Publicaciones de Rita Noemi Lisintuña Rondal (7)

Ordenar por

Existen diferentes categorías para la importación de productos y esta categoría comprende todos los paquetes con prendas de vestir, los demás artículos textiles confeccionados y calzado, que no se contemplen en la Categoría B, se deberán declarar en esta categoría.

9242185274?profile=original

¿Qué impuestos se pagan en esta categoría?

9242185882?profile=original

Datos importantes…

9242186090?profile=original

9242187452?profile=original

Conclusiones:

  • Las importaciones se deben realizar según el tipo de producto que se quiere importar debido a que cada categoría comprende diferentes productos.
  • Existe un límite tanto en peso, valor y demás condiciones que debe ser cumplido

Recomendaciones:

  • Tener en cuenta la mercancía que se quiere importar para saber la categoría en la que debe ser importada la misma.
  • Cumplir con lo establecido con lo que respecta a peso, valor y demás condiciones para esta categoría evitando tener problemas en la aduana.

Bibliografía: https://www.aduana.gob.ec/envios-courier-o-postal/

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

Importación para Consumo, Régimen 10

El régimen de importación para consumo es un régimen de no transformación. Es un régimen aduanero por el cual los artículos traídos desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico, circulan libremente en el territorio aduanero, con el propósito de establecerse en el de forma definitiva, por supuesto después del pago correspondiente de derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando así lo amerite, además de acatar las condiciones y compromisos aduaneros.

Las mercancías que se pueden importar en este régimen son:

  • De mercancía general
  • De bienes de capital, sus partes y accesorios
  • De maquinaria pesada de industrias básicas
  • De muestras sin valor comercial

Los procedimientos de aplicación que se generen en este régimen  son determinados por el Director General del SENAE y respecto de las sanciones provenientes del proceso de despacho se lo ejecutarán conforme al procedimiento respectivo, aclarando que jamás se podrá interrumpir el despacho de las mismas sea por sustanciación, imposición, impugnación, recurso o cobros de sanciones administrativas, salvo que así se disponga estrictamente. Estas mercancías luego de haber cumplido con la obligación tributaria ya son calificadas como mercancías nacionalizadas.

¿Cuál es el plazo para destinar las mercancías en el régimen de Importación para el Consumo?

9242190259?profile=original

¿Cuáles son los plazos que tienen los importadores para cancelar la deuda tributaria aduanera?

En los casos de despachos garantizados, mediante Garantías Previas

  1. Para los despachos anticipados y urgentes, numerados antes de la llegada del medio de transporte: desde la fecha de numeración de la declaración hasta el vigésimo día calendario del mes siguiente a la fecha del término de la descarga.
  2. En los despachos excepcionales y urgentes, numerados después de la llegada del medio de transporte: desde la fecha de numeración de la declaración, hasta el vigésimo día calendario del mes siguiente a la fecha de numeración de la declaración.

En los casos de despachos donde la deuda tributaria aduanera deba ser cancelada y no se utilice la garantía previa

  1. Para los despachos anticipados y urgentes numerados antes de la llegada del medio de transporte: desde la fecha de numeración de la declaración, hasta la fecha del término de la descarga;
  2. En los despachos excepcionales y urgentes, numerados después de la llegada del medio de transporte, el mismo día de la fecha de numeración de la declaración

Participación de Agentes de Aduanas en este régimen

En este régimen las Declaraciones de Importación requieren la participación de un Agente de Aduanas siempre que el valor FOB de la mercancía a importar, exceda los dos mil dólares. Por valores menores a esta cantidad, se puede desaduanizar con una Declaración Simplificada. Pero teniendo en cuenta que si producto de una acción de control ordinario o extraordinario la Autoridad Aduanera determina que el valor de esta mercancía excede los tres mil dólares, entonces debe dejarse sin efecto dicha declaración simplificada.

Requisitos

  • Buscar asesoramiento para saber si el producto a importar requiere de algún documento de control previo
  • Poseer una firma electrónica.
  • Debe estar al día con el SRI en sus obligaciones pendientes.
  • Obtener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) como persona natural o jurídica.

¿Quiénes pueden importar a consumo?

