22 de May. de 2022
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas

El papel prensa o papel periódico es el tipo de papel utilizado para la impresión de periódicos. Está fabricado principalmente sobre la base de papel recuperado o de pasta mecánica. Puede ser blanco o ligeramente coloreado y su gramaje habitual oscila entre los 40 y los 52 g/m aunque puede llegar a 65 g/m.


REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

RG 3 a): La Regla 1 comienza pues, disponiendo que los títulos sólo tienen un valor indicativo. Por tanto, de ellos no puede deducirse ninguna consecuencia jurídica para la clasificación
Según el apartado I y II de la nota explicativa, señala que:
La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

Nota Explicativa de la partida 48.01

comprenden el papel sin estucar ni recubrir fabricado mecánicamente, que puede estar encolado o haberse sometido a operaciones elementales de acabado (por ejemplo, alisado, satinado o glaseado). La partida 48.02 comprende igualmente el papel hecho a mano sin estucar ni recubrir, que puede haberse sometido a las mismas operaciones. La partida 48.03 se refiere al papel sin estucar ni recubrir para usos domésticos, de higiene o de tocador, a la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, que pueden haberse sometido a las operaciones citadas en la partida

Notas de Subpartidas.

En las subpartidas 4804.11 y 4804.19, se considera papel y cartón para caras (cubiertas) («Kraftliner»), el papel y cartón alisados en ambas caras o satinados en una cara, presentados en bobinas (rollos) en los que el contenido de fibras de madera obtenidas por el procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) sea superior o igual al 80 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 115 g/m² y con una resistencia mínima al estallido Mullen igual a los valores indicados en el cuadro siguiente o, para cualquier otro peso, sus equivalentes interpolados o extrapolados linealmente.

POSICIÓN ARANCELARIA

Partida: 48.01- Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.

Subpartida: 4801.00.10.00.00- En bobinas (rollos), o en hojas cuadradas o rectangulares en las que un lado sea superior o igual a 50,8 cm y el otro sea superior o igual a 76,2 cm, sin plegar (superior o igual a 20” x 30”)

CONCLUSIÓN

Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas se les han clasificado en la subpartida 4801.00.10.00.00, la misma que mantiene tarifa arancelaria de 0, además, se utilizaron las Reglas generales interpretativas 1.

FUENTES

http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf}

NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR, (2017): file:///C:/Users/User/Downloads/Arancel-Nacional-Importacion2020%20(1).pdf


Autor/a: Patricia Marilú Guamán Jaña
http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp

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