Publicaciones de Paola Castellanos (18)

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Documentos Electrónicos

Los documentos electrónicos son registrados en Ecuapass por un Agente de Aduana cuando puede ser una Declaración Aduanera de Importación (DAI) o un operador de comercio cuando es una Declaración Aduanera de Exportación (DAE).

Estructura:

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En el ingreso de estos documentos existe Código de Liberación que pueden ser utilizados dependiendo el caso:

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Nombre: Paola Castellanos

Fuente: www.aduana.gob.ec

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Declaración Aduanera de Importación - DAI

Concepto

DAI es el Documento Aduanero de Importación, esta es la forma más oficial que debe utilizarse para la presentación a despacho aduanero de las mercancías que se importen declaradas a los regímenes aduaneros de:

  1. Importación a consumo, con la franquicia arancelaria o sin ella;
  2. Importaciones en reposición con franquicia arancelaria;
  3. Admisión temporal ya sea para perfeccionamiento activo para reexportación en el mismo estado;
  4. Depósitos aduaneros, sean estos comerciales privados, públicos o industriales;
  5. Almacenes libres;
  6. Tránsito Aduanero;
  7. Zona Franca.

Formatos de la Declaración Aduanera de Importación

  1. Formato A.-

Es el formulario principal contentivo de los datos; generales de despacho y cuya presentación es obligatoria;

     2.  Formato B.-

Está dividido en tres secciones para igual número de series y que se emplea cuando el despacho se refiere a más de una partida arancelaria o serie, debiendo utilizarse el número de ejemplares necesarios conforme a la cantidad de series del DAI; y, 3) Formato C, en el cual debe efectuarse la autoliquidación de tributos por parte del declarante.

Distribución:

Este documento consta de un original y varias copias que deben distribuirse de la siguiente manera:

1. En el caso de los Formatos A y B:

  • Original, para el archivo de la aduana distrital respectiva;
  • Primera copia (celeste), para el declarante;
  • Segunda copia (rosada), para el importador;
  • Tercera copia (amarilla), para la entidad depositaria de las mercancías (bodega)
  • Cuarta copia (verde), para el BCE; Y,
  • Quinta copia (blanco), para la Dirección de Rentas.

2. Para el formato B:

  • Original; para el archivo de la respectiva aduana distrital;
  • Primera copia (amarilla), para la entidad depositaria de las mercancías (bodega);
  • Segunda copia (blanco h.) para la Dirección de Rentas
  • Tercera copia (celeste) para el declarante;
  • Cuarta copia (verde), para la entidad bancaria; y,
  • Quinta copia (rosada), para el despacho de importaciones (custodia/ archivo

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: www.aduana.gob.ec

 

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NUMERO DE CARGA

NUMERO DE CARGA

Es un número de identificación único de la carga de importación, que facilita el seguimiento general de las mercancías en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Está constituido por el MRN, Número secuencial del BL Master y en el caso de existir BL Hijos, se añade el Número secuencial del BL House.

Estructura

MRN + MSN + HSN

 

MRN - Manifest Reference Number:

Número de referencia del manifiesto de carga.

(MSN).- Número Secuencial de Máster

Número secuencial del número de documento de transporte máster que registra la línea naviera en el sistema informático “Ecuapass”

(HSN).- Número Secuencial de House

Número secuencial del Documento de transporte House que registra la consolidadora de carga en el sistema informático “Ecuapass”

Según el tipo de transporte utilizado el número de carga en el manifiesto de importación puede ser:

9241809453?profile=original

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: www.aduana.gob.ec

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Ecuapass para que exista un mejor manejo por parte de los usuarios a planteado una estructura estratégica de la pantalla principal, la misma que esta compuesta por 5 áreas cada uno con funcionalidad especifica para mantener el orden y que sea de fácil manejo.

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Principales Características del Ecuapass

Requiere certificado de firma electrónica.

Generación de Archivos XML.- Modulo integrado que permite el intercambio de la información.

No existen Documentos Físicos.- La tendencia es que nunca mas se presente documentos físicos.

Se crea formatos electrónicos DAI y DAE electrónicos.

