TABACO EN RAMA O SIN ELABORAR
Introducción:
Por tabaco en rama entendemos aquel que se encuentra sin elaborar y sus desperdicios El tabaco es una planta originaria del continente americano perteneciente a la familia Solanácea. Es una de las pocas cosechas en la que únicamente se comercializa la hoja de la planta, la cual es considerada como un producto agrícola no alimenticio.
Nota del Capítulo:
En la subpartida 2403.11, se considera tabaco para pipa de agua el tabaco destinado a ser fumado en una pipa de agua y que está constituido por una mezcla de tabaco y glicerol, incluso con aceites y extractos aromáticos, melaza o azúcar, e incluso aromatizado o saborizado con frutas. Sin embargo, los productos para pipa de agua, que no contengan tabaco, se excluyen de esta subpartida.
Nota explicativa:
Esta partida comprende:
1) El tabaco en estado natural, en forma de planta entera o de hojas y las hojas secas o fermentadas, que pueden ser enteras o desvenadas, estén o no cortadas, troceadas o recortadas, incluso en forma regular con la condición de que no se trate de un producto dispuesto para ser fumado. También están comprendidas en esta partida las hojas de tabaco mezcladas, desvenadas y después humectadas (beneficiadas) con un líquido de composición apropiada para impedir, principalmente, el enmohecimiento y resecado y además para preservar el sabor.
2) Los desperdicios de tabaco, tales como pecíolos, nervios, recortes, polvo, procedentes de la manipulación de las hojas o de la elaboración de productos acabados.
Posición Arancelaria:
Nivel | Número | Descripción |
Capítulo | 24 | Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados |
Partida | 2401 | Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco. |
Subpartida | 2401.10. | - Tabaco sin desvenar o desnervar |
Subpartida | 2401.10.20.00 | - - Tabaco Rubio |
Aranceles aduaneros
Por producto 2401.10.20.00 – Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco: Tabaco sin desvenar o desnervar: Tabaco rubio
Exportado de China a Ecuador
Año tarifario: 2021 (SA Rev.2017)
Fuente: ITC (mapa de acceso al mercado)
Régimen arancelario Derechos NMF (aplicados)
Tarifa Aplicada: 20%
CRA (Ad – Valorem) 20%
Clasificación de las MNA NMF rev. 2018
NTM año: 2018
Fuente: UNCTAD
Requisitos de importación aplicados a este producto |
A140- Requisito de autorización por razones sanitarias y fitosanitarias para la importación de determinados productos |
A490- Requisitos higiénicos, nep |
A640- Condiciones de almacenamiento y transporte |
A810- Requisito de registro/aprobación del producto |
A820- Requisito de prueba |
A840- Requisito de inspección |
B310 - Requisitos de etiquetado |
B810 - Requisito de registro/aprobación del producto |
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