3).

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Existe, pues, en toda la anchura de la alfombra una serie de nudos o puntos contiguos, independientes unos de otros, que ocultan el tejido del fondo.

Ciertas alfombras de nudo se obtienen haciendo nudos sobre un cañamazo que sirve de fondo. La mayor parte de las alfombras de nudo se fabrican a mano en las dimensiones que se deseen, con hilos de pelo de distintos colores para formar un dibujo. Se pueden también fabricar en telares mecánicos, obteniéndose así alfombras que se caracterizan, en general, por sus filas o líneas de puntos más regulares y por sus orillos perfectamente paralelos. Los hilos de pelo son casi siempre de lana o de seda o, a veces, de mohair o cachemira. En cuanto al tejido de fondo, está hecho casi siempre con hilados de algodón, lana o pelo; las alfombras mecánicas, con hilados de algodón, lino, cáñamo o yute.

Los productos de esta partida se utilizan generalmente como alfombras; también se pueden usar como tapices murales, como tapetes o para otros usos en tapicería (véanse las Consideraciones Generales del Capítulo).

Estas alfombras también se clasifican aquí cuando lleven flecos, añadidos o no, o estén acabadas de otro modo.

Las alfombras hechas a mano son originarias casi siempre de Oriente (Irán, Turquía, Turquestán, Afganistán, Pakistán, China, India) o Norte de Africa (Argelia, Túnez, Marruecos, Egipto).

Las alfombras (tales como las hechas a mano llamadas de puntos de pasada) cuyos hilos de pelo están simplemente montados sobre los hilos de urdimbre sin dar la vuelta completa en todo o en parte, corresponden a la partida 57.02 (véanse las figuras 4 y 5 de dicha partida).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 30%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Las alfombras de nudo de lana o pelo fino se clasifican en la subpartida 5701.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 30%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante sobre las alfombras de nudo de lana o pelo fino es la calidad de la lana: Asegurarse de que la lana utilizada sea de alta calidad, la lana fina proporcionará una textura suave y duradera a la alfombra, garantizando su confort y longevidad; también el diseño y estilo: Considerar el estilo y diseño que mejor se adapte al espacio. Las alfombras de nudo de lana o pelo fino vienen en una amplia variedad de diseños, desde tradicionales hasta modernos; además el mantenimiento y limpieza: Asegurarse de entender los requisitos de mantenimiento y limpieza de la alfombra antes de adquirirla. Las alfombras de lana son generalmente fáciles de limpiar, pero es importante seguir las instrucciones del fabricante para garantizar su conservación a largo plazo; para finalizar la compatibilidad con alergias: Si se tiene algún tipo de alergia o sensibilidad a ciertos materiales, verificar si la lana utilizada en la alfombra es hipoalergénica o si existe alguna alternativa adecuada.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Los tejidos de punto por urdimbre son una técnica de tejido que se caracteriza por la forma en que se organizan los hilos de la trama y la urdimbre. En este tipo de tejido, los hilos de la urdimbre se colocan en posición vertical y se mantienen tensos, mientras que los hilos de la trama se entrelazan entre ellos formando el tejido.

Su principal característica de los tejidos de punto por urdimbre es su estructura de malla entrelazada, lo que les confiere una gran elasticidad y resistencia. Estos tejidos son utilizados en una amplia gama de aplicaciones, desde prendas de vestir como suéteres, calcetines y bufandas, hasta textiles técnicos y materiales de refuerzo en la industria.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  60 - Tejidos de punto.

Partida: 60.05 - Tejidos de punto por urdimbre (incluidos los obtenidos en telares de pasamanería), excepto los de las partidas 60.01 a 60.04.

Subpartida: 6005.23.00.00 - - Con hilados de distintos colores.

Notas Explicativas

60.05 - Tejidos de punto por urdimbre (incluidos los obtenidos en telares de pasamanería), excepto los de las partidas 60.01 a 60.04.

Esta partida comprende los tejidos de punto por urdimbre, excepto los de la partida 60.01, de anchura superior a 30 cm, sin hilados de elastómeros, ni hilos de caucho o con un contenido de ellos inferior al 5% en peso. Los detalles sobre la fabricación del tejido de punto por urdimbre (incluido el fabricado en telares de pasamanería) figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, apartado A) II).

