Publicaciones de Evelyn Paola Caiza Chicaiza (30)

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Introducción

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tiene derecho de prenda especial y preferente sobre las mercancías sometidas a la potestad aduanera para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras.

Por ello, una garantía aduanera es concebida como una obligación accesoria que se contrae a satisfacción de la autoridad aduanera, con el objeto de asegurar el pago de los tributos al comercio exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación o exportación de mercancías, el cumplimiento de la formalidad determinada por la Administración Aduanera y las obligaciones contraídas por los operadores de comercio exterior para el ejercicio de sus actividades.

Estas garantías pueden ser generales y específicas, para mejorar su gestión en el sistema ECUAPASS, la Aduana del Ecuador realiza procesos de mejora continua.

Desarrollo

El Servicio Nacional de Aduana (SENAE) ha implementado varias mejoras en las siguientes opciones de Garantías Aduaneras en ECUAPASS:
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Fuente: (SENAE, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Otro aspecto importante de mejoramiento es la opción que permite registrar plazos de garantías conforme a los Acuerdos de Complementación Económica que haya establecido cada país miembro en los siguientes escenarios por Certificado de Origen:

  • No presentación del documento.
  • Documento no cumple con formalidades.
  • Duda de origen (Opción agregada).

Para los casos que correspondan se debe realizar lo siguiente:

  1. Seleccionar la opción “Registro de solicitud de aprobación de garantía” en la ruta Trámites Operativos > 1.1.2 Formulario de Solicitud de Categoría.
  2. Seleccionar el motivo (E) CONSUMO – FALTA DE DOC – CERT. DE ORIGEN, y detallar en el campo “Opción certificado de Origen” el tipo de escenario que le pertenezca.
  3. Finalmente, los plazos se determinarán en la sección “Información de plazo de garantía”, al presionar el botón “Consultar” en el campo “Acuerdo”, seleccionando el Acuerdo de Complementación Económica, así como el país integrante.

Así mismo con lo que respecta a la emisión de las garantías aduaneras, los emisores, deberán señalar el Objetivo/Riesgo asegurado con el siguiente texto:

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 Fuente: (SENAE, 2018)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Caso práctico de la aplicación de una garantía

La empresa MIKHUNA tiene asignada la construcción de una autopista de 6 carriles, para lo cual necesita ingresar maquinarias, equipos y herramientas por un valor de 8'000.000 de dólares. La obra tiene un plazo con prorroga de construcción de 3 años. Luego de la terminación de la obra, los administradores de la empresa ha decido dejar en el país la maquinaria para ejecutar otras obras en territorio nacional.

Para llevar a cabo este proyecto los administradores de la empresa deberán realizar un procedimiento de Admisión temporal para reexportación en el mismo estado, acogiéndose a una garantía específica.

Por tanto, el procedimiento de culminación de dicho régimen se detalla a continuación en el gráfico:
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Fuente: (Velásquez, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Conclusiones

  • Las garantías aduaneras, aseguran el pago de los tributos generados por las operaciones de comercio exterior, y el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). Esta, opción se considera como uno de los productos que mayor utilidad prestan a los empresarios ecuatorianos.
  • Con la finalidad de dinamizar las operaciones de comercio exterior, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), ha implementado diversos mecanismos que permiten optimizar el procedimiento de aprobación de garantías aduaneras.

Recomendaciones

  • Los operadores de comercio exterior y demás entidades que deseen emitir una garantía aduanera deben tener en consideración lo señalado en el Capítulo VIII – Garantías Aduaneras del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI); así como las disposiciones establecidas en el capítulo IX, Garantías Aduaneras del Reglamento al Título Facilitación Aduanera del Código de Producción.
  • Todos los usuarios de comercio exterior deben tomar en cuenta cada uno de los cambios que ha implementado el Servicio Nacional de Aduanas para que el procedimiento de aprobación de garantías aduaneras sea más eficiente.

Fuentes

 

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

Para hacer una exportación es necesario y primordial que el exportador ecuatoriano cumpla con ciertos parámetros de calidad del producto que va a exportar. También existen ciertos requisitos legales que debe cumplir, para eso es necesario estar al día con las normas que establece las respectivas leyes de las instituciones a cargo, caso contrario, si uno de los requisitos falla o no los cumple la exportación de productos no se podrá realizar ni se podrá efectivizar.

 Existen algunos requisitos importantes que se debe cumplir para la exportación de granos de cacao, entre los cuales se puede mencionar las solicitudes del Certificado de calidad y Certificado fitosanitario. (ECUADOR TRADERS , 2018)

El organismo encargado de gestionar estos certificados es la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (AGROCALIDAD). Esta entidad además se encarga del control y regulación para la protección y el mejoramiento de la sanidad animal, sanidad vegetal e inocuidad alimentaria, en beneficio del sector agropecuario brindando servicios de calidad a todos los productores del país

Desarrollo

Por un lado, el Certificado Fitosanitario acredita que los productos de origen vegetal (agropecuarios) que se exportan o importan, han sido inspeccionados acorde con los procedimientos apropiados y son considerados libres de plagas cuarentenarias y prácticamente libres de otras plagas perjudiciales que pueden afectar la agricultura del país importador. Mientras que los Certificados de Calidad son documentos en donde se declara la conformidad de un producto, reglamentada con una determinada norma o documento de referencia. (Diario del exportador, 2017)

En este contexto esta solicitud es un servicio orientado a emitir los certificados fitosanitarios de exportación (CFE) y de calidad, que amparen los envíos de exportación de granos de cacao originarios y procedentes del Ecuador.  Reconocido como un documento oficial normado por la autoridad nacional fitosanitaria, que avala el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios de los países importadores y de calidad en base a la norma NTE-INEN-176. ( (Agrocalidad, 2019)

 

Requisitos

 Los Operadores de Comercio Exterior que necesiten obtener el Certificado de Calidad y Fitosanitario para las exportaciones de cacao deben presentar los siguientes requerimientos:

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 Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Especificaciones

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Elaborado por: Evelyn Caiza

Conclusiones

  • Los certificados fitosanitarios se expiden con la finalidad de indicar que los envíos de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados cumplen los requisitos fitosanitarios de importación especificados y son conformes a la declaración de certificación del modelo de certificado apropiado.
  • En el comercio internacional, hay multitud de certificados que verifican y habilitan tanto procesos como capacitaciones de todo tipo es por eso que sin duda el poseer una certificación de calidad emitida por un ente público o institución privada de acreditación facilita el acceso a un mercado internacional.