Pueden importar todas las Personas Naturales o Jurídicas, ecuatorianas o extranjeras, radicadas en el país que hayan sido registrados como importador en el sistema ECUAPASS y aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Conclusiones

  • Este régimen no sufre transformaciones y una vez que se hayan cancelado los tributos correspondientes la mercancía puede circular libremente porque ya se encuentra nacionalizada.
  • Existen diferentes fechas que tienen los importadores para que puedan pagar los tributos, estas fechas surgen según el tipo de despacho que se haya generado.

Recomendaciones

  • Tener en cuenta todos los tipos de regímenes que existen para poder utilizar el más conveniente en una importación.
  • Tener en cuenta las fechas correspondientes del pago de tributos para evitar multas por parte del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Bibliografía:

http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informag/importacion_consumo.htm

https://www.magoyarse.com/2009/10/el-regimen-aduanero-de-importacion-para.html

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

Mercancías de prohibida importación

Las mercancías de prohibida importación son aquellas que por mandato legal se encuentran prohibidas de ingresar o salir del territorio nacional.

Pero… ¿Cuál es el objetivo de que existan mercancías de prohibida importación? El objetivo de prohibir la importación de ciertas mercancías es proteger o preservar la salud y vida de las personas, la moral pública, el patrimonio histórico y cultural, así como conservar los recursos naturales, entre otros objetivos.

¿Qué pasa si se da la importación de este tipo de mercancías?

Sin duda el reembarque será obligatorio como lo establece el artículo 162 del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversión (COPCI) “El reembarque será obligatorio en el caso de mercancías de prohibida importación, excepto las prendas de vestir, perecibles y materiales educativos que serán donados a la Secretaria de Estado a cargo de la política social” además de eso la administración aduanera dispondrá el reembarque desde la zona primaria del Distrito por donde ingresaron las mercancías. Los costos operativos o administrativos a que hubiere lugar correrán a cargo del sujeto pasivo y/o consignatario.

¿Qué pasa si el reembarque no es realizado en el plazo establecido?

El Director Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador autorizará la destrucción de mercancías, y a consecuencia de ello se genera el decomiso administrativo.

En el caso que las mercancías no puedan ser reembarcadas por causas ajenas a la voluntad del importador, debidamente justificadas, se procederá conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones. De existir mercancías no susceptibles a adjudicación gratuita o subasta pública, estos bienes deberán destinarse a destrucción, incluyendo la posibilidad de someterse a procesos de reciclaje. Las tasas que para este efecto determine el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador serán asumidas íntegramente por el sujeto pasivo y/o consignatario.

Las declaraciones aduaneras de mercancías consideradas de prohibida importación concluirán con el régimen de reembarque o el destino de destrucción, según se haya aplicado, en este último caso una vez cumplido deberá procederse a la devolución de la unidad de carga a su titular en el Ecuador.

Algunos ejemplos de estas mercancías de prohibida importación son:

9242181863?profile=original

Conclusiones

  • Las mercancías de prohibida importación tienen como objetivo proteger y preservar la vida de las personas es por ello que no todas las mercancías que existen pueden ser objeto de importación.
  • Existe un plazo que se le da al consignatario para el reembarque de la mercancía y en caso de que no cumpla con el plazo establecido se procede a la destrucción de las mercancías.

Recomendaciones

  • Siempre tener en cuenta este tipo de mercancías para no tener problemas al momento de desaduanizar las mercancías evitando dinero por el hecho de que la mercancía debe ser reembarcada obligatoriamente.
  • Cumplir el pazo establecido para el reembarque de las mercancías evitando la destrucción de las mismas y por ende evitar tener grandes pérdidas económicas.

Bibliografía:

http://blog.laarbox.com/articulos-prohibidos

http://www.clubbuzzom.com/pages/restringidos.php

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

Existe una manera de importar fácil y rápido, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que se presentan a continuación.

El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador presenta una forma de importar la cual es por medio de Envíos Courier o Postal aquí se encuentran establecidas seis categorías, pero la que nos interesa es la categoría 4×4 esta categoría se refiere a que los envíos que se realicen no pueden superar los 4 kilos y los $400 dólares.

9242175886?profile=original

Esta categoría contempla un arancel especifico de $42 dólares por importación que se paga por cada envió ¿Qué personas están exentas de pagar este valor?

9242176687?profile=original

¿Quiénes deben pagar el valor de $42 dólares por cada envió?

