Publicaciones de Karen Michelle González Hidalgo (17)

Ordenar por

Los palitos de helado están fabricados en madera y son un producto biodegradable que se presta al reciclaje. Muchos usuarios aprovechan los palitos de helado y les dan otras utilidades creativas haciendo manualidades.

  • Medidas de Largo del Palo: 9,3 cm
  • Cantidad en caja: 1000 unidades

Madera de color blanco beige, madera bastante blanda, de secado fácil muy utilizado en España, sobretodo la variedad Canadensis. Muy abundante en España y bastante común en el norte de China, provincias de Liaoning, Jilin y Heilongjiang.

REGLAS INTERPRETATIVAS

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

POSICIÓN ARANCELARIA 

12200641292?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12200641855?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12200641868?profile=RESIZE_584xNOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende el conjunto de manufacturas de madera, torneadas o sin tornear, o de marquetería o taracea, excepto las que ya están clasificadas en las partidas precedentes o comprendidas, cualquiera que sea la materia constitutiva, en otros Capítulos de la Nomenclatura (véase principalmente la Nota 1 de este Capítulo). Comprende también las partes de madera de los artículos mencionados o comprendidos en las partidas precedentes, excepto los de la partida 44.16.

Se clasifican aquí principalmente:

1) Las canillas, carretes, bobinas para la hilatura o el tejido o para hilo de coser, etc. Estos artículos, que se utilizan para enrollar hilados textiles o alambres, consisten generalmente en un alma de madera torneada de forma cónica o cilíndrica, normalmente horadada en toda la longitud y provista o no de rebordes en uno o en los dos extremos. Esta partida comprende también las bobinas con un alma central de madera torneada en la que se han fijado discos o aletas de madera o de otras materias y que se utilizan generalmente para el arropamiento de alambres aislados para electricidad.

2) El material de uso rural (conejeras, polleros, colmenas, jaulas, perreras, pilas, yugos, etc.).

3) Los decorados de teatro, los bancos de carpintero, los telares (bancos o mesas) para encuadernar provistos de un husillo para mantener tensos los hilos en la encuadernación manual de los libros, las escaleras y gradillas, escabeles de gradas, caballetes, letras, cifras y letreros, etiquetas para horticultura, tableros indicadores, mondadientes, persianas (incluso las venecianas), celosías y similares, gálibos, rodillos para persianas con resorte o sin él, enrejados para vallados, las barreras de pasos a nivel, las perchas para prendas de vestir, tablas para lavar o para planchar, pinzas para la ropa, espigas, remos y canaletes, timones, féretros, etc.

4) Los adoquines constituidos por bloques de madera de dimensiones uniformes y generalmente de forma de paralelepípedo rectángulo. Se obtienen con tronceadoras de sierras circulares múltiples. Los adoquines pueden tener listoncitos de madera clavados en los costados para absorber el hinchamiento debido a las variaciones higrométricas de la madera.

5) La madera preparada para fósforos (cerillas) cortada al hilo o más generalmente a partir de hojas desenrolladas y que después se cortan en las dimensiones habituales de los fósforos (cerillas). Puede igualmente obtenerse en gran cantidad cortando un bloque de madera con troquel. Esta madera puede estar impregnada de productos químicos, tales como el fosfato de amonio, pero no se clasifican en este Capítulo si se presentan con la masa inflamable. Están también comprendidas en este grupo las cintas dentadas o con entalladuras en un lado, que se utilizan para la fabricación de fósforos (cerillas) en carteritas.

6) Los clavos de madera para el calzado, obtenidos de la misma manera que la madera para los fósforos (cerillas); son redondos, cuadrados o rectangulares y están apuntados en un extremo. Se utilizan para sustituir a los clavos o al cosido en la fijación de suelas en el calzado.

7) Las medidas de capacidad, excepto los artículos de cocina de la partida 44.19. 8) Los mangos de madera para cubiertos de mesa.

9) Los tableros constituidos por listones de madera groseramente aserrados, unidos con pegamento para facilitar el transporte o permitir una elaboración posterior.

10) La madera moldurada obtenida superponiendo una moldura a otra pieza de madera sin moldurar o moldurada (excepto las de la partida 44.18)

CONCLUSIONES

Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 44. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 44.21 Las demás manufacturas de madera. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4421.91.30.00 - - - Palitos y cucharitas planas, del tipo de los utilizados para dulces y helados

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: SA2007.pdf

 

 

 

Leer más…

Los mangos rectos se utilizan cuando la mano debe colocarse en diferentes puntos del mango durante un paso de trabajo. Este suele ser el caso de las tenazas de carpintero y las tenazas rusas.

Los mangos convexos aseguran una posición precisa de la mano, lo que es útil al utilizar los alicates de corte diagonal, por ejemplo.

Los mangos curvos sostienen la mano por delante y por detrás. Esto es una ventaja cuando se deben aplicar fuerzas elevadas.

 REGLAS INTERPRETATIVAS

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

POSICIÓN ARANCELARIA 

12200623469?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12200623481?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12200622701?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende:

1) Las herramientas de madera, con exclusión de las herramientas cuyas cuchilla, superficie operante o cualquiera otra parte operante estén constituidas por alguna de las materias que se mencionan en la Nota 1 del Capítulo 82. Entre las herramientas que se clasifican aquí, se pueden citar las espátulas (excepto los artículos de la partida 44.19), palillos o estiques para modelar, los mazos, rastrillos, tornaderas, palas (excepto las domésticas), tornillos de carpintero, pulidores, etc.

2) Las monturas de madera para herramientas, tales como las monturas de cepillos, garlopas o guillames o los marcos de sierras sin las partes metálicas operantes (hierros o cuchillas).

3) Los mangos y empuñaduras de madera, torneadas o sin tornear, para herramientas o instrumentos de todas clases, tales como los mangos para azadas, palas, picos, rastrillos, martillos, destornilladores, sierras, limas, cuchillas, estampillas, numeradores o asas para planchas.

4) Las monturas de cepillos terminadas o sin terminar (piezas de madera para monturas de cepillos), siempre que, sin embargo, los artículos sin terminar tengan ya la forma de dichas monturas. Estas monturas pueden ser de una sola pieza o estar constituidas por dos o más partes.

5) Los mangos de escobas y cepillos, torneados o sin tornear, dispuestos para colocar en uno de los extremos las fibras o pelos, así como los mangos para colocarlos en la montura de un cepillo.

6) Las hormas de madera para la fabricación de calzado, así como los ensanchadores y tensores de madera para conservar la forma del calzado o agrandarlo.

CONCLUSIONES

Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 44. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 44.17 Herramientas, monturas y mangos de herramientas, monturas y mangos de cepillos, brochas o escobas, de madera; hormas, ensanchadores y tensores para el calzado, de madera. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4417.00.10.00 – Herramientas.

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: SA2007.pdf

 

Leer más…

Clasifiquemos guantes para gimnasio

Los guantes de cuero son uno de los implementos de seguridad más usados para prevenir lesiones en las manos. Sirven para la protección de los trabajadores o en este caso de los deportistas de alto rendimiento que se encuentran realizando actividades operativas como la producción, mantenimiento, construcción, deportes, entre otros. Estos guantes se caracterizan por ofrecer una buena resistencia a los riesgos mecánicos como rasgaduras, roturas, punzamientos, cortes menores, entre otros.

