- CONLUSIONES:
El valor en aduana de las mercancías además de los métodos aplicados para su valor, deben ser sometidos a los respectivos ajustes de acuerdo al Acuerdo de valoración aduanera del GATT.
- RECOMENDACIONES:
Es importante que al momento de la declaración aduanera se efectúen los respectivos ajustes al precio pagado – por pagar de las mercancías importadas a un país en este caso a Ecuador para que el valor en aduana no sea incorrecto al momento de emitir la DAI.
AUTOR: GABRIELA ALEJANDRA MORAN ZURITA
FUENTE:
Organización mundial de comercio ( Acuerdo de valoración aduanera GATT)
http://www.wto.org/spanish/tratop_s/cusval_s/cusval_info_s.html
Aduana del Ecuador: Instructivo para el uso de sistema DAI