9242177259?profile=original

A continuación algunos de los productos que no se pueden importar bajo esta categoría:

  • Celulares
  • Animales
  • Joyas
  • Armas de fuego
  • Cerámicas
  • Vidrio
  • Combustible
  • Explosivos
  • Pornografía
  • Drogas
  • Repuestos usados
  • Dinero, cheques, tarjetas de crédito o débito
  • Productos perecederos
  • Ropa usada mayor a 4 kilos.

 

Ejemplo: ¿Si mi hermano que vive en EE.UU. decide enviar obsequios a nuestro país (Ecuador), al momento que se reciba los mismos se debe pagar los USD 42?

​Los paquetes que se envíen bajo el sistema 4×4 usando un servicio de courier o mensajería rápido deben pagar $42 dólares  y acogerse al cupo de cinco envíos al año.

Pero si su hermano consta en el registro consular puede enviar el paquete usando el tráfico postal, un servicio que solo ofertan los correos estatales, y de esta manera no tendría que pagar los USD42. Si usa este servicio, la persona tendrá que ir personalmente a las oficinas de correos de Estados Unidos y enviar el paquete, que llegaría a Ecuador a las oficinas de Correos del Ecuador.

 

Conclusiones:

  • La categoría 4×4 ayuda a adquirir bienes que se necesiten del extranjero de una manera rápida y de una forma más directa, sin embargo no todos los productos se pueden importar en esta categoría existen ciertas restricciones que deben ser cumplidas.
  • Para no tener ningún problema con este tipo de importación se debe cumplir con lo ya mencionado evitando que la mercancía caiga en abandono tácito por incumplimiento de los requisitos que se necesita para que se acojan a esta categoría.

Recomendaciones:

  • Informarse sobre qué productos se pueden importar bajo esta categoría debido a que hay ciertos productos que no pueden ser importados bajo la misma y de esta manera nos evitamos tener problemas con el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).
  • Tener en cuenta que la mercancía no supere las características de esta categoría las cuales son hasta 4 kilo y $400 dólares en el caso de que no se cumpliera, la mercancía debe pagar los tributos correspondientes cumpliendo con las formalidades correspondientes.

Bibliografía:

https://www.consuladovirtual.gob.ec/web/guest/servicio-4×4

https://www.aduana.gob.ec/envios-courier-o-postal/

https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/01/preguntas-frecuentes-SENAE.pdf

https://www.consuladovirtual.gob.ec/web/guest/inicio

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

Cuando la mercancía está siendo importada se debe cumplir con ciertos requisitos que lo solicita el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), para que la mercancía se nacionalice y pueda salir de la aduana sin ningún inconveniente.

Las personas que pueden realizar el proceso para desaduanizar las mercancías son los agentes aduaneros siempre y cuando estén acreditados por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).

Los documentos que se deben presentar para desaduanizar la mercancía son:

9242188279?profile=original

Según el tipo de mercancía que se esté importando se adjuntaran los siguientes documentos a la Declaración Aduanera de Importación (DAI).

9242189260?profile=original

9242189089?profile=original

Una vez que se ha transmitido la Declaración Aduanera de Importación (DAI) al sistema informático del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) le otorgara un número de validación y el canal de aforro correspondiente.

Conclusiones

  • No todas las personas pueden desaduanizar las mercancías que están siendo objeto de importación
  • Tener muy en cuenta las fechas límites para presentar la Declaración Aduanera de importación (DAI)

Recomendaciones

  • Por seguridad verificar que el agente aduanero que vaya hacer el proceso de desaduanización de las mercancías sea acreditado por el Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador (SENAE)
  • Presentar a tiempo la Declaración Aduanera de importación (DAI), evitando que la mercancía caiga en abandono tácito.

Referencias

http://agenciaama.com.ec/agencia-aduana-guayaquil/como-se-desaduaniza-una-mercancia-importada/

http://www.siatigroup.com/preguntas/importaciones/como-se-desaduaniza-la-mercaderia-importada

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

La mayoría de personas cuando viajan quieren traer bienes con el fin de traer un recuerdo de otro país o también obsequiar el bien que hayan adquirido de otro país, sin embargo hay ciertos bienes que no se pueden ingresar como equipaje personal o también ciertos bienes que no pueden superar un límite establecido por la ley aduanera del país. Es importante que los viajeros tengan conocimiento de estos bienes que pueden ingresar al país como equipaje personal con el fin de evitar inconvenientes.

