Publicaciones de Lesly Del Carmen Ocampo Arguello (17)

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Los productos presentados aquí son aquellos relacionados con perlas finas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.

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Conclusión:

Esta sección consta únicamente de un solo capitulo en el que se habla de Perlas finas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas y para su transporte se debe tener todas los las medidas de seguridad ya que pueden ser objetos de fracturas o poner en riesgo la integridad de la mercancía.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección XIV es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad ya que son productos frágiles.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellos relacionados con manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias analogas; productos ceramicos; vidrio y sus manufacturas.

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Conclusión:

Es necesario que los productos importados o exportados con esta sección cumplan todos los las medidas de seguridad al momento de realizar su transporte ya que pueden ser objetos de fracturas o poner en riesgo la integridad de la mercancía.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección XIII es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad ya que son productos frágiles.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellos relacionados con calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello9456013857?profile=RESIZE_710x

Conclusión:

Es necesario que los productos importados o exportados con esta sección cumplan todos los requisitos exigidos por la ley además de una verificación estricta para evitar que contengan cualquier tipo de plaga que pueda perjudicar el ambiente del país de destino y a la calidad del producto ya que incluyen aquellos artículos de pluma o manufacturas de cabello.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección XII es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad y buen estado.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellos relacionados con materias textiles y sus manufacturas, esta sección no comprende: los pelos y cerdas para cepillaría (partida 05.02), la crin y los desperdicios de crin (partida 05.11); el cabello y sus manufacturas (partidas 05.01, 67.03 ó 67.04); sin embargo, los capachos y tejidos gruesos, de cabello, de los tipos utilizados comúnmente en las prensas de aceite o en usos técnicos análogos, se clasifican en la partida 59.11; los línteres de algodón y demás productos vegetales del Capítulo 14; el amianto (asbesto) de la partida 25.24 y los artículos de amianto y demás productos de las partidas 68.12 ó 68.13; los artículos de las partidas 30.05 ó 30.06; el hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor, de la partida 33.06,etc.

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Conclusión:

Es necesario que los productos importados o exportados con esta sección cumplan todos los requisitos exigidos por la ley además de una verificación estricta para evitar que contengan cualquier tipo de plaga que pueda perjudicar el ambiente del país de destino y a la calidad del producto.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección XI es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad y buen estado.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellas pastas de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones9392992859?profile=RESIZE_710x

Conclusión:

Es necesario que los productos importados o exportados con esta sección cumplan todos los requisitos exigidos por la ley además de una verificación estricta para evitar que contengan cualquier tipo de plaga que pueda perjudicar el ambiente del país de destino y a la calidad del producto.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección X es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad y buen estado.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellos como madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería.9343147474?profile=RESIZE_710x

Conclusión:

 Es necesario que los productos importados o exportados con este régimen pasen un control estricto para evitar que contengan cualquier tipo de plaga que pueda perjudicar el ambiente del país de destino y a la calidad del producto.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección IX es necesario tener cumplir con todos los requisitos necesarios para su importación y exportación además transportar el producto en contenedores que puedan salvaguardar su integridad y buen estado.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

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Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados aquí son aquellos pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares, manufacturas de tripa

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Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección VIII es necesario tener un buen proceso de importación o exportación ya que dependiendo el origen que tengan, pueden estar prohibidos por la legislación del país que lo quiera importar.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

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Autor:

Ocampo Lesly

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Los productos presentados en surtidos que consistan en varios componentes distintos comprendidos, en su totalidad o en parte, en esta Sección e identificables como destinados, después de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasifican en la partida correspondiente a este último producto siempre que los componentes sean:

a) por su acondicionamiento, netamente identificables como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento.

b) presentados simultáneamente;

c) identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.9292616891?profile=RESIZE_710x

Conclusión:

La sección VII y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de plástico y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección VII es necesario tener un buen proceso de importación o exportación en cuanto a la movilización ya que pueden ser productos inflamables y representar un riesgo.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

 

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Los productos presentados en surtidos que consistan en varios componentes distintos comprendidos, en su totalidad o en parte, en esta Sección e identificables como destinados, después de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasifican en la partida correspondiente a este último producto siempre que los componentes sean:

a) por su acondicionamiento, netamente identificables como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento.

b) presentados simultáneamente;

c) identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.

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Conclusión:

La sección VII y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de plástico y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección VII es necesario tener un buen proceso de importación o exportación en cuanto a la movilización ya que pueden ser productos inflamables y representar un riesgo.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Ocampo Lesly

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Esta Sección e identificables como destinados, después de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasifican en la partida correspondiente a este último producto siempre que los componentes sean: netamente identificables, por su acondicionamiento, como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento; presentados simultáneamente; identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.

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Conclusión:

La sección VI y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección VI es necesario tener un buen proceso de importación o exportación en cuanto a la movilización ya que dependiendo del producto pueden llegar a ser inflamables y representar un riesgo.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

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En esta Sección se busca clasificar a todos los productos minerales destinados a la construcción, aceites minerales, etc.9242527654?profile=original

Conclusión:

La sección V y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de minerales y sus diferentes presentaciones.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección V es necesario tener un buen proceso de importación en cuanto a la movilización ya que dependiendo del producto pueden llegar a ser inflamables y representar un riesgo.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

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En esta Sección, el término «pellets» designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3 % en peso.

