Publicaciones de Andrea Zúñiga (30)

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Clasificación Arancelaria del Sulfato de

Introducción

Es un mineral muy común de la clase de los sulfatos y del tipo AXO4. Es la mena principal del bario, es decir, mediante un proceso de minería se puede extraer dicho mineral para después obtener el metal.

Sulfato de Bario Barita de China, lista de productos de Sulfato de Bario  Barita de China en es.Made-in-China.com

Desarrollo

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS

pág. (145) SULFATO DE BARIO NATURAL (BARITINA); CARBONATO DE BARIO NATURAL (WITHERITA), INCLUSO CALCINADO, EXCEPTO EL OXIDO DE BARIO DE LA PARTIDA 28.16. Primer párrafo.

Esta partida comprende el sulfato de bario natural, también llamado baritina y, en ciertos países, espato pesado (…)

NOTAS LEGALES DE SECCION O NOTAS LEGALES DE CAPITULO O DE PARTIDA

SECCION: V

CAPITULO: 25

SECCIÓN

PRODUCTOS MINERALES CAPITULO SAL; AZUFRE; TIERRAS Y PIEDRAS; YESOS, CALES Y CEMENTOS NL Cap. 68: numeral 1, a) los artículos del Capítulo 25

POSICIÓN ARANCELARIA PARTIDA:

25.11 SULFATO DE BARIO NATURAL (BARITINA); CARBONATO DE BARIO NATURAL (WITHERITA), INCLUSO CALCINADO, EXCEPTO EL ÓXIDO DE BARIO DE LA PARTIDA 28.16.

SUBPARTIDA:

2511.10.00.00 SULFATO DE BARIO NATURAL (BARITINA)

Conclusiones 

La presente partida tiene restricción para ser importada desde Corea 

Recomendaciones 

Es importante considerar y revisar toda la información proporcionada en la SENAE para saber que requisitos necesita cada partida

Bibliografia 

https://www.aduana.gob.ec/

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Andrea Zúñiga 

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¿Cómo se clasifica la cinta adhesiva?

Introducción

Cinta adhesiva transparente de polipropileno con adhesivo acrílico de alta calidad.

  • Es la cinta adhesiva común y la más utilizada por los usuarios por su relación calidad-precio.
  • Cinta de gran resistencia y con facilidad de corte
  • Medidas de rollo entero: 12x33 cm.
  • Color: Transparente, también se puede presentar en color blanco o marrón.

Cinta adhesiva para PCE-CRC 10 por rollo (32,9 m) | PCE Instruments

Desarrollo:

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS pág. (508) 39.19

PLACAS, LAMINAS, PELICULAS, HOJAS, CINTAS, TIRAS Y DEMAS FORMAS PLANAS, AUTOADHESIVAS, DE PLASTICO, INCLUSO EN ROLLOS. 3919.10 – En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm. 3919.90 – Las demás.

Esta partida comprende todas las formas planas autoadhesivas de plástico, aunque se presenten en rollos, excepto los revestimientos para suelos, paredes o techos de la partida 39.18. Sin embargo, el alcance de esta partida se limita a las formas planas autoadhesivas aplicables por presión, es decir, que a la temperatura ambiente sin humidificación u otra ayuda, son pegajosas permanentemente (de un lado o de los dos) y se adhieren firmemente a un gran número de superficies muy dispares por simple contacto o simple presión con el dedo o con la mano. Hay que observar que esta partida comprende igualmente los artículos con impresiones o ilustraciones que no tengan un carácter accesorio en relación con su utilización principal (véase la Nota 2 de la Sección VII).

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA

SECCION: VI

 CAPITULO: 39

SECCIÓN

 PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS

CAPITULO

Plástico y sus manufacturas

POSICIÓN ARANCELARIA

 PARTIDA:

39.19 Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos.

 SUBPARTIDA:

 3919.10.00.90 Los demás

Conclusiones:

  • Esta partida no tiene restricciones arancelarias 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la SENAE las restricciones y permisos que la partida necesita para poder ejecutar de mejor forma la clasificación y no tener errores en la operación.

Bibliografía:

SENAE (2021). Obtenido de https://www.google.com/search?q=senae&oq=senae&aqs=chrome.0...

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¿Cómo se clasifica un letrero luminoso?

Introducción

Los letreros luminosos son propios de las fachadas de establecimientos, si bien también se encuentran en su interior promocionando sus productos o servicios. Estos pueden ser creados en acrílico, aluminio, mdf o pvc. Por tener el mismo principio, también se pueden considerar carteles las imágenes iluminadas colocadas en el frente de las máquinas expendedoras de bebidas, tabaco, alimentos, etc.

 

Letreros Luminosos - Servicios Ecuador | OLX

 

Desarrollo:

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (1183) II.- ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS, LUMINOSOSOS Y ARTICULOS SIMILARES

Corresponden a este grupo los anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos (incluidos los paneles de carretera) y artículos similares tales como placas de anuncio, y placas de dirección de cualquier materia, siempre que estén equipadas con un manantial de luz fijado permanentemente.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA

SECCION: XX

CAPITULO: 94

SECCIÓN

MERCANCÍAS Y PRODUCTOS DIVERSOS

CAPITULO

Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas

PARTIDA: 94.05

Aparatos de alumbrado (incluidos los proyectores) y sus partes, no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes no expresadas ni comprendidas en otra parte.