REGLAS INTERPRETATIVAS

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

POSICIÓN ARANCELARIA

12188549054?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12188549077?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12188548680?profile=RESIZE_584xNOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende todas las prendas y complementos de vestir (con excepción de los mencionados más abajo) de cuero natural, artificial o regenerado, tales como abrigos, chaquetones, guantes, mitones y manoplas (incluidos los de deporte y los de protección), mandiles, muñequeras y brazaletes, mangas y otros equipos especiales de protección individual, tirantes, cinturones, bandoleras o tahalíes y corbatas. Esta partida comprende también las tiras de cuero obtenidos por corte que terminan en forma de V en uno de los extremos, reconocibles como destinadas a la fabricación de cinturones. Los guantes, mitones y manoplas de cuero o de piel forrados o guarnecidos con peletería natural o artificial están comprendidos en esta partida. Con excepción de estos guantes, mitones y manoplas, las prendas y complementos de vestir, de cuero natural, artificial o regenerado se clasifican en las partidas 43.03 o 43.04, si están forrados interiormente con peletería natural o artificial o si tienen partes exteriores de peletería natural o artificial, cuando éstas partes sobrepasen el papel de simples guarniciones. La presencia de elementos calentadores eléctricos en los artículos de esta partida no influye en su clasificación. Las manufacturas de esta partida pueden tener partes de metal precioso, o de metales chapados con metal precioso, perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), incluso si estas partes no son simples accesorios o guarniciones de mínima importancia, siempre que estas partes no confieran al artículo en cuestión su carácter esencial. Así, estaría comprendido en esta partida un cinturón de cuero con una hebilla de oro (Nota 2B) del presente Capítulo).

Están excluidos igualmente de esta partida:

  1. a) Las prendas y complementos de vestir, de pieles curtidas sin depilar y principalmente de piel de ovino con la lana (Capítulo 43).
  2. b) Las prendas de vestir de tejido reforzado con cuero o piel (Capítulos 61 o 62). c) Los artículos del Capítulo 64 (por ejemplo, calzado, botines o sus partes).
  3. d) Los artículos de sombrerería y sus partes del Capítulo 65.
  4. e) Los gemelos, pulseras y demás artículos de bisutería (partida71.17).
  5. f) Las pulseras para relojes (partida 91.13).
  6. g) Los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo, los artículos de deporte como espinilleras y tobilleras para el criquet, el hockey, etc., o el equipo deportivo especial de protección individual, tales como las pecheras y máscaras de esgrima). (Sin embargo, las prendas de cuero para la práctica de los deportes y los guantes, mitones y manoplas de deportes permanecen clasificados en esta partida).
  7. h) Los botones y broches de presión, las formas para botones y otras partes de botones o de broches de presión y los esbozos de botones (partida 96.06).

CONCLUSIONES

Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 42. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 42.03 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4203.21.00.00 - - Diseñados especialmente para la práctica del deporte

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior]. Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de: file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

Clasifiquemos un barril de madera

Antes de que el metal fuera asequible en la preparación de la cerveza, la madera era utilizada para fabricar el equipo para su preparación y almacenaje. De ahí que los barriles de madera eran tan populares antes del siglo XX, no sólo para almacenar cerveza sino para almacenar otros productos como puntillas, aceite, alimentos, y demás.

La estructura del barril o barrica de madera está formada por duelas, piezas de madera con ahormadas para conseguir el perfil cóncavo del tonel, sujetas por aros anchos de metal o "zunchos", y cerradas con tapas planas, también de madera, llamados "fondos". Su uso tradicional desde la Antigüedad ha sido el almacenaje y conservación de líquidos como el agua, vino, whisky, cerveza y demás procesos de destilación de diversos cereales fermentados, o de granos, harinas, frutas, y otros alimentos de muy diverso tiempo de maduración y durabilidad. Quizá el uso más frecuente y conservado lo constituyen las barricas o toneles para elaborar y mejorar vinos (en especial los productos de la vid). A veces un barril tiene varios usos secuenciales distintos. Por ejemplo, los barriles de Jerez suelen usarse para el blended del whisky.

La madera por ser un material orgánico y poroso, usualmente alojaba microorganismos que con el tiempo infectaban la cerveza. Era común sentir sabores ácidos y rústicos en cervezas producidas con levadura convencional luego de ser almacenadas en barriles de madera.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo. 

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA 

12178048875?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12178048887?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

 

12178048488?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende todos los recipientes de madera del dominio de la tonelería o pipería, es decir, los toneles en los que las duelas y los fondos están ensamblados por medio de una ranura (jable) practicada en la cara interna de las duelas y que se mantienen unidas por medio de cercos o zunchos de madera o metal. Están comprendidas aquí principalmente las distintas categorías de toneles, tales como fudres, cubas, barricas, pipas, barriles, aunque no sean estancos, así como las tinas, etc. Los recipientes clasificados en esta partida pueden presentarse desmontados o parcialmente ensamblados e incluso estar forrados o revestidos interiormente. Se clasifican también aquí las duelas, así como las demás piezas de madera, acabadas o sin acabar, pero reconocibles como partes de manufacturas de tonelería, tales como las tapas y los zunchos de madera de longitud determinada con entalladuras de ensamblado en los extremos. Está también comprendida aquí la madera destinada a la fabricación de duelas, o fondos (es decir, los costados y los fondos de manufacturas de tonelería) que se presenten en forma de:

1) Madera que, después de cortada en cuartos (sectores) se ha hendido en la dirección de los radios medulares, incluso si una de las caras principales está aserrada posteriormente para quitar las asperezas. Se admite que las caras hendidas estén toscamente trabajadas con hacha o cuchilla. En la terminología comercial, la denominación duelas se utiliza también para estos artículos.

2) Madera con las dos caras principales aserradas, siempre que por lo menos una de estas caras principales sea cóncava o convexa y se haya obtenido esta curvatura transversal por la acción de una sierra cilíndrica.

CONCLUSIONES

En base al análisis realizado en los apartados anteriores del presente  blog según la información técnica emitida por el fabricante y, de ser necesario, muestra física que pueda ser presentadas, salvo consideraciones y aspectos legales que no constituyan competencia de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; para la mercancía denominada comercialmente como barril, color  marron rojio, con duelas y remaches, por ser un barril, dentro del Arancel del Ecuador vigente se define su clasificación arancelaria en la subpartida 4416.00.00.00 Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incluidas las duelas..

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

Elimina los olores y purifica el aire. Refresca tu coche, casa o incluso zapatos con nuestros
absorbentes de olores de bolsas de carbón. Estas bolsas purificadoras de aire de carbón de
bambú actúan como un eliminador de olores natural para eliminar olores no deseados. Piensa
en tus bolsas de carbón de bambú activado como esponjas que absorben el olor y refrescan
el aire.
El carbón activo de bambú tiene muchas funciones importantes y útiles dentro de
la rutina de las personas, comenzando por su uso como jabón, el cual puede ser
utilizado durante la ducha, liberando minerales beneficiosos para el cuerpo tales
como el calcio, magnesio y potasio. Estos actuarán con positivamente teniendo un
efecto calmante y relajante para los músculos. 

