Publicaciones de Gissela Michelle Ulco Martinez (35)

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REGISTRÓ DE MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN

Introducción

El sistema informático Ecuapass realiza la transmisión de manifiestos de Importación y/o Exportación por parte de los Transportistas efectivos, con el fin de dar a conocer que ha sido transmitido un documento de transporte consolidado consignado a su nombre. 

Desarrollo

¿Qué es un manifiesto de importación?  

Documento físico o electrónico que contiene información respecto del medio de transporte, número de bultos, peso e identificación genérica de la mercancía que comprende la carga, que debe presentar todo transportista internacional o su operador de transporte a la entrada del país a la aduana.

Está dirigido a:

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Y todo medio de transporte que realice operaciones de importación y que se encuentren registrados como Operadores de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático aduanero Ecuapass.

Requisitos para hacer el trámite:

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Proceso para realizar el trámite:

  1. Acceder al portal externo ECUAPASS e ingrese con su usuario y contraseña
  2. Seleccionar "tramites operativos", sub menú "Elaboración de e-Documento operativo" y luego haga clic en eDoc.
  3. En el detalle del sub-menú cargar los documentos electrónicos.
  4. Seleccionar en la sección de "Importación" el documento electrónico "Manifiesto Marítimo - MIM"
  5. Una vez llenado el documento electrónico "Manifiesto Marítimo - MIM". Se presenta el código de OCE en el documento.

Para estos efectos, se ha determinado que los datos del manifiesto de carga para cada puerto se transmitan en dos etapas.

  1. Se enviará el encabezado del manifiesto, conteniendo los datos generales del transporte de las mercancías.
  2. Se enviarán los datos asociados a cada conocimiento de embarque que conforman el manifiesto.

Conclusiones

El Servicio Nacional de Aduanas permite la presentación de los manifiestos de carga, tanto de ingreso como de salida, en forma electrónica. Sin embargo, para los Manifiestos de Ingreso el Almacenista corroborará que los conocimientos de embarque estén correctamente transmitidos antes de la entrega de mercancía

Fuente

https://www.aduana.gob.ec/boletines/recordatorio-sobre-notificaciones-de-transmision-de-manifiestos-consolidados-de-importacion-y-exportacion/

https://www.aduana.gob.ec/

https://www.aduana.cl/manifiesto-maritimo/aduana/2007-04-16/191902.html

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INTRODUCCIÓN

La salida de mercancías que han sido ingresadas a la Zona Primaria bajo una Declaración Aduanera de Exportación (DAE) con el fin de ser exportadas y que por diversas razones el exportador se ve en la necesidad de retirarla hacia la Zona Secundaria y así mantener la información de su declaración actualizada ante la Aduana del Ecuador.

DESARROLLO

Zona Secundaria Aduanera

Constituye los lugares de acceso o salida de las zonas primarias por ejemplo carreteras nacionales y el resto del territorio aduanero, distinto de la zona primaria.

Carga no exportada

Son aquellos productos que al ser parte de un proceso de exportación no fueron embarcados y se quedaron en el país de origen, o aquellos productos perecibles que no registran los estándares de calidad o requisitos fitosanitarios que determina la autoridad.

Beneficiarios 

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Requisitos

  • Registro de Operador de Comercio Exterior en Ecuapass aprobado.
  • El solicitante debe ingresar el número de DAE para completar el registro de Solicitud de Salida para Mercancías no Exportadas.
  • El solicitante debe conocer el detalle de la carga que va a retirar.
  • El solicitante debe adjuntar a su solicitud para casos de liberaciones por fiscalía, la disposición del Fiscal.

Procedimiento

  • Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec >
  • Llenar el formulario con información de la DAE, registrar y enviar.
  • Consulta de Estado de Solicitud de Salida de Mercancías no Exportadas.
  • Verificar el estado y en caso de ser un proceso con control, coordinar con el Distrito la inspección para su aprobación.
  • Consulta de Plan de Inspección de Solicitud de Salida de Mercancías no Exportadas.
  • Confirmar fecha y hora de inspección programada e inspector del trámite.
  • Posterior a la autorización de la salida, coordinar con el Deposito Temporal la logística para retirar la mercancía de zona primaria a zona secundaria.