Recomendaciones

  • Es importante tomar en cuenta que antes de iniciar el trámite de solicitud del certificado de calidad y fitosanitario se debe verificar si el país de destino ha levantado las restricciones sanitarias de acceso a los productos de origen vegetal ecuatorianos a través del Estatus Fitosanitario.
  • Analizar los requisitos del país de destino tomando en cuenta todos los requerimientos para exportar este producto, por ejemplo, si solicita Certificado de origen.

Fuentes

 

Autor

Evelyn Caiza

 

 

 

 

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Introducción

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), con las recomendaciones realizadas por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), en los últimos años se ha dedicado a estar a la vanguardia en los procesos, con la finalidad de alcanzar estándares de calidad y de esta manera mejorar los servicios que brinda a los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s), además de establecer un cambio importante dentro de la matriz productiva ecuatoriana. (Buñay, 2018)

Pues las estrategias que se han desarrollado estuvieron enfocadas principalmente en el cambio de la normativa aduanera y la implementación de la herramienta informática ECUAPASS, la misma que ha permitido la sistematización de gran parte de la información.

Actualmente este sistema está conformado por 10 módulos, que durante la ejecución del proyecto fueron dirigidos por un líder para su desarrollo y seguimiento; posterior a la implementación y estabilización los líderes se mantuvieron y empezaron a trabajar en la fase de mejoras. A pesar de manejarse de forma independiente cada uno de estos módulos están relacionados entre sí por la integración y dinamismo de esta herramienta informática. (Buñay, 2018)

Dentro de este contexto, uno de los módulos más importantes es el de despacho de importaciones o exportaciones pues mediante éste se cambió la modalidad de la información de todos los procedimientos de despachos aduaneros, influyendo principalmente al momento de realizar los aforos físicos y documentales. 

Desarrollo

El objetivo del módulo es disminuir el tiempo para el despacho de mercancías, simplificando y automatizando los procesos, empleando controles ágiles y eficientes.

Las principales operaciones que administra este módulo están relacionadas con la nacionalización de mercancías en los diferentes regímenes aduaneros que se encuentran estipulados en el Libro V de la Facilitación Aduanera del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).

El módulo fue diseñado para simplificar la presentación de las formalidades aduaneras en el despacho de mercancías. Es utilizado por operadores de comercio exterior como: Agentes de Aduana, Importadores, Exportadores, Correos Rápidos entre otros. 

Es importante destacar que, dentro del diseño del módulo para la declaración aduanera de importación, se basaron en las siguientes disposiciones:

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Fuente: (Buñay, 2018)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Mediante el uso de las opciones de despacho, los Operadores de Comercio Exterior pueden realizar el llenado de solicitudes de reconocimiento previo de mercancías, declaraciones aduaneras de importación y exportación, declaraciones aduaneras simplificadas, solicitudes de reembarque, entre otras transacciones.

Los funcionarios aduaneros revisarán la información transmitida por los operadores de comercio exterior para continuar de manera ágil la nacionalización de mercancías. Pues es evidente que a partir de la implementación del sistema ECUAPASS, desde octubre del año 2012 se aplicaron estrategias de mejora para optimizar dichos tiempos de nacionalización, utilizando los mismos datos generados en esta herramienta informática y mediante los siguientes aspectos:

  • Reuniones periódicas de seguimiento.
  • Despacho con pago garantizado.
  • Despacho anticipado.
  • Optimización del Perfilador de Riesgos.

Ejemplo de despacho aduanero

 

Despacho con Pago Garantizado

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), en su afán por brindar mecanismos que le permitan al usuario optimizar sus procesos, reducir los tiempos y por ende costos del despacho, ofrece a los Operadores de Comercio Exterior la disponibilidad de la modalidad de Despacho con Pago Garantizado. (SENAE, 2020)

 

La descripción de este tipo de despacho se detalla en el siguiente gráfico:

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Fuente: (SENAE, 2020)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Beneficios 

Algunos de los beneficios de acogerse a este tipo de despacho se describen a continuación: 

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Fuente: (Navarro, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Conclusiones

  • El módulo de despacho aduanero implementado en el sistema ECUAPASS ha permitido que los Operadores de Comercio Exterior realicen sus transacciones de forma más eficiente, pues existe una reducción en el tiempo total de despacho suprimiendo la espera de la llegada de mercancías e ingreso al depósito temporal de las mismas para transmitir la declaración aduanera de importación.
  • Mediante esta opción los usuarios de comercio exterior tienen varias alternativas a la hora de realizar su operación, ya que pueden hacer uso del despacho anticipado o a su vez de un despacho con pago garantizado, que les permite adelantar el procedimiento administrativo de nacionalización de mercancías.

Recomendaciones

  • Impulsar el uso de las distintas modalidades de despacho aduanero, puesto que en Ecuador actualmente el empleo de estos mecanismos es mínimo y para incrementar su manejo se debería desarrollar estrategias de comunicación o promocionarlo con las demás facilidades al comercio que brinda el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).
  • Promover el uso del Representante Aduanero de Comercio Exterior (RACE) para que ejerza la función administrativa y operativa de gestionar ante la administración aduanera las actividades relacionadas con el despacho aduanero de mercancías de importación o exportación, sin intervención de un agente de aduana; para que de este modo tanto importadores como exportadores tengan la posibilidad de acceder a un servicio ágil y oportuno, sin la necesidad de contratar los servicios de un agente afianzado.