Hay ciertos artículos que llevan los pasajeros o la familia en sí, que están exentos de impuestos debido a que por su cantidad o valor no pueden ser considerados comerciales y que se encuentran de igual manera exentos del pago de tributos al comercio exterior así como también de recargos arancelarios y de la presentación de autorizaciones, permisos, licencias y registros de importación.

Los bienes que cuentan como equipaje personal más comunes en el viajero sean estos nuevos o usados son:

  • Prendas de vestir: de uso personal del viajero, así como también los artículos de aseo personal y los artículos de tocador sin excederse de los límites permitidos con respecto a los perfumes no se puede exceder los 300 ml por persona hasta 600 ml por grupo familiar.
  • Bebidas alcohólicas: para los pasajeros que superen la edad de 18 años se puede importar hasta 3 litros, 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades y 25 unidades de habanos o cigarros.
  • Bines de uso profesional: como son las herramientas y equipos portátiles  para el desempeño de funciones o actividades laborales que realice el viajero, estos deben ser justificados mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento dentro de esto también se encuentra lo que son los vestuario de artistas de las compañías de teatro, circos o similares, entre otros.
  • Medicamentos: con la facilidad de ayudar a los discapacitados como por ejemplo sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos entre otros y en si todos los equipos necesarios para control médico.
  • Máximo 2 animales domésticos vivos que sean considerados como mascotas.
  • Artículos portátiles: se puede ingresar como equipaje del viajero una unidad nueva y una usada como por ejemplo las cámaras fotográficas, portátiles y sus periféricos (todo lo que la compone), así como también una consola para videojuegos.

En el caso de que un viajero lleve consigo dos televisores de 24 pulgadas uno no es considerado efecto tributable y por lo tanto ese artículo esta exento de impuestos sin embargo el segundo si es considerado efecto tributable y debe pagar impuestos y cumplir con los requisitos respectivos para que el bien pueda ingresar al país legalmente.

Cuando los pasajeros ingresan al avión el personal encargado durante el vuelo entregaran a los pasajeros unos formularios los cuales deben ser llenados para tener conocimiento de los bienes tributables que lleven los pasajeros estos formularios son elaborados por la agencia nacional de aduanas y en el caso de que los pasajeros desconozcan de los bienes que pueden ingresar al país sin objetos de tributos pueden ingresar a la página del SENAE.

En el caso de que el viajero ingrese al país artículos que no sean detallados en la lista que dispone el SENAE y sea un total o supere los 10 000 dólares deberá llenar obligatoriamente el formulario del registro aduanero cumpliendo formalmente con la legislación aduanera.

Conclusiones:

  • Los pasajeros no tienen total conocimiento de los artículos que pueden ingresar la país como equipaje personal y esto les dificulta al momento de ingresar al país debido a que si no cumplen con lo establecido por el SENAE les decomisan los bienes que estén siendo objeto de importación.
  • En el caso de que los viajeros excedan en traer una mayor cantidad de bienes permitidos se calculara los impuestos o tributos sobre la cantidad de los bienes que superan el límite establecido por la ley aduanera cumpliendo formalmente la legislación aduanera.

Recomendaciones:

  • Con respecto a las aerolíneas, informar de mejor manera a los pasajeros sobre los productos que pueden traer al país para que los viajeros no tengan ningún problema y de igual manera que las personas que vayan a viajar se informen de los bienes que pueden traer como equipaje personal evitando la detención de sus bienes hasta el pago de los tributos respectivos.
  • En el caso de los viajeros evitar incumplir con la legislación aduanera sobre bienes importados que excedan los límites permitidos por el SENAE de esta manera se evitaran contratiempos en la salida de arribo internacional.

Fuentes:

Logística y Comercio Exterior IMPOEX: https://www.impoex.ec/blog/efectos-personales-del-viajero-via-aerea

Página oficial del SENAE: https://www.aduana.gob.ec/conozca-la-lista-de-efectos-personales-del-viajero/

El Metro: https://www.metroecuador.com.ec/ec/estilo-vida/2018/11/22/black-friday-conoce-los-productos-ingresan-ecuador-sin-pagar-tributos.html

Autora: Rita Noemi Lisintuña Rondal

Leer más…

INTRODUCCIÓN

Los libros son herramientas físicas que permiten tener información de las diferentes situaciones que se presenten estas situaciones pueden ser económicas, financiera o demás índole. Los talonarios son cuadernos o libros que constan de páginas separadas (original y copia) para consignar la información, pudiendo arrancarse con facilidad la página original para ser entregada. Los bloques de papel de cartas son hojas delgadas designadas a cumplir las funciones correspondientes.
Esta partida también comprende lo que son agendas, se entiende por agenda a un libro o cuaderno donde se realizan apuntes generalmente sus hojas llevan impresas los días del año ordenadas por meses y por semanas con un espacio para escribir.