Además, también es antibacteriano y antimicrobiano, lo que hace de este la
opción ideal para personas que sufren dermatitis, hongos o algún otro problema
que ataque su piel.
De igual forma, estudios han comprobado que el carbón activo de bambú
promueve la recuperación de enfermedades renales en pacientes que sufren de
las mismas, ayudándolos a disminuir considerablemente los niveles sanguíneos
de urea.
Finalmente, otra de las grandes propiedades que ofrece el carbón activo de
bambú es la absorción de humedad y los malos olores de cualquier habitación,
siendo una alternativa natural de los ambientadores y deshumificadores que
generalmente contienen una importante cantidad de químicos y otros
contaminantes. De esta manera, el carbón activo de bambú es perfecto para
utilizar en armarios, cocinas y hasta en zapatos. 
El carbón activo de bambú no requiere de energía eléctrica en ningún momento,
siendo así una alternativa completamente natural y biosustentable, excelente
alternativa para el medio ambiente.


REGLAS INTERPRETATIVAS
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los
Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la
clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las
Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las
subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de
capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2
reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un
producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este
producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

12164694090?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12164694492?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12164694680?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS
El carbón vegetal procede de la carbonización de la madera en ausencia de aire.
Puede presentarse en forma de bloques, cilindros, gránulos, polvo o aglomerado
en briquetas, pastillas, bolas, etc., con alquitrán u otras sustancias. A diferencia
del carbón animal y mineral, el carbón vegetal es más ligero que el agua y la
textura de la madera es siempre visible cuando se presenta en trozos. Se clasifica
también en esta partida un producto análogo al carbón de madera, que se obtiene
por carbonización de cáscaras de nuez de coco o productos similares.
Se excluyen de esta partida:
a) El carbón vegetal acondicionado como medicamento del Capítulo 30.
b) El carbón vegetal mezclado con incienso, que se presente en tabletas o de otro
modo (partida 33.07).
c) El carbón vegetal activado (partida 38.02).
d) El carbón vegetal especialmente acondicionado para dibujar (partida 96.09).


CONCLUSIONES

En base al análisis realizado en los apartados anteriores del presente blog según
la información técnica emitida por el fabricante y, de ser necesario, muestra física
que pueda ser presentadas, salvo consideraciones y aspectos legales que no
constituyan competencia de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y
Técnica Aduanera, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales de
Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; para la mercancía denominada
comercialmente como carbón absorbente de olores, color negro y textura polvosa,
por ser polvo de carbón natural de bambú, dentro del Arancel del Ecuador vigente
se define su clasificación arancelaria en la subpartida 4402.10.00.00 - De bambú.

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo
para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se
reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se
coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf

Leer más…

Clasifiquemos un suéter de alpaca 🦙

La lana de alpaca es una de las fibras naturales más cotizadas del mercado internacional debido a sus diversas características y beneficios. Esta lana es muy resistente y tiene una suavidad única, gracias a que ninguna de sus variantes supera los 30 micrones de grosor. Algo que debes saber es que la ropa de lana alpaca se está convirtiendo en una tendencia muy requerida por distintos públicos, en donde se producen desde calcetines hasta pantalones de alpaca, los cuales nos traen un sinfín de ventajas y beneficios que tú también querrás aprovechar.

Esta lana es de las más resistentes de las fibras de origen animal. Además, es muy elástica y a su vez, los productos que nacen a partir de esta, son muy duraderos. Cualquiera podría decir que, al ser una lana muy fina, podría malograrse con el mínimo movimiento o una simple lavada.

Los productos hechos con fibras naturales reducen significativamente los desechos y la contaminación que puede generar los procesos de producción. Además, al ser 100% naturales, no cuentan con intervenciones o alteraciones químicas en ninguno de sus procesos, es más, la lana de alpaca cuenta con más de 22 colores naturales que no necesitan de ningún tipo de tinte que pueda dañar tu piel o el medio ambiente.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo. 

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA 

12158967899?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12158968282?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12158968456?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

Salvo las excepciones mencionadas a continuación, esta partida agrupa todas las prendas de vestir, partes y complementos de vestir (manguitos, estolas, corbatas, cuellos, etc.):

  1. A) De peletería.
  2. B) De cualquier materia, si están forradas interiormente con peletería.
  3. C) De cualquier materia, si llevan partes exteriores de peletería que excedan la función de simples adornos o guarniciones.

Pueden considerarse como simples adornos o guarniciones de peletería, el cuello y los forros de una prenda (siempre que, sin embargo, estas piezas no tengan una importancia tal que pueda considerarse que constituyen en sí mismas prendas de vestir, tales como las capas o esclavinas), los adornos, los rebordes de los bolsillos, de faldas o de abrigos y las aplicaciones. Esta partida comprende además los cueros y pieles sin depilar simplemente curtidos o adobados de otro modo para peletería, ensamblados con unión de otras materias (por ejemplo, por galoneado), siempre que la unión de estas materias no modifique su carácter esencial de peletería.

Están también comprendidos aquí todos los demás artículos y sus partes, de peletería, a los que la peletería confiera el carácter esencial, por ejemplo, las mantas, colchas y cubrepiés, las alfombras, los pufes sin rellenar, los bolsos, morrales y mochilas, los artículos para usos técnicos (principalmente, las fundas para pulir y los manguitos para rodillos de pintar o decorar).

Se excluyen de esta partida:

  1. a) Los artículos de la primera parte de la partida 42.02.
  2. b) Los guantes, mitones y manoplas mixtos de cuero y de peletería, cualesquiera que sean las proporciones respectivas de estos componentes (partida 42.03). Los guantes, mitones y manoplas totalmente de peletería se clasifican aquí.
  3. c) Los artículos del Capítulo 64.
  4. d) Los artículos de sombrerería y sus partes, del Capítulo 65.
  5. e) Los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo, juegos, juguetes o artefactos deportivos).

CONCLUSIONES

En base al análisis realizado en los apartados anteriores del presente  blog según la información técnica emitida por el fabricante y, de ser necesario, muestra física que pueda ser presentadas, salvo consideraciones y aspectos legales que no constituyan competencia de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; para la mercancía denominada comercialmente Suéteres de alpaca, color blanco y negro, Tallas M, S Y L, por ser una prenda de paletería hecha con lana de alpaca, dentro del Arancel del Ecuador vigente se define su clasificación arancelaria en la subpartida 4303.90.10.00 - - De alpaca.

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

En la producción de carretes de contrachapado se usa madera de pino o de abedul, las cuales según la norma internacional ISPM 15 FAO no precisan tratamiento fitosanitario. En cambio, para las bobinas de madera se trabaja con pino austriaco ya deshidratado y sometido a tratamiento térmico. Los tubos de los carretes de contrachapado y madera pueden ser de PVC, cartón o listones de madera. Las bobinas de contrachapado se montan con tubos de hierro con borde, las de madera con tirantes de hierro y arandelas de copa. Se puede suministrarlas montadas o desmontadas. Estos carretes están especialmente indicados para el enrollado de cables eléctricos, cuerdas metálicas, cadenas, fibras ópticas y cuerdas náuticas de grandes dimensiones. Actualmente también se utilizan como objetos de decoración: mesas, taburetes, soportes para exposiciones, etc.