Se crea número de Entrega.- Ecuapass termina en p (portal). Externa en Ecuapass termina en s (software). No necesariamente se sigue el secuencial del portal, puede coincidir el numero pero no el final, ejemplo 59p 59s.

Cada año se reinicia el secuencial, ejemplo, 2015 0000 001 p

                                                                     2015 0000 001 s

El número de entrega se genera por instancia de aceptación de la aduana, los errores no generan números integrales.

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: www.aduana.gob.ec

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Número de Entrega - Ecuapass

Una de las principales características de Ecuapass es que crea un Número de Entrega, con el que se puede distinguir el medio que se utilizo para hacer el registro de la respectiva declaración ya sea esta, declaración aduanera o declaración de carga.

Existen dos medios para realizar las declaraciones:

Mediante el Portal Ecuapass
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Mediante Aplicaciones Externas

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  • Cuando se utiliza el método de Ecuapass termina en p (portal).
  • cuando se utiliza una aplicación Externa al Ecuapass termina en s (software).
  • No necesariamente se sigue el secuencial del portal, puede coincidir el numero pero no el final, ejemplo 59p 59s.

Características del numero de Entrega

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Formato Número de Entrega

Código de OCE (8)+ ario (4) + número secuencial (8) + verificador (1) Número de entrega de solicitud de corrección.

NOMBRE: Paola Castellanos

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/files/

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El presnte blog tiene como objetivo indicar al usuario al usuario como  realizar la modificación y eliminación de la solicitud de uso ingresando al Portal de ECUAPASS (por parte de los empleados

ECUAPASS HOME 

  • Click Soporte al Cliente 
  • Click Modificar información del uso
  • Click Modificar información del uso(Empleado)

9241803264?profile=originalEstructura de la pantalla para la modificación de la Solicitud

① “Información de empresa”: Se visualiza la información de la empresa registrada.
② “Información de empresa”: Se modifica la información personal del registrador.
- Contraseña, verificación de la Contraseña: Para efectuar la modificación de la Solicitud del uso se debe ingresar dos veces la contraseña.
- Contestación a las preguntas de la clave: Se ingresa la respuesta de la pregunta para la verifica-ción de la contraseña.
③ ‘‘Identificación única de certificado digital’: En este campo se realiza la adición o modifica-ción del certificado digital.
- Registro del certificado digital: Se registra el certificado digital en el Portal una vez que la au-toridad certificadora lo haya concedido.


- Al hacer clic en el icono de búsqueda, se consultará entre los certificados emitidos por parte de la autoridad certificadora, el certificado digital correspondiente al RUC ingresado en la parte superior, y se podrá registrar la información del certificado digital tras el ingreso de la contrase-ña.
- Una vez ingresados todos los campos se hace clic en el botón “modificar” para que se termine el trámite de modificación.
- Para dar de baja la cuenta se hace clic en el botón “Solicitud de baja” y se termina el trámite de solicitud de eliminación de cuenta.

9241803472?profile=original

Comentario:

Es fundamental saber como utilizar el portal, conocer las diferentes opciones, pestanas y fucionalidades asi tambien cual es la información requeridad según la operación que se desee realizar de esta manera se optimizara el tiempo  a la hora de realizar un tramite u operación comercial.

Nombre: Paola Castellanos

Fuente: SENAE

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e-DOCs Requeridos para las Declaraciones

Definición:

Un e-DOCs es un documento electrónico cuyo soporte material es algún tipo de dispositivo electrónico o magnético, y en el que el contenido está codificado mediante algún tipo de código digital, que puede ser leído, interpretado, o reproducido, mediante el auxilio de detectores de magnetización.