Pueden presentarse de diferentes formas. Además de los tejidos tradicionales tupidos como los utilizados, por ejemplo, para la fabricación de prendas, hay que mencionar el punto calado. Los tejidos de punto calados, obtenidos en telares de punto por urdimbre y, en particular, en telares Raschel, imitan a menudo el aspecto de tules o de encajes, pero no deben confundirse con estos últimos (véase la Nota explicativa de la partida 58.04). Se utilizan, frecuentemente, para la confección de visillos y cortinas. A semejanza de los encajes a máquina, las imitaciones de encajes de punto se fabrican frecuentemente en piezas de cierta longitud, que se cortan en tiras durante las operaciones de acabado. Estas tiras, de longitud indeterminada, están incluidas en esta partida porque sus bordes son paralelos y rectilíneos y porque su anchura es inferior o igual a 30 cm.

 Se excluyen de esta partida:

  1. a) Los apósitos medicamentosos o acondicionados para la venta al por menor (partida 30.05).
  2. b) Las etiquetas, escudos y artículos similares de punto de la partida 58.07.
  3. c) Los tejidos de punto bordados de la partida 58.10.
  4. d) Los tejidos de punto del Capítulo 59 y, en particular, los tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados, de las partidas 59.03 y 59.07, los tejidos de punto cauchutados (partida 59.06) así como las mechas de punto para lámparas, hornillos, velas y análogos y los tejidos tubulares de punto para la fabricación de manguitos de incandescencia, de la partida 59.08.
  5. e) Los artículos confeccionados en el sentido de la Nota 7 de la Sección XI (véase también el apartado II de las Consideraciones generales de la Sección).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos de punto por urdimbre se clasifican en la subpartida 6005.23.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Una recomendación importante sobre los tejidos de punto por urdimbre es asegurarse de tener una urdimbre adecuada y bien preparada antes de comenzar un proyecto: Seleccionar los hilos adecuados: Elegir hilos de calidad que sean apropiados para el tipo de proyecto que se desee tejer; Calcular la cantidad de hilos necesarios: Antes de comenzar, se debe calcular la cantidad de hilos de urdimbre que se va a necesitar; Asegurarse de una tensión uniforme: Durante el montaje de la urdimbre en el telar o la máquina de tejido, hay que asegurarse de mantener una tensión uniforme en todos los hilos; y para finalizar se debe, Realizar pruebas de tensión y muestra: Antes de comenzar con el proyecto principal, es útil realizar pruebas de tensión y muestra en una pequeña sección de la urdimbre.

También se debe recordar que la preparación y la atención a los detalles son clave para obtener resultados consistentes y de alta calidad en los proyectos de tejido.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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Introducción

Las alfombras de lana o pelo fino son piezas de alta calidad que combinan belleza, comodidad y durabilidad. Son una inversión atemporal que puede transformar por completo la apariencia de cualquier habitación, a la vez que brindan calidez y confort. Con su artesanía meticulosa y diseños cautivadores, estas alfombras son verdaderas joyas que se aprecian y disfrutan durante generaciones.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo. 
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas

Capitulo:  57 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Partida: 57.03 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados.

Subpartida: 5703.10.00.00 - De lana o pelo fino.

Nota Legal del capitulo

  1. En este Capítulo, se entiende por alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, cualquier revestimiento para el suelo cuya superficie de materia textil quede al exterior después de colocado. También están comprendidos los artículos que tengan las características de los revestimientos para el suelo de materia textil pero que se utilicen para otros fines.

Notas Explicativas

57.03 - Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados.

Esta partida comprende las alfombras y demás revestimientos para el suelo de mechones insertados, es decir, los productos con bucles o con mechones obtenidos en las máquinas tuftings que, mediante un sistema de agujas y ganchillos, insertan hilos sobre un fondo preexistente (generalmente un tejido o una tela sin tejer), formando así bucles o mechones de hilos, si los ganchillos de la máquina tienen un dispositivo de corte. A continuación, los hilos que forman el rizo normalmente se fijan mediante el recubrimiento de caucho o plástico. Normalmente, antes de que este recubrimiento se seque, se recubre con un segundo fondo de materia textil tejida (por ejemplo, yute) o con caucho celular.

Se clasifican también en esta partida las alfombras y demás revestimientos para el suelo de mechones insertados de materia textil fabricados con una “pistola” de insertar mechones o hechos a mano.

Los productos de esta partida se distinguen de las superficies textiles con mechones insertados de la partida 58.02, por ejemplo, por la rigidez, el espesor y la resistencia, que los hacen adecuados para su utilización como recubrimientos para el suelo.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 30%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Las alfombras de lana o pelo fino se clasifican en la subpartida 5703.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 30%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.   