Fuentes

 

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

El Instituto Nacional de Pesca (INP) es reconocido como la Autoridad Competente en materia sanitaria de los productos pesqueros y acuícolas a través del Acuerdo Ministerial No. 06 177-A, publicado en el registro oficial No. 302 desde 29 de junio de 2006.

 El INP es una entidad de derecho público adscrita al Ministerio de Producción Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), que tiene personería jurídica, patrimonio y recursos propios, conforme lo establece el Art. 1 de la Ley Constitutiva de su creación.

Principalmente es la entidad certificadora del Estado respecto de la calidad de los productos acuícolas y pesqueros de exportación en todas sus formas y para efectos de comercialización y exportación de productos procesados, las empresas pesqueras y acuícolas deben obtener los certificados sanitarios o de control de calidad emitidos por el INP, previo a la verificación de los parámetros de higiene, calidad y normas de registro respectivos. (INP, 2015)

Desarrollo

A través de este trámite los usuarios del sector acuicultor pueden acceder a la autorización para la importación de productos sujetos de control previo específicamente los productos de uso acuícola, este control es realizado por la Comisión Técnica de Evaluación de Riesgos de Importación (COTERI). (MPCEIP, 2019)

Este tipo de trámite está dirigido a los siguientes operadores:

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Fuente: (MPCEIP, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Requisitos

Para acceder a esta autorización se requiere de algunos requisitos básicos que se describen a continuación:

  1. Solicitud de autorización de importación de insumos de uso acuícola.
  2. Factura comercial.
  3. Certificado sanitario.
  4. Certificado de registro sanitario unificado.
  5. Escritura pública de constitución de la compañía.
  6. Certificado de origen del país exportador.
  7. Certificado de cumplimiento de obligaciones y existencia legal. 
  8. Nombramiento del representante legal.
  9. Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Procedimiento

Los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) que trabajan con el Instituto Nacional de Pesca (INP) y que quieran solicitar la autorización de importación deben realizar el procedimiento que se detalla de la siguiente manera:

1. Ingresar a la página web https://ecuapass.aduana.gob.ec.

2. Acceder a la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE)

        - Seleccionar VUE en el Quick menú de la pantalla principal del ECUAPASS.

        - Seleccionar VUE que está en la parte superior de la pantalla de menús del              ECUAPASS.

3. Elaborar de la solicitud.9242233287?profile=original

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Fuente: (MAP, 2020)

El proceso para el correcto llenado de la solicitud de autorización se detallan en el siguiente gráfico:

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Fuente: (MAP, 2020)

Elaborado por: Evelyn Caiza

4. Recibir notificación en caso de inconsistencias de información.

5. Recibir el documento del trámite en la ventanilla única de la institución o a través de la VUE (Ventanilla Única Ecuatoriana).

Para verificar el estado de procesamiento de la solicitud se debe realizar lo siguiente:

  • Acceder al sistema en calidad de solicitante.
  • Seleccionar la opción proceso de solicitud.
  • Ingresar las condiciones de la búsqueda de la consulta del estado actual de procesamiento de la solicitud.
  • Verificar la información de la solicitud y el historial del estado de la solicitud registrada.
  • Constatar el estado del documento, mediante el historial de los estados del documento.

Conclusiones

  • La automatización agilita los procedimientos para sustentar las condiciones técnico, científicas y sanitarias que deben ser aplicadas para la importación de insumos acuícolas que contribuyan al desarrollo de este sector.
  • En definitiva, el Plan Nacional de Simplificación de Trámites, impulsado por el Gobierno Nacional, ha obtenido resultados positivos. Pues se evidencia que el Ministerio de Producción Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) simplificó los requisitos para la solicitud de autorización a la importación de insumos de uso acuícola, y con la automatización del sistema el tiempo se redujo de 30 a 5 días.

Recomendaciones

  • Es importante que los Operadores de Comercio Exterior conozcan que los documentos emitidos mediante el sistema ECUAPASS-VUE, se pueden verificar en línea tanto por el usuario como por la autoridad sanitaria en el país de destino, garantizando su autenticidad.
  • Para acceder a los veinte formularios disponibles del Instituto Nacional de Pesca (INP) implementados en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), los usuarios de comercio exterior deben estar registrados y tener su respectiva firma electrónica.

Fuentes

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

La Notificación Sanitaria (NS) es la certificación obligatoria que deben tener los alimentos procesados de consumo humano para su comercialización en el país, con el objetivo de garantizar la calidad, inocuidad y procedencia. (LA HORA, 2020)

La entidad a cargo de emitir esta certificación es la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), la misma que desde el año 2017 viene implementando la simplificación de trámites para la obtención de estos requerimientos.

Para acceder a este documento los productores deben presentar el permiso de funcionamiento; especificaciones físicas y químicas del material de envase, bajo cualquier formato emitido por el fabricante o distribuidor; descripción e interpretación del código de lote firmado por el representante, y descripción general del proceso de elaboración del producto firmado por el representante legal o técnico. Así como también el Certificado de Requerimiento o No de Registro Sanitario / Notificación Sanitaria. (ARCSA, 2019)

Desarrollo

El Certificado de Requerimiento o No de la Notificación Sanitaria es un servicio orientado a verificar que los productos requieran o no la notificación sanitaria obligatoria, dicha certificación habilita al ciudadano para la distribución, comercialización o importación de los productos de uso y consumo humano. (ARCSA, 2019)

Este certificado tiene una vigencia de 12 meses a partir de su emisión, su trámite no tiene costo y su único objetivo es la obtención del Registro Sanitario/ Notificación Sanitaria, ya que no es válido para ser utilizado con fines comerciales. (ARCSA, 2019)

Requisitos para la emisión del Certificado

Algunos de los parámetros que deben cumplir los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) se detallan a continuación:

  1. Ficha técnica del producto.
  2. Diagrama de Flujo (Descripción del proceso de elaboración).
  3. Proyecto de etiqueta. (MSP, 2018)

