Publicaciones de Nicole Jamileth Domo Castro (17)

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Las cargas son una de las partes esenciales de las operaciones del comercio exterior, pues, su objetivo principal es poder transportarlas de un lugar a otro; por lo cual, al reconocer todos los procesos que esta debe pasar, es muy utópico pensar que estas no pueden sufrir cierto tipo de novedades tanto en la carga, transporte como en la descarga e incluso en el almacenamiento. E ese sentido, ECUAPASS ha presentado la opción “Consulta de Estado de Novedades”, en donde se podrá visualizar cualquier tipo de irregularidad relacionado al manifiesto de carga correspondiente.

A continuación, se detallan los pasos a seguir:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”
  3. En el detalle de la opción, en la pestaña “Cargas”, seleccione la opción “Consulta de Informe de Novedades”.

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  1. A continuación, se presentará la siguiente pantalla:

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Aquí se puede ingresar distintos criterios de búsqueda para consultar el informe. Entre los criterios obligatorios están una fecha o rango de fecha del que se quiere obtener el informe y el distrito; luego, se puede ingresar ara una consulta más precisa, el tipo de novedad (sea de ingreso, almacenamiento o salida), número de entrega, deposito o número de carga. Asimismo, si se desea realizar por uno de los criterios de búsqueda (número de entrega, MRN o deposito), se lo indica en el campo “Búsqueda de resultados”.
A partir de esto, al presionar el botón Consultar se genera la lista de resultados con información adicional como la fecha y hora registrada de la novedad y la fecha en la que se hizo el informe de la misma.

  1. Al presionar el número de entrega se presenta el detalle de informe de novedades:

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En este cuadro se presentan el número de entrega, número de carga y el número de documento de transporte master y house. Asimismo, en la pestaña de “Contenedor” se presenta detalles para la carga contenerizada como secuencia de unidad de carga, la novedad y el número; por otra parte, para la pestaña “Carga Suelta” también se presenta la secuencia de unidad de carga y la novedad que esta tiene. A partir de esto se muestra el “Detalle de Informe de Novedades” que contiene aspectos importantes como na descripción detallada de la situación, diferencia entre los pesos y bultos recibidos y los declarados, descripción de la carga, entre otros.

En conclusión, por la naturaleza de los procesos a los que se deben someter como parte del comercio exterior, las cargas pueden sufrir novedades como que no han arribado o que no han sido manifestadas correctamente. En ese sentido, es indispensable que los operadores de comercio exterior accedan a esta opción a través del ECUAPASS para que puedan subsanar los errores que se pueden presentar y así se logre agilizar los procesos.

Fuentes:

Autora:
Nicole Jamileth Domo Castro

 

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Haciendo alusión a su concepción, la liquidación es el resultado de liquidar, que significa, hacer el pago total a una cuenta, una deuda o un tributo. En el entorno del comercio exterior, es común tener que pagar valores por concepto de los tributos al comercio exterior, multas, tasas por servicios, intereses, compensaciones, entre otros; por lo cual, el portal externo ECUAPASS permite a los usuarios el poder acceder a la opción de “Consulta de liquidación”, esto con el objetivo de facilitar a los operadores de comercio exterior el proceso de dar un seguimiento a sus pagos y evitar retrasos que pueden tener consecuencias tanto en dinero como en tiempo.

 A continuación, se describirán de manera secuencial los pasos para poder acceder a esta opción:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”
  3. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Consulta de Liquidación”.

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  1. Se presentará la siguiente pantalla:

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Aquí se presentan varios criterios de búsqueda que incluyen el Código del contribuyente como campo obligatorio y como campos opcionales rango de fecha de las liquidaciones, número si se lo conoce o el estado si se pretende consultar uno en específico (Pagado/No pagado).

Luego, al presionar el botón consultar se podrá visualizar datos como número de liquidación, estado, fecha de liquidación, el contribuyente, el valor, entre otros. Además, si se selecciona uno de los resultados de búsqueda en específico, se despliega en la parte inferior de la pantalla el detalle del estado de la liquidación con información adicional como documento que genera la sanción, banco de pago, fecha máxima de pago, fecha de anulación de liquidación, FOB, Flete, seguro, valor en aduana, monto total a pagar de inicial, valor cobrado, forma de pago, ente otros.

En conclusión, es muy común que como resultado de las operaciones de comercio exterior se tenga que realizar liquidaciones de valores por distintos conceptos como los distintos tributos al comercio exterior, multas, tasas, intereses, etc. En ese sentido, los usuarios registrados en el sistema ECUAPASS deben acceder a la opción de consulta de liquidaciones para informarse sobre los distintos pagos que han realizado o deben realizar para así poder dar un seguimiento a sus responsabilidades y evitar incumplimientos.