CONCLUSIONES

La carga no exportada corresponde aquellos los productos que se ingresaron a un depósito temporal del Ecuador, que no fueron embarcados por cualquier tipo de aspecto dentro de la exportación, o también son productos que no cumplieron con algún tipo de norma al tratar de ser exportados. Por ello para poder realizar una autorización de salida el exportador deberá confirmar con el depósito temporal por donde sale su mercancía a zona secundaria que registre la salida en el sistema Ecuapass para no tener dificultades con su DAE.

FUENTE  

 

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INTRODUCCIÓNLa exportación es una actividad comercial que consiste en la venta y envío de mercancías fuera del territorio aduanero ecuatoriano. Como exportación denominamos la acción y efecto de enviar, con fines comerciales, bienes y servicios desde un país hacia otro.El proceso de exportación inicia con la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera de Exportación por parte del exportador o de su declarante a través del sistema informático Ecuapass.DESARROLLO¿A quién está dirigido?A las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que se encuentren registrados como Operadores de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático aduanero Ecuapass y que deseen realizar exportaciones.Requisitos-Registro como operador de comercio exterior en el sistema Ecuapass-Declaración Aduanera de exportación.-Factura Comercial.-Ingreso de mercancías a Zona Primaria.-Aforo de mercancías (en caso que aplique).-Documento de transporte-Solicitud de corrección-Regularización de DAEProceso de trámite-Correo electrónico:A través de la dirección de correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, podrá realizar las consultas pertinentes al proceso de exportación.-En línea:A través del sistema informatico Ecuapass se debe realizar la transmisión de la Declaración aduanera de exportación.El proceso de exportación se encuentra identificado en 3 fases:Fase Pre-embarque:En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:•Transmitir la Declaración Aduanera de exportación en el sistema Ecuapass.•El registro del ingreso de la carga al sistema Ecuapass la realiza el depósito temporal.•Realizar el proceso de aforo.•Obtener Salida autorizada de la Declaración aduanera de exportación (DAE).Fase Embarque:En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:•Realizar el registro de la salida del medio de transporte.•Realizar la transmisión de documentos de transporte.Fase Post embarque:En esta fase, se requiere la siguiente documentación y cumplimiento de requisitos:•Realizar la corrección de la Declaración aduanera de exportación con los datos definitivos del embarque, asociando la factura comercial definitiva.•Proceder con Regularización de DAE.•Realizar declaración sustitutiva a través del sistema Ecuapass.CONCLUSIÓNPodemos concluir que el declarante puede ser el exportador, agente de aduana o agente de carga de exportaciones. Cabe señalar que para la transmisión de las declaraciones aduaneras de exportación en el sistema Ecuapass, no es obligatoria la contratación de un agente de aduana, pudiendo directamente el exportador realizar la transmisión de la declaración.FUENTEObtenido de: https://www.aduana.gob.ec/para-importar/Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/regimenes-aduaneros/
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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DEL SAZONADOR

INTRODUCCIÓNEl Sazonador es una mezcla selecta de especias con orégano, comino, sal, perejil, ajo y cebolla en polvo; pensada para realzar al máximo el sabor natural de los alimentos y hacerlos irresistibles.DESARROLLORegla general interpretativas (R.G.I)-Regla 1.- Regla general interpretativa-Regla 3b.- El carácter esencial del productoDefinición notas explicativasPor otra parte, los condimentos y sazonadores compuestos que contengan especias, difieren de las especias y de las mezclas de especias de las partidas 09.04 a 09.10 en que también contienen una o varias sustancias saboreadoras o sazonadoras clasificadas en Capítulos diferentes al Capítulo 09 y en proporción tal que la mezcla ha perdido el carácter esencial de especia de dicho Capítulo (véanse a este respecto las Consideraciones Generales del Capítulo 9).Clasificación arancelariaClasificación arancelaria-Sección: IV-Capitulo: 21-Sección: Productos de las industrias alimentarias.-Capitulo: Preparaciones alimenticias diversas.Restricción arancelaria nacional-Registro sanitarioPosición arancelaria-Tarifa arancelaria: 30%-Unidad física: kgPosición Arancelaria-Partida: 21.03Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.-Subpartida: 2103.90.20.00Condimentos y sazonadores, compuestosCONCLUSIONESPor lo general un sazonador es la mezcla de especias naturales: achiote molido, pimienta negra, cebolla, ajo, apio y comino. En especial es utilizado en todo tipo de comidas resaltando el sabor de carnes y vegetales, en la actualidad, este mercado está en constante crecimiento, ya sea como especias solas o sus mezclas.Es importante mencionar que la clasificación arancelaria es un proceso que consiste en asignar un código numérico creado por la Organización Mundial de Aduanas a las mercancías. Su objetivo es identificar las mercancías que se importan y exportan para fijar impuestos, obligaciones y derechos.FUENTECOMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-...
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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DEL SAZONADOR

