Publicaciones de Priscila Salomé Romero Salazar (19)

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¿SABES COMO CLASIFICAR SEDA DUPIÓN?

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Descripción de la mercancía

La seda es uno de los tejidos naturales más apreciados y con mayor uso en prendas de vestir y complementos textiles.  Su origen se remonta a hace miles de años en China y en la actualidad existen múltiples tipos de este tejido natural.

La seda natural se forma por las glándulas de algunos gusanos salvajes o silvestres llamados tassar, muungá y endy formando hilos que unidos forman los tejidos. La calidad de la seda se mide por el peso en metro cuadrado según las medidas tradicionales japonesas, el grosor del hilo o la forma en la que se entrecruzan en el telar para determinar un uso u otro de la tela.

Notas Explicatuvas

En el texto del presente Capítulo, da a entender que la seda no solo es la materia a fibrosa segregada por el Bombyx mori (gusano de seda de la morera), sino también los productos de secreción de insectos similares, llamados sedas silvestres (por ejemplo, el Bombyx textor). Entre estas sedas silvestres, así llamadas porque las orugas que las producen raramente han podido domesticarse, la más importante es la seda tussah producida por el gusano de seda del roble. La seda de araña y la seda marina o byssus (filamentos que sirven de órgano de fijación a ciertos moluscos del género Pinna) corresponden también a este Capítulo. En otras palabras, en este capítulo abarca todo tipo de tela, distintamente de su composición

Notas de partida

Las notas de esta partida, comprende estos tejidos fabricados con hilados de seda, de borrilla de seda o de otros desperdicios de seda. Por otro lado, al hablar de tejido comprende los artículos obtenidos por entrecruzamiento, en telares de urdimbre y trama, de hilados textiles o de mechas, monofilamentos, tiras y formas similares, hilados llamados de cadeneta, cintas estrechas, trenzas, cintas sin trama formadas por hilados o fibras paralelizadas y aglomeradas, etc. Los tejidos pueden ser crudos, descrudados, de tonos cremas, blanqueados, teñidos, fabricados con hilados de diversos colores, estampados, adamascados, mercerizados, glaseados, moarés, gofrados, perchados, batanados, flameados, etc. Comprenden los tejidos lisos y los tejidos labrados, así como los tejidos obtenidos con hilos (de trama o de urdimbre) suplementarios. En algunos de estos últimos tejidos, los hilos suplementarios producen durante el tejido dibujos y se dejan sueltos o se cortan por algunos sitios entre los motivos decorativos (estos tejidos, que no se consideran bordados, consisten, por ejemplo: en plumetis o brocados). De esta manera, el tejido Dupion al ser seda natural del gusano tasar, brillante, de color crudo, textura basta y rígida con hilos irregulares que dificultan el tinte, pertenece a esta partida, además se usa para cortinas, mantillas y vestidos de ceremonia

Posición Arancelaria

Sección X- MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 49 – Seda

Subpartida - 5007.10.00.00

Información arancelaria

Ad-valorem 20%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Restricciones y prohibiciones

  • Código de régimen: Importación a consumo
  • Código de requisito: Presentación de documentos de control previo

Conclusiones

Las notas explicativas de los capítulos y de las partidas, son de gran ayuda para saber las características y funciones de cierta mercancía a clasificar, y en el caso del tejido de Dupion, fue de mucho apoyo leer las notas explicativas, para saber sus particularidades al igual que la partida arancelaria al que pertenece.

Recomendaciones

Se recomienda realizar una correcta clasificación arancelaria para evitar sanciones y multas tanto monetarias como administrativas para llevar a cabo así con la eficiencia de la operación cumpliendo todos sus parámetros y brindar fiabilidad y confianza

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

ECUAPASS

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¿SABES COMO CLASIFICAR HILO DE COSER?

10971199692?profile=RESIZE_400xDescripción de la mercancía

El hilo es una hebra larga y delgada compuesta de fibras que se emplea tanto para la elaboración de tejidos como para coser. El hilo de coser es un hilo diseñado específicamente para formar puntadas. Ya sea formando puntadas a mano o mediante la máquina de coser. Mediante las puntadas formadas con el hilo de coser se unen dos o más capas de tejido.

Los hilos de coser se fabrican retorciendo fibras cortas o mediante filamentos continuos. Normalmente el hilo de coser se componte de dos o más hilos combinados entre sí mediante torsión para obtener un hilo liso, continuo y con la resistencia requerida. Ha de ser resistente y proporcionar una estética a la costura.

Notas de sección

La 5 nota de la sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas

En las partidas 52.04, 54.01 y 55.08, se entiende por hilo de coser, el hilado retorcido o cableado que satisfaga todas las condiciones siguientes:

  1. que se presente en soportes (por ejemplo: carretes, tubos) de peso inferior o igual a 1.000 g, incluido el soporte;
  2. aprestado para su utilización como hilo de coser; y
  3. con torsión final «Z».

Notas explicativas

Notas explicativas de la partida 55.08, página 650

Esta partida comprende el hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales discontinuas. Sin embargo, los hilos no se clasifican aquí cuando tengan la consideración de cordelería de la partida 56.07 de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Los hilos de esta partida pueden estar acondicionados para la venta al por menor o estar tratados conforme se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Sección

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar con el título de la sección que el hilo de coser se clasificará en la Sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas.

Es importante saber que a pesar de que el hilo de coser se encuentre alrededor de un tubo de plástico, no es lo importante para su clasificación ya que el carácter esencial del producto es el hilo de coser por lo que es lo que se tendrá en cuenta en el momento de buscar la sección, capítulo, partida y subpartida correcta (regla 2b y 3b).

Capítulo

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar que el hilo de coser se clasificará en el capítulo 55: Fibras sintéticas o artificiales discontinuas.

Partida

De acuerdo a la primera regla de clasificación el hilo de coser tendrá que ser clasificado en la partida 55.08: Hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas, incluso acondicionado para la venta al por menor.

Subpartida

Haciendo uso de la regla 6 y después de las notas explicativas necesarias podemos determinar que el hilo de coser se clasifica en la partida 5508.10.10.00 - - Acondicionados para la venta al por menor, el segundo nivel De fibras sintéticas discontinuas.