Fuentes:

Autora:

Nicole Domo Castro

 

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Se entiende como manifiesto de carga al documento físico o electrónico que contiene información respecto del medio de transporte, número de bultos, peso e identificación genérica de la mercancía que comprende la carga, este lo debe presentar todo transportista internacional o su operador de transporte (consolidadora) a la entrada o salida del país a la aduana. La importancia de dicho documento, como se lo mencionó, radica en que contiene información respecto de la mercancía que comprende la carga de nuestras operaciones. Asimismo, este actúa como recibo de mercancías, y también es prueba del contrato para llevar las mercancías, que detalla los términos y condiciones en que se ha comprometido a llevarlas. Bajo este contexto, el manifiesto de carga es indispensable para poder realizar la transmisión de la declaración aduanera, por lo cual, ECUAPASS nos presenta la opción de “Estado Actual de Presentación del Manifiesto” para poder corroborar que la información contenida en el manifiesto de carga sea correcta y evitar inconvenientes en la transmisión de las declaraciones.

A continuación, se detallan los pasos para acceder a esta opción:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo ECUAPASS e ingrese con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú principal “Trámites operativos”, sub-menú “Elaboración de e-Doc. Operativo” y luego haga clic en “Formulario de solicitud categoría”.
  3. Se procede a dar clic en la pestaña “Cargas” y luego en la sección de “Importación”, se selecciona el documento electrónico “Estado Actual de Presentación del Manifiesto”.

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  1. A continuación, se presenta la siguiente pantalla:

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Aquí se tiene 3 opciones de criterio de búsqueda, siendo estos el tipo de OCE, el MRN o número de referencia del manifiesto de carga que se quiere consultar y la fecha de solicitud. Una vez realizada esta consulta se podrá obtener datos como el estado del manifiesto para determinar si la revisión ha sido finalizada o se encuentra en recepción, el MRN, número de viaje o vuelo, fecha y hora de llegada, el terminal en donde se realiza la descaraga, pesos, cantidad de bultos entre otros.

Asimismo, si se selecciona uno de estos manifiestos de carga en específico, se podrá visualizar información adicional sobre los documentos de transporte de ese manifiesto de carga, así como aspectos referentes a si la carga es consolidada o no como se muestra en la siguiente imagen:

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Finalmente, al seleccionar entre un documento de transporte del listado simple/master de los manifiestos consultados se presentan detalles de estos e información sobre la mercancía:

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En conclusión, el manifiesto de carga es un documento necesario para la transmisión de la declaración aduanera porque contiene información respecto del medio de transporte y la mercancía que se está trasladando; en este sentido, los OCEs deben emplear esta opción para asegurarse de que la información cruzada en el sistema de la Aduana concuerda con aquella que ha sido proporcionada y ; asimismo, para determinar el estado en el que se encuentra el manifiesto de carga que se requiere consultar.

 Fuentes:

Autora:
Nicole Domo Castro

 

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En primer lugar, resulta importante definir a que se refiere una compensación; así, esta es la culminación de un régimen aduanero sujeto a un período de vigencia, sea con la reexportación de las mercancías o nacionalización, según corresponda; o con el cambio de destino aduanero. Para ello, se recurre a los distintos métodos de compensación que son los procedimientos establecidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para realizar los movimientos de egresos de inventario y acreditación de garantía, de acuerdo a lo permitido por la normativa vigente para cada régimen.

En ese sentido, los métodos de compensación son: 

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Bajo este contexto, el portal externo Ecuapass presenta la opción “Movimiento de Compensación” con el objetivo de detallar estos movimientos inherentes a las declaraciones correspondientes que se pretenda consultar. A continuación se detalla el proceso para acceder a la misma:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”
  3. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Movimiento de compensación”

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  1. Se presentará la siguiente pantalla:

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Aquí se podrá realizar la consulta de los movimientos ingresando los criterios de búsqueda que incluyen: Número de declaración de importación o AC de ingreso, fecha de aceptación, número de documento RUC o  “salida por”, en donde se despliegan los distintos métodos de compensación previamente mencionados.

Una vez realizado esto, se da clic al botón consultar y se presentarán los resultados con detalles como el número de ítem; número de declaración o anexo compensatorio; el código de insumo que es la Identificación numérica, alfabética o alfanumérica, que el OCE utiliza para registrar materias primas, partes, piezas y artículos a media elaboración, de procedencia extranjera, que sean parte de procesos de elaboración, transformación, reparación o acondicionamiento; el còdigo de producto que es igualmente la identificación pero que el OCE utiliza para registrar bienes o mercancías importadas para cumplir un fin específico y que no sufren ningún tipo de transformación; los saldos; desperdicios por regularizar; entre otros aspectos.

Finalmente, al escoger uno de los resultados se despliega el desglose de los movimientos, ya sea por DAI o anexo compensatorio como de partes y piezas con los criterios que se muestran a continuación:

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En conclusión, todo régimen aduanero cuya autorización esté sujeta a un periodo de vigencia debe ser compensado a través de los distintos métodos de compensación que establece el SENAE, según corresponda; por lo cual, es de gran utilidad la opciòn de “Movimiento de compensación” que presenta el portal externo ECUAPASS porque permite a los OCEs realizar la consulta de los movimientos que se han realizado con respecto a una declaración o anexo compensatorio determinado.