REGLAS INTERPRETATIVAS


Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

12149270854?profile=RESIZE_710xINFORMACIÓN ARANCELARIA

12149258299?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12149271663?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende:
1) Las cajas y cajitas de tableros macizos utilizadas para el envasado y el transporte de diversas mercancías.
2) Las cajas de listones, tales como cajas, bandejas, jaulas y bateas, que se utilizan generalmente para el transporte de frutas, hortalizas o huevos y los envases de grandes dimensiones como los que se utilizan para el transporte de artículos de vidrio, alfarería, máquinas, etc.
3) Las cajas de madera en láminas o desenrollada, pero sin trenzar, de los tipos utilizados para el queso o para productos farmacéuticos o cajas de fósforos (cerillas) (incluso con frotador) y los envases troncocónicos de listones, para el transporte de mantequilla o frutas.
4) Los envases cilíndricos o en forma de tonel, que no constituyan manufacturas de tonelería; principalmente los utilizados para el transporte de colorantes o de determinados productos químicos. Estos envases (cajas, jaulas, principalmente) pueden presentarse sin tapa (envases abiertos). Pueden presentarse también sin ensamblar o parcialmente ensamblados, siempre que las distintas partes necesarias para el montaje, o la mayor parte de ellas, estén agrupadas por series o juegos aislados que permitan el ensamblado de un envase completo o de un envase incompleto que presente las características del envase completo. Cuando estas partes no se presenten en series o juegos aislados susceptibles de ensamblarse en envases que tengan el carácter esencial del envase completo, el conjunto se clasificará, según los casos, como madera aserrada, cepillada, etc.
Las cajas y envases de esta partida pueden estar clavados o ensamblados de cualquier otro modo (por ejemplo, mediante machihembrado). Pueden además llevar bisagras, asas, sistema de cierre, soportes o patas, o bien estar forrados interiormente con metal, textil, papel, etc. Las cajas y envases usados que puedan reutilizarse como tales permanecen clasificados aquí, mientras que los envases inútiles, que sólo pueden utilizarse como leña, se clasifican en la partida 44.01. Se excluyen de esta partida:

a) Los artículos de la partida 42.02. b) Los cofres, escriños, estuches y manufacturas similares de la partida 44.20.

c) Los
contenedores especialmente diseñados y equipados para uno o varios medios de transporte (partida 86.09).

II. TAMBORES PARA CABLES

Los tambores o carretes para cables son manufacturas de grandes dimensiones, de diámetro generalmente superior a un metro que se utilizan para enrollar y transportar los cables telefónicos y cables similares. Permiten desenrollar el cable y facilitar la colocación.

CONCLUSIONES
En base al análisis realizado en los apartados anteriores del presente blog según la información técnica emitida por el fabricante y, de ser necesario, muestra física que pueda ser presentadas, salvo consideraciones y aspectos legales que no constituyan competencia de la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera, en aplicación de la Primera y Sexta Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; para la mercancía denominada comercialmente carretes para cables, color natural, dimensiones mm x 125mm x 1500mm x 100 mm, por ser un tambor de madera con densidad de 1.05 - 1.2 g/cm3, dentro del Arancel del Ecuador vigente se define su clasificación arancelaria en la subpartida 4415.10.00.00 - Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares; carretes para cables.

RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.


REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior]. Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

En vías férreas, las traviesas o durmientes (como se denominan en
Hispanoamérica) son los elementos transversales al eje de la vía que sirven para
mantener unidos y a la vez a una distancia fija (ancho de vía, trocha o galga) los
dos carriles (rieles) que conforman la vía. Además, transmiten el peso y los
esfuerzos laterales y longitudinales generados por el material rodante al balasto, y
por intermedio de este, a las capas de la plataforma ferroviaria y finalmente al
terreno. También cumplen la función de dar peso al conjunto, de manera que la
geometría inicial del trazado se mantenga estable en la mayor medida posible. Se
fabrican de diversos materiales, entre ellos madera, acero y hormigón pretensado.

REGLAS INTERPRETATIVAS
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los
Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la
clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las
Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las
subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de
estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por
las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de
capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2
reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un
producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este
producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

12132286298?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA12132286883?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA12132287078?profile=RESIZE_710x

NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende las piezas de madera de los tipos utilizados generalmente
como soportes para las vías férreas, sin cepillar, de sección más o menos
rectangular. Comprende también las traviesas o durmientes de las bifurcaciones
que son más largas y las traviesas de puentes, más anchas, más gruesas y
habitualmente más largas que las durmientes ordinarias. Estas traviesas pueden
tener las aristas matadas y agujeros o muescas para la sujeción de los carriles.
También pueden estar consolidadas en los extremos con grapas, horquillas, flejes
o pernos para impedir que se agrieten. Los productos de esta partida pueden estar
tratados en la superficie con insecticidas o fungicidas para la conservación. La
conservación a largo plazo se consigue frecuentemente con creosota o productos
similares.


CONCLUSIONES
Entonces decimos que el producto seleccionado el cuero regenerado se debe
clasificarse siguiendo las reglas generales interpretativas 1, y 6 además de las
reglas generales de la sección y el capítulo, con las notas explicativas de la partida
44.06. Finalmente se determina que según el Sistema Armonizado este producto
se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección IX MADERA, CARBÓN
VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS
MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA; capítulo
44: Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera, partida 4406, Traviesas
(durmientes) de madera para vías férreas o similares. Siendo; 4406.11.00.00- - De
coníferas. Esta clasificación arancelaria nos indica que este producto grava
tributos al comercio exterior como un ad-valorem de 10%, IVA 12 % y FODINFA
0,5%.


RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo
para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se
reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se
coloca en la subpartida perteneciente.


REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio
Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf
Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado
(VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la
cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado
de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

Está constituida por planchas o tableros formados por una hoja de chapado de
bambú aplicada por encolado y presión sobre un soporte de madera generalmente
de calidad inferior. Se consideran también madera chapada, las planchas o
tableros constituidos por una hoja de chapado de bambú, aplicada en un soporte
de materia distinta de la madera (por ejemplo, de plástico), siempre que la hoja de
chapado sea la que confiere al tablero el carácter esencial.

REGLAS INTERPRETATIVAS
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los
Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la
clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las
Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las
subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de
estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por
las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de
capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2
reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un
producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este
producto.
POSICIÓN ARANCELARIA

12132283258?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12132283278?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12132283293?profile=RESIZE_710x

NOTAS EXPLICATIVAS
1) La madera contrachapada que está constituida por hojas de chapado cortadas
(por lo menos tres), ensambladas generalmente en tableros. Las hojas se encolan
y se prensan unas contra otras de tal modo que la fibra de la madera de una hoja
se cruza en un ángulo determinado con la fibra de la hoja superior o inferior. Esta
disposición de las fibras tiene por objeto conseguir tableros más resistentes,
compensando las dilataciones que se oponen a su deformación. Cada chapa se
llama hoja; el contrachapado está formado generalmente por un número impar de
hojas y la intermedia se denomina alma.
2) La madera chapada constituida por planchas o tableros formados por una hoja
de chapado aplicada por encolado y presión sobre un soporte de madera
generalmente de calidad inferior. Se consideran también madera chapada, las
planchas o tableros constituidos por una hoja de chapado aplicada en un soporte
de materia distinta de la madera (por ejemplo, de plástico), siempre que la hoja de
chapado sea la que confiere al tablero el carácter esencial.
3) La madera estratificada similar. En este grupo se distinguen dos categorías: –
Los tableros de alma gruesa que pueden utilizarse sin estructura ni armazón. El
alma está entonces constituida por planchas en bruto, por listones encolados, o
bien por tablillas encoladas. Se obtienen así tableros muy rígidos de varios
centímetros de espesor, capaces de soportar sin deformación cargas importantes.
– Los tableros compuestos. En este tipo de tableros, el alma de madera se ha
remplazado por otras materias, tales como tableros de partículas, tableros de
fibra, desechos de serrería encolados entre sí, asbesto (amianto) o corcho.