Información arancelaria

Ad-valorem 15%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Restricciones y prohibiciones

 

  • Importación a consumo presentar registro de importador
  • Prohibición en todos los regímenes en Corea del Norte

 

Conclusiones

El hilo de coser, siempre que no tenga la consideración de cordelería de la partida 56.07, se clasificaran en la subpartida 5508.10.10.00 - - Acondicionados para la venta al por menor, perteneciente al capítulo 55: Fibras sintéticas o artificiales discontinuas, en la partida 55.08: Hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas, incluso acondicionado para la venta al por menor.

Además, tendrá un arancel advalorem del 15%, FODINFA de 0,5% y el pago de IVA del 12%. Será de prohibida importación para Corea del Norte.

Recomendaciones

Es importante conocer la regla 2a y 2b ya que estas nos permiten saber que el carácter esencial de la mercancía, por lo que no existe confusión con el tubo de plástico en el que esta enrollado el hilo de coser, y solo le daremos importancia al hilo para buscar la subpartida arancelaria correcta.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

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Descripción de la mercancía

Se trata de un material resistente, cálido y también muy escaso, pues la población de estos animales se redujo considerablemente durante el siglo pasado. Su lana es un tesoro que ha sido muy aclamado: el rey más poderoso de la Historia, Felipe II, lo exigió para dormir; y su uso por parte de muchas estrellas de Hollywood y otros personajes llevó al borde de la extinción a la vicuña.

Al obtener el tejido de vicuña, viene la etapa del beneficiamiento o procesos de acabados, previo a esto el tejido debe pasar por un control de calidad donde son controlados y marcados los defectos originados en la tejeduría, también se mide ancho, largo y se pesa de la pieza.

Notas Explicativas

Este Capítulo comprende, en general, la lana y el pelo fino u ordinario, en las diversas fases de su transformación, desde la primera materia hasta el tejido, así como también los hilados y tejidos de crin (pero no la crin y deshechos de crin de la partida 05.11); comprende, además, los productos textiles mezclados que se asimilan a los productos de este Capítulo. Como indica la Nota 4 del Capítulo 5, se considera crin, tanto el pelo de la crin como el de la cola de los équidos o de los bóvidos.

En otras palabras, engloba la lana, la fibra natural que recubre los ovinos; pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora (“mohair”), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera; pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillaría (partida 05.02) y la crin.

Notas de Partida

Esta partida, comprende los tejidos fabricados con hilados de lana cardada o de pelo fino cardado. Estos tejidos son muy variados y comprenden principalmente los tejidos para prendas de vestir, mantas, tapicería, tejidos de fondo para bordados químicos, etc.

Es decir, que el tejido puede ser crudo, descrudado, de tonos cremas, blanqueados, teñidos, fabricados con hilados de diversos colores, estampados, adamascados, mercerizados, glaseados, moarés, gofrados, perchados, batanados, flameados, etc. Comprenden los tejidos lisos y los tejidos labrados, así como los tejidos obtenidos con hilos (de trama o de urdimbre) suplementarios.

Como se mencionó anteriormente, después de producir el hilado de características óptimas, del tejido y la realización de un delicado proceso de acabado, se obtienen accesorios hermosos y lujosas prendas, una excepcional materia prima con la que los mejores diseñadores y modistas del mundo serán capaces de expresar su arte.

Clasificación Arancelaria

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Subpartida: 5111.11.20.00

Información arancelaria

Ad-valorem 20%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

Las notas explicativas de los capítulos y de las partidas, son de gran ayuda para saber las características y funciones de cierta mercancía a clasificar, y en el caso del tejido de lana de Vicuña, fue de mucho apoyo leer las notas explicativas, para saber sus particularidades al igual que la partida arancelaria al que pertenece.

Recomendaciones

Se recomienda realizar una correcta clasificación arancelaria para evitar sanciones y multas tanto monetarias como administrativas para llevar a cabo así con la eficiencia de la operación cumpliendo todos sus parámetros y brindar fiabilidad y confianza.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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Descripción de la mercancía

Se conoce como lana a una fibra animal típica de ciertos animales caprinos (como la oveja) y camélidos (como la llama, la vicuña y la alpaca), obtenidos mediante un proceso llamado esquila. Dicha fibra es empleada en la industria textil como materia prima en la elaboración de prendas de diverso tipo. En sus distintas versiones, la lana es una fibra gruesa y elástica, que retiene muy bien el calor ya que se trata de un aislante térmico. Por ende, protege del frío tanto a los animales de los que proviene, como a los usuarios de la ropa confeccionada con ella. La lana está compuesta mayormente por una proteína animal llamada queratina, la misma que en otras condiciones permite la formación de las uñas, pezuñas, plumas, pelo y cuernos en los animales y en el ser humano. Los hilos de coser se fabrican retorciendo fibras cortas o mediante filamentos continuos. Normalmente el hilo de coser se componte de dos o más hilos combinados entre sí mediante torsión para obtener un hilo liso, continuo y con la resistencia requerida. Ha de ser resistente y proporcionar una estética a la costura.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

Clasificación Arancelaria

Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida: 51.01 Lana sin cardar ni peinar.

Subpartida: 5101.11.00.00 - - Lana esquilada

Información arancelaria

Ad-valorem 0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

La lana sucia entra al país con un arancel del 0%, dentro del capítulo 51, correspondiente a materiales textiles, a fin de darle una transformación para usos posteriores a su cambio.

Recomendaciones

Conocer el estado de la lana, e ingresarla al país con las medidas sanitarias correspondiente. 

Comprobar que su partida arancelaria es la correcta, para el desarrollo de la importación

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR LANA ESQUILADA ?

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Descripción de la mercancía

Se conoce como lana a una fibra animal típica de ciertos animales caprinos (como la oveja) y camélidos (como la llama, la vicuña y la alpaca), obtenidos mediante un proceso llamado esquila. Dicha fibra es empleada en la industria textil como materia prima en la elaboración de prendas de diverso tipo. En sus distintas versiones, la lana es una fibra gruesa y elástica, que retiene muy bien el calor ya que se trata de un aislante térmico. Por ende, protege del frío tanto a los animales de los que proviene, como a los usuarios de la ropa confeccionada con ella. La lana está compuesta mayormente por una proteína animal llamada queratina, la misma que en otras condiciones permite la formación de las uñas, pezuñas, plumas, pelo y cuernos en los animales y en el ser humano. Los hilos de coser se fabrican retorciendo fibras cortas o mediante filamentos continuos. Normalmente el hilo de coser se componte de dos o más hilos combinados entre sí mediante torsión para obtener un hilo liso, continuo y con la resistencia requerida. Ha de ser resistente y proporcionar una estética a la costura.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

Clasificación Arancelaria

Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida: 51.01 Lana sin cardar ni peinar.