Fuentes:

Autora: Nicole Domo Castro

 

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Los procesos de comercio exterior, en muchas de las ocasiones, requieren de solicitudes de autorización; puesto que, estas permiten que las autoridades competentes controlen que las acciones ejecutadas se encuentren dentro de la norma vigente en el COPCI, manteniendo así las transferencias comerciales transfronterizas reguladas. Bajo este contexto, el portal externo ECUAPASS presenta la opción de “Consulta de Solicitud” con el objetivo de que los operadores de comercio exterior puedan acceder a información importante sobre las solicitudes que han generado, principalmente aspectos relacionados al estado del trámite.

Esta opción es específicamente útil en el manejo de regímenes aduaneros, pues, permite consultar el estado y fecha exacta de aceptación de las “Solicitudes de autorización al régimen” que son necesarias para la transferencia de las declaraciones de los regímenes especiales de importación o exportación; asimismo, permite rastrear las “Autorizaciones de prórroga” a las que se pueden acoger ciertos regímenes especiales según la norma, como el régimen 21 (Admisión temporal para perfeccionamiento activo) que tiene plazo de un año pero presenta opción a prorroga una sola vez por el período igual autorizado, así, estas prorrogas requieren autorización y la consulta de su aceptación o rechazo se podrán visualizar a través de esta opción. Por otra parte, también permite consultar el estado de solicitudes de “Cambio de obra” o “Transferencia/cambio de beneficiario” para aquellos regímenes especiales de importación que están sujetos a estos.

 En ese sentido, para acceder a la opción “Consulta de Solicitud” se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”
  3. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Consulta de Solicitud”

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  1. Al seleccionar se presentará la siguiente pantalla:

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En esta pantalla se presentarán, en primer lugar, varios criterios de consulta como el distrito en donde se realizó el trámite, número de trámite, RUC, número de la declaración específica que se pretende consultar, la fecha en la que se gestionó la solicitud de la autorización correspondiente, el motivo del tramite de la solicitud que puede ser alguno de los descritos previamente (ingreso al régimen, prórroga, cambio de obra o de beneficiario) o el estado del trámite. Una vez que se presiona consultar aparecerán los resultados según los criterios de búsqueda seleccionados y se podrá visualizar información especifica de cada solicitud como el estado del trámite, la fecha de aceptación o rechazo y el funcionario encargado del proceso.   

En conclusión, ciertos regímenes especiales de importación y exportación requieren autorizaciones para distintos procesos como el ingreso, acogimiento de prorrogas, cambios de obra o cambios de beneficiario; por lo cual, para gestionar el estado de las solicitudes de estas autorizaciones es oportuno el empleo de esta opción que ofrece el portal externo ECUAPASS. Asimismo, es recomendable su consulta oportuna, pues, esto permite gestionar los tiempos en los que empiezan a correr los plazos una vez aceptadas las autorizaciones y, por ende, ayuda a la eficiencia de las operaciones de comercio exterior.

Fuentes:

Autora:  Nicole Domo Castro

 

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En primer lugar, resulta importante aludir al ECUAPASS para entender su importancia dentro de las operaciones de Comercio Exterior, pues, este sistema informático adoptado a partir del año 2012 es el que permite que el Servicio Nacional de Aduana controle todas las operaciones aduaneras de importación y exportación de una manera automatizada, ágil y mas eficiente.  Por otra parte, Ecuador forma parte de importantes Organismos Internacionales que tienen competencia en materia diplomática, comercial o consular como la Organización de Normalización Internacional ISO o las distintas embajadas; en este sentido, si estas organizaciones quieren acceder a las distintas opciones que ofrece el ECUAPASS deberán realizar el registro de usuario a través de dicha plataforma.

Para llevar a cabo este proceso hay que tener en cuenta que ECUAPASS ofrece distintas opciones de registro según el tipo de usuario que pretenda acceder al sistema; por lo cual, para este caso se debe seleccionar la opción 6 para Organismos Internacionales que permite el registro para estos, al igual que la del funcionario delegado por el representante, quien actuará ante el SENAE como la máxima autoridad, para poder acceder a todas las opciones que tiene el sistema informático ECUAPASS. A continuación, se detallan los pasos a seguir:

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Fuente: Elaboración propia

Como conclusión, se puede señalar que los Organismos Internacionales y los delegados de los mismos con los cuales el Ecuador mantiene relaciones diplomáticas, consulares o comerciales deben solicitar su registro a través de la opción de registro 6, específica para esta clase de organismos, si requieren acceder a el portal externo ECUAPASS y hacer uso de las funciones que ofrece. Asimismo, se recomienda seguir los pasos descritos de manera secuencial y obtener con antelación toda la información requerida para el llenado de la solicitud de registro, especialmente los documentos de soporte digitalizados y en el formato correcto, recordando también que el sistema permite el registro de más de un representante.

Fuentes:

Autora:

Nicole Domo Castro

 

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El COPCI define a un agente de aduana como la persona natural o jurídica cuya licencia (otorgada por el SENAE luego del cumplimiento de ciertos requisitos como una prueba de suficiencia), le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías en representación del importador o exportador; debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera en los casos que establezca el reglamento y estando obligado a facturar por sus servicios.