Compatibilidad:

El uso de los documentos electrónicos ha logrado que el prescindir del papel abarató los costes de transmisión de información y en muchos casos aumentó la velocidad de comunicación. Sin embargo, el prescindir del papel creó el problema de la existencia de múltiples formatos incompatibles. Incluso los documentos más sencillos (en documentos formato "plain text"), no están libres de este problema: la mayoría de programas basados en el sistema MS-DOS no trabajan correctamente con documentos de texto basados en UNIX ( sistema operativo portable, multitarea y multiusuario). Muchos más problemas aparecen en relación a documentos electrónicos editados mediante procesadores de texto, hojas de calculo y procesadores gráficos. Para resolver este problemas, muchas compañías de software distribuyen visualizadores gratuitos, que pueden leer los documentos electrónicos generados por sus programas de edición, que generalmente no son gratuitos (un buen ejemplo es Adobe's Acrobat Reader). La otra solución ampliamente usada es desarrollar formas de código estandarizadas y abiertas (un buen ejemplo es el código HTML).

Para realizar las operaciones de comercio en ECUAPASS, al momento existen 43 e-DOCs según los datos de la Aduana del Ecuador, a continuación un gráfico en el que se describe los mas importantes.

 

9241789268?profile=original

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: 

               www.aduana.gob.ec

               http://es.wikipedia.org

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Ecuapass - Ciclo de una Declaración Electrónica

En Ecuapass, se realizan operaciones de comercio exterior que facilitan procesos, optimizan tiempos, costos y recursos, a su vez ayudan a los OCE'S a realizar un mejor seguimiento en los procesos, es por esta razón que es importante conocer los mismos, que son amparados por la Ley de Comercio Electrónico.

Al realizar operaciones en Ecuapass, se siguen procedimientos para su uso y aplicación, por ejemplo tenemos el ciclo de la declaración electrónica, los cuales son:

  1. Inicio de Tramite
  2. Elaboración de Declaración Electrónica & e-Docs
  3. Generación Declaración XML / e-Docs
  4. Guardar e-Docs (XML / Docs. Asociados)
  5. Cifrado / Firma Electrónica (petición de Token)
  6. Notificación de Envío
  7. Conexión Web Services
  8. Recepción e-Docs (Ecuapass)
  9. Notificación de Respuesta (Ecuapass)
  10. Recepción de Notificación de respuesta
  11. Visualizar Notificación

Ilustración de Proceso

9241794452?profile=original

Términos Clave:

Formatos XML: Garantizan la seguridad del documento declarado.

Solicitud de Token: En un entorno de red, la firma electrónica lo podrá realizar desde cualquier equipo de la red, ya que la información va a estar previamente guardada en carpetas.

Nombre: Paola Castellanos R.

Fuente: www.lacamara.org

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Ecuapass - Ciclo de una Declaración Electrónica

En Ecuapass, se realizan operaciones de comercio exterior que facilitan tiempos y costos, optimizan recursos y ayudan a los OCE'S a realizar un mejor seguimiento en los procesos, es por esta razón que es importante conocer los mismos, que son amparados por la Ley de Comercio Electrónico.

Al realizar operaciones en Ecuapass, se siguen procedimientos para su uso y aplicación, por ejemplo tenemos el ciclo de la declaración electrónica, los cuales son:

  1. Inicio de Tramite
  2. Elaboración de Declaración Electrónica & e-Docs
  3. Generación Declaración XML / e-Docs
  4. Guardar e-Docs (XML / Docs. Asociados)
  5. Cifrado / Firma Electrónica (petición de Token)
  6. Notificación de Envío
  7. Conexión Web Services
  8. Recepción e-Docs (Ecuapass)
  9. Notificación de Respuesta (Ecuapass)
  10. Recepción de Notificación de respuesta
  11. Visualizar Notificación

Ilustración de Proceso

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Términos Clave:

Formatos XML: Garantizan la seguridad del documento declarado.

Solicitud de Token: En un entorno de red, la firma electrónica lo podrá realizar desde cualquier equipo de la red, ya que la información va a estar previamente guardada en carpetas.

Nombre: Paola Castellanos R.

Fuente: www.lacamara.org

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Firma Electrónica - Solicitud de Revocatoria

El revocar es dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución, para el certificado de firma electrónica también existe el proceso de revocación mediante una solicitud ya sea este para suscriptor o por representante legal.