Subpartida: 5101.11.00.00 - - Lana esquilada

Información arancelaria

Ad-valorem 0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

La lana sucia entra al país con un arancel del 0%, dentro del capítulo 51, correspondiente a materiales textiles, a fin de darle una transformación para usos posteriores a su cambio.

Recomendaciones

Conocer el estado de la lana, e ingresarla al país con las medidas sanitarias correspondiente. 

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¿SABES COMO CLASIFICAR HILACHAS ?

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Descripción del Producto 

Masa de hilachas de algodón o de trozos de tela, que se utiliza para limpiar maquinaria, herramientas o pisos

Reglas de Clasificación

Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Legales

La presente partida comprende los desperdicios de algodón procedentes de las operaciones de preparación para la hilatura, de la hilatura, del tejido, del tricotado, etc., así como del deshilachado de artículos de algodón. Estos desperdicios comprenden principalmente: Los obtenidos durante el peinado (blousses); las borras recogidas en los cilindros de las cardas o en las peinadoras; las barbas procedentes del estirado; los fragmentos de cintas o de mechas; la pelusa de carda; las marañas de hilados y los demás desperdicios de hilados procedentes de la hilatura, del retorcido del tejido, del tricotado, etc.

Clasificación Arancelaria

Sección: XI. MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS 

Capítulo: 52. Algodón

Partida: 52.02 Desperdicios de algodón (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

Subpartida: 5202.91.00.00 -- Hilachas

Conclusiones 

  • Las hilachas son los residuos del algodón que no se pueden ocupar para uso textil, por esa razón la reutilizan y son usadas como materiales de limpieza.
  • Las hilachas no gravan ningún tipo de arancel

Referencias

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR LANA REGENERADA?

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Descripción de la mercancía

La lana regenerada se obtiene mediante la recuperación de retales o desperdicios ya usados. Cuando el regenerado procede de tejidos, éstos pueden ser de retal (nuevos) o de trapos (viejos). Cuando se trata de hilos o tejidos de lana, éstos pueden ser: de lana peinada o de lana cardada. No hay duda de que el regenerado de hilos, en general, es mejor que el de tejidos de punto, y éste mejor que el de tejidos corrientes. De la misma manera, el regenerado de materia peinada es mejor que el de materias simplemente cardada; dejando aparte la selección que se hace de la fibra en los hilos peinados, y en los cardados puede existir ya materia regenerada.

Las características de la lana regenerada mencionadas anteriormente, permite identificar que pertenece al capítulo 51 del arancel nacional, al tratarse específicamente de hilachas de lana, pues es obtenido de desperdicios de hilados.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

El capitulo 51, hace referencia que en la nomenclatura se entiende por lana, la fibra natural que recubre los ovinos; pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora (“mohair”), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera; y pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente.

Además, este capítulo comprende, en general, la lana y el pelo fino u ordinario, en las diversas fases de su transformación, desde la primera materia hasta el tejido, así como también los hilados y tejidos de crin, así como también los productos textiles mezclados.

Notas de Partida

La lana regenerada pertenece a la partida 51.04, puesto que comprende e las hilachas de lana o de pelo fino u ordinario, es decir, los hilos más o menos desfibrados o las fibras, ambos obtenidos por deshilachado de trapos o recortes de tejidos o de tejidos de punto, de desperdicios de hilados, etc. El deshilachado se efectúa, esencialmente, por medio de máquinas deshilachadoras o de máquinas del tipo Garnett.

Las hilachas de lana, llamadas también lanas de deshilachado, lanas regeneradas o de recuperación, etc., comprenden, principalmente, las variedades como el shoddy y el mungo, que proceden del deshilachado de hilados o de trapos de lana cardada o peinada. Y la materia que se obtiene a partir de productos formados por mezclas de lana con fibras textiles vegetales (por ejemplo, algodón) o con fibrana; el deshilachado de estos productos se efectúa después de la eliminación de las fibras distintas de la lana, generalmente, por medio de un ácido (carbonizado).

Finalmente, las hilachas de lana o de pelo fino u ordinario se utilizan en hilatura, mezclados o no con fibras nuevas, y se emplean para la confección de paños diversos; también se utilizan en la fabricación de fieltro, como materia de relleno, entre otros.

Clasificación Arancelaria

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Subpartida: 5104.00.00.00  Hilachas de lana o de pelo fino u ordinario.

Información arancelaria

Ad-valorem  0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

Las notas explicativas de los capítulos y de las partidas, son de gran ayuda para saber las características y funciones de cierta mercancía a clasificar, y en el caso de la lana regenerada, fue de mucho apoyo leer las notas explicativas, para saber sus particularidades al igual que la partida arancelaria al que pertenece.

De igual forma, el tipo de información asociada con la mercadería, permite conocer los datos necesarios, para realizar algún tipo de análisis al momento de realizar una importación.

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR PELO DE ANGORA?

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Descripción de la mercancía

El conejo de angora, es un animal orientado exclusivamente a la producción de pelo para ser destinado a la industria textil. EI pelo angora se caracteriza por ser muy fino, sedoso, impermeable y con buena adaptación a las tinturas. Es liviano, posee una gran capacidad de aislación térmica, 10 veces superior a la lana de oveja y su peso específico es 20 veces menor, ya que tiene la particularidad de ser hueco.

En función de su longitud, del tipo de animal productor y del estado de limpieza, se distinguen varias categorías de pelos que tienen valores muy diferentes. Así, el pelo de primera calidad, que representa el 70 por ciento de la lana, debe medir más de 6 cm (vello), estar depilado de lana churra y limpio. El pelo de segunda calidad es un pelo limpio, pero más corto (menos de 6 cm) o lanoso. Se encuentra en las extremidades y en el vientre del animal. Su valor es aproximadamente un 2% por ciento inferior al de la primera calidad.

En cuanto a las características mencionadas anteriormente, China es el mayor exportador del mundo en conejo y sus derivados, especialmente a la cría de conejos por su valor comercial, además entre los países de sur América, que son productores y comercializadores de fibra de conejo se destacan: Argentina, Chile y Sud América. 

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

Dentro del capítulo 51, en el cual pertenece el pelo de angora, comprende en general, la lana y el pelo fino u ordinario, en las diversas fases de su transformación, desde la primera materia hasta el tejido, así como también los hilados y tejidos de crin además, los productos textiles mezclados que se asimilan a los productos de este Capítulo.