La información mínima que debe contener la ficha técnica del producto se describe en el siguiente diagrama:

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Fuente: (ARCSA, 2017)

Elaborado por: Evelyn Caiza

En este contexto se deben tomar en cuenta algunas recomendaciones:

  • Los documentos solicitados deberán ser presentados en idioma castellano.
  • En caso de documentos que estén en otro idioma, deberán acompañarse de su traducción oficial y estar debidamente legalizados en el país de origen.
  • Los documentos que se adjunte de manera física deberán estar correctamente identificados y numerados. (ARCSA, 2017)

Pasos para solicitar el Certificado

Los Operadores de Comercio Exterior que necesiten el certificado deben realizar el procedimiento que se detalla a continuación:

  1. Ingresar al Portal Web ECUAPASS, a través de la dirección electrónica https://portal.aduana.gob.ec/
  2. Llenar los campos correspondientes a ID. Usuario / Contraseña.
  3. Dar clic en el botón INICIAR SESIÓN.
  4. Seleccionar la opción Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).
  5. Una vez ingresado al sistema de la VUE continuar con los siguientes pasos:
  • Seleccionar la opción “Elaboración de Solicitud”.
  • Seleccionar la opción “Documentos de Acompañamiento” y su listado.
  • En la lista desplegable seleccionar la institución: (ARCSA) – Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
  • Escoger el formulario que corresponda de acuerdo al producto objeto de trámite y seleccionar la opción “Consultar”.
  • Una vez que aparezca el documento en el listado, seleccionar el mismo y dar clic en la opción “Solicitar”.
  • A continuación, se desplegará el formulario para la Obtención del Certificado de Requerimiento o No de Registro Sanitario / Notificación Sanitaria Obligatoria
  • En el campo “Número de Solicitud” seleccionar la opción “Consultar” para que se genere automáticamente el número de solicitud.
  • Completar la información que solicita el sistema y adjuntar los respaldos correspondientes, finalmente escoger la opción “Registrar”.
  • A continuación, aparecerá una ventana en donde se debe realizar la firma electrónica del documento, mediante el TOKEN respectivo. (ARCSA, 2019)

Cancelación del Certificado

Para suspender el trámite Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria Obligatoria se debe realizar este procedimiento:

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Fuente: (ARCSA, 2017)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Ejemplo

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Fuente: (ARCSA, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Conclusiones

  • La implementación de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) se establece como un avance tecnológico beneficioso para microempresarios, artesanos y productores de la Economía Popular y Solidaria, ya que pueden obtener de manera rápida y ágil la certificación de Requerimiento o No de la Notificación Sanitaria, pues hasta hace unos años, obtener este documento a los emprendedores les representaba una alta inversión, muchos requisitos y pasar por varios trámites que se prolongaba por largos periodos de tiempo.
  • La certificación de Requerimiento o No de la Notificación Sanitaria está encargada de orientar a los usuarios de comercio exterior acerca de aquellos productos que necesitan un Registro Sanitario o una Notificación Sanitaria a fin de agilitar y optimizar el ingreso de solicitudes.

Recomendaciones

  • Es necesario que los usuarios del comercio exterior tomen en cuenta que en el caso de existir observaciones por parte del ARCSA acerca de alguno de los datos ingresados, el proceso puede ser cancelada si en el plazo máximo de 30 días no son subsanadas las contemplaciones realizadas.
  • Considerar que la ficha técnica del producto, el diagrama de flujo de la descripción del proceso de elaboración y el proyecto de etiqueta, deben ser emitidos o elaborados únicamente por el fabricante de dicho producto.

Fuentes

 

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) para el Comercio Exterior, es el sistema mediante el cual se realizan los diferentes trámites que requieren los operadores económicos para la exportación o importación de mercancías. (SENAE, s.f.)

Bajo este contexto los usuarios del comercio exterior realizan solicitudes dirigidas a las distintas instituciones implementadas en la VUE y al momento de efectuar el procedimiento para pagar el servicio, adquirían una modalidad en la que se requería la utilización de papeletas de depósito y la orden de pago impresa para posteriormente acudir a la entidad a realizar la verificación de dicho pago. Por consiguiente, esta situación provocaba una pérdida de tiempo en la realización de trámites, duplicación de formularios con información similar y gasto monetario al realizar pagos en las distintas entidades financieras. Además de esto, restaba transparencia y confiabilidad a las entidades gubernamentales.

Por tanto, para agilitar el procedimiento al importador/exportador, se implementa la nueva modalidad de pago electrónico, con la cual los pagos se pueden realizar a través de las ventanillas de recaudo de las entidades financieras sin la necesidad de presentar una papeleta de depósito ni la orden de pago impresa o a su vez mediante las bancas virtuales de las distintas organizaciones donde el  pago se procesa de inmediato y los valores recibidos se acreditan automáticamente como pago electrónico.

Desarrollo

Las entidades públicas a través del sistema de cobranza del SENAE y las instituciones financieras encargadas de la recaudación de los valores correspondientes a las tasas de servicios prestados, impulsan la implementación de la modalidad de pago electrónica con el objetivo de automatizar dicho proceso de recaudación de los organismos públicas incluidas en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).

Los bancos autorizados para la recaudación de las tasas, según la entidad pública que cuenta con pago electrónico, son los siguientes:

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Elaborado por: Evelyn Caiza

Los principales resultados que evidencian las mejoras de esta modalidad de pago se detallan a continuación:

  • Eliminación de papel en el proceso recaudatorio, incluyendo comprobantes de transacción y de prestación del servicio.
  • Incremento de veracidad en el control financiero y ahorro en los tiempos de conciliación y recepción de valores, permitiendo disponer del talento humano en otras actividades
  • Optimización del proceso de prestación del servicio en términos de la etapa de pago y mayor transparencia respecto a los costos asociados al mismo.
  • Cobertura en servicios en ventanilla y de banca virtual, incluyendo el despliegue nacional de agencias de las instituciones financieras que son parte del proyecto.