CONCLUSIONES
Entonces decimos que el producto seleccionado el cuero regenerado se debe
clasificarse siguiendo las reglas generales interpretativas 1, y 6 además de las
reglas generales de la sección y el capítulo, con las notas explicativas de la partida
44.12. Finalmente se determina que según el Sistema Armonizado este producto
se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección IX MADERA, CARBÓN
VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS
MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA; capítulo
44: Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera, partida 4412, Madera
contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar.
Siendo; 4412.10.00.00 - De bambú. Esta clasificación arancelaria nos indica que
este producto grava tributos al comercio exterior como un ad-valorem de 15%, IVA
12 % y FODINFA 0,5%.


RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo
para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se
reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se
coloca en la subpartida perteneciente.


REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio
Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf
Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado
(VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la
cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado
de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

Un guante de soldadura es aquel que protege a la persona, de padecer cualquier
tipo de contacto térmico o agresión mecánica derivada de este tipo de actividad.
De manera que su principal función es proteger de las proyecciones que podrían
saltar del material que se esté soldando así como proteger las manos y los brazos
del calor convectivo de la máquina de soldar.
Cuando hablamos de soldadura nos referimos tanto a soldadura de:
Electrodo
TIG
Corte por plasma
Oxicorte
En cuanto a normativa, aparte del obligatorio marcado CE conforme a lo dispuesto
en el RD 1407/1992 y modificaciones posteriores, el guante de seguridad debe ir
marcado con los siguientes elementos, según lo exigido en la norma UNE- EN
420:
Nombre, marca registrada u otro medio de identificación del fabricante o
representante autorizado.
Denominación del guante (nombre comercial o código, que permita al usuario
identificar el producto con la gama del fabricante o su representante autorizado).
Talla. Son contempladas para soldaduras de tacto o TIG, para las de electrodos el
tallaje es especial (mayor).
Fecha de caducidad, si las prestaciones protectoras pueden verse afectadas
significativamente por el envejecimiento. Estos guantes no tienen fecha de
caducidad.
Características:
– Será un guante de 5 dedos (no manoplas).
– Será de cuero serraje crupón o de palma en flor vacuno dependiendo del tipo de
soldadura. Las combinaciones que se pueden aplicar a los guantes para
protección en soldadura son muy amplias y variadas, pudiéndose combinar
diferentes tipos de piel con tejidos aramidas de gran absorción de calor.
– Deberá contar con manga larga de serraje crupón.
– Deberá estar totalmente forrado con tejido de algodón o aramidas.
– Deberá estar cosido en su totalidad por hilo Kevlar, estando a su vez las
costuras protegidas

REGLAS INTERPRETATIVAS
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los
Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la
clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las
Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las
subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de
estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por
las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de
capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2
reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un
producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo
por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este
producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

12126788054?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12126787694?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12126790452?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende todas las prendas y complementos de vestir (con
excepción de los mencionados más abajo) de cuero natural, artificial o
regenerado, tales como abrigos, chaquetones, guantes, mitones y manoplas
(incluidos los de deporte y los de protección), mandiles, muñequeras y brazaletes,
mangas y otros equipos especiales de protección individual, tirantes, cinturones,
bandoleras o tahalíes y corbatas. Esta partida comprende también las tiras de
cuero obtenidos por corte que terminan en forma de V en uno de los extremos,
reconocibles como destinadas a la fabricación de cinturones. Los guantes,
mitones y manoplas de cuero o de piel forrados o guarnecidos con peletería
natural o artificial están comprendidos en esta partida. Con excepción de estos
guantes, mitones y manoplas, las prendas y complementos de vestir, de cuero
natural, artificial o regenerado se clasifican en las partidas 43.03 o 43.04, si están
forrados interiormente con peletería natural o artificial o si tienen partes exteriores
de peletería natural o artificial, cuando éstas partes sobrepasen el papel de
simples guarniciones. La presencia de elementos calentadores eléctricos en los
artículos de esta partida no influye en su clasificación. Las manufacturas de esta
partida pueden tener partes de metal precioso, o de metales chapados con metal
precioso, perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas
(naturales, sintéticas o reconstituidas), incluso si estas partes no son simples
accesorios o guarniciones de mínima importancia, siempre que estas partes no
confieran al artículo en cuestión su carácter esencial. Así, estaría comprendido en
esta partida un cinturón de cuero con una hebilla de oro (Nota 2B) del presente
Capítulo).

CONCLUSIONES
Entonces decimos que el producto seleccionado el cuero regenerado se debe
clasificarse siguiendo las reglas generales interpretativas 1, y 6 además de las
reglas generales de la sección y el capítulo, con las notas explicativas de la partida
42.03. Finalmente se determina que según el Sistema Armonizado este producto
se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección VIII de Pieles, cueros,
peletería y manufacturas de estas materias; artículos de talabartería o
guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes
similares; manufacturas de tripa; capítulo 42: Manufacturas de cuero; artículos de
talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y
continentes similares; manufacturas de tripa; partida 4303, Prendas y
complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado.
Siendo; 4203.10.00.00Guantes, mitones y manoplas:. Esta clasificación
arancelaria nos indica que este producto grava tributos al comercio exterior como
un ad-valorem de 30%, IVA 12 % y FODINFA 0,5%.

RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo
para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se
reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se
coloca en la subpartida perteneciente.


REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio
Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf 


Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado
(VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la
cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado
de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

El cuero regenerado es basado en las fibras o en si del cuero, este siendo desde el punto de vista técnico, los cueros regenerado y mezclado son telas más que cueros, pero ya que son porosos como el cuero, son más fáciles de limpiar que la tela tradicional. Ambos tienen una textura suave y se asemejan mucho al cuero verdadero. El precio también es un punto a favor. El cual el costo es tres veces menos un tapizado en cuero regenerado que uno de cuero genuino. Los fabricantes apuntan a la solidez ecológica del hecho de reciclar retazos de cuero que, de otro modo, irían a parar a un vertedero.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.  

REGLA 2: a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA 

12034481094?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

12034490261?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

12034490299?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

Dentro de la nota específica que en el partida 41.15 nos especifica:

El cuero regenerado puede obtenerse de diversas maneras:

Aglomerando recortes, desperdicios o fibras de cuero a presión, con cola u otros aglutinantes.

Comprimiendo intensamente trozos de cuero superpuestos sin aglutinante.