SUBPARTIDA: 9405.60.00.00

- Anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares

Conclusiones:

  • Esta partida no tiene restricciones arancelarias 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la SENAE las restricciones y permisos que la partida necesita para poder ejecutar de mejor forma la clasificación y no tener errores en la operación.

Bibliografía:

SENAE (2021). Obtenido de https://www.google.com/search?q=senae&oq=senae&aqs=chrome.0...

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Como se clasifica un anuncio luminoso

Introducción

Los letreros luminosos son propios de las fachadas de establecimientos, si bien también se encuentran en su interior promocionando sus productos o servicios. Estos pueden ser creados en acrílico, aluminio, mdf o pvc. Por tener el mismo principio, también se pueden considerar carteles las imágenes iluminadas colocadas en el frente de las máquinas expendedoras de bebidas, tabaco, alimentos, etc.

Desarrollo:

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (1183) II.- ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS, LUMINOSOSOS Y ARTICULOS SIMILARES

Corresponden a este grupo los anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos (incluidos los paneles de carretera) y artículos similares tales como placas de anuncio, y placas de dirección de cualquier materia, siempre que estén equipadas con un manantial de luz fijado permanentemente.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA

SECCION: XX

CAPITULO: 94

SECCIÓN

MERCANCÍAS Y PRODUCTOS DIVERSOS

CAPITULO

Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas

PARTIDA: 94.05

Aparatos de alumbrado (incluidos los proyectores) y sus partes, no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes no expresadas ni comprendidas en otra parte.

SUBPARTIDA: 9405.60.00.00

- Anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares

Conclusiones:

  • Esta partida no tiene restricciones arancelarias 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la SENAE las restricciones y permisos que la partida necesita para poder ejecutar de mejor forma la clasificación y no tener errores en la operación.

Bibliografía:

SENAE (2021). Obtenido de https://www.google.com/search?q=senae&oq=senae&aqs=chrome.0...

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Introducción

El producto denominado comercialmente con el nombre de EQUAL, es un endulzante bajo en calorías de uso doméstico (no industrial). En el caso del producto llamado EQUAL, nombre de marca registrada con el que se comercializa mundialmente, se trata de una preparación o mezcla de varias sustancias, en las que se encuentran presentes 3 tipos de elementos: aspartame, dextrosa y maltodextrina, siendo que, cada una de las 3 sustancias cumplen un papel fundamental en la formulación del producto en sí. En este caso, la maltodextrina cumple el papel (dentro de la formulación del EQUAL) de vehículo y/o medio de transporte del edulcorante artificial aspartame y de la dextrosa, al mismo tiempo que le confiere cuerpo y volumen a la preparación final, contenida en sobres individuales de 1 g. 

Desarrollo:

 DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (124)

 Las preparaciones total o parcialmente compuestas por sustancias alimenticias que se utilizan en la preparación de bebidas o alimentos para el consumo humano. Se clasifican aquí, entre otras, las que consistan en mezclas de productos químicos (ácidos orgánicos, sales de calcio, etc.) con sustancias alimenticias (por ejemplo, harina, azúcar, leche en polvo, etc.) destinadas a su incorporación en preparaciones alimenticias, como ingredientes de estas preparaciones o para mejorar algunas de sus características (presentación, conservación, etc.) (véanse las Consideraciones Generales del Capítulo 38). Sin embargo, esta partida no comprende las preparaciones enzimáticas que contengan sustancias alimenticias (por ejemplo, los productos para ablandar la carne, constituidos por una enzima proteolítica con adición de dextrosa u otras sustancias alimenticias). Estas preparaciones se clasifican en la partida 35.07, siempre que no estén comprendidas en otra partida más específica de la Nomenclatura.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA

Sección: IV 

Capítulo: 21 

Sección

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

CAPITULO

PREPARACIONES ALIMENTICIAS DIVERSAS

PARTIDA: 21.06.

Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte

SUBPARTIDA: 2106.90.69.00

Las demás

Conclusiones:

  • Esta partida no tiene restricciones arancelarias 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la SENAE las restricciones y permisos que la partida necesita para poder ejecutar de mejor forma la clasificación y no tener errores en la operación.

Bibliografía:

SENAE (2021). Obtenido de https://www.google.com/search?q=senae&oq=senae&aqs=chrome.0...

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¿Cómo clasificar un Xilófono?

Introducción 

Instrumento musical de percusión formado por una serie de láminas de madera dispuestas horizontalmente y ordenadas según su tamaño que, al ser golpeadas, emiten sonidos correspondientes a diferentes notas musicales; se toca con dos o cuatro macillas.