Recomendación

Alfombras persas de lana fina, destaca la belleza y la artesanía excepcional de las alfombras persas, que se tejen a mano utilizando lana de alta calidad. Es importante tener en cuenta que las alfombras de lana o pelo fino suelen ser más costosas debido a la calidad de los materiales y la mano de obra involucrada en su fabricación. Sin embargo, son inversiones duraderas que brindarán belleza y calidez a tu hogar durante muchos años.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.

 

 

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Introducción

Los tejidos "de pelo largo" son una categoría especial dentro del mundo de la moda textil que se caracteriza por su distintiva apariencia de fibras largas y suaves que simulan el aspecto y la textura del pelo. Estos tejidos, también conocidos como tejidos de felpa o peluche, ofrecen una sensación lujosa y reconfortante al tacto, además su suavidad y calidez los convierten en una elección popular para abrigos, bufandas, mantas, almohadas y juguetes de peluche.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas

Capitulo:  60 - Tejidos de punto.

Partida: 60.01 - Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto «de pelo largo») y tejidos con bucles, de punto.

Subpartida: 6001.10.00.00 - Tejidos «de pelo largo».

Notas Explicativas

60.01 - Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto «de pelo largo») y tejidos con bucles, de punto.

A diferencia del terciopelo y la felpa de la partida 58.01, los productos de esta partida se obtienen por tricotado. Los principales métodos de fabricación son los siguientes:

1) los rizos (bucles) se forman con un hilado textil suplementario sobre un fondo de punto, mediante un telar circular; a continuación, se cortan, lo que produce un efecto de terciopelo;

2) se confeccionan dos tejidos enfrentados cara a cara con un hilado de pelo normal en un telar especial de punto; el hilado de pelo se corta a continuación de forma que resulten dos piezas de terciopelo cortado;

3) las fibras textiles procedentes de una cinta de carda se insertan sobre un fondo de punto en el momento de la formación de las mallas (tejido llamado de pelo largo);

4) los bucles se obtienen fijando por costura por cadeneta hilados textiles sobre un fondo textil preexistente (tejidos con bucles) (véanse las Consideraciones Generales de este Capítulo). Los tejidos con bucles para toallas forman en el reverso hileras de puntos de cadeneta que permiten distinguirlos de los productos de la partida 58.02 en los que las hileras de puntos dan la impresión de puntos continuos cuando se mira el reverso del tejido en el sentido de la longitud.

Permanecen clasificados en esta partida el terciopelo, la felpa y los tejidos rizados, de punto, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados.

Se excluyen de esta partida:

  1. a) La peletería artificial o facticia de la partida 43.04.
  2. b) El terciopelo y la felpa, tejidos (partida 58.01).
  3. c) Las superficies textiles de punto, con mechón insertado (partida 58.02).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas)

Tipo de Restricción: Prohibición

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos "de pelo largo" se clasifica en la subpartida 6001.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.   

Recomendación

Una recomendación es que para manipular este tejido se debe tener un cuidado especial para evitar que las fibras se enreden o se desprendan, asegurarse de utilizar herramientas adecuadas, como tijeras de tela afiladas, para cortar y manipular el tejido con precisión y evitar el deshilachado; también se puede tener diferentes técnicas de acabado para evitar que el pelo se deshaga o se desprenda con el tiempo, se puede utilizar costuras reforzadas, dobladillos estrechos o incluso utilizar un sellador de bordes para asegurar que las fibras del pelo se mantengan en su lugar.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel. 

 

 

 

 

 

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Introducción

El linóleo es conocido por su capacidad para resistir arañazos, abolladuras y manchas. Además, su superficie no es porosa, lo que significa que es resistente a la penetración de agua y a la proliferación de bacterias y hongos, además está hecho de materiales naturales, incluyendo aceite de linaza, resina, corcho y harina de madera, lo que lo hace una opción ecológica y sostenible.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas

Capitulo:  59 - Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil.

Partida: 59.04 - Linóleo, incluso cortado; revestimientos para el suelo formados por un recubrimiento o revestimiento aplicado sobre un soporte textil, incluso cortados.

Subpartida: 5904.10.00.00 - Linóleo

Notas Explicativas

59.04 - Linóleo, incluso cortado; revestimientos para el suelo formados por un recubrimiento o revestimiento aplicado sobre un soporte textil, incluso cortados.

1) Linóleos.