En este aspecto, se menciona los tipos de lana que existen en el mercado, destacando sus principales características y definiciones, con el objetivo de tener en claro cada término y que se tenga una idea más clara sobre todo lo que se refiere a este capítulo.

Notas de Subpartida

El pelo de angora, pertenece a la subpartida 51.02, el cual define que el pelo fino es procedente únicamente de alpaca, llama, vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora (“mohair”), cabras del Tíbet, Cachemira o similares (excepto las cabras comunes), conejo (incluso el de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera.

Además, este tipo de pelo es generalmente más suave y menos ondulado que la lana. Los pelos de alpaca, llama, vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora (“mohair”), cabras del Tíbet, Cachemira o cabras similares o de conejo de Angora, se emplean normalmente en hilatura; se utilizan también en la confección de postizos o de pelucas para muñecas. Los demás pelos finos no se hilan nunca y se emplean preferentemente en la fabricación de fieltros finos o como material de relleno.

También, el pelo fino se recoge en el momento de la muda del animal, esquilando en vivo, por depilado de los cueros y pieles o de la peletería, etc. Y está incluido aquí cuando se presente sin peinar ni cardar, esté o no en bruto, desgrasado, teñido o rizado.

Esta nota, explica la composición y las características del producto, así como también los procesos que se llevan a cabo, con su respectiva definición, lo cual conlleva a un concepto mucho más claro.

Clasificación Arancelaria

 Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

 Partida 51.02: Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar

 Subpartida: 5102.19.20.00 - Los demás desperdicios de lana o pelo fino

Información arancelaria

 Ad-valorem  0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Medidas de restricción y prohibición

Código de régimen: Transfronterizo

Tipo de restricción: Presentación de requisito a la Agencia de Regulación y control Fito y Zoosanitario.

Requisitos:

  • Documentos de control previo
  • Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.

Conclusión

Las notas explicativas de los capítulos y de las sub partidas, son de gran ayuda para saber las características y funciones de cierta mercancía a clasificar, y en el caso de los desperdicios de lana de un colchón, fue de mucho apoyo leer las notas explicativas, para saber sus particularidades al igual que la partida arancelaria al que pertenece

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

 Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR LANA DE OVEJA?

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Descripción de la mercancía

La lana de oveja es una fibra natural y renovable que proviene de la esquila regular del animal, necesaria durante su ciclo de vida. Los productos que se fabrican con estas fibras tienen baja conductividad térmica y, aunque sus aplicaciones más conocidas tienen lugar en la industria textil, también se utilizan en la construcción, como material de aislamiento en paredes, desvanes y buhardillas.

El uso de la lana comporta ventajas, ya que se trata de un material 100 % natural que, debido a sus propiedades higroscópicas, absorbe y repele las humedades que se generan, permite la respiración de las telas, es retardador del fuego en caso de incendio evitando la electricidad estática, tiene propiedades fungicidas y tiene buenas propiedades térmicas. Sin embargo, hoy en día la lana ha ido desapareciendo del mercado por las desventajas de disponibilidad, mantenimiento y conservación que presenta en relación con otros materiales (látex, viscoelástica, poliuretano, etc.).

Sin embargo, el residuo del colchón de lana se genera en el proceso de separación de los residuos voluminosos, con el objetivo de preparar la fibra de lana de oveja para la industria de la hilatura y para la elaboración de materiales aislantes para la construcción (en cámaras de aislamiento térmico y como material de relleno en paredes, desvanes y buhardillas). La lana que contiene el colchón se añade y se mezcla con la lana que proviene de la esquila de las ovejas.

Por otra parte, los productos para la construcción se fabrican con lana de oveja (de color gris o blanco) convenientemente tratada (lavada y decolorada) en forma de mantos y placas termo fijadas y también en flocas de distintas densidades, grosores y capacidades aislantes, lo cual permite abrigar eficientemente todo tipo de edificios de obra nueva y rehabilitación. Una vez preparadas las mezclas de fibras, se les aplica un tratamiento con piretroide sintético y sales de bórax para que consigan un comportamiento retardador de la acción del fuego y para atribuirles propiedades fungicidas y anti-insectos. Es la base para la fabricación de manteles aislantes por el sistema de tejido no punzonado o termo fijado.

 

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

Las notas explicativas del capítulo XI, al que pertenecen los desperdicios de lana del colchón, menciona que incluye, la lana y el pelo fino u ordinario, en las diversas fases de su transformación, desde la primera materia hasta el tejido, así como también los hilados y tejidos de crin, además, los productos textiles mezclados que se asimilan a los productos de este Capítulo.

Las notas explicativas de este capítulo, dan a conocer de forma clara, el contenido al cual pertenece el producto, de tal manera que permite seguir con la primera fase, para clasificar el producto mencionado.

Notas de Partida

La partida arancelaria que pertenece a los desperdicios de lana de un colchón, es la 51.03, por lo tanto, indica que, los desperdicios de lana o de pelo fino u ordinario (excepto las hilachas), es decir, los desperdicios que proceden normalmente de las transformaciones sucesivas de la lana o pelo en bruto, en productos lavados, peinados, cardados, hilados, tejidos, tricotados, etc.

También comprende desperdicios como del peinado, del cardado o de la preparación para el hilado y, en particular, las punchas (“blousses”), que constituyen el desperdicio más importante y están formadas por fibras eliminadas por la peinadora; las borras de cardado (“shoddy”), que son los desperdicios recogidos durante el cardado; las barbas de carda o barbas de desborraje, desperdicios recogidos en la limpieza de las guarniciones de los cilindros de cardas; las barbas de estambre, trozos de cintas o de mechas peinadas, procedentes del peinado y estirado.

Los desperdicios del hilado, retorcido, bobinado, tejido, tricotado, etc., tales como residuos de hilados, núcleos de hilos entremezclados, nudos de hilados (bolas o pelotas de tejedor, etc.).

Otros desperdicios de menor importancia recogidos durante las operaciones de clasificación, lavado, etc., por ejemplo, los que se recogen sobre el enrejado de los lavaderos (lanillas del fondo de la cuba o levatones) o que pasan a través de los enrejados.

Los desperdicios (lanas usadas) procedentes del vaciado de artículos usados, tales como colchones o cojines.

