Publicaciones de HECTOR FABIAN TOCTE PEREZ (3)

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ZONA FRANCA

 

 

SEGÚN EL ARTÍCULO 169 DEL COPCI 

Art. 169.- Cambio de Régimen.- Las mercancías declaradas a un régimen que suspenda o libere de tributos al comercio exterior, podrán ser declaradas a cualquier otro régimen, antes del vencimiento del plazo concedido.

Previo el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, el cambio de régimen será autorizado por la servidora o el servidor público competente. Prohíbase el cambio de régimen de mercancías declaradas a consumo a cualquier otro régimen

Para tener en conocimientos sobre lo que dice el COPCI sobre Zonas especiales de desarrollo económico

Actualmente se lo conoce como ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO ECONOMICO

DOCUMENTOS PREVIOS

El Ministerio de Industrias y Productividad será quien emitia los certificados para la importación a una Zona Franca, siempre y cuando no se produzcan en el país o haya insuficiencia de producción nacional.

Por otro lado la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica, previa solicitud de los administradores, operadores de Zonas Especiales, tienen la autorización a emitir dichos certificados.

 

RÉGIMEN DE ZONA FRANCA.

La empresa debe llenar el formulario de ingreso al Régimen de Zona Franca, según corresponda, de acuerdo con el tipo de actividad.

Requisitos.

La empresa puede presentar el Formulario de ingreso respectivo y aportar los documentos señalados en las secciones: Documentos a presentar y Listado de control de requisitos del Formulario de ingreso al Régimen de Zona Franca, ambos correspondientes al tipo de empresa.

Descripción del Trámite.

a.     La solicitud debe llenarse en computadora y aplicarse en el sitio web de la aduana, siguiendo la ruta: Regímenes de Exportación/ Régimen de Zonas Francas/ Procedimiento para el Ingreso al Régimen/Ingreso al Régimen de Zonas Francas; donde se debe realizar un registro de previo a presentar la solicitud.

b.     Una vez realizado lo anterior la empresa puede presentar la solicitud formalmente, o en borrador, ante la Gerencia de Operaciones de la aduana. En ambos casos, la solicitud (definitiva o borrador), será revisada y de contener errores u omisiones, se devolverá al interesado con las observaciones por escrito, para que las subsane y presente de nuevo.

c.     La solicitud definitiva deberá presentarse en la Gerencia de la aduana,  en el idioma español, la cual será debidamente sellada y numerada por esta Gerencia. Las fórmulas no pueden llenarse a mano y no deben contener tachaduras que pongan en duda la información. Cuando se necesite más de una de las fórmulas de la solicitud, la empresa podrá hacer uso de copias adicionales. 

d.     Una vez aprobada la solicitud por PROCOMER, se elaborará y emitirá un Acuerdo Ejecutivo. Éste será enviado para su revisión al Departamento Legal del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), revisado este acuerdo por ese departamento, será firmado por el Ministro de Comercio Exterior y el Presidente de la República.

e.     Con la notificación del Acuerdo Ejecutivo que otorga el Régimen, el beneficiario deberá presentarse a la Gerencia de Operaciones de la aduana, a firmar el Contrato de Operaciones y presentar el depósito de garantía. Luego la empresa procederá a registrarse ante la Aduana.

 

 

 

LA EMPRESA DEBE ADJUNTAR

  • Copia notariada de la Escritura de Constitución de la empresa (Empresas Nacionales – 2 Copias notariadas).
  • Copia de la Escritura de Constitución de la empresa con el Certificado Consular (Empresas extranjeras, según Art. 17 de la Ley de Zonas Francas), que acredite la existencia legal de la compañía en el país de origen. ( 2 Copias Certificadas).
  • Nombramiento de Representante Legal de la Compañía notariado (Empresas nacionales – 2 Copias notariadas).
  • Nombramiento del Representante Legal de la Compañía o Poder Especial nombrando un Representante Legal de la empresa, con el Certificado Consular en el país de origen de la compañía (Empresas extranjeras, 2 Copias Certificadas).
  • Copia del Certificado de la Superintendencia de Compañías que acredite la existencia legal de la empresa (Empresas nacionales).
  • Copia del R.U.C. (Empresas nacionales y extranjeras).
  • Estudio de Impacto Ambiental (Empresas nacionales y extranjeras que realicen cualquier actividad industrial, comercial o de prestación de servicios).