En este sentido, para que un OCE (refiriéndose específicamente a un importador o exportador), pueda beneficiarse de los servicios que presta una agente de aduana, debe registrar una autorización en el sistema ECUAPASS. Esta autorización permite vincular las operaciones correspondientes entre el OCE y el agente de aduana y se la realiza a través de la opción “Administración de relación de OCE y agente de aduana” que se presenta en el portal. A continuación, se detallarán los pasos que se deben seguir para acceder a este:
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Elaboración por: Nicole Domo

En conclusión, los agentes de Aduana son personas naturales o jurídicas previamente autorizadas por el SENAE que ofrecen servicios a los importadores o exportadores con obligaciones que incluyen presentar las declaraciones aduaneras debidamente firmadas, verificar el cumplimiento de los requisitos formales de los documentos que acompañan a la declaración aduanera, entre otros; sin embargo, esta relación en las operaciones aduaneras debe estar previamente registrada en la plataforma ECUAPASS de manera que se vincule y autoricen los tramites durante el tiempo determinado, por lo cual, es indispensable la ejecución del procedimiento previamente descrito.

Fuentes:

Autora:
Nicole Domo Castro

 

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Para que un operador de comercio exterior pueda realizar el proceso de importación de mercancías debe transmitir la Declaración Aduanera de Importación (DAI) a través de un proveedor de Software o en el sistema informático ECUAPASS, esto lo debe realizar en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo. La información consignada en la DAI se someterá a un proceso de validación por parte del ECUAPASS y a partir de esto se derivarán varios estados del trámite, ya sea que esta sea aceptada automáticamente o se detecten errores que desencadenan otros procesos.

Bajo este contexto, el sistema ECUAPASS presenta la opción “Consulta de Estado de declaración de importación” que permitirá determinar los distintos estados en los que se puede encontrar la DAI una vez transmitida; Así, para acceder a esta opción se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.

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  1. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”

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  1. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Consulta de Estado de declaración de importación”

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  1. Se presentará la siguiente pantalla:

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En la primera parte se presentan los criterios de búsqueda, los cuales incluyen el número de declaración, el estado de trámite (en caso de que se esté buscando declaraciones de un estado en específico), fecha de declaración (se permite seleccionar el parámetro de rango de fechas), número de documento, nombre de importador y búsqueda de resultados.

Luego, al presionar consultar se presentará una sección de resultados, los cuales incluyen los siguientes campos de información:

  • No: Numeración secuencial de los registros.
  • Número de declaración: Conformada por el código de aduana (3) + año (4) + código del régimen (2) + secuencial (8).
  • Nombre del declarante: Usuario que realiza la transmisión electrónica.
  • Fecha de declaración
  • Estado de trámite: Aquí es donde se podrá ver el estado en el que se encuentra la declaración consultada, entre estos se encuentran:
    • Receptada: La DAI ha sido derivada al buzón del aforador encargado, ya sea documental o físico.
    • Proceso de Aforo: Cuando el aforador se encuentra revisando el trámite, ya sea de manera física, documental o ambas.
    • Observada: Cuando se encuentran novedades en el aforo que se deben subsanar.
    • Salida Autorizada: Cuando el aforo es automático o el aforo físico o documental ha sido cerrado por el aforador.
    • Rechazo: Cuando la DAI no ha registrado un ingreso o documento en 30 días o cuando ha sido solicitado por el importador o declarante.
    • Regularizada: Cuando el exportador ha culminado el proceso de importación y confirma que la información registrada es la definitiva.
  • Aforador asignado: Se muestra el código del aforador asignado.
  • Canal de Aforo: Se muestra el canal de aforo asignado para la DAI consultada.
  • Importador: Nombre del importador registrado.
  • Código de régimen: Aquel régimen aduanero que se declaró en la DAI consultada.

En conclusión, para realizar el tramite de importación de mercancías, los OCEs encargados deberán realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación y a esta se le asignará un estado de tramite según el cumplimiento de ciertas condiciones; por lo cual, es indispensable que se revise constantemente estos estados para poder dar seguimiento al trámite correspondiente, cumplir con los tiempos asignados y tomar las medidas necesarias en caso de que se presenten errores que subsanar, pues, esto será crucial para la agilización del proceso.

Fuentes:

 

Autora:

Nicole Domo Castro

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Para que un operador de comercio exterior pueda realizar el proceso de importación de mercancías debe transmitir la Declaración Aduanera de Importación (DAI) a través de un proveedor de Software o en el sistema informático ECUAPASS, esto lo debe realizar en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo. La información consignada en la DAI se someterá a un proceso de validación por parte del ECUAPASS y a partir de esto se derivarán varios estados del trámite, ya sea que esta sea aceptada automáticamente o se detecten errores que desencadenan otros procesos.

Bajo este contexto, el sistema ECUAPASS presenta la opción “Consulta de Estado de declaración de importación” que permitirá determinar los distintos estados en los que se puede encontrar la DAI una vez transmitida; Así, para acceder a esta opción se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.

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  1. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”

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  1. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Consulta de Estado de declaración de importación”

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  1. Se presentará la siguiente pantalla:

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En la primera parte se presentan los criterios de búsqueda, los cuales incluyen el número de declaración, el estado de trámite (en caso de que se esté buscando declaraciones de un estado en específico), fecha de declaración (se permite seleccionar el parámetro de rango de fechas), número de documento, nombre de importador y búsqueda de resultados.