INTRODUCCIÓNEl Sazonador es una mezcla selecta de especias con orégano, comino, sal, perejil, ajo y cebolla en polvo; pensada para realzar al máximo el sabor natural de los alimentos y hacerlos irresistibles.DESARROLLORegla general interpretativas (R.G.I)-Regla 1.- Regla general interpretativa-Regla 3b.- El carácter esencial del productoDefinición notas explicativasPor otra parte, los condimentos y sazonadores compuestos que contengan especias, difieren de las especias y de las mezclas de especias de las partidas 09.04 a 09.10 en que también contienen una o varias sustancias saboreadoras o sazonadoras clasificadas en Capítulos diferentes al Capítulo 09 y en proporción tal que la mezcla ha perdido el carácter esencial de especia de dicho Capítulo (véanse a este respecto las Consideraciones Generales del Capítulo 9).Clasificación arancelariaClasificación arancelaria-Sección: IV-Capitulo: 21-Sección: Productos de las industrias alimentarias.-Capitulo: Preparaciones alimenticias diversas.Restricción arancelaria nacional-Registro sanitarioPosición arancelaria-Tarifa arancelaria: 30%-Unidad física: kgPosición Arancelaria-Partida: 21.03Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.-Subpartida: 2103.90.20.00Condimentos y sazonadores, compuestosCONCLUSIONESPor lo general un sazonador es la mezcla de especias naturales: achiote molido, pimienta negra, cebolla, ajo, apio y comino. En especial es utilizado en todo tipo de comidas resaltando el sabor de carnes y vegetales, en la actualidad, este mercado está en constante crecimiento, ya sea como especias solas o sus mezclas.Es importante mencionar que la clasificación arancelaria es un proceso que consiste en asignar un código numérico creado por la Organización Mundial de Aduanas a las mercancías. Su objetivo es identificar las mercancías que se importan y exportan para fijar impuestos, obligaciones y derechos.FUENTECOMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-...
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INTRODUCCIÓN

Las actividades primarias para realizar el registro de las normas que rigen el arancel, mediante la utilización del sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, denominado Ecuapass; garantiza la facilitación y control de las operaciones de comercio exterior. El proceso iniciara con el registro de la solicitud de aprobación de proceso de nomenclatura y medidas de comercio exterior y finalizara con la implementación de las medidas debidamente aplicadas en el arancel y su respectiva publicación.

DESARROLLO

Para la aplicación de los términos de manera correcta se presentan algunas definiciones inherentes a los términos utilizados en la jefatura de clasificación arancelaria:

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Estructura del código de mercancías correspondiente al arancel armonizado

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El procedimiento para el registro de la medida en el sistema Ecuapass, el Digitador y Aprobador no pueden ser la misma persona, es decir, una misma persona no puede desempeñar mal de un rol; por lo que se convierten en responsables solidarios de las medidas implementadas.

Proceso para realizar la implementación de una medida de comercio exterior

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Para implementar una medida en el sistema informático se debe considerar como fecha inicio de vigencia el día siguiente de la implementación de la medida en el sistema. No puede registrar una fecha igual o menor a la fecha de implementación, salvo en casos que se hayan consultado a la Dirección de Política Aduanera.

 

CONCLUSIONES

  • Podemos concluir que el Director de técnica aduanera debe de gestionar con los organismos competentes en plazo que se debe establecer, con el fin de mitigar que el ente emisor notifique tardíamente la medida que debe registrarse en el sistema informático Ecuapass.
  • Por otro lado el sistema Ecuapass, tiene como principales Fortalezas, que el sistema puede enlazarse con todas las entidades gubernamentales, de manera que el usuario cuente con una ventanilla única donde podrá optimizar su tiempo.

FUENTE

Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1_DE_ENERO_R93.pdf

Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-8-001-V1.pdf

 

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ARANCEL ADUANERO Y ARANCEL DE IMPORTACIÓN

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INRODUCCIÓN

Los aranceles aduaneros son tasas sobre las importaciones impuestas por las autoridades aduaneras sobre las mercancías que entran en un país es por ello que cualquier mercancía importada en una operación de comercio internacional debe ser declarada en aduanas a su llegada.