9242173678?profile=original

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Sección: X

Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (Desperdicios y desechos); papel y cartón y sus aplicaciones

Capítulo: 48

Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón

Partida: 4820

Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), agendas, bloques memorandos, bloques de papel de cartas y artículos similares, cuadernos, carpetas de mesa, clasificadores, encuadernaciones (de hojas móviles), carpetas y cubiertas para documentos y demás artículos escolares, de oficina o de papelería, incluso los formularios en paquetes o plegados («manifold»), aunque lleven papel carbón (carbónico), de papel o cartón; álbumes para muestras o para colecciones y cubiertas para libros, de papel o cartón.

Subpartida: 4820.10.00.00

Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), bloques memorandos, bloques de papel de cartas, agendas y artículos similares

MARCO LEGAL EN ECUADOR

9242174066?profile=original

TOP 10 EMPRESAS IMPORTADORAS

Etiquetas de fila

Suma de U$ FOB Tot

Suma de Kg Neto

% FOB

% kg NETO

CIA. IMPORTADORA REGALADO S.A. COMIRSA

176585,98

43040,2

18%

15%

CORPORACION FAVORITA C.A.

138770,56

14441,3

14%

5%

ALESSA S.A.

117735,56

26169,9

12%

9%

3M ECUADOR C.A.

107365,72

22142,78

11%

8%

CORPMUNAB SOCIEDAD ANONIMA

102718,95

19130,37

10%

7%

UTILESA CIA. LTDA.

87985,49

27288,01

9%

10%

MASTERBRANDS DEL ECUADOR S.A.

70595,8

11417,03

7%

4%

COMERCIAL E INDUSTRIAL SUCRE S

69170,41

27213,59

7%

10%

JUAN MARCET COMPANIA LIMITADA

68970,22

13380,37

7%

5%

IMPORTADORA Y EXPORTADORA JOHN JOHN S.A

67330,02

74081

7%

27%

TOTAL

1007228,71

278304,55

100%

100%


La mayor empresa importadora es CIA. IMPORTADORA REGALADO S.A. COMIRSA la cual tiene un FOB total de 176585,98 y un porcentaje en FOB del 18%, en ultimo lugar esta la empresa IMPORTADORA Y EXPORTADORA JOHN JOHN S.A la cual tiene un valor FOB de 67330,02 y un porcentaje en FOB del 7%.

TOP PAÍSES DE ORIGEN

PAÍS DE ORIGEN

Suma de U$ FOB Tot

% FOB

ARGENTINA

16344,72

1%

AUSTRALIA

21,8

0%

AUSTRIA

117,85

0%

BELGIUM

316,5

0%

BRASIL

48722,31

3%

BULGARIA

7

0%

CANADA

2554,81

0%

CHILE

92077,42

5%

CHINA

1594682,61

83%

COLOMBIA

173393,66

9%

TOTAL

1928238,68

100%


EL primer pais importador es Argentina que tiene un valor FOB de 16344,72 y un porcentaje FOB de 1%, en ultimo lugar se encuentra Colombia con un valor FOB de 173393,66 y un porcentaje FOB de 9%.

CONCLUSIONES

  • La empresa que tiene un nivel mayor en la importaciones es la empresa CIA. IMPORTADORA REGALADO S.A. COMIRSA
  • El país que mas importa este tipo de productos es Argentina con un FOB toral de 16344,72

RECOMENDACIONES

  • Buscar bases de datos veraces como es Veritrede para poder hacer un análisis con datos actualizados y reales, estos datos que nos proporcionan permite analizar estadisticamente las diferentes variables que se necesiten conocer con respecto a la impronta o exportación de productos.
  • El régimen que se utiliza para esta subpartida es el régimen 10 importación a consumo

AUTORA

Rita Noemi Lisintuña Rondal

FUENTE

Base obtenida de Varitrade


Leer más…