Luego, al presionar consultar se presentará una sección de resultados, los cuales incluyen los siguientes campos de información:

  • No: Numeración secuencial de los registros.
  • Número de declaración: Conformada por el código de aduana (3) + año (4) + código del régimen (2) + secuencial (8).
  • Nombre del declarante: Usuario que realiza la transmisión electrónica.
  • Fecha de declaración
  • Estado de trámite: Aquí es donde se podrá ver el estado en el que se encuentra la declaración consultada, entre estos se encuentran:
    • Receptada: La DAI ha sido derivada al buzón del aforador encargado, ya sea documental o físico.
    • Proceso de Aforo: Cuando el aforador se encuentra revisando el trámite, ya sea de manera física, documental o ambas.
    • Observada: Cuando se encuentran novedades en el aforo que se deben subsanar.
    • Salida Autorizada: Cuando el aforo es automático o el aforo físico o documental ha sido cerrado por el aforador.
    • Rechazo: Cuando la DAI no ha registrado un ingreso o documento en 30 días o cuando ha sido solicitado por el importador o declarante.
    • Regularizada: Cuando el exportador ha culminado el proceso de importación y confirma que la información registrada es la definitiva.
  • Aforador asignado: Se muestra el código del aforador asignado.
  • Canal de Aforo: Se muestra el canal de aforo asignado para la DAI consultada.
  • Importador: Nombre del importador registrado.
  • Código de régimen: Aquel régimen aduanero que se declaró en la DAI consultada.

En conclusión, para realizar el tramite de importación de mercancías, los OCEs encargados deberán realizar la transmisión de la declaración aduanera de importación y a esta se le asignará un estado de tramite según el cumplimiento de ciertas condiciones; por lo cual, es indispensable que se revise constantemente estos estados para poder dar seguimiento al trámite correspondiente, cumplir con los tiempos asignados y tomar las medidas necesarias en caso de que se presenten errores que subsanar, pues, esto será crucial para la agilización del proceso.

Fuentes:

 

Autora:

Nicole Domo Castro

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Para realizar el transporte internacional de mercancías entre dos países, existen varias vías posibles a elegir por parte de la empresa especializada, dependiendo del tipo de artículo, peso, dimensiones, lugar de origen, destino y plazo de entrega. Principalmente, los tipos de transporte internacional de mercancías son: marítimo, terrestre, aéreo, ferroviario y multimodal, estos son los que permiten el traslado de las mercancías y su arribo al lugar de destino. Bajo este contexto, el portal externo ECUAPASS presenta la opción “Consulta general de llegadas de medios de transporte (Marítimo/Aéreo)” con el objetivo de dar seguimiento a estos procesos de transporte internacional; de tal manera que, se pueda obtener información sobre la llegada de las cargas transportadas bajo esta modalidad para que se tomen las medidas pertinentes.

En ese sentido, para acceder a esta opción dentro del portal, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo ECUAPASS e ingrese con su usuario y contraseña.

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  1. Seleccione el menú principal "Trámites operativos", sub-menú "Elaboración de e-Doc. Operativo" y luego haga clic en "Formulario de solicitud categoría".

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  1. En la pestaña “Cargas”, sección “Importación” se deberá seleccionar la opción "Consulta General de Llegadas de Medios de Transporte (Marítimo/Aéreo)".

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  1. A continuación, se presentará la siguiente pantalla:

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En esta se presentan ciertos criterios de búsqueda que se pueden usar para consultar la carga especifica que se necesita, estos criterios incluyen: Fecha y hora de llegada, tipo de medio de transporte (con las opciones marítimo o aéreo), el MRN (Número de referencia del manifiesto de carga), o el distrito.

  1. Una vez que se ejecuta la consulta, se presenta la siguiente pantalla:

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En esta ya se presentan ciertos campos de información como número, el color que identifica si el transporte esta por arribar o ya ha arribado, el MRN, puerto de descarga, la fecha y hora de llegada, el nombre/matricula del medio de transporte y el número de viaje/vuelo.

Además, al seleccionar una de las casillas del resultado de consulta, aparecerá información más detallada y especifica con datos adicionales como el tipo de manifiesto, si el medio arriba forzosamente o no, la fecha estimada de llegada en caso de que aún no lo haya hecho o la fecha y hora de llegada, así como el nombre del transportista encargado de todo el traslado.

En conclusión, a través del sistema informático ECUAPASS se pueden realizar consultas referentes al arribo de los medios de transporte, siendo esta opción específica para las modalidades marítima y aérea. Esta es una función muy importante considerando su utilidad en el proceso de seguimiento de la carga y la correspondiente estimación de tiempos para procesos como la desaduanización; en ese sentido, es importante el conocer esta función que ofrece el ECUAPASS para poder hacer el rastreo pertinente y acceder a información como incidentes que pueden generar arribos forzosos de la mercancía.