Proceso de recaudación

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Fuente: (SENAE, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Dentro de este esquema sin pago electrónico se evidencia mayor tiempo para la confirmación de cobro, según las estadísticas del SENAE existía un promedio de 3,06 días.

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Fuente: (SENAE, 2019)

Elaborado por: Evelyn Caiza

El esquema del proceso con pago electrónico muestra el tiempo real en que el
usuario paga la tasa y existe una reducción del 70% en tiempo de atención de trámites.

En definitiva, actualmente los procesos de recaudación optimizan tiempo y recursos, realizando el siguiente procedimiento:

  1. Los Operadores de Comercio Exterior deben acceder al portal de la Ventanilla Única Ecuatoriana en el sistema ECUAPASS.
  2. Generar e identificar el número de la Orden de Pago.
  3. Considerar el monto a pagar y la fecha de caducidad de la Orden de Pago.
  4. Efectuar el pago a través de los Bancos autorizados para la recaudación.

Ejemplo: Confirmación de pago electrónico para trámites en la plataforma de servicios complementarios SAE

La implementación del sistema de confirmación de Pago Electrónico reduce el tiempo de validación de los pagos que se realizan por las solicitudes de verificación de certificados que brinda el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE).

Los pagos realizados fuera de la modalidad de pago electrónico, no se pueden receptar a través de la página web, debido a que el vínculo para “carga de depósitos” se encuentra deshabilitado. Los usuarios que no carguen los pagos, deberán entrar en un proceso de devolución de fondos y generar una nueva solicitud. (SENAE, 2020)

Conclusiones

  • El proceso de recaudación mediante la Ventanilla Única Ecuatoriana ha optimizado los procedimientos de la prestación de servicios de las distintas entidades implementadas en este sistema, específicamente en la etapa del pago pues el cambio de estado de “Pago Autorizado” a “Pago Confirmado” es automático, por ende, no se requiere presentar ningún comprobante a la entidad.
  • La modalidad de pago electrónica es un sistema que facilita las transacciones en línea a través del internet, por tanto, ha permitido que las instituciones financieras designadas para la recaudación de los valores por servicios prestados tengan mayor cobertura para realizar dicha actividad.

Recomendaciones

  • Es importante que los Operadores de Comercio Exterior consideren la fecha de caducidad de las órdenes de pago, así como también la institución financiera correspondiente de acuerdo a la entidad pública con la que se está trabajando, ya que en los casos que el usuario acuda a otro Banco no podrá realizar el pago.
  • Considerar que no es necesario presentar ningún comprobante de pago a las entidades públicas, pues el proceso es automático y en este caso el monto de cada orden debe ser pagado en su totalidad.

Fuentes

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

El Ministerio de Industrias y productividad (MIPRO) tiene como principal objetivo “impulsar el desarrollo del sector productivo industrial y artesanal, a través de la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos especializados, que incentiven la inversión e innovación tecnológica”. (MIPRO, 2015)

En el año 2008 mediante el Acuerdo Ministerial No. 08 – 018, las Subsecretarías y Direcciones Regionales, asumieron la facultad de inscribir y mantener los Registros de importación y exportación  a través del Sistema de Información Empresarial (SISEMP).

Pero para el año 2017, cumpliendo con lo establecido en el Decreto 285, mediante el Boletín N° 415-2017 los Operadores de Comercio Exterior fueron notificados por la aduana mencionando que el Sistema de Información Empresarial (SISEMP) del MIPRO, fue reemplazado por una nueva solicitud en formulario electrónico que se debe realizar a través del sistema de Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).  Especificando que el registro de importador y exportador aprobado por el MIPRO no está relacionado con el Registro de OCEs en el Ecuapass. (SENAE, 2018)

Bajo este contexto los Operadores de Comercio Exterior tuvieron un período de transición, de modo que desde 04 de abril de 2018 sólo permiten transmitir declaraciones aduaneras adjuntando el número de solicitud aprobado por el MIPRO a través de la VUE.

Desarrollo

El registro de importador/exportador a través de la VUE está dirigido a los Operadores de Comercio Exterior cuyas subpartidas arancelarias se encuentren restringidas por el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO).

Los artículos que requieren dicho registro son aquellos que se utilizan para:

  • La importación de textiles y calzado (Resolución 401 del COMEX).
  • La importación de sales (Resolución 391 del COMEX).
  • La importación de materia prima (Resolución 449 del COMEX).
  • La exportación de desperdicios de metales ferrosos y no ferrosos (Resoluciones 400 y 445 del COMEX).
  • La exportación de cueros y pieles (Resolución 402 del COMEX).

Para efectos de este estudio comparativo se tomará como referencia el registro de importadores de sal mediante los dos mecanismos, como se detalla a continuación.

Descripción: Emisión de Registro como importadores de Sal

Es un trámite mediante el cual las personas naturales y jurídicas pueden realizar sus registros para realizar actividades de importación de sales clasificadas en las subpartidas 2501.00.20, 2501.00.91 y 2501.00.99 establecidas mediante la resolución 391 del COMEX.

 

Registro como importador de sal en el Ministerio de Industrias y Productividad (Antes del año 2018)

Requisitos

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Fuente: (MIPRO, s.f.)

Elaborado por: Evelyn Caiza

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Fuente: (MIPRO, s.f.)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Procedimiento

Antes de la implementación de la VUE para que una personas natural o jurídica pueda obtener el registro como importador de sal a través del MIPRO debía realizar el siguiente proceso:

  1. Ingresar a la página mipro.gob.ec
  2. Escoger la opción SISEMP (Información empresarial).
  3. Ingresar a la opción “Registrarse” y llenar el formulario.
  4. Una vez que se haya llenado todos los campos del formulario, presionar guardar y continuar.
  5. En la siguiente parte de la inscripción elegir la “Resolución 391”.
  6. Al momento en que se desplieguen los capítulos, elegir el correcto de acuerdo al producto que se va a importar.
  7. Se procede a imprimir el formulario y firmarlo.
  8. Realizar un Oficio dirigido al Subsecretario de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industrias y Productividad, solicitando se autorice el registro de importador.
  9. Presentar el formulario de registro firmado, los documentos correspondientes a la persona natural o jurídica y el oficio mencionado en el paso anterior, en el Mezanine del archivo central del MIPRO.
  10. Revisión de documentos si no hay novedades se habilita en el sistema el registro de importador.