Deshaciendo con agua caliente los recortes y desperdicios de cuero, reduciéndolos a fibras; la pasta así obtenida, después de tamizada, se transforma en hojas, sin adición de aglutinantes, por laminación y calandrado.

El cuero regenerado puede estar teñido, pulido, graneado o estampado, amolado con abrasivos (piel de Suecia), charolado o metalizado.

Se clasifica en esta partida cuando se presenta en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas. Presentado en forma distinta de la cuadrada o rectangular se clasifica en otros Capítulos, en particular en el Capítulo 42.

CONCLUSIONES

Entonces decimos que el producto seleccionado el cuero regenerado se debe clasificarse siguiendo las reglas generales interpretativas 1, 2 y 6 además de las reglas generales de la sección y el capítulo, con las notas explicativas de la partida 41.15. Finalmente se determina que según el Sistema Armonizado este producto se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección VIII de Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa; capítulo 41: Pieles (excepto la peletería) y cueros; partida 4115, Cuero regenerado a base de cuero o de fibras de cuero, en placas, hojas o Tiras, incluso enrolladas; recortes y demás desperdicios de cuero o piel, Preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero. Siendo; 4115.10.00.00 Cuero regenerado a base de cuero o de fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas.  Esta clasificación arancelaria nos indica que este producto grava tributos al comercio exterior como un ad-valorem de 10%, IVA 12 % y FODINFA 0,5%.

RECOMENDACIONES

Debemos tener en cuenta lo que específica en los requerimientos del producto en general ya que este producto cuando se presenta en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas, se puede clasificar en esta partida 4115 y en caso de presentarse en forma distinta de la cuadrada o rectangular se clasifica en otros Capítulos, en particular en el Capítulo 42.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

La madera de meranti es un tipo de madera de origen asiático, que se utiliza ampliamente en la construcción de casas, puertas y ventanas, así como en la fabricación de muebles y otros productos de madera. Es conocida por su alta calidad y durabilidad, lo que la convierte en una opción popular para aquellos que buscan materiales de construcción resistentes y de larga duración.

Una de las características más notables de la madera de meranti es su apariencia. Esta madera tiene un color marrón rojizo que puede variar en intensidad, y a menudo tiene un grano recto y uniforme. Además, es fácil de trabajar, lo que la hace ideal para la fabricación de productos de madera.

El meranti también es resistente al agua y a la putrefacción, lo que la hace ideal para su uso en exteriores. Es capaz de soportar una amplia variedad de condiciones climáticas, desde el calor y la humedad hasta el frío extremo, lo que la convierte en una opción popular para las construcciones de exteriores en áreas donde las condiciones climáticas son adversas.

Otra ventaja de la madera de meranti es su resistencia a los insectos. A diferencia de otras maderas que son susceptibles al ataque de termitas y otros insectos, la madera de meranti es naturalmente resistente a ellos, lo que la hace ideal para su empleo en áreas donde estos insectos son un problema común.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo. 

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA 

11757937653?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

11757956880?profile=RESIZE_180x180

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

11757972893?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende la madera en bruto, tal como se ha talado (troncos y trozas), incluso descortezada, pelada (sin el líber) o desbastada con hacha o azuela, es decir, la madera sin las ramas de la que sólo se han quitado las asperezas y las partes que estorban. También se clasifica aquí la madera desalburada, es decir, la madera a la que se le ha quitado la capa exterior del árbol, formada por los anillos anuales de crecimiento más recientes, para evitar el deterioro de la madera o facilitar el transporte. Está comprendida aquí principalmente, siempre que se presente en las formas indicadas anteriormente, la madera para aserrado, la madera para postes de líneas telefónicas, telegráficas o eléctricas, las apeas de minas, la madera para triturar (incluso cortada en cuartos), la madera para la fabricación de fósforos (cerillas), de lana de madera, etc., la madera en troncos para la fabricación de hojas para chapar, los rodrigones o tutores, estacas y estaquillas de madera sin hendir ni apuntar, los puntales, etc. Los postes para líneas telegráficas, telefónicas o eléctricas, terminados y dispuestos para el uso se clasifican también en esta partida, incluso si están acuchillados o descortezados con descortezadoras mecánicas para alisar la superficie. Estos postes suelen pintarse, barnizarse o impregnarse con creosota o con productos similares. Pertenecen igualmente a esta partida las cepas de determinados árboles que se utilizan para obtener hojas para chapar, las excrecencias del tronco (nudos) y determinadas raíces simplemente desbastadas, destinadas a la fabricación de escalabornes para pipas. La denominación de madera escuadrada abarca a la madera trabajada en todo el contorno o por lo menos en dos caras opuestas, la madera semiescuadrada con hacha o azuela o incluso toscamente trabajada con sierra para darle forma aproximadamente cuadrada o rectangular. La madera escuadrada se caracteriza por la presencia de partes que no están planas o de trazas de la corteza. Esta madera se destina generalmente al aserrado, pero puede utilizarse también así, por ejemplo, como madera para carpintería de armar. Se clasifican también en esta partida ciertas maderas que, como la madera de teca, por ejemplo, están cortadas toscamente mediante cuñas o con la azuela. Se excluyen de esta partida:

  1. a) La madera simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas o similares (partida 44.04).
  2. b) Las traviesas o durmientes de madera para vías férreas o similares (partida 44.06).
  3. c) La madera aserrada en planchas, vigas, tablones, cabrios, etc. (partidas 44.07 o 44.18

CONCLUSIONES

En virtud de la información contenida en la Resolución No. 020 - 2017, considerando las características técnicas, componentes y el uso específico descrito en el apartado: Notas explicativas, del presente informe, se determina que, la manufactura en cuestión netamente es un TIPO DE MADERA madera sin las ramas de la que sólo se han quitado las asperezas y las partes que estorban por lo tanto, se la clasifica dentro del Arancel del Ecuador (Sexta Enmienda del Sistema Armonizado), en la Partida 44.03, subpartida arancelaria “4403.41.00.00 - - Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau”, en aplicación de la Primera y Sexta de las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado tomado en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas, considerando específicamente las notas legales citadas en el análisis arancelario”.

RECOMENDACIONES

Una correcta clasificación es de vital importancia, no sólo para determinar los impuestos que tendrá que pagar el cliente, en este caso la tarifa arancelaria del 5% en unidades físicas (M3), sino también para determinar los requisitos para importar y exportar los cuales en este caso pueden ser ya sea un Documento de destinación aduanera o DCP dependiendo el régimen y el país. Más allá de esto, hay que señalar que una clasificación errónea de la partida arancelaria puede dar lugar a sanciones, liquidaciones complementarias de impuestos e incluso llegar a impedirse una importación, obligándose a la destrucción de la mercancía o a su retorno a origen, con los costes que ello supondría.

REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

Leer más…

Pallet, palet, paleta o palé

Un palet es una plataforma horizontal, generalmente fijada a una superestructura y una plataforma inferior, que proporciona la base para ensamblar, almacenar, manipular y trasportar materiales y productos; además de brindar protección al producto que se encuentra encima de él. Es, asimismo, la base más común para la carga unitaria. Esto es, un sistema que incluye la plataforma, las mercancías apiladas encima, así como la envoltura de estiramiento, el adhesivo, el collar de la plataforma y otros medios de estabilización de la carga.