Fuentes:

Autora:

Nicole Domo Castro

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Consulta de CAMV/RAMV a través del ECUAPASS

El RAMV (Registro de Matriculación Vehicular), se refiere al registro que se genera cuando un operador de comercio exterior importa un vehículo, siendo este indispensable para proceder a realizar los pagos del valor de la matricula correspondiente, una vez que han sido nacionalizados.  Es importante también especificar que fue a partir del 2007 que se asigna este número de RAMV, pues, antes de eso emitía el documento CAMV (Certificado De Aduana para Matriculación vehicular). Por otra parte, para los usuarios finales del vehículo, la casa comercial deberá incluir en la factura comercial este identificador vehicular; mientras que, los OCEs pueden consultarlo a través del sistema informático ECUAPASS.

En ese sentido, para poder realizar la consulta del RAMV, se deben llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.

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  1. Seleccione el menú principal “Servicios Informativos”, luego haga clic en la opción “2.11 Servicios de información de despacho/carga”

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  1. En el detalle de la opción, en la pestaña “Despacho aduanero”, seleccione la opción “Consulta de CAMV/RAMV”

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  1. Al seleccionar se presentará la siguiente pantalla:

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Aquí se presentarán varios criterios de búsqueda como el Número de la Declaración Aduanera de Importación (DAI), el numero de RAMV (si ya se lo conoce) o el número de chasis/motor. Luego de ingresar uno de estos criterios se podrá presionar “Consultar” para acceder a la información.

Entre la información que se nos presenta se encuentra: Número de DAI, motor, número de RAMV, marca del vehículo, modelo, número de chasis, país de procedencia, año de fabricación del vehículo, estado de RAMV (situación en que se encuentra el vehículo) y causa o razón de rechazo (cuando aplique). Además, dentro de la pantalla se puede utilizar el icono de tarea de Excel para cuando se requiera descargar la información consultada.

  1. Al dar clic en cualquier numero del resultado de la pantalla de resultados se presenta información detallada de ese resultado en específico, lo cual incluye datos adicionales como: Distrito de aduana emisor, fecha de emisión del RAMV, nombre del importador, régimen aduanero de ingreso al país, clase del vehículo, color, subcategoría, cilindraje, modelo, capacidad de carga del vehículo y su tonelaje.

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En conclusión, el RAMV es un número de registro que sirve como identificación de los vehículos que han sido importados al país, estos son entregados de manera electrónica y pueden ser consultados a través del portal informático del ECUAPASS. Además, resulta de suma importancia conocer este número, puesto que, es un requisito indispensable que deberá ser enviado al Servicio de Rentas Internas después de que se cancelen los tributos al comercio exterior para agilizar el proceso de matriculación de los automotores y poder acceder a su uso.

Fuentes:

Autora:

Nicole Domo Castro

 

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Las notas de crédito son un comprobante que la institución publica autorizada envía a su cliente (persona natural o jurídica que tenga que relacionarse con la administración pública), con el objetivo de informar la acreditación en su cuenta de un valor determinado, por el concepto que se indica en el mismo documento. En el caso del SENAE, este emite notas de crédito desmaterializadas, es decir, que carecen de un respaldo físico y que son soportados con un registro contable, conocido como documento informático. Asimismo, estas notas de crédito son identificadas por el RUC, cédula de ciudadanía o pasaporte del Operador de Comercio exterior y pueden ser emitidas automáticamente por devolución condicionada de tributos, diferencias en aforo cuando el técnico operador realice ajustes a favor del importador, rechazo a la declaración previa autorización del Director del Distrito o  por certificado de Abono Tributario; o, se emiten manualmente por reclamos, sentencia judicial, demoras injustificadas, revisiones de oficio o rectificación de tributos.

Bajo este contexto, los operadores de comercio exterior beneficiarios de notas de crédito pueden utilizarlas para realizar liquidaciones de distintos tipos como multas, tasas, intereses, etc. Para realizar esto deberán acceder a la opción “Aplicación / uso de nota de crédito” en el portal ECUAPASS, tal como se lo describe a continuación:

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
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  2. Seleccione el menú principal "Servicios Informativos", submenú "2.8 Nota de Crédito" y luego haga clic en la opción "2.8.6 Aplicación / uso de nota de crédito".9242509655?profile=original

  3. En el detalle de la opción se presenta la siguiente pantalla:
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    Aquí se podrá filtrar las liquidaciones pendientes de pago a través de distintos criterios de búsqueda como: Fecha de emisión de la liquidación, fecha de vencimiento del plazo de pago, consulta de aquellos casos que necesitan ser compensados o el número de liquidación que se desea pagar si se lo conoce.

  4. Una vez obtenido el resultado, debe seleccionar dando clic en el cuadro situado a la izquierda de la o las liquidaciones que se pretenden pagar con nota de crédito, ya sea emitida por el SENAE o por el SRI (cuando el beneficiario ya no tiene saldo en la cuenta de nota de crédito emitida por el SENAE, puede aplicar una nota de crédito emitida por el SRI en el pago).

  5. Finalmente, al presionar el botón "Aplicar" a fin de que el sistema procese el uso de la nota de crédito, aparece una ventana pop-up de confirmación. Si el contribuyente está seguro de hacer el uso de la nota de crédito, debe seleccionar "Si", en cuyo caso la nota de crédito se aplica al pago de la liquidación seleccionada.