Registro como importador de sal a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (A partir del año 2018)

Requisitos

  • Personas Naturales

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Fuente: (MIPRO, 2018)

Elaborado por: Evelyn Caiza

  • Persona Jurídicas

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Fuente: (MIPRO, 2018)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Procedimiento

Para que una personas natural o jurídica pueda obtener el registro como importador de sal a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) debe realizar el proceso que se detalla a continuación:

  1. Ingresar al sistema ECUAPASS, https://ecuapass.aduana.gob.ec
  2. Acceder a la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), mediante cualquiera de las siguientes opciones:
    - Seleccionando la opción VUE del menú Quick.
    - Seleccionando cualquiera de las opciones del menú Ventanilla Única.
  3. Acceder a la opción Elaboración del Registro de Importador y Exportador e ingresar a la siguiente descripción: Elaboración de Solicitud > Documentos de Acompañamiento > Listado de Documentos de Acompañamiento.
  4. Una vez que aparece el “Listado de Documentos de Acompañamiento”, seleccionar el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) y dar clic en el botón “Consultar”.
  5. Una vez que en el grid se muestra el resultado de la consulta, seleccionar el documento Solicitud de Registro de Importador y Exportador y dar clic en el botón “Solicitar”.
  6. Llenar el formulario Solicitud de Registro de Importador y Exportador
  7. Adjuntar los documentos habilitantes en referencia a los requisitos que correspondan ya sea para personas naturales o jurídicas.

 

Conclusiones

  • A partir de la implementación de la VUE mediante el Decreto 285 las tareas para agilitar el proceso de la elaboración, consulta, subsanación y corrección del Registro de Importador y Exportador aprobado por el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) han mejorado en lo que respecta a tiempos y recursos, ya que mediante este mecanismo se pueden llevar a cabo estos trámites en línea, lo que ha permitido la reducción de papel y el exceso de burocracia.
  • Así mismo la Ventanilla Única Ecuatoriana está diseñada para cruzar información en línea con la Superintendencia de Compañías y con el Servicio de Rentas Internas, especialmente en cuanto al registro único de contribuyentes, lista blanca de contribuyentes y contribuyentes en capacidad de realizar operaciones de comercio exterior, como se pudo observar en el ejemplo citado.

Recomendaciones

  • Es importante tomar en cuenta que la información emitida por parte de los Operadores de Comercio Exterior para la obtención del registro como importadores, estará sujeta a verificación por parte del Ministerio rector de la Política Industrial de acuerdo al perfil de riesgo que tenga cada operador, por tanto, esta documentación debe ser totalmente veraz y confiable.
  • Revisar que todos los requisitos estén completos a la hora de solicitar el registro de importador/exportador, puesto que en el caso de existir irregularidades el proceso de tramitación quedará suspendido, por tanto, el OCE no podrá presentar la declaración aduanera.

Fuentes

 

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

Las actividades de comercio exterior son imprescindibles para la prosperidad económica de los países. Sin embargo, muchas veces estas operaciones conllevan algunos riesgos, ya sea por el incremento del contrabando, falsificación de productos u otras amenazas que se presentan durante los procesos de importación y exportación. Es así que algunas de las economías más industrializadas empezaron a impulsar programas para garantizar el movimiento seguro de los bienes a nivel global, lo que dio origen al Marco de Normas para la Seguridad y Facilitación del Comercio Mundial (SAFE).


De esta forma SAFE promueve un conjunto de iniciativas para facilitar y velar por la seguridad de la cadena de suministro internacional de mercancías, fortaleciendo principalmente  la cooperación entre los principales  actores de los procedimientos aduaneros y de comercio exterior. En ese contexto surge el Programa de Operador Económico Autorizado (OEA). (Aduanas de Chile, s.f.)

A nivel nacional el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) a través de su página web, centrada principalmente en la información y abierta para todo el público, es donde se pude encontrar dicho programa, además de noticias de aduana, introducción de régimen, boletines, entre otros. De este modo de acuerdo al Art. 231 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones un “Operador Económico Autorizado es aquella persona natural o jurídica involucrada en el movimiento internacional de mercancías, cualquiera que sea la función que haya asumido, que cumpla con las normas equivalentes de seguridad de la cadena logística establecidas por el SENAE para acceder a las facilidades en los trámites aduaneros”. (COPCI, 2010)

Desarrollo

Operador Económico Autorizado (OEA) es un programa voluntario y gratuito que ofrece el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), en el cual el Operador de Comercio Exterior (OCE) cumple con normas de seguridad en la cadena logística establecidas por el Marco de Estándares para Asegurar y Facilitar el Comercio (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas, que le permitirá obtener beneficios por parte de la Administración Aduanera y otras entidades del estado. (SENAE, s.f.)

Dicha calificación tiene una vigencia de 3 años de acuerdo al artículo 268 del Reglamento del COPCI. Además, está dirigida a todos los partícipes del comercio exterior, como se pude observar a continuación.

9242195900?profile=originalFuente: (COPCI, 2010)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

9242196668?profile=original

 Fuente: (COPCI, 2010)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

 

Procedimiento para calificar como OEA

Los Operadores de Comercio Exterior interesados en el programa deben realizar el siguiente procedimiento:

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Fuente: (SENAE, s.f.)

Elaborado por: Evelyn Caiza

Condiciones y requisitos para obtener la calificación de OEA

Para la obtención de esta certificación es indispensable que el solicitante demuestre que la empresa, sus accionistas y socios cuentan con un adecuado comportamiento aduanero, tributario y penal además de que la entidad debe contar con recursos suficientes que le permitan cubrir con sus obligaciones.