Procedimiento para Solicitud de Revocatoria por Suscriptor

Este es el tipo de revocatoria más habitual y permite al usuario titular del certificado, subir una solicitud de revocatoria por los siguientes motivos:

  • Traslado de Funciones
  • Cambio de nivel de firma
  • Cesación de funciones
  • Uso no permitido del certificado
  • Pérdida del dispositivo criptográfico o medio de almacenamiento
  • Terminación de la representación o extinción de la persona jurídica representada
  • Inexactitudes graves en los datos aportados por el suscriptor para la obtención del certificado
  • Que se detecte que las claves privadas del Suscriptor o de la AC han sido comprometidas
  • Cambio de datos en el certificado

Recuperación de Certificado:

  • Olvido de clave.
  • Inutilización de datos del soporte del certificado (problemas con el medio donde se encuentra almacenado el certificado).

Se debe tomar en cuenta que este tipo de revocatoria es la única que permite RECUPERAR el certificado por el tiempo restante, por los motivos indicados en la sección de recuperación de certificado.

 <<Ingresar solicitud de Revocatoria por Suscriptor>>

Procedimiento para Solicitud de Revocatoria por Representante Legal

 

Permite solicitar una revocatoria toda vez que el usuario final por algún motivo no puede realizar la solicitud de revocatoria por si mismo. (Ej: cesación de funciones)

  • Traslado de Funciones
  • Cambio de nivel de firma
  • Cesación de funciones
  • Uso no permitido del certificado
  • Pérdida del dispositivo criptográfico o medio de almacenamiento
  • Fallecimiento del suscriptor, incapacidad sobrevenida, total o parcial, de cualquiera de ellos
  • Terminación de la representación o extinción de la persona jurídica representada
  • Inexactitudes graves en los datos aportados por el suscriptor para la obtención del certificado
  • Que se detecte que las claves privadas del Suscriptor o de la AC han sido comprometidas
  • Cambio de datos en el certificado

Se debe Tomar en cuenta que este tipo de revocatoria no le permite recuperar certificados: ni por olvido de clave, ni por Inutilización de datos del soporte del certificado

<<Ingresar solicitud de Revocatoria por Representante legal>>

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: https://www.eci.bce.ec/

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El OCSP (Online Certificate Status Protocol), sirve para solventar ciertas deficiencias de las CRL (Listas de Revocación de Certificados), los mensajes OCSP se codifican en ASN.1 y habitualmente se transmiten sobre el protocolo HTTP. La naturaleza de las peticiones y respuestas de OCSP hace que a los servidores OCSP se les conozca como "OCSP responders".

Es un protocolo de Internet usado para obtener el estado de un certificado en linea, permite determinar si el certificado se encuentra revocado o no.

Este protocolo se describe en el RFC 2560 y está en el registro de estándares de Internet.

Es preferible la validación de los certificados mediante OCSP sobre el uso de CRL por varias razones:

  • OCSP puede proporcionar una información más adecuada y reciente del estado de revocación de un certificado.
  • OCSP elimina la necesidad de que los clientes tengan que obtener y procesar las CRL, ahorrando de este modo tráfico de red y procesado por parte del cliente.
  • El contenido de las CRL puede considerarse información sensible, análogamente a la lista de morosos de un banco.
  • Un "OCSP responder" puede implementar mecanismos de tarificación para pasar el coste de la validación de las transacciones al vendedor, más bien que al cliente.
  • OCSP soporta el encadenamiento de confianza de las peticiones OCSP entre los "responders". Esto permite que los clientes se comuniquen con un "responder" de confianza para lanzar una petición a una autoridad de certificación alternativa dentro de la misma PKI.
  • Una consulta sobre el estado de un certificado sobre una CRL, debe recorrerla completa secuencialmente para decir si es válido o no. Un "OCSP responder" en el fondo, usa un motor de base de datos para consultar el estado del certificado solicitado, con todas las ventajas y estructura para facilitar las consultas. Esto se manifiesta aún más cuando el tamaño de la CRL es muy grande.