Los palets pueden ser reutilizables o fungibles; pueden estar hechos de madera, plástico o metales, y viene en diferentes estilos: reversibles, apilables, entre otros. Tienen ciertos tamaños estándar según sea el destino: 1219mm × 1016 mm en América del Norte, 1000 mm × 1200 mm en Europa y Asia, 1165 mm × 1165 mm en Australia, 1067 mm × 1067 mm en América del Norte, Europa y Asia, 1100 mm × 1100 mm solo en Asia y 800 mm × 1200 mm en Europa. Además de estos, hay otros tamaños, pero se utilizan en su mayoría en el área industrial.

REGLAS INTERPRETATIVAS

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

 

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

POSICIÓN ARANCELARIA

11304758470?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

11304775669?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

11304786501?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS
B) La madera en plaquetas o en partículas, es decir, la madera reducida mecánicamente a fragmentos que afectan la forma de plaquetas (fragmentos poco gruesos, rígidos y toscamente paralepipédicos) o de partículas (fragmentos delgados, flexibles y de escasas dimensiones), destinada a la fabricación de pasta de celulosa por procedimientos mecánicos, químicos o semiquímicos o a la fabricación de tableros de fibra o de partículas. Por aplicación de la Nota 6 de este Capítulo están también comprendidos en esta partida los productos análogos obtenidos, por ejemplo, a partir del bambú. La madera para trituración presentada en rollizos o en cuartos se clasifica en la partida 44.03.


CONCLUSIONES
Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 44. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 44.01.- Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, «pellets» o formas similares. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4401.31.00.00 -- Pallet de madera


RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS
Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf
Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

El uso de fósforos es parte de la vida cotidiana, ya sea para encender una estufa, una vela o cualquier otro aparato que requiera de fósforos, estos elementos no faltan en los hogares.

Pero, ¿cómo se hacen? ¿De qué están hechos? Para entender esto, hay que entender que la forma de hacerlas no ha cambiado mucho desde su origen oficial en 1805 por el francés Jean Kancelle, y su elaboración es, por así decirlo, un arte milenario.
Lo primero que se debe tener en cuenta es la selección y preparación de la madera de álamo, que se corta en palitos delgados y se sumerge en una solución química a base del fósforo blanco y clorato de potasio. Esta mezcla les otorga a las cerillas su capacidad de encenderse al ser raspados contra una superficie áspera.
En el caso de este material, los cerillos se secan en hornos industriales para eliminar cualquier rastro de humedad. Una vez secos, se aplican capas sucesivas de cera y sustancias ignífugas para protegerlos y garantizar que se enciendan de manera segura.

REGLAS INTERPRETATIVAS
RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

RGI 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

11151426500?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

11151427061?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

11151427073?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS

5. La madera preparada para fósforos (cerillas) cortada al hilo o más generalmente a partir de hojas desenrolladas y que después se cortan en las dimensiones habituales de los fósforos (cerillas). Puede igualmente obtenerse en gran cantidad cortando un bloque de madera con troquel. Esta madera puede estar impregnada de productos químicos, tales como el fosfato de amonio, pero no se clasifican en este Capítulo si se presentan con la masa inflamable. Están también comprendidas en este grupo las cintas dentadas o con entalladuras en un lado, que se utilizan para la fabricación de fósforos (cerillas) en carteritas.

CONCLUSIONES
Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 44. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 44.21.- Las demás manufacturas de madera. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4421.91.40.00 - - - madera preparada para fósforos.


RECOMENDACIONES
Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

REFERENCIAS


Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf 


Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

Leer más…

DESCRIPCIÓN

El astracán es la piel de karakul, una raza de cordero de Asia Central. Se distingue por ser un pelaje corto, suave, brillante, y aunque quizás su color más emblemático sea el negro, también puede ir en otros colores como marrón o gris. Además, tiene un rizado muy característico.

Pero a pesar de provenir de esta raza de corderos, el nombre de la piel tiene su origen en la ciudad rusa de Astrakán (o Astraján), situada a orillas del río Volga (de hecho, la ciudad se asienta sobre once islas), y muy cerca de su desembocadura en el mar Caspio. Precisamente su óptima situación geográfica para el comercio, la convirtió en un punto muy importante de venta y exportación de esta piel.

REGLAS INTERPRETATIVAS

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 2. a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.

RGI 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

11138710293?profile=RESIZE_584x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

11138729678?profile=RESIZE_400x

INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA
11138749881?profile=RESIZE_710x

NOTAS EXPLICATIVAS

  1. Independientemente de la peletería en bruto de la partida 43.01, en la Nomenclatura, el término peletería abarca las pieles de todos los animales curtidas o adobadas, sin depilar.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. las pieles y partes de pieles de ave con sus plumas o plumón (partidas 05.05 ó 67.01, según los casos);
  4. los cueros y pieles, en bruto, sin depilar, de la naturaleza de los clasificados en el Capítulo 41 en virtud de la Nota 1 c) de dicho Capítulo;
  5. los guantes, mitones y manoplas, confeccionados a la vez con peletería natural o peletería facticia o artificial y con cuero (partida 42.03);
  6. los artículos del Capítulo 64;
  7. los sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
  8. los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

CONCLUSIONES

Podemos concluir por la imagen que la mercadería se presenta de forma natural. Podemos reconocer por su descripción que pertenece al capítulo 43. Con el uso de las Reglas Generales Interpretativas identificamos la partida a la que corresponde siendo esta la 43.01.- Peletería en bruto. Con una evaluación más detallada concretamos que su subpartida es 4301.30.00.00.- - De cordero llamadas «astracán», «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas.

RECOMENDACIONES

Es recomendable reconocer el material y las características físicas del articulo para poder identificar su clasificación arancelaria. Con una correcta evaluación se reconoce la partida y con la ayuda de las notas explicativas se comprueba y se coloca en la subpartida perteneciente.

 REFERENCIAS

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y

Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].

Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.

Recuperado de:

file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N

COMEX-020-2017.pdf 

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

Leer más…

El cortapacio según la R.A.E es una funda de badana, hule, cartón u otra materia adecuada, en que los muchachos que van a la escuela meten sus libros y papeles, en este caso se hace referencia a los cortapacios de cuero natural.

En 2021, Ecuador exportó $84,1k en Artículos de cuero y cuero de composición, convirtiéndolo en el exportador número 87 de Artículos de cuero y cuero de composición, en el mundo. En el mismo año, Artículos de cuero y cuero de composición, fue el producto número 983 más exportado en Ecuador. El principal destino de Artículos de cuero y cuero de composición, exportaciones de Ecuador son: Perú ($76,1k), Bolivia ($2,65k), Panamá ($2,6k), Honduras ($609), y Estados Unidos ($522).

Los mercados de exportación de más rápido crecimiento para Artículos de cuero y cuero de composición, de Ecuador Entre 2020 y 2021 fueron Perú ($75,4k), Panamá ($2,6k), y Honduras ($609).

REGLAS INTERPRETATIVAS
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.


Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

POSICIÓN ARANCELARIA

11108594082?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

11108595076?profile=RESIZE_400x
INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA
11108594500?profile=RESIZE_710x

NOTAS EXPLICATIVAS
REGLA 1, NOTA EXPLICATIVA: … V) En el apartado III) b): a) la frase si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas está destinada a precisar, sin lugar a equívoco, que los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo tienen prioridad sobre cualquier otra consideración para determinar la clasificación de una mercancía…”; (Subrayado no es parte del texto original). En aplicación de las disposiciones contenidas en la Primera Regla Interpretativa, para determinar la Partida arancelaria (de 4 dígitos) que le corresponde al denominado “Canasto marrón rectangular” se deberá tener en consideración los siguientes elementos del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sexta Enmienda) adoptado mediante Resolución Nro. 020-2017 del Pleno del COMEX, que dicen: La Nota 2 h), correspondiente al Capítulo 48, La Nota 1 l) correspondiente a la Sección XI, El Texto de la Partida arancelaria 42.02, que respectivamente dicen;
- Nota legal 2 h); excluye del Capítulo 48 (Papel y cartón, sus manufacturas) a las mercancías propias de la Partida 42.02. “… 2. Este Capítulo no comprende: …h) los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje) …”, (subrayado no es parte del texto original). - Nota legal 1 l); excluye de la Sección XI (Materias textiles, sus manufacturas) a las mercancías propias de la Partida 42.02. “… 1. Esta Sección no comprende: …l) los artículos de materia textil de las partidas 42.01 ó 42.02…”, (subrayado no es parte del texto original). - Texto de la Partida Arancelaria 42.02, define la mercancía como un CONTINENTE.

Para complementar el análisis arancelario exponemos un extracto de las Notas Explicativas de la Partida 42.02 aplicables al caso: “Esta partida comprende únicamente los artículos enumerados en el texto y los continentes similares. Estos artículos pueden ser flexibles por la ausencia de soporte rígido (artículos de marroquinería) o rígidos, debido a la existencia de un soporte sobre el que se aplica la materia que constituye la cubierta o envolvente (artículos de revestimiento). Sin perjuicio de lo dispuesto en las Notas 2 y 3 de este Capítulo, los artículos comprendidos en la primera parte del texto pueden ser de cualquier materia. En esta primera parte, la expresión continentes similares comprende las cajas para sombreros, los estuches para accesorios de aparatos fotográficos, las cartucheras, las vainas de cuchillos de caza o de acampada, los estuches o cajas de herramientas portátiles especialmente concebidos o preparados en su interior para contener herramientas específicas con sus accesorios o sin ellos, etc…

CONCLUSIONES
En virtud de la información contenida en el documento SENAE-DSG-2021-2402-E, considerando las características técnicas, componentes y el uso específico descrito en el numeral 2 del presente informe, se determina que, la manufactura en cuestión netamente es un CONTINENTE (similar a una caja) elaborados internamente con elementos rígidos y con la superficie exterior de materia de cuero; por lo tanto, se la clasifica dentro del Arancel del Ecuador (Sexta Enmienda del Sistema Armonizado), en la Partida 42.02, subpartida arancelaria “4202.11.90.00 - - - Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios y continentes similares”, en aplicación de la Primera y Sexta de las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado tomado en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas, considerando específicamente las notas legales citadas en el análisis arancelario”.


RECOMENDACIONES
Una correcta clasificación es de vital importancia, no sólo para determinar los impuestos que tendrá que pagar el cliente, en este caso la tarifa arancelaria del 30% en unidades físicas (unidades), sino también para determinar los requisitos para importar y exportar. Más allá de esto, hay que señalar que una clasificación errónea de la partida arancelaria puede dar lugar a sanciones, liquidaciones complementarias de impuestos e incluso llegar a impedirse una importación, obligándose a la destrucción de la mercancía o a su retorno a origen, con los costes que ello supondría.

REFERENCIAS
Banco Central del Ecuador. (2021). FICHA SECTORIAL CUERO. Obtenido de CFN: https://www.cfn.fin.ec/wpcontent/uploads/downloads/biblioteca/2021/fichas-sectoriales-2trimestre/Ficha-Sectorial-Cuero.pdf

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y
Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior].
Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017.
Recuperado de:
file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N
COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Leer más…

INTRODUCCIÓN

El cuero de cabra es una de las mejores opciones para obtener la precisión y la calidad que necesita para cualquier diseño ya que es flexible, delgada y duradera El cuero de cabra suele estar disponible en piezas de alrededor de medio metro cuadrado o un poco más grandes, con un espesor de alrededor de 1 mm; los colores suelen ser el blanco, el castaño claro, el castaño oscuro y el negro, y es una de las materias primas favoritas dentro de la industria de la moda.
En virtud de un análisis a nivel nacional es importante mencionar que para el año 2020, el volumen de crédito destinado al sector de curtido y adobo de cueros disminuyó en 20% respecto al año inmediato anterior, mientras que el monto destinado al sector de fabricación de artículos de cuero aumentó en 50% en el mismo periodo. En ambos sectores la banca privada tuvo una participación mayoritaria.

REGLAS INTERPRETATIVAS

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.
Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

11072651891?profile=RESIZE_584x
11072651873?profile=RESIZE_710x
NOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende las pieles de caprino curtidas o en estado seco
(“crust”(“en crosta”)), depiladas, pero sin otra preparación (véase las
Consideraciones Generales de este Capítulo). Los rasgos para distinguir las pieles de ovino de las de caprino se encuentran en la Nota Explicativa de la partida
41.05. Las pieles de caprino pueden estar curtidas o adobadas al alumbre (véase las Consideraciones Generales del Capítulo). Esta partida también comprende los cueros y pieles depilados de todos los animales, excepto los mencionados en las partidas 41.04 y 41.05, así como las pieles de animales sin pelo que se hayan sometido a las mismas operaciones que los cueros y pieles comprendidos en estas partidas (véase las Consideraciones Generales de este Capítulo). Están clasificados aquí, principalmente, los cueros depilados de cerdos, antílopes, canguros, ciervos, gamuzas, renos, alces, elefantes, camellos, dromedarios, hipopótamos, perros, etc., así como las pieles de reptiles (lagartos, serpientes, cocodrilos, etc.), de pescados o de mamíferos marinos.

CONCLUSIONES

Es necesario tener en cuenta la progresividad con que están ubicadas las mercancías dentro de la nomenclatura, es decir, de las más simples a las más elaboradas, posteriormente es importante considerar los alcances y restricciones de las notas de la sección y el capítulo, en este caso: Se excluyen de esta partida:
a) Los cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite) de la partida 41.14.
b) Los recortes y demás desperdicios de cueros curtidos o “crust”(“en crosta”)) (partida 41.15).
c) Los cueros y pieles, curtidos o “crust ”(“en crosta”)), sin depilar (Capítulo 43).

RECOMENDACIONES

Una correcta clasificación es de vital importancia, no sólo para determinar los impuestos que tendrá que pagar el cliente, en este caso la tarifa arancelaria del 10% en unidades físicas (m2), sino también para determinar los requisitos para importar y exportar. Más allá de esto, hay que señalar que una clasificación errónea de la partida arancelaria puede dar lugar a sanciones, liquidaciones complementarias de impuestos e incluso llegar a impedirse una importación, obligándose a la destrucción de la mercancía o a su retorno a origen, con los costes que ello supondría.

REFERENCIAS

Leer más…