 Los linóleos están constituidos por un tejido de fondo de fibras textiles (generalmente telas de yute, pero, a veces, de algodón, por ejemplo) recubierto por una de las caras de una pasta constituida por una mezcla de aceite de linaza oxidado, resinas y gomas, cargas (tales como, generalmente, corcho triturado o, a veces, serrín o harina de madera) y comúnmente también de pigmentos colorantes. El linóleo puede ser de un solo color (linóleo liso) o presentar dibujos de cualquier naturaleza; en este caso, los dibujos pueden haberse obtenido por impresión superficial (linóleo estampado) o proceder del empleo, durante la fabricación del linóleo, de pastas de distintos colores (linóleo incrustado).

Cuando en la pasta anteriormente descrita, se ha introducido corcho triturado, pero no pigmentos, el linóleo obtenido al final de las operaciones correspondientes tiene sensiblemente la apariencia de un artículo de corcho. Conviene pues, no confundirlo con los recubrimientos para el suelo u otros artículos de corcho aglomerado sobre soporte de materia textil de la partida 45.04 en los que el aglomerado no tiene las características de pasta de linóleo y que son, además, generalmente menos flexibles y menos lisos.

El linóleo se fabrica con espesores variados. Esta partida comprende tanto el linóleo grueso diseñado para recubrir suelos como el de menor espesor, que se utiliza, por ejemplo, para recubrir paredes, muebles o estantes.

Se clasifican también en esta partida los tejidos (tejidos de algodón perchados, principalmente) recubiertos con pasta de linóleo sin pigmentos (estos productos tienen sensiblemente la apariencia del corcho) y se utilizan para fabricar plantillas para el calzado.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas)

Tipo de Restricción: Prohibición

Código de Requisito: DCP

Conclusión

El Linóleo se clasifica en la subpartida 5904.10.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte. 

Recomendación

Una recomendación es que el linóleo es un material de suelo duradero, se fabrica a partir de materiales naturales, como aceite de linaza, harina de madera, resinas naturales y pigmentos, lo que lo convierte en una opción sostenible y amigable con el medio ambiente, se ha utilizado durante décadas en todo tipo de edificios, desde hogares hasta hospitales y escuelas, además es importante tener en cuenta que el linóleo no es adecuado para todas las aplicaciones, y se recomienda consultar con un experto en suelos antes de tomar una decisión.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del

 

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Introducción

El terciopelo es un tipo de tela de tejido tupido y suave con una superficie de pelo corto y denso. Se caracteriza por su textura suave al tacto y su apariencia lujosa y elegante, también se ha utilizado para la fabricación de prendas de vestir, cortinas, tapicería de muebles y otros artículos de decoración.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados

Partida: 58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida: 5801.21.00.00 - - Terciopelo y felpa por trama, sin cortar

Nota Legal del capitulo

  1. Se clasifican también en la partida 58.01 el terciopelo y la felpa por trama sin cortar todavía que no presenten ni pelo ni bucles en la superficie.

Notas Explicativas

58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

El terciopelo o pana y la felpa se llaman por trama cuando el pelo está formado por hilos de trama (llamados hilos de trama de pelo). Se fabrican generalmente haciendo pasar de modo alternativo los hilos de trama de pelo por debajo de algunos hilos de urdimbre, después por encima de otros contiguos, sobre los cuales la trama de pelo forma bastas. Estas bastas de trama se cortan después para producir el pelo. Un resultado semejante se obtiene disponiendo unas varillas (hierros) paralelamente a los hilos de urdimbre y cortando la trama de pelo durante el tejido. En la pana y en la felpa por trama, el pelo está, pues, sujeto por hilos de la urdimbre de fondo.

La pana y la felpa por trama que no han sido cortadas todavía y que no presentan ni pelo ni bucles en la superficie, sino todo lo más, a veces, una especie de cordoncillos paralelos en la dirección de la urdimbre, permanecen clasificadas en esta partida (véase la Nota 2 del Capítulo).

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas)

Tipo de Restricción: Prohibición

Código de Requisito: DCP

Conclusión

La tela de terciopelo se clasifica en la subpartida 5801.21.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte. 

Recomendación

Una recomendación importante para poder trabajar con este tipo de tejidos es verificar las regulaciones y normas aplicables en cada país de importación o exportación, también conocer las características técnicas del tejido, tales como su gramaje, ancho, tipo de punto, y otras especificaciones, para poder determinar su uso adecuado y su valor comercial.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del
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