Comando para probar que esté funcionando el OCSP, mediante el uso de Open SSL

  • En Linux:

openssl ocsp -url http://ocsp.eci.bce.ec/ejbca/publicweb/status/ocsp -issuer /cacert.pem -serial 0x4d7fcba1 -CAfile /cacert.pem

  • En Windows:

Copiar en el mismo path donde se encuentra el ejecutable del programa, el certificado de la AC (Autoridad de Certificación), con el que se emitio el certificado

ocsp -url http://ocsp.eci.bce.ec/ejbca/publicweb/status/ocsp -issuer /cacert.pem -serial 0x4d7fcba1 -CAfile /cacert.pem

Donde:

ocsp -url = IpServerOCSP=IP o nombre del servidor OCSP/ =path

donde se encuetra y nombre archivo certificado con el que se firmo el certificado del usuario finalcacert.pem: Certificado de la CA que firmo el certificado Digital0x4d7fcba1 = Serial Number del certificado digital

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE:  www.eci.bce.ec

                 www.wikipedia.org

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Ley de Comercio Electrónico - Firma Electrónica

9241775885?profile=originalEn Ecuador mediante Ley No. 67, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 577, se expidió la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.

Con esta ley se logra regular los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas, logrando un riesgo prácticamente nulo para su falsificación.

Uno de los puntos contemplados en la ley es por ejemplo el reconocimiento internacional de certificados de firma electrónica donde nos dice que los certificados de firma electrónica emitidos en el extranjero tendrán validez legal en Ecuador una vez obtenida la revalidación respectiva emitida por el CONATEL, el mismo que deberá comprobar el grado de fiabilidad de los certificados y la solvencia técnica de quien los emite.

Una vez obtenida le revalidacion al momento en que a la empresa o institución se le realice una auditoria, por ejemplo, y ha venido utilizando este mecanismo podrá demostrar la validez y autenticidad de los documentos firmados electrónicamente amparado en:

  • La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 2, reconoce el valor jurídico de los mensajes de datos, otorgándoles igual valor jurídico que los documentos escritos;
  • La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 8, determina las características para el archivo en la conservación de los mensajes de datos;
  • La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 14, establece que la firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio;
  • La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 15, establece los requisitos de validez de la firma electrónica, para garantizar autenticidad, fiabilidad e integridad de los mensajes de datos;
  • La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 51, otorga la calidad de instrumento público y reconoce la validez jurídica de los mensajes de datos otorgados, conferidos, autorizados o expedidos por y ante autoridad competente y firmados electrónicamente;

En conclusión  el usuario puede estar seguro de la utilización y validación jurídica de la firma electrónica para poder realizar sus actividades de forma mas rápida y eficiente.

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: Suplemento No. 577

              www.eci.bce.ec

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La Firma Electrónica garantiza los trámites con el SRI, SENAE, INCOP, INEN y otras instituciones, está lista en pocos segundos de una forma rápida, fácil y totalmente segura. Los beneficios en el uso de esta innovadora herramienta son el compartir información de manera segura, la eliminación del uso del papel y la aprobación de sus documentos en forma electrónica.

UTILIZACIÓN

Los principales usos de la Firma Electrónica son:

  • Facturación electrónica
  • Ventanilla única electrónica de la Aduana - Ecuapass
  • Gobierno electrónico / E-government
  • Registro de trámites de importación
  • Desmaterialización de documentos
  • Trámites de compras públicas
  • Flujos de trabajo / Workflows
  • Envío de correos seguros
  • Firma de contratos
  • Voto electrónico
  • Custodia digital

APLICACIÓN AL SRI

Desde mediados del próximo año, la facturación electrónica será obligatoria según lo anunciado por el Servicio de Rentas Internas, SRI.

Para esto, las empresas de comercio, servicios, importación, exportación y alimentos deberán aplicar determinados procedimientos a fin de que se establezca el sistema.

Con este sistema se cambia la factura en papel por un  comprobante digital funcional y legalmente equivalente a los comprobantes físicos.

El SRI ha puesto a  disposición de los contribuyentes, esta herramienta que tiene como beneficios el ahorro de papel, ahorro del espacio físico por almacenamiento y contribuir con la conservación del ambiente evitando la tala de árboles, además de facilitar la actividad comercial.