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Conclusión:

La sección IV y sus capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección IV es necesario investigar si existe algún requisito como certificaciones y o un transporte especial ya que son mercancías que pueden descomponerse o regarse en el contenedor porque es indispensable un buen proceso de sellado, empaquetado y transporte de los mismos.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

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Este Capítulo no comprende: el tocino y grasa de cerdo o de ave (partida 02.09); la manteca, grasa y aceite de cacao (partida 18.04); las preparaciones alimenticias con un contenido de productos (partida 04.05); superior al 15 % en peso (generalmente Capítulo 21); los chicharrones (partida 23.01) y los residuos (partidas 23.04 a 23.06); los ácidos grasos, las ceras preparadas, las grasas transformadas en productos farmacéuticos, pinturas, barnices, jabón, preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, los aceites sulfonados y demás productos de la Sección VI; el caucho facticio derivado de los aceites (partida 40.02).

La partida 15.09 no incluye el aceite de aceituna extraído con disolventes (partida 15.10). La partida 15.18 no comprende las grasas y aceites, ni sus fracciones, simplemente desnaturalizados, que permanecen clasificados en la partida de las correspondientes grasas y aceites, y sus fracciones, sin desnaturalizar. Las pastas de neutralización, las borras o heces de aceite, la brea esteárica, la brea de suarda y la pez de glicerol, se clasifican en la partida 15.229242503276?profile=original

Conclusión:

La sección III y su único capítulo está destinada únicamente a la clasificación de productos de Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con la sección III es necesario investigar si existe algún requisito como certificaciones y o un transporte especial ya que son mercancías que pueden descomponerse o regarse en el contenedor porque es indispensable un buen proceso de sellado, empaquetado y transporte de los mismos.

Bibliografía:

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Lesly Ocampo

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En esta Sección, el término «pellets» designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3 % en peso

9242488857?profile=original

Conclusión:

La sección II y sus nueve capítulos está destinada únicamente a la clasificación de productos de reino vegetal

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con alguno de los capítulos de la sección II y sus diferentes capítulos  es recomendable investigar si es necesario algún requisito como certificaciones y tomar en cuenta que estas mercancías necesitan un transporté especial para evitar problemas en la aduana importadora o problemas medio ambiente.

Bibliografía:

file:///C:/Users/Les/Desktop/misaki/espe/7%C2%B0%20semestre/clasificaci%C3%B3n%20arancelaria.pdf

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Lesly Ocampo

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En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.

Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados.9242489492?profile=original

Conclusión:

La sección I y sus cinco capítulos está destinada únicamente a la clasificación de animales vivos, productos de origen animal, pescados y crustáceos.

Recomendación:

Al realizar un proceso de comercio exterior con alguno de los capítulos de la sección I es recomendable investigar si es necesario algún requisito como certificaciones y tomar en cuenta que estas mercancías necesitan un transporté especial para evitar romper como la cadena de frío y que se pueda garantizar su calidad.

Bibliografía:

https://www.aduana.cl/aduana/site/docs/20190104/20190104161927/01_al_05_secci__n_i.pdf

https://rndc.mintransporte.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=nLSKelbGVkI%3D&tabid=242&language=es-MX

Autor:

Lesly Ocampo

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Las secciones son ámbitos generales que el fin de poder identificar las mercancías que se importan y exportan para fijar impuestos, obligaciones, derechos y para poder tener un reconocimiento más eficiente basándose solo en el código aduanero por lo que se han divido en 21 secciones estratégicas en las que podremos encontrar 98 capítulos,1222 Partidas y 5387 Subpartidas.

Esta clasificación internacional deriva del Sistema Armonizado (SA) y tiene como objetivo principal poder facilitar el intercambio comercial y de información, armonizar la descripción, clasificación y codificación de mercancías, ayudar a definir aranceles aduaneros, recopilar estadísticas de comercio exterior, establecer impuestos internos, políticas comerciales, reglas de origen, tarifas de flete, precios, etc.9242477094?profile=original

Elaboración propia

Conclusión:

Es indispensable conocer bien las 21 secciones que existen en la clasificación de la nomenclatura arancelaría ya que nos facilitara mucho el poder encontrar la subpartida arancelaria para cualquier producto.

Recomendación:

Usar bien la nomenclatura arancelaría para evitar problemas o multas si existiese un aforo físico.

Bibliografía:

http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

https://blog.onecore.mx/que-es-clasificacion-arancelaria

https://es.wikipedia.org/wiki/Clasificaci%C3%B3n_arancelaria

Autor:

Lesly Ocampo

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Cupos de importación o exportación

Es el monto límite de una mercancía para ser importada o exportada, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo. Un cupo tiene como propósito la importación de un monto determinado de un producto o mercancía con un arancel menor al que se aplica a las mercancías que se importen sin este beneficio.

La autorización se otorga a través de un certificado de cupo y tiene una vigencia determinada, la cual se establece en el propio certificado.  Los cupos permiten a las empresas o personas físicas usuarias, disminuir los costos de sus importaciones y, en consecuencia, más atractivas y competitivas respecto de otras operaciones que no se realizan bajo este esquema.

Este beneficio representa un ahorro real y puede ser cuantificable en términos económicos, además tiene el fin de apoyar a aquellas economía que están en crecimiento en base a exportaciones de materias primas o productos alimenticios de primera necesidad.

Los cupos bajo el régimen de exportación, aunque generalmente distribuidos por el estado , son aplicados a nivel internacional conforme a lo negociado en los tratados internacionales. Estos cupos propician la oportunidad para que las mercancías nacionales lleguen a los mercados extranjeros en condiciones preferenciales frente a competidores de otros países, ya sea por pagar un arancel menor o por tener acceso al mercado que puede ser limitado o restringido para terceros.

Conclusión

El sistema de cupos internacional tiene el fin de poder ofrecer un beneficio arancelario a todos los países miembros para incentivar las exportaciones e importaciones de sus mercancías.

Fuente:

https://www.aduana.gob.ec/consultacupos/

https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/cuposinfogeneral.html

http://aduanasrevista.mx/cupos-de-importacion-o-exportacion/

Autor:

Ocampo Lesly 

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