9242495676?profile=original

Desarrollo:

 REGLA GENERAL INTERPRETATIVA: 1 – 3a – 6

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (9206)

B) Los demás instrumentos de percusión, tales como:

6) Los xilófonos, compuestos por láminas o placas de madera de distinta longitud montadas sobre dos soportes y que se golpean con baquetas

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA SECCION: XVIII CAPITULO: 92

SECCIÓN

INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICO QUIRÚRGICOS; APARATOS DE RELOJERÍA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS

CAPITULO

Instrumentos musicales; sus partes y accesorios

POSICION ARANCELARIA PARTIDA: 92.06

Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

SUBPARTIDA: 9206.00.00.00

Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

Conclusiones:

  • Esta partida no tiene restricciones arancelarias 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la SENAE las restricciones y permisos que la partida necesita para poder ejecutar de mejor forma la clasificación y no tener errores en la operación.

Bibliografía:

SENAE (2021). Obtenido de https://www.google.com/search?q=senae&oq=senae&aqs=chrome.0.69i59j0l6j69i61.1202j0j7&sourceid=chrome&ie=UTF-8

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¿Cómo se clasifica una bomba de cobalto?

Introducción 

La bomba de cobalto es una máquina de radioterapia que no trabaja con electricidad, trabaja con un radioactivo natural. Es un equipo que procesa el tránsito de una fuente natural, que es el cobalto 60. El cobalto es un metal que se caracteriza por emitir energía en forma de rayos gamma, se obtiene a partir del cobalto en su estado natural cobalto 58. 

9242484852?profile=original

Desarrollo

 

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA: 1 

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (1136)

  • APARATOS QUE UTILICEN LAS RADIACIONES ALFA, BETA O GAMMA

Las radiaciones alfa, beta o gamma proceden de una sustancia radiactiva que tiene la propiedad de emitir radiaciones por transformación espontánea de sus átomos. Esta sustancia radiactiva se coloca en un recipiente generalmente de acero recubierto de plomo (bomba) que lleva una abertura practicada de modo que sólo deja pasar la radiación en una determinada dirección. Las radiaciones gamma son susceptibles de utilizaciones muy similares a las de los rayos X. Según las radiaciones que utilicen y el uso para el que estén diseñados, se pueden citar principalmente: 

  1. Los aparatos de terapia, en los que la fuente radiactiva consiste en una carga de radio (curieterapia) o bien de radio cobalto o de otro isótopo (gammaterapia). 

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA SECCION: XVIII CAPITULO: 90 

SECCIÓN 

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o Cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos De relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos 

 

CAPITULO 

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

 

POSICION ARANCELARIA 

 

PARTIDA: 90.22 

Aparatos de rayos X y aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta o gamma, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia, tubos de rayos X y demás dispositivos generadores de rayos X, generadores de tensión, consolas de mando, pantallas, mesas, sillones y soportes similares para examen o tratamiento. 

 

SUBPARTIDA9022.21.00.00 

--Para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario 

 

Conclusiones

Para este tipo de producto se debe tener en consideración los siguientes tipos de restricciones:

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Recomendaciones 

Se recomienda analizar la partida de manera correcta en la base de datos de la SENAE para evitar errores en clasificación y poner en consideración los permisos pertinentes para la importación o exportación de determinado bien. 

Bibliografia

SENAE (2021). https://www.aduana.gob.ec/consulta-de-clasificacion-arancelaria/

Elaborado por:

Andrea Zúñiga

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Introducción 

Una emulsión es una mezcla, Heterogénea, de dos líquidos inmiscibles.​ Un líquido (la fase dispersa) es dispersado en otro (la fase continua o fase dispersante). Muchas emulsiones son de aceite/aguacon grasas alimenticias. 

Pasta para untar utilizada en la industria alimentaria, constituida por 70,4% de grasa y 1,3% de lactosa, en peso, y con un contenido de humedad de 28,0%. Esta pasta es conocida como queso crema de alto contenido en materia grasa.

9242453257?profile=original

Desarrollo:

Se utiliza la regla general interpretativa: 1-6

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (29)

B) Pastas lácteas para untar Este grupo se refiere a las pastas lácteas para untar, es decir, emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche en una proporción igual o superior al 39% pero inferior al 80% en peso (véase la Nota 2 b) de este Capítulo). Las pastas lácteas para untar pueden contener ingredientes tales como cultivos de bacterias lácticas inocuas, vitaminas, cloruro de sodio, azúcares, gelatina, almidón, colorantes alimenticios, aromatizantes, emulsionantes, espesativos y agentes de conservación.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA SECCION: I CAPITULO: 4

SECCIÓN

Animales vivos y productos del reino animal

CAPITULO

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.

Notas de partida: 2. b) Se entiende por pastas lácteas para untar las emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche como únicas materias grasas y en las que el contenido de éstas sea superior o igual al 39% pero inferior al 80% en peso.

POSICION ARANCELARIA PARTIDA: 04.05

Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar.

SUBPARTIDA: 0405.20.00.00

-Pastas lácteas para untar.

Conclusiones:

  • Esta partida Arancelaria requiere de presentación del requisito del ARCSA 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la Senae cuales son las restricciones o requisitos de ingreso al territorio nacional.