Dentro de este contexto algunos de los requisitos que los OCE´s deben cumplir son los siguientes:

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Fuente: (SENAE, s.f.)

Elaborado por: Evelyn Caiza

 

Beneficios

Finalmente, se puede destacar que obtener una certificación mediante este programa es ventajoso para cualquier institución, ya que brinda algunos beneficios, tales como:

  • Reconocimiento nacional e internacional.
  • Beneficios por el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con la CAN.
  • Disminución de tiempos en operaciones aduaneras, a través de las inspecciones simultáneas entre las diferentes entidades del Estado.
  • Atención prioritaria en trámites y consultas.
  • Disminución de controles intrusivos.
  • Asignación de un oficial para atención personalizada por parte del SENAE.
  • Capacitaciones personalizadas en lugar designado por OEA sobre temas relacionados al comercio exterior y seguridad en la cadena logística.
  • Uso de sello distintivo para efectos de reconocimiento internacional.
  • Coordinación con más entidades.

Conclusiones

El programa OEA es una herramienta importante que sirve para certificar que los procedimientos de las empresas participantes en el comercio exterior son seguros, pues el hecho de que sus controles y procesos logren acreditar el cumplimiento de la normativa aduanera, refleja la calidad y eficiencia que existe dentro de su cadena de suministro.

Así mismo, es sumamente beneficioso que en Ecuador el SENAE oferte esta certificación a todos los operadores del comercio exterior que desean acogerse, pues mediante este programa las empresas pueden demostrar que sus productos o servicios pueden ser más competitivos a nivel internacional y obtener ventajas, tales como el posicionamiento de sus marcas e incluso el incremento del volumen de sus exportaciones.

 

Recomendaciones

Los OCE´s que deseen optar por la certificación OEA deben presentar su postulación a través de los formularios y documentos establecidos en la página web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).

Además, es importante que conozcan que el hecho de que como postulantes cuenten con certificaciones de programas de seguridad, gestión o calidad, no significa que dichos documentos  equivalen al cumplimiento automático de todos los requisitos del programa OEA.

Fuentes

Autor

Evelyn Caiza

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Introducción

La Declaración Juramentada de Origen (DJO) “es un documento mediante el cual se certifica que la mercancía que se va a exportar es elaborada en Ecuador y contiene materiales del país” (EL Telégrafo, 2012)

Este formulario constituye un elemento indispensable al momento de la tramitación de un COD, pues permite comprobar e identificar el origen de un determinado producto.

Por tanto, todo usuario que desea realizar una exportación de cualquier artículo debe generar una Declaración Juramentada de Origen (DJO), ya que es considerado como un requisito previo y necesario para la obtención de todo Certificado de Origen (COD).

Desarrollo

De acuerdo al artículo 11 del Acuerdo de Complementación Económica ACE N° 59 la declaración juramentada de origen debe contener como mínimo los siguientes datos:

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Fuente: (CAN, 2004)

Elaborado: Evelyn Caiza

Los operadores de comercio exterior que requieran obtener un Certificado de Origen (COD), deben ingresar la declaración juramentada de origen (DJO) a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) en el sistema informático ECUAPASS. El procedimiento a seguir se detalla a continuación:

9242206857?profile=originalFuente: (PROECUADOR, 2017)

Elaborado: Evelyn Caiza

Dentro del cuarto paso correspondiente a la elaboración de la declaración juramentada de origen se deben completar los siguientes datos que permitan identificar si la mercancía puede ser considerada originaria o no.

  • Identificación de la empresa.
  • Producto, es necesario elaborar un formulario por cada uno.
  • Utilización de instrumentos de competitividad aduanera.
  • Materiales extranjeros importados directamente o adquiridos en el mercado nacional.
  • Materiales nacionales.
  • Costos y valor en fábrica del producto terminado.
  • Descripción completa del proceso de producción por etapas.
  • Características técnicas del producto.
  • Aplicaciones del producto.
  • Valor agregado nacional (VAN).
  • Selección del esquema o acuerdo para origen.
  • Información del representante legal.

Así también es importante considerar algunos aspectos relevantes en el llenado de este formulario, en este caso debe ser suscrito por el productor ya que él conoce con qué materiales, materias primas o insumos fue elaborado el producto, además tiene conocimiento de todo el proceso de producción y los costos que se derivan de este procedimiento, pues de acuerdo a la información registrada se podrá determinar si las mercancías son íntegramente producidas o a su vez son producidas con materias primas importadas.

Dentro de este contexto debido a que no todos los exportadores son productores, dentro de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) existen varias figuras y tipos de exportador, para que puedan cumplir con los requisitos para la obtención de la DJO. Estos usuarios pueden ser apoderado, comercializador y proveedor.

Apoderado

Esta figura la otorga el productor al exportador, para que pueda generar las declaraciones juradas de origen de los productos y mercancías que se pretende exportar con certificado de origen, indicando como si el exportador fuera quién elaboró el producto.

Comercializador

Este tipo de usuario se da cuando el exportador no es productor y únicamente se encarga de la venta y distribución en el exterior de la mercancía terminada en el mercado nacional, en este caso el productor-exportador le otorga el registro y autorización en calidad del comercializador de los artículos que él produce, mediante esto afirma que las mercancías que van a ser exportadas con certificado de origen son producidas y han sido vendidas para su comercialización.

Proveedor

Mediante este registro el exportador podrá indicar cuales han sido los proveedores de las mercancías que se exportarán y para las que se necesita el certificado de origen, de manera que tenga acceso a las declaraciones juradas de origen que ha realizado previamente el proveedor como productor de las mercancías.

En sí esta DJO podrá ser firmada también por el apoderado, quien a su vez puede autorizar comercializadores y gestionar la obtención del certificado de origen con el respectivo poder, mientras que el comercializador tan solo podrá emitir sus propios certificados de origen.