 

CONCLUSIONES:

  • Nosotros como importadores o exportadores podemos hacer uso de la importación o exportación desde y hacia una Zona de Desarrollo Económica siempre y cuando se cumplan con los objetivos de una instancia en una ZEDE, entre los requisitos a tomar en cuenta son los relacionados  para el ingreso a una ZEDE y es el Código de Autorización previo la solicitud a petición del interesado.
  • Es relevante cumplir con los requisitos así como con los documentos previos ya que tales mercancías también están sujetas a un procedimiento aduanero, y el incumplimiento de este procedimiento será causa de una sanción o multa según las leyes respectivas.
  • La ley de Zonas Francas aun están en vigencia y son aplicadas a las ZEDES.

BIBLIOGRAFÍA                    

www.aduana.gov.ec

www.mipro.gob.ec

www.conazofra.gov.ec                                          INTEGRANTES                 

                                                                                              AYO FABRICIO, 

CHALUISA LIBIA,

DAVALOS ANDREA,

SAGAL LORENA,

TOCTE HECTOR,

VIZUETE KATTY. 

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FORMATOS PARA LA TRANSMISIÓN ELECTÓNICA DE DATOS

(DAUDAT.ZIP Y DAURES.ZIP

 

Entre los objetivos que tienen los formatos para realizar la transmisión electrónica tenemos:

- Establecer pautas que se aplican al proceso de despacho aduanero

- Optimizar el uso de los recursos técnicos

- Lograr eficiencia, agilidad en los distintos despachos aduaneros

- Exigir el correcto cumplimiento de las normas que lo regulan

- Indicar el correcto uso del DAU electrónico

Consideraciones generales

Entre las mas importantes debemos tener en cuenta que la declaración aduanera es el documento por el cual se informa a la CAE el detalle de las mercancías a ser nacionalizadas.

También es importante tener claro que el declarante es el responsable de la exactitud de los datos, esto en las personas naturales, para las personas jurídicas la responsabilidad será del representante legal.

 

FORMATOS DAU

Para el envió de los archivos o información hacia la aduana el formato utilizado es el DAUDAT-ZIP mientras que el formato en el que envía la CAE es el DAURES-ZIP. A continuación vamos resumir brevemente los tipos de formatos según los grupos antes mencionados, los mismos que se utilizaran en el SICE .

DAUHDR01 (M)

Contiene todos los datos generales de la Declaración Aduanera

Contiene lo siguiente: Aduana de destino, banco corresponsal, importador, agente, autorizaciones, transacción, embarcador, remitente, certificados, medio de transporte, tipo de carga, tránsito, régimen precedente, determinación de la base imponible, y tipo de garantías. 

 

 

DAUDET01 (M)

Contiene datos de series o subpartidas nacionales

Aquí se anota la descripción del producto y la partida arancelaria respectiva

DAUDET02 (C)

Utilizado solo para importación de vehículos

DAUDOCAS (C)

Contiene datos que sustenten la DAU

Constan documentos que sirvan de sustento para realizar la operaciónPóliza de Seguro, Certificado de Inspección, Certificado de Origen, Autorización Previa, Visto Bueno, Garantía, Providencia, Factura Comercial, Documentos de Embarque.

 DAUOBSER (C)

Contiene observaciones sobre los datos generales de la DAU

Este formato es más utilizado para exportaciones, tiene las observaciones generales de la DAU

DAUREGAP (C)

Representa datos de las Declaraciones precedentes, relacionadas con la declaración en curso y es requerido cuando la Declaración está asociada a una declaración precedente

DAUCONTE (C)

Datos de contenedores asociados a la  DAU

Contiene datos cuando la mercancía es transportada en Contenedor: Datos de los contenedores, relacionadas con la declaración en curso. Requerido cuando se trate de carga contenerizada, o carga general transportada mediante contenedores.

 DAUCONPE (M)

Este formato es necesario para regimenes especiales

 

 

 

 

FORMATOS DAV

DAVHDR01 (M)

Datos generales de la (DAV)

Contiene: Aduana de destino, consignatario, datos del proveedor, intermediario entre comprador y vendedor, condiciones de la transacción, determinación del valor en aduana, y desagregación del valor en aduana.

 

DAVDET01 (M)

Datos de factura de la (DAV)

Contiene: Naturaleza de la transacción, país de origen, país de procedencia, modo de transporte, puerto de embarque, puerto de descarga, y forma de pago.

 

DAVDET02 (M)

Datos de ítems de la DAV

Contiene: Subpartida nacional, descripción comercial, características y tipo, país de origen, marca comercial, modelo, año, estado de la mercancía, cantidad, y  valor FOB.

 

FORMATOS DE ENVIO

ENVCTROL

Formato obligatorio y significa datos de control de envío sin esta información no pueden realizar la transmisión

Contiene los siguientes datos: Código del tipo de operador  en este caso “Agente de Aduana”  que transmite la Declaración Aduanera Única DAU-e para Importaciones  código que identifica al Agente de Aduana, cantidad de registros y series enviados, total FOB de las series, total peso bruto de las series, clave electrónica que ingresa el Agente para poder transmitir la declaración, número de registros del DAV, y cédula del operador que realiza la transmisión.