Bibliografía:

https://www.aduana.gob.ec/

Elaborado  Por: 

Andrea Zúñiga 

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Introducción 

Una emulsión es una mezcla, Heterogénea, de dos líquidos inmiscibles.​ Un líquido (la fase dispersa) es dispersado en otro (la fase continua o fase dispersante). Muchas emulsiones son de aceite/aguacon grasas alimenticias. 

Pasta para untar utilizada en la industria alimentaria, constituida por 70,4% de grasa y 1,3% de lactosa, en peso, y con un contenido de humedad de 28,0%. Esta pasta es conocida como queso crema de alto contenido en materia grasa.

9242453257?profile=original

Desarrollo:

Se utiliza la regla general interpretativa: 1-6

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (29)

B) Pastas lácteas para untar Este grupo se refiere a las pastas lácteas para untar, es decir, emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche en una proporción igual o superior al 39% pero inferior al 80% en peso (véase la Nota 2 b) de este Capítulo). Las pastas lácteas para untar pueden contener ingredientes tales como cultivos de bacterias lácticas inocuas, vitaminas, cloruro de sodio, azúcares, gelatina, almidón, colorantes alimenticios, aromatizantes, emulsionantes, espesativos y agentes de conservación.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA SECCION: I CAPITULO: 4

SECCIÓN

Animales vivos y productos del reino animal

CAPITULO

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.

Notas de partida: 2. b) Se entiende por pastas lácteas para untar las emulsiones del tipo agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche como únicas materias grasas y en las que el contenido de éstas sea superior o igual al 39% pero inferior al 80% en peso.

POSICION ARANCELARIA PARTIDA: 04.05

Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar.

SUBPARTIDA: 0405.20.00.00

-Pastas lácteas para untar.

Conclusiones:

  • Esta partida Arancelaria requiere de presentación del requisito del ARCSA 

Recomendaciones:

  • Importante siempre constatar en la página de la Senae cuales son las restricciones o requisitos de ingreso al territorio nacional.

Bibliografía:

https://www.aduana.gob.ec/

Elaborado  Por: 

Andrea Zúñiga 

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Clasificación Arancelaria: Suplementos para Piensos

Introducción:

Los suplementos para piensos son nutrientes u otros compuestos diseñados para mejorar el contenido y valor nutritivo de los alimentos, y / o el estado nutricional de los animales constituidos por una mezcla, en proporciones aproximadamente iguales, de vitaminas de la partida 29.36 y salvado de trigo, destinado a ser utilizado como aditivo.

Desarrollo:

Para la presente clasificación se hará uso de la regla general interpretativa: 

 1 – 6 – 2 b) – 3 c)

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (137)

II. – LAS DEMAS PREPARACIONES A. – PREPARACIONES QUE PROPORCIONAN AL ANIMAL LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS NUTRITIVOS NECESARIOS PARA UNA ALIMENTACION COTIDIANA RACIONAL Y EQUILIBRADA (PIENSOS COMPUESTOS COMPLETOS).

Estas preparaciones se caracterizan por contener productos pertenecientes a cada uno de los tres grupos de elementos nutritivos siguientes: 1) Elementos nutritivos llamados energéticos, que consisten en grasas y carbohidratos de alto valor calórico, tales como almidón, azúcar, celulosa, que proporcionan al organismo animal la energía necesaria para la vida y para la producción zootécnica a que se destinen. Se pueden citar como ejemplos de este tipo de productos, los cereales, la remolacha azucarera de bajo contenido en azúcar, el sebo, la paja. 3) Elementos nutritivos de funcionamiento. Son sustancias que favorecen la adecuada asimilación de los carbohidratos, las proteínas o minerales por el organismo animal. Son las vitaminas, los oligoelementos, los antibióticos. La insuficiencia o ausencia de estas sustancias origina, en la mayor parte de los casos, trastornos en la salud del animal.

Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA

SECCION: IV CAPITULO: 23

SECCIÓN

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados.

CAPITULO

Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para Animales.

Por tanto la posición arancelaria será: 

POSICION ARANCELARIA PARTIDA 23.09

Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales

SUBPARTIDA:

2309.90.90.99 - - - - Los demás

Conclusiones:

  • En países como:  Vietnam del Sur, Rusia, Tailandia, Turquía, Taiwán, Mexico, Malaysia, Nigeria, Pakistán, Rumania, Grecia, Hong Kong, Croacia, Indonesia, Iraq, Italia, Japón, Cambodia, Corea, Reino Unido, Canadá China y Egipto la presente partida arancelaria es de prohibida importación.

Recomendaciones:

  • Se recomienda estar al tanto de las restricciones aplicadas a cada partida puesto que de tener claúsulas como el de: Prohibición no se puede proceder a la importación de dicho producto.

Bibliografía: 

Arancel. Senae

Elaborado por:

Andrea Zúñiga 

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¿Sabes los componentes del RTE INEN?