DESARROLLO

Arancel aduanero

El Arancel de Aduanas es la publicación oficial donde se recogen las descripciones de los productos de tal forma que permitan clasificar todas las mercancías y determinar sus correspondientes tipos impositivos.

Arancel de importación

El Arancel es un impuesto que se exige pagar a los productos extranjeros (no comunitarios) cuando pretenden que sean consumidos (importados) y de esta manera proteger a los productos nacionales - comunitarios de una competencia exterior de bienes más baratos.

Es por ello que el arancel aduanero y arancel de importación, también podrás encontrar alusiones a este mismo concepto bajo el nombre de ‘barreras arancelarias.

Tipos de aranceles de importación

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Además de este tipo de aranceles existen otras medidas arancelarias adicionales que protegen la salud del libre comercio internacional. Podríamos decir que el arancel aduanero común es la norma, y las medidas adicionales son las excepciones. Las más habituales son las medidas compensatorias, las antidumping y las de salvaguardia.

CONCLUSIONES

  • Podemos concluir que estas medidas se aplican fundamentalmente sobre las mercancías que entran en un país, y por eso en la práctica se usan indistintamente los términos arancel aduanero y arancel de importación.
  • Sin embargo, hay que tener en cuenta que también se pueden aplicar aranceles sobre la exportación, sólo que en estos casos se aplican en situaciones excepcionales y con carácter no permanente.

FUENTES

https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1_DE_ENERO_R93.pdf

https://www.blogbankia.es/es/blog/que-son-y-que-regulan-los-aranceles.html

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INTRODUCCIÓN

El Algodón hidrófilo, algodón purificado o algodón absorbente está constituido por los pelos de las semillas de las variedades cultivadas de Gossypium hirsutum o de otras especies de Gossypium, (familia Malváceas) libres de impurezas adheridas, desprovistos de materia grasa, blanqueados y esterilizados en su envase final. Gossypium es el nombre antiguo del algodonero y deriva del árabe gos, que designa a la sustancia sedosa, suave, hirsutum deriva del latín y significa encrespado o velloso.

DESARROLLO

 

Regla general interpretativas (R.G.I)

  • Regla 6.- Mutatis mutandis

 

Definición notas explicativas

Se clasifican también en esta partida, la guata y la gasa para apósitos (generalmente de algodón hidrófilo), las vendas, etc., que, sin estar impregnadas ni recubiertas de sustancias farmacéuticas, son reconocibles por su acondicionamiento (etiquetas, presentación en pliegues, etc.) como destinadas exclusivamente a la venta directa a los usuarios (particulares, hospitales, etc.) sin otro reacondicionamiento para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario.

Clasificación arancelaria

Sección: VI             Capitulo: 30

Sección:

Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

Capitulo:

Productos farmacéuticos

Restricción arancelaria nacional

  • Registro sanitario

Posición arancelaria

  • Tarifa arancelaria: 20%
  • Unidad física: kg

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CONCLUSIONES 

  • El Algodón hidrófilo es conocido también como algodón purificado e incluso como algodón absorbente, sus componentes son los pelos de las semillas de la variedad Gossypium hirsutum o de otras especies siempre y cuando se encuentren libres de impurezas  adheridas, materia grasa o algún otro especie.
  • Es importante mencionar que la clasificación arancelaria de las mercancías es de gran importancia ya que gracias a ella es posible poder identificar el tipo de arancel correspondiente a cada producto y llevar un control permanente de las mismas.

FUENTE

COMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-...

 

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INTRODUCCIÓN

Hilo fino formado por el líquido que segregan algunos gusanos y arácnidos que se solidifica en contacto con el aire. Cosa o parte de ella que queda después de haberla utilizado o que se desperdicia por descuido.

DESARROLLO

Regla general interpretativas (R.G.I)

  • Regla 6.- Mutatis mutandis

Definición notas explicativas

50.03 DESPERDICIOS DE SEDA (INCLUIDOS LOS CAPULLOS NO APTOS PARA EL DEVANADO, DESPERDICIOS DE HILADOS E HILACHAS).

Esta partida comprende los desperdicios de seda de cualquier clase, así como los productos de la hilatura de estos desperdicios, obtenidos en la fase anterior al hilado propiamente dicho.