 

 

 

FORMATOS DAURES

RESCTROL

Nos indica los datos de control de inevio

RESMENSJ

Nos indica los datos de detalle de las incidencias detectadas en la validación

RESACEPT

Nos indica los datos para la certificación digital del mensaje

 FORMATOS DAU 

GRUPO: DAU

CONTENIDO DE LOS FORMATOS 

OBS

DAUHDR01

Datos generales de la declaración aduanera  

M

DAUDET01

Datos de series o subpartidas nacionales  

M

DAUDET02

Datos de descripciones mínimas para vehículos  

C

DAUDOCAS

Datos de documentos sustentatorios o que amparan la DAU  

 

C

DAUOBSER

Datos de observaciones sobre los datos generales, series, etc,

C

DAUREGAP

Datos de declaraciones precedentes relacionadas con la DAU  

C

DAUCONTE

Datos de contenedores asociados a la  DAU  

C

DAUCOMPE

Declaración de los Productos Compensadores  

 

 

FORMATOS DAV

GRUPO: DAV

CONTENIDO DE LOS FORMATOS

OBS

DAVHDR01

Datos generales de la Declaración en Aduana del Valor (DAV)   

M

DAVDET01

Datos de factura de la Declaración en Aduana del  Valor (DAV)

 

M

DAVDET02

Datos de ítems de la declaración andina de valor   

M

Nota:

Este grupo de formatos no es exigible cuando se trate de donaciones, valija diplomática y regímenes especiales y particulares.

 

 

DATOS ACERCA DEL ENVÍO

 

GRUPO: CONTROL

CONTENIDO DE LOS FORMATOS

OBS

ENVCTROL

Datos de control del envío  

M

 

 

Para finalizar vale la pena recalcar que las letras  M y C que se ubican en la columna de observación nos indica lo siguiente.

 M: que el requerimiento es madatorio u obligatorio

C  = Condicionado a lo que dicten las disposiciones de la Ley, Reglamento y Normas complementarias o relacionadas con el quehacer aduanero.

 

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COMO REALIZAR UNA IMPORTACIÓN A CONSUMO MENOR DE A $ 4000 VALOR FOB

 

-          El primer paso a realizar es registrarse como importador para lo cual es necesario contar con el RUC (registro único de contribuyentes). Para esto deberá ingresar a la pagina web de la CAE.

-          El importador deberá tener un contacto o proveedor en otro país

-          Contrato internacional entre el importador y el exportador

-          Luego es necesario pedir una lista de precios o lo que conocemos como proforma

-          Una vez que los precios han sido verificados y aceptados se procede a realizar la orden de compra o nota de pedido.

-          Una vez que se ha confirmado la compra se envía la orden de compra al exportador para su respectivo despacho

-          A continuación se procede a negociar el incoterms que para este deber es el FOB

-          Se contratar una póliza de seguro

-          Negociamos cual va ha ser nuestra forma de pago, es importante tomar en cuenta el interés ya que de esto depende determinar el PVP.

-          Como siguiente paso es  necesario elaborar toda la documentación (DAU A-B-C, DAV 1-2, FACTURA, CONOCIMIENTO DE EMBARQUE, CUPOS, LICENCIAS etc.)

-          Luego se procede a contratar una consolidadora que nos garantice el transporte de las mercancías.

-          Tramitamos el DAV (declaración aduanera de valor) o licencia de importación

-          El siguiente paso es el banco donde se cancelara los valores correspondientes a los aranceles y demás impuestos de la mercancía

-          Luego la CAE verifica que el proceso realizado esta correcto y autoriza el retiro de la mercancía.

Hay que recalcar que para una importación a consumo con un valor de hasta $4000 no es necesario contratar un agente de aduanas ya que el propietario de las mercancías puede realizar la declaración de las mismas. Es importante mencionar que la intervención del Agente de Aduanas se hace necesaria cuando las importaciones sean realizadas por entidades del sector público.

Para aclarar este tema según El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones determina que el valor de $4000 se toma en cuenta  como base tope para importar sin cobrar impuestos con mercancías menores a 4 kg, manejando esta importación  por COURIER. El COPCI determina en su articulo #165, lo siguiente: Mensajería acelerada o Courier.- La correspondencia, documentos y mercancías que cumplan con lo previsto en el reglamento dictado por la Directora o Director General del Servicio Nacional de Aduanas y no excedan los límites previstos en el mismo, transportados por los denominados correos rápidos, se despacharán por la aduana mediante formalidades simplificadas conforme la normativa dictada por el Servicio Nacional de Aduanas. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales. 

 

 

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