  • INTRODUCCIÓN:

Los Reglamentos Técnicos Ecuatorianos (RTE INEN), nacen con la finalidad de cumplir con 3 objetivos que están amparados en un marco jurídico dentro del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, los cuales se mencionan a continuación:

  1. Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en esta materia.
  2. Promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana.
  3. Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas.
  • DESARROLLO

Estructura miento de un RTE INEN Todo RTE INEN donde debe contener en su inicio un cuerpo o normativa legal, en donde se sustentan los motivos por el cual se puede adoptar este reglamento y las facultades que tiene el Servicio Ecuatoriano de Normalización para su aprobación.

Encontraremos los siguientes temas:

  • CONCLUSIÓN

Necesariamente la aplicación de los reglamentos técnicos para precautelar los objetivos relacionados con la seguridad, la salud de la vida humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente y la protección del consumidor contra prácticas engañosas

 

  • RECOMENDACIÓN 

Las recomendaciones a los importadores que deben regirse a lo que indique el RTE INEN y no a otro reglamento o norma internacional, tampoco pueden realizar una interpretación emitiendo su juicio de valor y darse la potestad de ser el beneficiario, para ello, si usted tiene inconvenientes con la interpretación de un texto, se recomienda acercarse a las oficinas del INEN para despejar aquellas dudas y así evitar inconvenientes que se pueden suscitar durante el proceso de aprobación del Certificado de Reconocimiento INEN

  • FUENTE: 

http://www.normalizacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/0...

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¿Cómo Verificar certificados de conformidad?

Introducción

Un COC (Certificado de Conformidad) es una declaración de conformidad con la Homologación. El propósito de este documento es asegurar la libre circulación de bienes en el interior del país, específicamente de aquellos bienes que están sujetos a homologación y registro.

Desarrollo

Los Certificados de Conformidad han sido definidos en el Mercado Único Europeo desde enero de 1993 y la Directiva de Aprobación de Tipo (UE-92). Ahora en el Ecuador este tipo de certificados es obligatorio para la importación de ciertos productos.

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Debemos ingresar al portal del ECUAPASS y seleccionamos la VUE (ventanilla única ecuatoriana)

9242008857?profile=original

A continuación empezamos a llenar el formulario de solicitud para que este certificado sea verificado y aprobado

9242009096?profile=original

Cómo verificar si la empresa internacional esta homologada con el Servicio de Acreditación Ecuatoriano?

Conclusiones

El certificado de conformidad es algo indispensable para la nacionalización de productos puesto que este genera un mayor nivel de confianza hacia el consumidor de que el producto es de alta calidad.

Recomendaciones

Como importador recomiendo siempre verificar la subpartida arancelaria del producto para poder realizar este tramite lo mas pronto posible y no tener inconvenientes, también no es necesario que se pida este documento como obligación, sino como necesidad para tener confianza del producto que se va a consumir.

Bibliografía

http://www.acreditacion.gob.ec/

https://ecuapass.aduana.gob.ec/

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¿C

Para realizar el pago del certificado de registro sanitario se sigue con los siguientes pasos: 

1.1.    A continuación se accede a la pantalla “Detalles de procesamiento de Pago-e”, la cual consta de las siguientes secciones:

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7.3.    Al hacer clic en el botón “Orden de Pago”, la orden de pago, se abrirá en una nueva pestaña en formato PDF

9241794861?profile=original

7.4.    Realizar la impresión de la orden de pago.

7.5.    Realizar el pago según la fecha de vencimiento establecida en la orden de pago (8 días laborables).

7.6.    Enviar escaneadas la papeleta de depósito y de la orden de pago al correo electrónico christian.gonzalez@msp.gob.ec.

Comentario:

Este proceso tiene múltiples beneficios:

1. Ahorra tiempo y dinero.

2. No es necesario acercarse al establecimiento y hacer largas colas para sacar el certificado.

3. Disponible en cualquier momento.

4 . Pago ágil y seguro.

Fuente: http://www.arcsa.gob.ec/ ;

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Ventanilla Única Ecuatoriana ¿Conoces su manejo?

VENTANILLA UNICA ECUATORIANA

Es una herramienta que permite a los operadores de comercio exterior OCEs, realizar trámites, adquirir documentos y cumplir con los requisitos necesarios para llevar a cabo el proceso de comercio exterior, ya sea importación o exportación.

La VUE permite realizar distintas actividades que dan una nueva funcionalidad al sistema y permiten acceder mas rapido a todas sus herramientas de comercio exterior.

Como las siguientes:

BOTONES DE OPCION (RADIO BUTTONS)

 Selección de campos opcionales que aparecen en pantalla  

Los botones radio, tiene como configuración básica la selección de la primera opción que aparezca. Solo se podrá escoger una de las opciones que existen. 

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VENTANILLA EMERGENTE

9241965253?profile=original9241966458?profile=originalGeneralmente, en los campos de la pantalla de solicitud, aparece el botón del pop-up.   Al hacer clic en dicho botón, se muestra el pop-up correspondiente. Como se ve en la Figura 6.6.3 – 1, se selecciona los datos que se quiere seleccionar y se hace clic en el botón de [Confirmar]. Entonces dicho producto aparecerá en la pantalla de solicitud con sus detalles. 