    En conclusión, las notas de crédito son comprobantes que emite el SENAE para acreditar la devolución de un determinado valor por cualquiera de las causales descritas anteriormente; así, estas pueden ser empleadas por los operadores de comercio exterior para cancelar las liquidaciones pendientes empleando el portal ECUAPASS, para lo cual hay que considerar que las compensaciones pueden efectuarse de forma total o parcial. En caso de ser parcial, el ECUAPASS afecta porcentualmente a todos los rubros de una liquidación en forma equitativa.

    Fuentes:


    Autora:

    Nicole Domo Castro

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Existen ciertos causales que hacen que las mercancías caigan en el denominado abandono tácito o abandono definitivo; en el primer caso, esto se puede dar cuando: No se presenta o transmite la declaración aduanera dentro del plazo previsto en el reglamento del COPCI; no se da el pago de tributos al comercio exterior dentro del término de 20 días desde que sean exigibles ( a menos que se hayan concedido facilidades de pago) o; se hubiere vencido el plazo de permanencia de la mercancía en los depósitos aduaneros.

Por otra parte, las mercancías son declaradas en abandono definitivo cuando: dentro de los 25 días hábiles establecidos en el COPCI no se subsanan las causales de abandono tácito; existe la ausencia del declarante o de su delegado en la segunda fecha fijada por la administración aduanera para el aforo físico o; en los casos de efectos personales de viajero o bienes tributables retenidos en la Sala de arribo internacional, cuando no hayan sido retirados en un término de 5 días luego de su arribo al país.

Bajo este contexto, ECUAPASS ofrece la opción “Consulta de Abandono Tácito/Definitivo” dentro su sistema para que los OCE puedan realizar consultas referentes al estado de su carga, registros de actos administrativos y desbloqueos de los números de carga que se encuentren en abandono definitivo. A continuación, se detalla los pasos para acceder a esta opción:

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Elaboración por: Nicole Domo

 

En conclusión, según diferentes causales las mercancías pueden ser declaradas en abandono tácito o en abandono definitivo, por lo cual, el OCE debe realizar periódicamente el seguimiento de sus tramites en las opciones de consulta del ECUAPASS con el fin de conocer el estado de su carga y evitar tanto la perdida de la mercancía como el tener que incurrir en multas por faltas reglamentarias.

Fuentes:

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

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En primer lugar, resulta indispensable puntualizar qué es la garantía aduanera; en ese sentido, esta es una obligación accesoria que contraen los OCE con el objetivo de asegurar el pago de los tributos al comercio exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación y exportación de mercancías, el cumplimiento de las formalidades determinadas por la administración aduanera, y, las obligaciones contraídas para con el SENAE por los operadores del comercio exterior para el ejercicio de sus actividades. Además, estas garantías serán irrevocables, de ejecución total o parcial, incondicionales y de cobro inmediato; pudiéndose constituir por distintos medios como deposito en efectivo, certificados de depósito a plazo, notas de crédito, garantía bancaria, póliza de seguro, etc.

Por otra parte, previo al registro de aprobación es indispensable reconocer que existen dos tipos de garantías, cuyo motivo se clasifica acorde al tipo de operador: 

  • Garantías Generales: Son aquellas que afianzan toda la actividad de una persona que actúa en el tráfico internacional de mercancías o en la realización de operaciones aduaneras, teniendo como ejemplo aquella solicitada para el ejercicio de la actividad de Agente de Aduana, Operadores de Courrier y Tráfico Postal, depósitos temporales, despacho con pago garantizado, almacenes libres y especiales, depósitos aduaneros e instalaciones autorizadas.
  • Garantías Específicas: Son aquellas que afianzan una operación aduanera o de comercio exterior particular. Esta se debe presentar en casos como el uso del régimen admisión temporal con reexportación en el mismo estado, admisión temporal para perfeccionamiento pasivo, Ferias Internacionales; cuando no se presente el certificado de origen o cuando habiendo sido presentado no cumple con las formalidades; desaduanamiento directo; descarga directa; entre otros.

 

Bajo este contexto, tanto los registros de nuevas garantías como los de sus modificaciones, deben ser realizados por el OCE y aprobados por el responsable de la aprobación de garantías; por lo cual, a continuación, se detalla el procedimiento necesario para registrar la solicitud de aprobación de garantía a través del ECUAPASS:

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Elaboración por: Nicole Domo

 

En conclusión, los OCE deben seguir los pasos previamente descritos para registrar la solicitud de aprobación de garantía a través del ECUAPASS, puesto que el SENAE tiene un derecho de prenda y por lo tanto, la garantía (sea esta general o específica) es una obligación que se debe cumplir para asegurar tanto el pago de los tributos al comercio exterior, como el cumplimiento de las formalidades determinadas por la Administración Aduanera y las obligaciones contraídas por el operador de comercio exterior para el ejercicio de sus actividades.