De esta manera, a través de estas notas, permite tener una visión mas amplia, de los tipos de desperdicios existen, pues sus conceptos son muy específicos. Por otra parte, algunos de los desperdicios incluidos en esta partida están frecuentemente mezclados con polvo u otras impurezas (por ejemplo, de origen vegetal) o impregnados de aceite del que se utiliza en el funcionamiento de las máquinas en las que se obtienen. El carbonizado, blanqueado o teñido no implica ninguna modificación en su clasificación. Además, según su estado, estos desperdicios pueden emplearse en hilatura, para el relleno, etc.

 

Clasificación Arancelaria

 

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

 

Subpartida: 5103.20.00.00 - Los demás desperdicios de lana o pelo fino

 

Información arancelaria

 

Ad-valorem  10%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

 

Conclusión

Las notas explicativas de los capítulos y de las sub partidas, son de gran ayuda para saber las características y funciones de cierta mercancía a clasificar, y en el caso de los desperdicios de lana de un colchón, fue de mucho apoyo leer las notas explicativas, para saber sus particularidades al igual que la partida arancelaria al que pertenece

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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¿SABES COMO CLASIFICAR ESTOPA DE LINO?

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Descripción de la mercancía

La estopa es un material natural que se compone con las fibras de grosor medio que quedan tras «peinar» el lino o el cáñamo,

La estopa se ha utilizado tradicionalmente en fontanería como una alternativa práctica y económica para asegurar la estanqueidad del agua y evitar pérdidas o goteo en circuitos de cañerías.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 Notas Legales

El lino es una planta de la que existen numerosas especies, entre las cuales la más conocida de todas es el Linum usitatissimum. Las fibras de lino están contenidas en el líber del tallo donde están aglutinadas en haces por una materia péctica. Para poder utilizarlas en la industria textil, es necesario separarlas del resto de la planta, especialmente de la agramiza que forma el soporte de la capa interior leñosa, y separarlas unas de otras

Estopa y desperdicios de lino (incluidos los desperdicios y las hilachas).

Las estopas propiamente dichas resultan del peinado de las fibras de lino y consisten principalmente en fibras cortas, anudadas, partidas o enmarañadas. En la práctica, sin embargo, se da a la palabra estopas una acepción más amplia que engloba otros desperdicios de fibras de lino de diversas calidades, susceptibles de emplearse en hilatura, particularmente los desperdicios del agramado y espadado, y los procedentes de las operaciones preparatorias del peinado. Los desperdicios del hilado, bobinado o tejido del lino (por ejemplo, caídas de hilos), y las hilachas de lino (obtenidos por deshilachado de trapos, cuerdas, etc.) se clasifican también aquí; se destinan también a la hilatura. Teniendo en cuenta la longitud, generalmente reducida, de las fibras que los constituyen, las estopas y demás desperdicios destinados a la hilatura sólo se someten comúnmente a la operación del cardado (que los transforma en cintas), antes de estirarlos en forma de mechas. Las cintas y mechas de estopas que no hayan pasado todavía por la operación de la hilatura para transformarlas en hilado de estopas de lino, quedan incluidas en esta partida.

Clasificación Arancelaria

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 53: Las demás fibras textiles vegetales, hilados de papel y tejidos de hilados de papel.

Partida: 53.01: Lino en bruto o trabajado, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

Subpartida: 5301.30.00.00  Estopas y desperdicios de lino.

Información arancelaria

Ad-valorem  0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

El lino en bruto es una fibra de la planta de lino que no ha sido sometida a ningún tipo de transformación, por tal motivo ubicamos en la partida antes mencionada.

La estopa de lino es una reutilización de los residuos producidos del lino cuando se somete a un tipo de transformación

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR LANA SUCIA?

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Descripción de la mercancía

El proceso de importación de la lana sucia, como cualquier otro producto, requiere de una partida arancelaria, misma que corresponde al capítulo 51 sobre Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

La lana es una fibra natural que se obtiene de los ovinos (caprinos y, principalmente, ovejas), y de otros animales como llamas, alpacas, guanacos, vicuñas o conejos, mediante un proceso denominado esquila.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

A) Lana sucia o lavada en vivo. La lana sucia es la que todavía no está lavada ni limpiada de otra forma. Por tanto, se encuentra impregnada de suarda y otros productos grasos procedentes del propio animal y puede estar también mezclada con cantidades bastante importantes de impurezas (cardillos, semillas, materias térreas, etc.).

La lana esquilada sucia se presenta frecuentemente en vellones con la forma aproximada de los contornos de la piel animal.

La lana sucia de piel se separa de la piel por fermentación durante la cual las fibras y la piel se someten a la acción combinada del calor y de la humedad. Esta lana puede arrancarse también por depilación tratando la piel por el lado de la carne con una disolución de sulfuro de sodio o de cal. Esta lana se reconoce por la presencia del bulbo piloso.

La lana lavada en vivo es aquella que se ha lavado con agua fría, bien sobre el lomo mismo del animal o bien después del sacrificio de éste, pero antes de separarla de la piel; está limpiada de modo imperfecto.

La lana sucia tiene habitualmente color amarillento. Algunas de estas lanas son sin embargo grises, negras, pardas o rojizas.

Clasificación Arancelaria

 

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida: 51.01: Lana sin cardar ni peinar.

Subpartida: 5101.19  Las demás

 

Información arancelaria

Ad-valorem  0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

La lana sucia entra al país con un arancel del 0%, dentro del capítulo 51, correspondiente a materiales textiles, a fin de darle una transformación para usos posteriores a su cambio.

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿SABES COMO CLASIFICAR LA HEBRA DEL REY?

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Descripción de la mercancía

La lana de Cachemira, también conocida como “el vellón dorado” o “la hebra del rey” se consigue de un tipo de cabra en particular. Posee una única textura que se traduce en una suavidad y una cómoda sensación sobre la piel, poseen una única y natural elasticidad que hace que sea fácil para las fibras regresar a su forma original cuando se tensan. Cuenta con una excelente regulación de la temperatura que permite perfectamente mantener la temperatura corporal ante cualquier climatología. La mercancía sujeta a clasificación no se encuentra procesada para la venta al por menor.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

Notas de Sección

La lana y pelo fino que, después de cardados o sometidos a un tratamiento preparatorio de estirado, están peinados para la hilatura en forma de hilos peinados.