CASILLAS DE VERIFICACION (CHECK BOX)

Los check box se utilizan para seleccionar varios campos dentro de la lista consultada. El número de check box equivale al número de resultado obtenido de la consulta. ㆍ Se podrá seleccionar varios campos dentro de la lista, y seleccionando la caja que está al lado del “No.” se podrá seleccionar todos los campos de la lista. 

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DESPLEGAR Y ECONDER GRUPOS

9241967092?profile=original

 En caso de aquellos grupos que tengan muchos campos, se podrá esconder y desplegar de la pantalla los campos agrupados.

Al hacer clic en el icono , se esconden y despliegan los campos agrupados.

Grupo desplegado 

Grupo escondido

CONCLUSION:

La ventanilla única ecuatoriana VUE, ha minimizado de manera significativa los procesos a los que los operadores de comercio exterior  OCEs debe someterse continuamente, reduciendo costos y tiempos de manera conjunta.

RECOMENDACIÓN:

Es importante que los operadores de comercio exterior puedan tener un buen manejo del portal ya que así agilizan sus trámite y no incurren en costos para que alguien más utilice el sistema.

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¿En que instituciones funciona la VUE?

INTRODUCCIÓN 

La ventanilla única Ecuatoriana de comercio exterior es una herramienta electrónica por medio de la cual todos los operadores de comercio exterior y usuarios de los servicios en aduana, presentarán los trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior.

DESARROLLO

Las entidades del Estado ecuatoriano que hacen uso de la Ventanilla Única Ecuatoriana de Comercio Exterior: 

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CONCLUSIÓN

El uso de herramientas tecnológicas en nuestro país es una realidad que ayuda a optimizar el tiempo, genera transparencia en los trámites, disminuir los rubros por viáticos de los usuarios, cuidado del medio ambiente al no usar de hojas de papel,  fomenta la cooperación en las entidades públicas, lo que es un beneficio para el país.

BIBLIOGRAFÍA

Ministerio Coordinador de Producción, Empleo, Competitividad

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INTRODUCCIÓN:

Dentro del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, la ley contempla parámetros y sanciones para los delitos e infracciones cometidas en el proceso de exportación y principalmente de importación que sirven de base y guía legal para el conocimiento de los límites que no se pueden traspasar como Operadores de comercio exterior o funcionarios de Aduana.

DESARROLLO:

Infracción aduanera.- Son infracciones aduaneras los delitos, contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el presente Código. Para la configuración del delito se requiere la existencia de dolo, para las contravenciones y faltas reglamentarias se sancionarán por la simple trasgresión a la norma.

En el caso de que se importare o exportare mercancías no aptas para el consumo humano, el Director Distrital ordenará su inmediata destrucción, debiendo comunicar del particular a la Directora o el Director del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a costo del propietario, consignante o declarante.

 

Medidas preventivas.- Cuando se presuma la comisión de un delito aduanero, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a fin de asegurar el cumplimiento de formalidades u obligaciones aduaneras, podrá disponer la inmovilización y

retención provisional de mercancías que es el acto mediante el cual la servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital dispone que las mercancías permanezcan en la zona primaria u otro lugar determinado, bajo custodia y responsabilidad del representante legal del depósito temporal y no podrá durar más de tres días hábiles.

 

La retención provisional consiste en la toma de posesión forzosa de la mercancía en la zona secundaria y su traslado

hacia las bodegas aduaneras, u otro lugar designado para el efecto por la autoridad aduanera, mientras se determine la

situación legal de la mercancía. La retención no podrá durar más de tres días hábiles.

 

Contrabando.- Será sancionada con prisión de dos a cinco años, multa de hasta tres veces el valor en aduana de las mercancías objeto del delito y la incautación definitiva de las mismas, la persona que, para evadir el control y vigilancia aduanera sobre mercancías cuya cuantía sea superior a diez salarios básicos unificados del trabajador en general, realice cualquiera de los siguientes actos:

 

a. Ingrese o extraiga clandestinamente mercancías del territorio aduanero;

b. La movilización de mercancías extranjeras dentro de zona secundaria sin el documento que acredite la legal tenencia de las mismas, siempre y cuando no pueda justificarse el origen lícito de dichas mercancías dentro de las 72 horas posteriores al descubrimiento.

c. Cargue o descargue de un medio de transporte sin ninguna autorización de mercancías no manifestadas, siempre que se realice sin el control de las autoridades competentes;

d. Interne al territorio nacional mercancías de una ZEDE, o sujeta a un régimen especial, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en este Código y su reglamento;

e. Desembarque, descargue o lance en tierra, mar o en otro medio de transporte, mercancías extranjeras antes de someterse al control aduanero, salvo los casos de arribo forzoso

f. Oculte por cualquier mecanismo mercancías extranjeras en naves, aeronaves, vehículos de transporte o unidades de carga, sin que se hayan sometido al control de las autoridades aduaneras.