Pasos a seguir:

Previo a la utilización de esta herramienta, el contribuyente debe realizar la solicitud de la firma electrónica ante las instituciones acreditadas como el Banco Central del Ecuador, Security Data y ANF.

Este servicio tiene un costo que se paga una sola vez y cuando se trata de la renovación, que debe hacerse cada dos años, el pago a realizar es de 15 dólares.

Después de obtener la firma electrónica, el contribuyente debe descargar de la página web del SRI el software de facturación electrónica. Posteriormente, en la misma página se pide la autorización en el ambiente de prueba.

Una vez que el contribuyente haya realizado las pruebas necesarias, hará la solicitud para el ambiente de producción, que le permitirá realizar el proceso de facturación de manera real y enviarlas vía correo electrónico a sus clientes

El SRI tiene un cronograma de capacitaciones para que quienes deseen emplear este sistema de facturación, tengan acceso a conocer todas las herramientas que conforman el software. La capacitación dura dos horas. La información sobre esto se encuentra en la web sri.gob.ec.

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: ecuador.isigmaglobal.com

                www.lacamaradequito.com

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Para todos los Operadores de Comercio Exterior (OCEs) el procedimiento relacionado al registro de usuarios en el sistema informático aduanero mientras se mantengan habilitados en paralelo el SICE y el ECUAPASS.


Los Operadores de Comercio Exterior que no tengan un código de usuario en el SICE o que deseen registrarse con un nuevo tipo de OCE adicional al que ya cuentan, antes de proceder con el Registro de la Solicitud de uso en el ECUAPASS, deben primero obtener el Código de Tipo de Operador de Comercio Exterior en el SICE.

Requisitos:

  1. Para obtener un código en el SICE de Operador de Comercio Exterior de Tipo “IMPORTADOR/EXPORTADOR” se debe realizar lo siguiente:

    1. Registrar los datos ingresando en la página: www.aduana.gob.ec, link: OCE’s (Operadores de Comercio Exterior), menú: Registro de Datos y enviarlo electrónicamente. 
    2. Llenar la Solicitud  de Concesión/Reinicio de Claves que se encuentra en la misma página web y presentarla en cualquiera de las ventanillas de Atención al Usuario del SENAE, firmada por  el Importador / Exportador o Representante legal de la Compañía.
    3. Una vez recibida la solicitud se convalidan con los datos enviados en el formulario electrónico, de no existir novedades se acepta el Registro inmediatamente. 

  2. Para los demás Tipos de Operadores que deseen obtener un código en el SICE se debe realizar lo siguiente:

    1. Ingresar en la Secretaría General de la Dirección General del SENAE, Solicitud de Autorización indicando la actividad a ejercer, y cumplir con los requisitos documentales, físicos y/o técnicos mínimos que determina la normativa correspondiente, dependiendo del tipo de actividad a realizar.
    2. Luego del análisis y el respectivo procedimiento de calificación, la Subdirección General de Operaciones; en caso de resolver positivamente, dispone que la Dirección Nacional de Intervención asigne un Código de Operador en el Sistema SICE para la actividad solicitada.
    3. Una vez notificada la creación del Código en el Sistema SICE, se debe realizar los tres pasos indicados en el literal a).

Una vez obtenido el código en el SICE, la empresa puede registrarse en el ECUAPASS; cabe recalcar que prevalece el orden en cuanto al registro: primero SICE y luego ECUAPASS, puesto que aún las Declaraciones de Importación y Exportación, Manifiestos de Cargas, entre otras operaciones de Comercio Exterior, aún deben realizarse desde el SICE hasta que implemente la segunda fase del ECUAPASS. 

Para las empresas privadas o personas naturales que ya tengan asignado el Código de Operador de Comercio Exterior en el SICE, su Representante Legal o quien se encuentre apoderado para el efecto, podrá registrarse directamente en el Portal ECUAPASS dentro de “Solicitud del Uso” opción 1: Solicitud del Uso(Representante);  recordando que en el campo Tipo de OCE, la empresa que ya tenga un Código de Operador en el SICE NO debe volver a solicitar un Nuevo Código del Tipo de Operador que mantenía en el SICE, porque el Nuevo Sistema ECUAPASS ya posee esa información; sólo debe verificar que conste asociado el RUC, al o los respectivos códigos de Operador con el o los Tipos de Operadores aprobados por SENAE.