El cardado, que se realiza por medio de máquinas denominadas cardas, tiene por objeto desenredar las fibras, ponerlas en sentido más o menos paralelo y quitarles completamente o en su mayor parte, las impurezas que pueden todavía retener, sobre todo las vegetales. Las fibras se presentan entonces en forma de velos (napas) o cintas.

Notas de Capitulo

En la Nomenclatura se entiende por:

  1. lana, la fibra natural que recubre los ovinos;
  2. pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera;
  3. pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillería (partida05.02) y la crin (partida 05.11).

Notas Explicativas

51.05 LANA Y PELO FINO U ORDINARIO, CARDADOS O PEINADOS (INCLUIDA LA “LANA PEINADA A GRANEL”). El cardado, que se realiza por medio de máquinas denominadas cardas, tiene por objeto desenredar las fibras, ponerlas en sentido más o menos paralelo y quitarles completamente o en su mayor parte, las impurezas que pueden todavía retener, sobre todo las vegetales. Las fibras se presentan entonces en forma de velos (napas) o cintas. Si se desea obtener productos cardados, los velos se dividen longitudinalmente en varias secciones, que se arrollan sobre sí mismas en forma de mechas para aumentar la cohesión de las fibras y facilitar la transformación en hilados. Estas mechas se colocan entonces en bobinas y pueden utilizarse directamente, en esta forma, en la hilatura.

Clasificación Arancelaria

 

Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

 

Partida: 51.05 Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la «lana peinada a granel»).

 

Subpartida: 5105.31.00.00 - -  De cabra de Cachemira

 

Información arancelaria

 

Ad-valorem  0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

 

Conclusión

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección, capítulo, partida y notas explicativas; se determina que la subpartida arancelaria es 5105.31.00.00 - - De cabra de Cachemira.

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

 

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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Descripción de la mercancía

Como antecedente a la clasificación arancelaria del tejido de lana peinado de alpaca, es necesario entender que estos productos también son tejidos naturales son más suaves y están más fuertemente entrelazados que otros tipos de tejido de lana. Son empleados para realizar ropa o tapicería.

Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

 Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

 Notas Explicativas

Junto con la determinación de las RGI necesarias para una correcta clasificación arancelaria, impera el leer las notas explicativas de secciones, capítulos y notas de subpartidas que contempla la nomenclatura de designación y codificación de mercancías del ecuador. Mediante lo anterior mencionado, dentro de las notas de subpartida, específicamente la g) 3°) constituidos por hilados jaspeados o mezclados y Nota de capítulo literal b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera.

 Clasificación Arancelaria

 Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

 Partida: 51.12 Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado.

 Subpartida: 5112.11.40.00 - - - De alpaca o de llama

 Información arancelaria

Ad-valorem  0

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la SECCIÓN XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin, donde la partida 51.12 abarca Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante la nota de subpartida g) 3°) y la nota de capítulo b); se determina que la partida arancelaria es 5112.11.40.00 - - - De alpaca o de llama

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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10908058297?profile=RESIZE_584x

Descripción de la mercancía

La lana peinada a granel es el término peinada se refiere a un método particular de hilado que se traduce en un hilo con un giro ajustado. Cuando este hilo retorcido se teje, el resultado es un tejido de lana que es, a la vez, fuerte y cálido, con una superficie lisa y suave. El producto sujeto a clasificación tiene las siguientes características: XL Bag: 200 g (7 oz) de surtidos de hilo izquierda overs, mezcla de fibras, principalmente fina lana merino algunos tinturados. Este tipo de lana, generalmente lavada a fondo, se ha desmotado mecánicamente utilizando una parte de la línea de producción (cardado y peinado) destinada a la fabricación de cintas de lana peinada (tops) utilizadas en el hilado de la lana peinada. Su aspecto es el de la lana esponjosa lavada a fondo sin residuos vegetales visibles.

Reglas de clasificación

 Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

 Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

 Notas de Sección

Los productos textiles de los Capítulos 50 a 55 o de las partidas 58.09 ó 59.02 que contengan dos o más materias textiles se clasifican como si estuviesen totalmente constituidos por la materia textil que predomine en peso sobre cada una de las demás.

Cuando ninguna materia textil predomine en peso, el producto se clasificará como si estuviese totalmente constituido por la materia textil que pertenezca a la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tomarse razonablemente en cuenta.

b) la elección de la partida apropiada se hará determinando primero el Capítulo y luego, en este Capítulo, la partida aplicable, haciendo abstracción de cualquier materia textil que no pertenezca a dicho Capítulo; Las disposiciones anteriores no se aplica a los hilados sencillos de cualquier materia textil, excepto:

Los hilados sencillos de lana o pelo fino, blanqueados, teñidos o estampados, de título superior a 5.000 decitex; Los productos constituidos por napas de hilados textiles paralelizados que se superponen en ángulo recto o agudo se asimilarán a los tejidos de los Capítulos 50 a 55. Estas napas se fijan entre sí en los puntos de cruce de sus hilados mediante un adhesivo o por termo soldado.

Notas de Capitulo

b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera;

Notas de Subpartida

En esta Sección y, en su caso, en la Nomenclatura, se entiende por:

c) Hilados coloreados (teñidos o estampados):

2ª) constituidos por una mezcla de fibras teñidas de color diferente o por una mezcla de fibras crudas o blanqueadas con fibras coloreadas (hilados jaspeados o mezclados) o estampados a trechos con uno o varios colores, con aspecto de puntillado

Notas Explicativas

B.– Hilados

1) Generalidades.

Los hilados textiles pueden ser sencillos, retorcidos o cableados. Para la aplicación de la Nomenclatura se consideran:

1°) Hilados sencillos, los hilados constituidos: bien por fibras discontinuas generalmente unidas por torsión (hiladas);

2) Diferencia entre los “hilados sencillos, retorcidos o cableados” de los Capítulos 50 a 55, los “cordeles, cuerdas y cordajes” de la partida 56.07 y las “trenzas” de la partida 58.08.

(Nota 3 de la Sección XI)

No todos los hilados textiles se consideran como hilados de los Capítulos 50 a 55. Según algunas de sus características (título, abrillantado o glaseado, o número de cabos), se clasifican en las partidas de los Capítulos 50 a 55 correspondientes a los hilados, como cordeles, cuerdas o cordajes en la partida 56.07 o como trenzas en la partida 58.08. El siguiente cuadro tiene por objeto precisar, en cada caso, su clasificación.

Clasificación Arancelaria

 Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

 Partida: 51.05 Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la «lana peinada a granel»).