 

Defraudación aduanera.- Será sancionado con prisión de 2 a 5 años y multa de hasta diez veces el valor de los tributos que se pretendió evadir, la persona que perjudique a la administración aduanera en la recaudación de tributos, sobre mercancías cuya cuantía sea superior a ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador general y, siempre que éstas deban satisfacer tributos al comercio exterior con:

 

a. Importe o exporte mercancías con documentos falsos o adulterados para cambiar el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas, códigos, series, modelos

b. Simule una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio económico, total o parcialmente.

c. No declare la cantidad correcta de mercancías;

d. Oculte dentro de mercancías declaradas otras mercancías sujetas a declaración;

e. Obtenga indebidamente liberación o reducción de tributos al comercio exterior en mercancías

f. Venda, transfiera o use indebidamente mercancías importadas al amparo de regímenes especiales, o con exoneración total o parcial, sin la debida autorización

g. Viole o retire sellos, candados u otras seguridades colocadas en los medios de transporte, unidades de carga, recintos o locales habilitados como depósitos temporales, siempre que se determine faltante total o parcial de las mercancías.

 

Tentativa.- La mera tentativa de delito aduanero será reprimida con la mitad de la pena prevista, siempre y cuando sea en su fase de ejecución.

 

Sanción Administrativa y Reincidencia.- Cuando valor de las mercancías no exceda de los montos previstos para que se configure el delito de contrabando y la defraudación, la infracción no constituirá delito y será sancionada administrativamente como una contravención con el máximo de la multa prevista en el presente Código para el caso de que se hubiere configurado el delito.

CONCLUSIONES: 

-Las faltas aduaneras se dividen en dos, infracciones aduaneras que compete a los delitos, contravenciones y faltas reglamentarias; y los delitos delitos aduaneros que competen el contrabando y la defraudación aduanera.

-Para que se pueda dictaminar cualquiera de las dos anteriores, es necesario la presencia de dolo.

RECOMENDACIONES:

-El importador debe conocer los parámetros que impone la aduana al momento de realizar operaciones de comercio exterior, ya que muchos OCES, cometen la imprudencia de realizar transacciones sin la debida supervisión, por lo tanto tienden a caer en delitos o infracciones por falta de información.

-Todos los documentos que se registren en una importación deben ser amparados y legalizados para no incurrir en errores.

FUENTE: 

Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones. Art 175-179, p23.25

AUTORA:

Andrea Zúñiga

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Desde el 28 de enero del 2013 se encuentra disponible el procedimiento de solicitud de Salida de Carga No exportada y/o Fruta de Rechazo tanto para los Operadores de Comercio Exterior, como Servidores Públicos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y el público en general en el sistema ECUAPASS, implementado debido a la  constante innovación de los servicios que facilitan operaciones de comercio exterior por parte de SENAE.

 

1. Registro de solicitud por el exportador o agente de aduana:

 

OPCIÓN TRÁMITES OPERATIVOS

 -Elaboración de e-Doc Operativo

 -Formulario de Solicitud categoría

 VIÑETA CARGA – SECCIÓN EXPORTACIÓN

        “Registro de Solicitud de Salida para Mercancías no Exportada”

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 2. Posteriormente el Depósito Temporal una vez que la solicitud haya sido aprobada por el sistema, registrará la Salida de Mercancías no exportadas:

 OPCIÓN TRÁMITES OPERATIVOS

 -Elaboración de e-Doc Operativo

 -Documentos Electrónicos

 VIÑETA CARGA – SECCIÓN EXPORTACIÓN

        “Informe de Salida de Mercancía - ISE”

 El permiso de las opciones lo dará el Representante Legal del OCE a sus Colaboradores (Empleados) para que puedan acceder a las mismas.

 

  CONCLUSIÓN

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a través del sistema integral ECUAPASS pone a disposición de todos los operadores de comercio exterior procedimientos por vía internet manteniendo esto como uno de los objetivos de la implementación del mismo al tratar de economizar recursos y agilizar proceso, evitando un posible colapso.

Recomendaciones:

El Representante Legal del OCE deberá de dar el permiso de las opciones a sus Colaboradores (Empleados) para que puedan acceder a las mismas.

 Adicional podrán observar los videos demostrativos que demuestran la funcionabilidad de las nuevas opciones implementadas disponibles en la página web de SENAE.

 

 Términos:

E-docs: es un documento cuyo soporte material es algún tipo de dispositivo electrónico o magnético, y en el que el contenido está codificado mediante algún tipo de código digital.

Documento operativo: Un documento operativo es el que permite especificar de manera detallada la ejecución de tareas, instrucciones de llenados de formatos, guías para ejecutar sistemas automatizados

Fuente: 

https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2016/senae-goe-2-3-003-...

 

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Introducción

Un arancel es un impuesto que se aplica sobre los bienes importados. El Arancel de Aduanas es uno de los instrumentos básicos en la regulación del comercio internacional, no sólo por su carácter recaudatorio, sino como herramienta de aplicación de la política comercial de una zona económica. 