 

Fuentes:

 

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

 

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Para poder ingresar a determinados regímenes especiales, tanto de importación como de exportación, se requiere la obtención de una solicitud de autorización para ingreso al régimen. Esta solicitud se genera a través del sistema informático ECUAPASS, el cual asigna un N° de registro de autorización para ingreso al régimen que es base para la transmisión de la declaración aduanera respectiva. Además, es importante considerar que este proceso de solicitud, no está sujeto a aprobación por parte de los servidores aduaneros, el régimen se autoriza posteriormente con el cierre del aforo.

A continuación, se detallan los pasos a seguir para la generación de la solicitud de autorización:

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Es importante considerar que entre la información que se debe suministrar se encuentran los datos del OCE, documentos de identificación del consignatario, el distrito aduanero de control, la modalidad y fin admisible del régimen, además de requerir adjuntar todos los documentos que se establecen como requisitos para ingresar a cada uno de los regímenes, así por ejemplo, para registrar la solicitud de autorización al régimen 50 “Exportación Temporal con Reimportación en el mismo estado”, se debe anexar documentos como la carta del exportador, el cronograma firmado, factura preliminar, el contrato correspondiente en caso de obras, etc.

En conclusión, la solicitud de autorización al régimen es un proceso indispensable para acceder a regímenes especiales de importación o exportación, puesto que, en sus declaraciones aduaneras se debe adjuntar la solicitud previamente mencionada. En este sentido, resulta de vital importancia conocer el proceso que se debe llevar a cabo dentro del portal Ecuapass con el objetivo de agilizar las operaciones de comercio exterior.

Fuentes:

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

 

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Para poder realizar las operaciones de comercio exterior de importación/exportación, las personas naturales o jurídicas deberán registrarse en el ECUAPASS con el fin de obtener un usuario y una contraseña que les permita acceder a todas las funciones de este sistema informático; para ello, se debe generar una solicitud que posteriormente estará sujeta a la aprobación del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

En ese sentido, hay que considerar principalmente que la “Solicitud de registro de usuario de Representante de Comercio Exterior” específicamente esta destinada a empresas y responsables técnicos que realizan su actividad profesional en forma independiente; mientras que, aquellos que trabajan en función de empleados, deberán realizar la “Solicitud de registro de usuario de empleado”, siempre y cuando previamente la empresa haya realizado la solicitud como representante de Comercio Exterior.

Por otra parte, para poder ejecutar el trámite de solicitud de registro se debe cumplir con ciertos requisitos previos que incluyen: Contar con el Registro Único de Contribuyentes – RUC, adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las entidades autorizadas, instalar el sistema ECUAPASS, asociar cédula del representante legal y asociar nombramiento del representante legal.

Una vez que se ha considerado y se ha cumplido lo establecido anteriormente, se puede iniciar con el procedimiento del trámite, el cual se realiza en el sistema informático ECUAPASS y se detalla a continuación:

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Elaboración por: Nicole Domo

 

En conclusión, con la implementación del sistema informático ECUAPASS se automatizaron los procesos de operaciones aduaneras, por lo cual, todos las personas naturales o jurídicas que quieran realizar cualquier proceso de importación y/o exportación deben estar registradas en este sistema: en ese sentido, es importante conocer el procedimiento de solicitud de registro, además de llevar a cabo el tipo de solicitud correspondiente a las funciones que desempeña.

 

Fuentes:

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

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En el marco del comercio exterior es muy común escuchar como requisito la necesidad de adquirir una “firma electrónica”, pues, esta herramienta, al ser datos electrónicos consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados, permite identificar que el titular de la firma está vinculado, aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos, brindando así mayor seguridad y eficiencia a las operaciones comerciales que requieren aprobaciones documentales de este tipo.

Ahora bien, es importante reconocer que en Ecuador existen dos formatos de firma electrónica y cada una de ellas tiene una utilidad específica. Primero, se puede mencionar la firma electrónica en token que es un aparato físico criptográfico (memoria USB) que almacena la firma y que tiene la característica principal de que no puede ser duplicada, por lo tanto, el usuario siempre debe conectar el token a una computadora para poder ejecutar la firma. Por otro lado, existe la firma electrónica en archivo que, a diferencia de la anterior, puede ser copiada en la nube, correos electrónicos o en varias memorias USB; por lo cual, se emplea mayormente para procesos de firma masiva.

Teniendo como base esto, es indispensable identificar que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador exige emplear una firma electrónica en token para cumplir con todos los procesos asociados a las operaciones del comercio electrónico, por lo cual, su obtención deberá realizarse en el formato mencionado y en las dos entidades autorizadas: El Banco Central y la empresa privada Security Data.

A continuación, se detalla la utilidad específica que tiene cada uno de los formatos de firma electrónica previamente descritos:

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 Elaboración por: Nicole Domo

 

En conclusión, tanto el token como el archivo tienen la función de firmar documentos digitales y algunas entidades son flexibles en cuanto a la utilización de uno u otro formato; sin embargo, en el caso especifico del SENAE, se exige la utilización de una firma electrónica en token para poder emplearla en el sistema ECUAPASS y la VUE; por lo cual, es indispensable corroborar que se esta obteniendo el formato correcto.

Fuentes:

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

 

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