 Subpartida: 5105.29.10.00 - - - Enrollados en bolas («tops»)

 Información arancelaria

Ad-valorem  -

FODINFA 0,5%

IVA 12%

Conclusión

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección, capítulo, partida y notas explicativas; se determina que la subpartida arancelaria es 5105.29.10.00 - - - Enrollados en bolas («tops»)

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

No se debe confundir la lana o pelo fino de la partida 51.05 con los hilados de la partida 52.09, para su total diferenciación, es necesario la lectura comprensiva de las notas explicativas

Referencias

 Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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Descripción de la mercancía

Como antecedente a la clasificación arancelaria de madeja de lana de aplaca, debemos entender lo que constituye la mercadería sujeta a clasificación arancelaria, por ello es imprescindible entender de qué se trata, es así que la Real Academia Española, lo define como hilo recogido sobre un torno o aspadera, para que luego se pueda devanar fácilmente; del mismo modo, la lana está peinada y lista para la distribución al minorista, su materia constitutiva es 100% pelo de alpaca.

 

Reglas de clasificación

Para dar con una clasificación arancelaria acertada de papel timbrado de Estado, es necesario establecer qué Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizados deben ser aplicadas, con el fin de determinar la subpartida más idónea; por ello, este producto se rige bajo las siguientes RGI:

 

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Notas De Sección

Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado B) siguiente, en los Capítulos 50, 51, 52, 54 y 55, se entiende por hilados acondicionados para la venta al por menor, los hilados (sencillos, retorcidos o cableados) presentados:

  1. b) en bolas, ovillos, madejas o madejitas, con un peso inferior o igual a:

    3º) 500 g para los demás hilados.

Notas De Capítulo

  1. b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera

Notas Explicativas

3) Hilados acondicionados para la venta al por menor.

  1. g) Los hilados sencillos, retorcidos o cableados de cualquier materia textil presentados en soportes (tubos de máquinas de torcer, canillas (cops), husos cónicos, conos, bobinas de urdidores, etc.) o en otro acondicionamiento (por ejemplo, en ovillos para máquinas de bordar, en coronas obtenidas por hilatura centrífuga) que impliquen la utilización en la industria textil

Posición Arancelaria

Sección: XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo: 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

Partida: 51.09 Hilados de lana o de pelo fino, acondicionados para la venta al por menor.

Subpartida: 5109.10.00.00  - Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso.

Información Arancelaria

IVA: 12%

FODINFA: 0,5%

AD VALOREM : 25%

Conclusiones

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección 4 A), notas de capítulo 4 b) y de la mano de las notas explicativas de capítulo 3g) y de la partida 51.09; se determina que la subpartida arancelaria es 5109.10.00.00 - Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso.

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

No se debe confundir la lana o pelo fino de la partida 51.05, que abarca productos sin procesar (sin cardar o peinar), con el hilado de lana que constituye un producto más elaborado que ha pasado por ese procedimiento para la venta al por menor.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LANA DE CACHEMIRA

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Descripción de la mercancía

 

La lana de Cachemira, también conocida como “el vellón dorado” o “la hebra del rey” se consigue de un tipo de cabra en particular. Posee una única textura que se traduce en una suavidad y una cómoda sensación sobre la piel, poseen una única y natural elasticidad que hace que sea fácil para las fibras regresar a su forma original cuando se tensan. Cuenta con una excelente regulación de la temperatura que permite perfectamente mantener la temperatura corporal ante cualquier climatología. La mercancía sujeta a clasificación no se encuentra procesada para la venta al por menor.

Reglas de clasificación

Para dar con una clasificación arancelaria acertada, es necesario establecer qué Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizados deben ser aplicadas, con el fin de determinar la subpartida más idónea; por ello, este producto se rige bajo las siguientes RGI:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Notas De Sección

La lana y pelo fino que, después de cardados o sometidos a un tratamiento preparatorio de estirado, están peinados para la hilatura en forma de hilos peinados.

El cardado, que se realiza por medio de máquinas denominadas cardas, tiene por objeto desenredar las fibras, ponerlas en sentido más o menos paralelo y quitarles completamente o en su mayor parte, las impurezas que pueden todavía retener, sobre todo las vegetales. Las fibras se presentan entonces en forma de velos (napas) o cintas.

Notas De Capítulo

En la Nomenclatura se entiende por: lana, la fibra natural que recubre los ovinos; pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera; pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillería (partida05.02) y la crin (partida 05.11).

Notas Explicativas

51.05 LANA Y PELO FINO U ORDINARIO, CARDADOS O PEINADOS (INCLUIDA LA “LANA PEINADA A GRANEL”).

El cardado, que se realiza por medio de máquinas denominadas cardas, tiene por objeto desenredar las fibras, ponerlas en sentido más o menos paralelo y quitarles completamente o en su mayor parte, las impurezas que pueden todavía retener, sobre todo las vegetales. Las fibras se presentan entonces en forma de velos (napas) o cintas. Si se desea obtener productos cardados, los velos se dividen longitudinalmente en varias secciones, que se arrollan sobre sí mismas en forma de mechas para aumentar la cohesión de las fibras y facilitar la transformación en hilados. Estas mechas se colocan entonces en bobinas y pueden utilizarse directamente, en esta forma, en la hilatura.

Posición Arancelaria

Sección: XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo: 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

Partida: 51.05 Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la lana a granel)

Subpartida: 5105.31.00.00 - - De cabra de Cachemira

Información Arancelaria

IVA: 12%

FODINFA: 0,5%

AD VALOREM : 0%

Conclusiones

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección, capítulo, partida y notas explicativas; se determina que la subpartida arancelaria es 5105.31.00.00 - - De cabra de Cachemira.

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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  1. 10881548471?profile=RESIZE_710xDescripción de la mercancía

Se conoce como lana a una fibra animal típica de ciertos animales caprinos (como la oveja) y camélidos (como la llama, la vicuña y la alpaca), obtenidos mediante un proceso llamado esquila. Dicha fibra es empleada en la industria textil como materia prima en la elaboración de prendas de diverso tipo. En sus distintas versiones, la lana es una fibra gruesa y elástica, que retiene muy bien el calor ya que se trata de un aislante térmico. Por ende, protege del frío tanto a los animales de los que proviene, como a los usuarios de la ropa confeccionada con ella. La lana está compuesta mayormente por una proteína animal llamada queratina, la misma que en otras condiciones permite la formación de las uñas, pezuñas, plumas, pelo y cuernos en los animales y en el ser humano. Los hilos de coser se fabrican retorciendo fibras cortas o mediante filamentos continuos. Normalmente el hilo de coser se componte de dos o más hilos combinados entre sí mediante torsión para obtener un hilo liso, continuo y con la resistencia requerida. Ha de ser resistente y proporcionar una estética a la costura.