Conclusiones

  • La implementación de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) ha reducido significativamente los tiempos y recursos, ya que mediante ésta se pueden llevar a cabo varios trámites parecidos al de la declaración jurada de origen, que permiten contar con información actualizada y con mecanismos de auditoría y control que garantizan la credibilidad, eficiencia y simplicidad del sistema.
  • La generación de la DJO haciendo uso del aplicativo correspondiente, sirve como un soporte para la expedición de una prueba de origen, pues contiene información valiosa en donde el exportador establece la norma que aplica al producto a exportar con el fin de obtener preferencias arancelarias de los diferentes esquemas comerciales suscritos en Ecuador.

Recomendaciones

  • Es importante tomar en cuenta que la declaración juramentada de origen debe ser registrada por subpartida arancelaria, es decir, por producto; y a su vez este registro debe ser realizado por acuerdo comercial, dependiendo del país de destino de la mercancía.
  • Se debe considerar el destino y naturaleza del producto a exportar al momento de elegir la entidad certificadora que se encargará de la emisión del certificado de origen. Así también el usuario debe conocer e interpretar las normas de origen para su correcta utilización.

Fuentes

Autor

Evelyn Caiza

 

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Introducción
El ECUAPASS es el sistema aduanero ecuatoriano que permite a los Operadores de Comercio Exterior realizar todas sus operaciones aduaneras de importación y exportación. (SENAE, s.f.)

Esta plataforma informática tiene como principal objetivo facilitar el comercio y mantener el control aduanero realizando ciertos trámites y despachos desde el portal de internet, teniendo la plena certeza de ofertar un servicio ágil y transparente.


En vista que éste exitoso modelo fue aplicado en varios países entre ellos Tanzania, Nepal y Ecuador, es importante conocer cuál ha sido su incidencia en los servicios y procesos del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).


Desarrollo
Para identificar cada uno de los resultados que ha traído la implementación de este sistema a partir del año 2012, es necesario realizar un análisis comparativo con la anterior plataforma que se utilizaba.


9242183674?profile=originalFuente: (Méndez & Mosquera, 2016)
Elaborado: Evelyn Caiza

Sin duda el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE), marcó un hito relevante en la historia de la administración nacional de aduanas, pero a simple vista es indudable que desde la implementación del nuevo mecanismo los resultados arrojados fueron muy alentadores, pues ofertaba a los partícipes del comercio exterior una herramienta mediante la cual podían realizar trámites donde sea con conexión a internet, pero sobretodo uno de los beneficios más prometedores era la reducción de algunos recursos, tales como el papel como parte de la contribución con el impacto ambiental.


Actualmente, los principales indicadores que reflejan los resultados eficientes que prometía el sistema ECUAPASS son las mejoras en tiempos de nacionalización de mercancías y la notable evolución de los niveles de aforo tanto físico como automático, los mismos que se detallan a continuación.


Mejoras en tiempos de nacionalización


9242184654?profile=originalFuente: (SENAE, 2016)
Elaborado: Evelyn Caiza


Uno de los fines de la implementación del sistema era mejorar la eficiencia de los trámites relacionados con el ingreso y salida de las mercancías, en este sentido mediante el análisis respectivo se puede identificar que existe una reducción de tiempo considerable en lo que respecta al despacho total de las mercaderías, pues en el año 2017 un trámite demoraba alrededor de 11 días, mientras que para el año 2019 se ha logrado reducir a tan solo 3 días, tomando en cuenta que este proceso no depende totalmente del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), pues el procedimiento inicia desde el pago de la liquidación aduanera y termina cuando se autoriza la salida.


Evolución del aforo físico y automático

9242184471?profile=originalFuente: (SENAE, 2016)
Elaborado: Evelyn Caiza

9242185473?profile=original

Fuente: (SENAE, 2016)
Elaborado: Evelyn Caiza

Así mismo, como se puede evidenciar el nivel de aforo físico fue alrededor del 14% para el año 2016 mientras que el aforo automático estaba alrededor del 56% durante el mismo año, entonces es posible verificar el cumplimiento de las estrategias establecidas por parte de la aduana y el resultado de las mismas, ya que mediante este proceso los importadores calificados pueden retirar sus mercancías de forma inmediata, reduciendo los costos y tiempos del proceso de desaduanización.

Más allá de estos estos resultados se puede destacar que en realidad ya no existen documentos físicos gracias a que se crearon formatos electrónicos de la Declaración aduanera de importación (DAI) y la Declaración aduanera de exportación (DAE), bajo la configuración de la firma electrónica. Además, ha promovido la integración de varios actores e instituciones públicas de control involucradas en los procesos de comercio exterior.

En sí este nuevo sistema informático se ha convertido en un hito tecnológico, pues en la actualidad en un mundo tan globalizado las negociaciones internacionales se deben realizar de forma rápida y oportuna.


Conclusiones
Definitivamente, con la implementación del sistema ECUAPASS se puede evidenciar variedad de beneficios en los procesos de importación y exportación de mercancías, entre ellos destaca la reducción de tiempos en desaduanización y la disminución en los costos en las actividades relacionadas con el comercio exterior. Además, es importante la vinculación online que existe entre la aduana y los Operadores de Comercio Exterior pues se fomenta el control y transparencia de todo el procedimiento.

Por tanto, es posible asegurar que actualmente los servicios de la aduana han mejorado en comparación con el anterior sistema, pues existe simplificación en los trámites y promueve gran facilidad en el comercio.


Recomendaciones
A pesar que se han obtenido grandes resultados a lo largo de los ocho años que lleva operando este sistema aún existen algunas limitaciones, por tanto, es indispensable que se realicen ciertas modificaciones que le permitan a esta herramienta seguir modernizando a la aduana y así esta entidad a su vez puede ofrecer calidad en sus servicios.


Además, es necesario que se revisen de forma periódica cada uno de los procesos que se llevan a cabo para poder identificar aquellos que podrían ser sustituidos o eliminados totalmente con el fin de disminuir la burocracia en ciertos trámites.


Fuentes


Autor
Evelyn Caiza

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