El Arancel puede ser de tres tipos:

  1. Ad valorem: Es un porcentaje sobre el valor de la mercancía. Es el más usual y es sobre el que nos vamos a centrar.
  2. Específicos: Cobros monetarios específicos por unidad o cantidad de mercancía importada. 
  3. Mixtos: Combina a los anteriores.

Desarrollo

 Dada la importancia de conocer el arancel e impuestos que paga un bien producto de  importación, es necesario conocer la manera más optima para comprobar como se puede buscar estos parámetros a través del Ecuapass, de esta manera a continuación se explica como hacerlo.

PASO NÚMERO 1

Ingresamos al portal de la Aduana y damos click en el botón: Para importar

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PASO NÚMERO 2: 

Buscamos la pestaña: ¿Cómo se obtiene el registro de importador?

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PASO NÚMERO 3:

En la pestaña de: ¿Cómo conocer las restricciones de un producto a importar? damos click en el enlace que se muestra a continuación:

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PASO NÚMERO 4:

Seguidamente se nos abrirá una nueva pestaña en el navegador donde se deberá dar click en el ícono que se indica a continuación:

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PASO NÚMERO 5: 

Finalmente se nos desplegaran las herramientas necesarias para realizar la búsqueda pertinente.

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Conclusión:

 

Recomendación 

 Es necesario mantenerse informado sobre las actualizaciones del sistema para que podamos comprobar de manera sencilla el arancel e impuestos que paga mi mercancía motivo de importación.

Redactado por: Andrea Zúñiga 

Fuente: https://www.aduana.gob.ec/

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Consulta de clasificación arancelaria Ecuapass

IntroducciónLas consultas de clasificación arancelaria de mercancías objeto de comercio internacional del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador están disponibles para toda persona natural o jurídica que ingrese de forma legal mercancías al país y que requiera identificar de forma adecuada la clasificación arancelaria de dichas mercancías, a través de los estudios respectivos de composición de los productos.Desarrollo1. ¿A quién está dirigido?Cualquier persona natural o jurídica que realice un trámite de importación podrá solicitar por escrito a la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador o su delegado, la absolución de consultas de clasificación arancelaria de las mercancías objeto de comercio internacional.Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.Conclusión2. ¿Qué necesito para hacer el trámite?Requisitos Obligatorios:1. Oficio de solicitud de consulta de clasificación arancelaria, a la cual se deben adjuntar los siguientes documentos;- Fichas técnicas, manual de instrucciones, catálogos, ficha de seguridad, certificado de análisis, y/o demás documentación técnica del fabricante que señale la composición, uso y parámetros físicos o químicos información indispensable para la clasificación arancelaria dependiendo de la naturaleza de la mercancía en cuestión;- Para el caso de unidades funcionales, se deberá adjuntar plano debidamente detallado, donde consten los aparatos y equipos que conforman la unidad funcional y las diferentes etapas del proceso de producción en las cuales intervienen; y,- Fotografía(s) a color y/o muestra de la mercancía objeto de la consulta, la misma deberá corresponder en forma y presentación a la cual se pretende importar.¿Cuál es el costo del trámite?El trámite no tiene costoConclusiónEs bastante importante que sepamos clasificar correctamente el producto que sea objeto de comercialización porque de esta manera no se incurrirá en faltas reglamentarias con la aduana.Redactado por: Andrea Zúñiga
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Diferimiento temporal de 0% a insumos para atender el covid-19

Introducción

Tras la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19 desde el año 2019  hasta la presente fecha se ha generado un incremento en la demanda de productos como: alcohol, guantes, cámaras de desinfección, gel antibacterial, jabón, gafas, etc. En virtud de ello existió mayor  importación de esta clase de bienes para lograr satisfacer la demanda incrementada.

Desarrollo 

Por lo mencionado anteriormente, el pasado 23 de marzo del 2020 el Pleno del Comité de Comercio del Sistema Nacional de Aduanas del Ecuador a través  del boletín 15-2020 emitió la Resolución No. 004-2020 – COMEX la cual habla de un cobro de arancel 0% a insumos necesarios para atender la pandemia, esta resolución es de manera provisional hasta que el Ministerio de Salud Pública notifique la finalización
del Estado de Emergencia Sanitaria declarada en el Acuerdo Ministerial No. 00126 –
2020 de 11 de marzo de 2020.

La resolución también detalla un listado de las partidas arancelarias que se acogerán a esta medida.

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Recordamos también que las siguientes partidas se encuentran con prohibición de exportación a efectos de asegurar para el Ecuador los insumos suficientes para atender la emergencia sanitaria. 

Conclusion

 Es una medida muy buena para apoyar a la satisfacción de la demanda de estos productos que ahora son prioritarios para el país.

Recomedación 

Es importante mantenerse informado sobre las actualizaciones que se generan en el sistema informático Ecuapass, y sobre los productos que han manifestado cambios en su arancel.

Bibliografia 

https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-implementa-tarifa-cero/

Redactado por:

Andrea Zúñiga 

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