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Se establece un estándar a todos los Códigos de Operador de Comercio exterior en el ECUAPASS manteniendo para los últimos cuatro dígitos el mismo código que poseían en el SICE con el Tipo de Operador respectivo. Para el Tipo de Operador “Importador/Exportador” el Ecuapass genera un Nuevo número de Código de OCE. 

Recordando lo mencionado, la aprobación del registro se realizará de forma automática, pudiendo hacer uso del Nuevo Sistema ECUAPASS una vez concluido el mismo. Se debe tener en cuenta que dicho registro sea realizado con el mismo tipo de operador que ya se posea en el SICE.

  • En caso que equivocadamente solicite el mismo Tipo de Operador que mantenía en el SICE al momento del registro de usuario en el ECUAPASS opción 1: Solicitud del Uso(Representante), ilustrado en la figura 2  campo “Tipo de OCEs”, la aprobación automática del registro se bloqueará, y deberá ser realizada en forma manual por la Dirección Nacional de Intervención encargada.

 

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Los datos de las empresas privadas o personas naturales que ya se encuentren registradas en el Nuevo Sistema ECUAPASSy obtengan un Nuevo Código de Operador adicional al que ya poseen; luego de la creación del mismo en el SICE, se actualizará automáticamente en la base de datos del Sistema ECUAPASS; por lo cual, no es necesario registrar el Nuevo Tipo de OCE en el ECUAPASS.


Es importante mencionar que lo antes expuesto rige para todos los Tipos de Operadores de Comercio Exterior; por lo tanto, se expresa claramente que se debe cumplir con el procedimiento y consideraciones arriba detalladas, caso contrario la Dirección Nacional de Intervención encargada de las autorizaciones de los registros del Nuevo Sistema ECUAPASS procederá con el Rechazo de las solicitudes que aún no obtengan el Código en el SICE y que procedan directamente con el registro en el ECUAPASS.

NOMBRE: Paola Castellanos R.
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El sistema de Ventanilla Única en el Ecuador ha sido creado con el fin de  optimizar e integrar los procesos de comercio exterior, brindar a los operadores información sobre los requisitos vigentes y el estado de los tramites en curso; es por esta razón que la entidad del estado que administrará la Ventanilla Única Ecuatoriana de Comercio Exterior será el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Entre las entidades del Estado que estarán en la Ventanilla Única Ecuatoriana son las siguientes:

  • Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC);
  • Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE);
  • Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) con sus entidades adscritas como la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad) y el Instituto Nacional de Pesca (INP); 
  • Ministerio de Salud Pública e Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "Leopoldo Izquieta Pérez" (INH);
  • Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE) e Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN);
  • Banco Central del Ecuador (BCE); y,
  • Ministerio de Gobierno, la Dirección Nacional de Antinarcóticos, y la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.

También serán parte de la Ventanilla Única Ecuatoriana para el comercio exterior los trámites de permiso de importación de productos regulados por el Consejo Nacional de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, por la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica, el Ministerio de Turismo y toda otra entidad de la Administración Pública Central e Institucional que tenga relación con el comercio exterior.

Con la implementación de este sistema y la integración de todas estas entidades publicas se busca reducir significativamente el tiempo y los costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior ya que facilita la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un solo punto de acceso vía Internet.

NOMBRE: Paola Castellanos

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha generado el Boletín Nº 125-2014 sobre carga donde se dispone que las salidas de las mercancías de importación que hayan cumplido con las formalidades aduaneras pueden ser realizadas las 24 horas del día los 7 días de la semana.

 

Por esta razón se dispone que los Depósitos Temporales deben realizar las gestiones operativas necesarias para que una vez que se cumplan las formalidades aduaneras, se permita la salida de las mercancías en el horario indicado, realizando los registros correspondientes en el sistema ECUAPASS.

