APRENDE A CLASIFICAR LA RED DE PESCA

APRENDE A CLASIFICAR LA RED DE PESCA

1).Producto: Red de pesca

2).Descripción del producto:

 Producto con fabricación de Polietileno, Nylon, Polipropileno y Poliéster, pudiendo confeccionarse con hilo trenzado simple, hilo trenzado compacto de alta tenacidad, o hilo trenzado ultraplast de alta tenacidad.

 

Estas redes aprovechan el comportamiento de los peces para que queden atrapados, sin necesidad de emplear esfuerzo humano pueden ser estas también redes activas, que se utilizan para atrapar a especies particulares, mediante propios movimientos.

 

Les confiere una luz de malla de entre 18 y 24 centímetros pero pueden superar los 40 cm en algunas ocasiones, una altura de 35 metros y una longitud de hasta 20 km, las redes se componen de una sucesión de paños que les permite alcanzar la longitud deseada.

 

3). Reglas Interpretativas:

  1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
  2. Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.
  3. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Las Reglas Generales Interpretativas de manera inicial  nos permiten  tener una justificación legal de la clasificación de la mercancía, así mismo contemplar la descripción de los textos de subpartida y las notas como lineamientos aplicados al producto permite  desarrollar paso a paso el proceso de clasificación. Las reglas generales interpretativas incluso son las que establecen los principios centrales del sistema armonizado, siendo así una directriz primordial a seguir.

 

4). Notas de sección:

Sección XI

MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

  1. Esta Sección no comprende:
    o) las redecillas para el cabello y los sombreros y demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
    t) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos, redes para deportes);

5). Notas de Capítulo:

 

Capítulo 56

 

Este Capítulo no comprende:

 

  1. a) a guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de sustancias o preparaciones (por ejemplo: de perfume o cosméticos del Capítulo 33, de jabón o detergentes de la partida 34.01, de betunes o cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres), etc. o preparaciones similares de la partida 34.05, de suavizantes para textiles de la partida 38.09), cuando la materia textil sea un simple soporte;

 

  1. b) los productos textiles de la partida 58.11;

 

  1. c) los abrasivos naturales o artificiales, en polvo o gránulos, con soporte de fieltro o tela sin tejer (partida 68.05);

 

  1. d) la mica aglomerada o reconstituida con soporte de fieltro o tela sin tejer (partida 68.14);

 

  1. e) las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de fieltro o tela sin tejer (generalmente Secciones XIV o XV);

 

  1. f) las compresas y los tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos similares de la partida 96.19.

 

 

5).Notas explicativas:

56.08 REDES DE MALLAS ANUDADAS, EN PAÑO O EN PIEZA, FABRICADAS CON CORDELES, CUERDAS O CORDAJES; REDES CONFECCIONADAS PARA LA PESCA Y DEMÁS REDES CONFECCIONADAS, DE MATERIA TEXTIL.

– De materia textil sintética o artificial:

5608.11 – – Redes confeccionadas para la pesca.

5608.19 – – Las demás.

608.90 – Las demás.

 

1) Redes de mallas anudadas, en paños o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes. Estas redes son tejidos de mallas abiertas, sujetas por nudos, que pueden hacerse a mano o mecánicamente. Para clasificarlas aquí deberán presentarse en paños o en pieza y estar fabricadas, a diferencia de los tejidos de mallas anudadas de la partida 58.04, con cordeles, cuerdas o cordajes de la partida 56.07.

 

2) Redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de materia textil.

A diferencia de los productos especificados en el anterior apartado 1), los artículos confeccionados de este grupo pueden estar fabricados con hilados textiles y sus mallas abiertas estar sueltas o sujetas mediante nudos u otro procedimiento.

 

Se entiende por redes confeccionadas los artículos preparados o no para determinados usos y fabricados directamente o confeccionados con la forma requerida, principalmente cortando de una pieza y uniendo las diversas partes así obtenidas. La presencia en estos artículos de empuñaduras, anillos, plomos, flotadores, cuerdas de cierre u otros accesorios no entraña la exclusión de esta partida. Entre los artículos confeccionados, sólo se incluyen aquí los que no estén comprendidos más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura.

 

Esta partida comprende, en particular, las redes para pesca, para camuflaje, de seguridad, para decoraciones teatrales, las redes para la compra y las redes similares (por ejemplo, empleadas en el transporte de pelotas o balones de deportes), las hamacas, redes para aerostatos, redes de protección contra insectos, etc. Los productos citados pueden estar impregnados para hacerlos, por ejemplo, inatacables por los agentes atmosféricos o por el agua.

 

6).  Información arancelaria- para arancelaria:

 

            Arancel AdValorem: 0%

Arancel Específico: 0%

Fodinfa: 0.50%

I.V.A: 12%

Unidad Física: KILOGRAMOS

Requisitos del INEN: NO

INEN SENAE: NO

 

Otros Datos:

Formato a usar en Ecuapass: 5608110010

Dígito Verificador: 1

 

7). Conclusión:

 

Con lo determinado anteriormente y haciendo uso de las Reglas Generales Interpretativas 1, 2 y 3, y siguiendo el estudio y revisión de las notas de sección, capítulo y explicativas,  podemos concluir que la cuerda de sisal se clasifica en la la sección XI; MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, en el capítulo 56; Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería, en la partida 56.08 REDES DE MALLAS ANUDADAS, EN PAÑO O EN PIEZA, FABRICADAS CON CORDELES, CUERDAS O CORDAJES; REDES CONFECCIONADAS PARA LA PESCA Y DEMÁS REDES CONFECCIONADAS, DE MATERIA TEXTIL, en la subpartida  5608.11.00.10 - De materia textil sintética o artificial: - - Redes confeccionadas para la pesca: - - - De monofilamentos.

 

8). Recomendaciones:

 

-Verificar la correcta descripción de la elaboración, conformación y composición del producto en todas sus especificaciones  y características para de esta manera tener la idea clara de comparación con las notas explicativas y notas de capítulo.

 

-Se recomienda hacer uso correcto de la información arancelaria en base a la clasificación para el  reconocimiento de los tributos determinados para este producto.

 

-Se debe tener presente las determinaciones en base a las estructuras y excepciones que se mencionan en las notas de capítulo y las notas explicativas, así mismo realizando el correcto uso de las Reglas Generales Interpretativas como primer paso, para la correcta clasificación arancelaria.

 

9). Referencias;

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. Reformar Íntegramente el Arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) [Comunidad Andina]. NOTAS

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