  1. Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

  1. Clasificación Arancelaria

 Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

 Partida: 51.01 Lana sin cardar ni peinar.

 Subpartida: 5101.11.00.00 - - Lana esquilada

       4. Información arancelaria

Ad-valorem 0%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

      5. Conclusión

La lana sucia entra al país con un arancel del 0%, dentro del capítulo 51, correspondiente a materiales textiles, a fin de darle una transformación para usos posteriores a su cambio.

     6. Recomendaciones

Conocer el estado de la lana, e ingresarla al país con las medidas sanitarias correspondiente. 

 Comprobar que su partida arancelaria es la correcta, para el desarrollo de la importación

    7. Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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¿Sabes como clasificar un hilo de coser?

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  1. Descripción de la mercancía

El hilo es una hebra larga y delgada compuesta de fibras que se emplea tanto para la elaboración de tejidos como para coser. El hilo de coser es un hilo diseñado específicamente para formar puntadas. Ya sea formando puntadas a mano o mediante la máquina de coser. Mediante las puntadas formadas con el hilo de coser se unen dos o más capas de tejido.

Los hilos de coser se fabrican retorciendo fibras cortas o mediante filamentos continuos. Normalmente el hilo de coser se componte de dos o más hilos combinados entre sí mediante torsión para obtener un hilo liso, continuo y con la resistencia requerida. Ha de ser resistente y proporcionar una estética a la costura.

  1. Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Regla 2b: La Regla 2 b) afecta a las materias mezcladas o asociadas con otras materias y a las manufacturas constituidas por dos o más materias. Las partidas a las que se refiere son las que mencionan una materia determinada, por ejemplo, la partida 05.07, marfil, y las que se refieren a manufacturas de una materia determinada. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

Regla 3b: Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartida y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  1. Notas de sección

La 5 nota de la sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas

En las partidas 52.04, 54.01 y 55.08, se entiende por hilo de coser, el hilado retorcido o cableado que satisfaga todas las condiciones siguientes:

  1. que se presente en soportes (por ejemplo: carretes, tubos) de peso inferior o igual a 1.000 g, incluido el soporte;
  2. aprestado para su utilización como hilo de coser; y
  3. con torsión final «Z».

       4. Notas explicativas

Notas explicativas de la partida 55.08, página 650

Esta partida comprende el hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales discontinuas. Sin embargo, los hilos no se clasifican aquí cuando tengan la consideración de cordelería de la partida 56.07 de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Los hilos de esta partida pueden estar acondicionados para la venta al por menor o estar tratados conforme se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

  1. Sección

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar con el título de la sección que el hilo de coser se clasificará en la Sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas.

Es importante saber que a pesar de que el hilo de coser se encuentre alrededor de un tubo de plástico, no es lo importante para su clasificación ya que el carácter esencial del producto es el hilo de coser por lo que es lo que se tendrá en cuenta en el momento de buscar la sección, capítulo, partida y subpartida correcta (regla 2b y 3b).

  1. Capítulo

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar que el hilo de coser se clasificará en el capítulo 55: Fibras sintéticas o artificiales discontinuas.

  1. Partida

De acuerdo a la primera regla de clasificación el hilo de coser tendrá que ser clasificado en la partida 55.08: Hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas, incluso acondicionado para la venta al por menor.

  1. Subpartida

Haciendo uso de la regla 6 y después de las notas explicativas necesarias podemos determinar que el hilo de coser se clasifica en la partida 5508.10.10.00 - - Acondicionados para la venta al por menor, el segundo nivel De fibras sintéticas discontinuas.

 

  1. Información arancelaria

 

Ad-valorem 15%

FODINFA 0,5%

IVA 12%

 

  1. Medidas de restricción y prohibición

 

  • Importación a consumo presentar registro de importador
  • Prohibición en todos los regímenes en Corea del Norte

 

  1. Conclusiones

El hilo de coser, siempre que no tenga la consideración de cordelería de la partida 56.07, se clasificaran en la subpartida 5508.10.10.00 - - Acondicionados para la venta al por menor, perteneciente al capítulo 55: Fibras sintéticas o artificiales discontinuas, en la partida 55.08: Hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas, incluso acondicionado para la venta al por menor.

Además, tendrá un arancel advalorem del 15%, FODINFA de 0,5% y el pago de IVA del 12%. Será de prohibida importación para Corea del Norte.

  1. Recomendaciones

Es importante conocer la regla 2a y 2b ya que estas nos permiten saber que el carácter esencial de la mercancía, por lo que no existe confusión con el tubo de plástico en el que esta enrollado el hilo de coser, y solo le daremos importancia al hilo para buscar la subpartida arancelaria correcta.

  1. Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

ECUAPASS

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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – HILACHAS

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Descripción del Producto 

 

Masa de hilachas de algodón o de trozos de tela, que se utiliza para limpiar maquinaria, herramientas o pisos.

 

Reglas de Clasificación

 

Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

Notas Legales

 

La presente partida comprende los desperdicios de algodón procedentes de las operaciones de preparación para la hilatura, de la hilatura, del tejido, del tricotado, etc., así como del deshilachado de artículos de algodón. Estos desperdicios comprenden principalmente: Los obtenidos durante el peinado (blousses); las borras recogidas en los cilindros de las cardas o en las peinadoras; las barbas procedentes del estirado; los fragmentos de cintas o de mechas; la pelusa de carda; las marañas de hilados y los demás desperdicios de hilados procedentes de la hilatura, del retorcido del tejido, del tricotado, etc.

 

Clasificación Arancelaria

 

Sección: XI. MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS 

Capítulo: 52. Algodón

Partida: 52.02 Desperdicios de algodón (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

Subpartida: 5202.91.00.00 -- Hilachas

 

Conclusiones

 

  • Las hilachas son los residuos del algodón que no se pueden ocupar para uso textil, por esa razón la reutilizan y son usadas como materiales de limpieza.
  • Las hilachas no gravan ningún tipo de arancel.

 

Referencias

 

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

SENAE Servicio Nacional de Adua

 

nas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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