Proceso para salida de mercancias de los operadores de almacenamiento:

9241756283?profile=original

En caso de incumplimiento a la referida disposición por parte de los Depósitos Temporales, se procederá con las acciones administrativas que se encuentran reguladas en el Manual Específico para el Ingreso y Salida de Mercancías de Importación de los Depósitos Temporales Marítimos, Aéreos y Terrestres, Courier-DHL y Correos del Ecuador, emitido mediante Resolución No. SENAE-DGN-2013-0341-RE, de fecha 12 de septiembre del 2013, y publicado en el Registro Oficial Suplemento 151 de fecha 26 de diciembre del 2013.

 

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/

              http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-009-V2.pdf

 

 

 

 

 

 

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Desde el día jueves 17 de abril del 2014 se habilitarán en el portal de Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) formularios de la Subsecretaria de Recursos Pesqueros, generando al mismo tiempo la disposición que a partir de la fecha indicada no se recibirán solicitudes de manera física.

Este proceso de cambio lo han sistematizado el Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC), el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, los mismos que se han encargado de difundir esta información y dar a conocer los nuevos cambios a todos los Operadores de Comercio Exterior y al público en general.

Estos cambios tienen como fin optimizar tiempo y recursos al realizar un tramite ya sea este para importación o exportación en el sector pesquero, logrando incentivar la actualización tecnológica a los usuarios de este sector.

Los formularios son los siguientes:

143-004-REQ Validación del Documento Estadístico del Patudo

143-005-REQ Certificado de Acreditación de Origen Legal

143-009-REQ Certificado de Captura

143-010-REQ Certificado de Captura Simplificado

143-011-REQ Declaración de Pesca Importada con Procesamiento

143-012-REQ Declaración de Pesca Importada sin Procesamiento

Estos se podrán descargar en el siguiente link

http://www.produccion.gob.ec/inclusion-de-solicitudes-de-la-subsecretaria-de-recursos-pesqueros-srp-en-ventanilla-unica/

En caso de requerir algún tipo de soporte con relación al uso de estos formularios, lo podrán realizar por vía telefónica 1800-MAGAP1 y al correo electrónico soportevue@magap.gob.ec

En caso de no poder descargar los links a través de esta página, se debe ingresar a:

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?pg=1&anio=2014&codigo=127&proceso=&estado=&boletinNum=&ano=&desc=&fromFecha=&toFecha=

NOMBRE: Paola Castellanos R.

FUENTE: www.produccion.gob.ec

              elcomercio.com.ec/noticias

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APOYO PARA EL SECTOR EXPORTADOR DE ACUACULTURA

El Ministerio de Comercio Exterior ofrece total apoyo para el sector exportador de Acuacultura en un evento organizado por PRO ECUADOR, donde los empresarios podrán contar con el respaldo de las oficinas comerciales de Ecuador a nivel mundial a través de las cuales pueden tener asesoría directa, participación en ferias internacionales especializadas, entre otros beneficios.

  • El principal sector beneficiario seria el camaronero ya que se busca firmar un acuerdo comercial con la Unión Europea (UE) donde se logre que el camarón ecuatoriano ingrese sin impuestos a este mercado.
  • En el desarrollo del plan de impulso para el sector camaronero se encuentra la incursión al mercado Brasileño donde se visualiza que durante los últimos años este producto ha logrado gran acogida, a pesar de las barreras fitosanitarias que se impusieran por este país para evitar el ingreso de enfermedades como la mancha blanca; al lograr retirar esta barrera Ecuador podría exportar más de 30 000 toneladas de camarón a Brasil convirtiéndose este un mercado con gran potencial ya que la demanda de este país es de 115 000 toneladas y la producción interna alcanza a cubrir tan solo 80 000 toneladas.

En el evento se destacó que al impulsar el sector de Acuacultura todos los logros permitirán ayudar con tecnología y capacitación para mejorar la calidad de la producción.

 

Nombre: Paola Castellanos R.

Fuente: www.Ecuavisa.com.ec/Noticias

            Ministerio de Comercio Exterior

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