Clasificación arancelaria

Sección: XI             Capitulo: 50

Sección:

Materias textiles y sus manufacturas

Capitulo:

Seda

Restricción arancelaria nacional

  • Registro de importador

Posición arancelaria

  • Tarifa arancelaria: 5%
  • Unidad física: kg

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CONCLUSIONES 

  •  Los desperdicios de seda se producen a partir de las porciones interiores de los capullos. Estos son desgomados e hilados igual que cualquier otra fibra básica. O también puede ser mezclada con otro tipo de fibra básica y ser hilada en un hilo.
  • Por otro lado es importante mencionar que la clasificación arancelaria de las mercancías es de gran importancia ya que gracias a ella es posible poder identificar el tipo de arancel correspondiente a cada producto y llevar un control permanente de las mismas.

 

FUENTE

COMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-...

 

 

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INTRODUCCIÓN

El nuevo sistema informático aduanero ecuatoriano permitirá a los operadores de comercio exterior facilitar todas sus operaciones, reduciendo tiempos asociados al cumplimiento de formalidades aduaneras. Por ello todas las personas radicadas en el país que requieran realizar importaciones o exportaciones deben registrarse en el sistema informático ECUAPASS para que puedan realizar sus operaciones de comercio exterior, dicho registro es aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

DESARROLLO

Los operadores de comercio exterior desempeñan sus funciones en el ámbito aduanero del país, de acuerdo con las autorizaciones otorgadas por la administración aduanera.

¿Quién puede registrarse?

9242314490?profile=originalRequisitos

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Proceso

El procedimiento en cuanto al registro de operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass para realizar transacciones de importador/exportador, es el siguiente:

1.- Ingresar al sistema informático Ecuapass (http://www.ecuapass.aduana.gob.ec) y dar clic en la opción “Nuevo Registro”

2.- Seleccionar la opción “Solicitud de Registro de Usuario de Representante de Comercio Exterior" y registrar la siguiente información:

  • Información de Empresa
  • Datos del Representante Legal en el SRI
  • Información de Representante de Comercio Exterior
  • Información de Operación: Seleccionar la opción  "Importador/Exportador"
  • Información de Certificado Digital

3.- Adjuntar la documentación correspondiente

4.- Registrar y firmar la solicitud de usuario de comercio exterior.

Tipos de operadores de Comercio Exterior

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Beneficios

  • Seguridad en sus transacciones
  • Priorización en la atención de trámites operativos y administrativo
  • Gestionar los trámites aduaneros en cualquier momento y desde cualquier lugar.
  • Integrar todas las operaciones de comercio en una sola base informática.
  • Automatización a las facilidades de pagos de tributos al Comercio Exterior.
  • Consulta de información.
  • Prioridad de atención para el despacho aduanero.
  • Reducción de controles de ruta.

 

CONCLUSIONES

La actividad actual del comercio internacional y la operatividad han hecho que se haga necesario el registro y participación de operadores de comercio exterior con la capacidad y conocimiento para llevar a cobo los tramites, gestiones y demás operaciones que se efectúan ante la Aduna para la salida o ingreso de la mercancía.

Por ello los operadores de comercio exterior que interactúan informática y operativamente con la administración aduanera, cuya responsabilidad es garantizar la seguridad de los procesos y operaciones que se realicen en las actividades de comercio exterior.  

FUENTES

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR. (04 de 09 de 2015). Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0720-RE. Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0720-RE.pdf

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS ECUADOR . Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/oea/

 

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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA MEZCLA DE TABACO

INTRODUCCIÓN

Mezcla de tabaco, constituida por 1°) 75 % en peso de hojas desvenadas sin cortar de tabaco de Virginia curado, de tipo Burley y, en algunos casos, de tabaco Oriental, y 2°) 25 % en peso de tabaco reconstituido. Las hojas de tabaco desvenadas y el tabaco reconstituido son mezclados por superposición controlada en un silo.

REGLA GENERAL INTERPRETATIVAS (R.G.I)

  • Regla 2b.- Productos mesclados y artículos compuestos.
  • Regla 3b.- El carácter esencial del producto.

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

Esta partida comprende:

1) El tabaco en estado natural, en forma de planta entera o de hojas y las hojas secas o fermentadas, que pueden ser enteras o desvenadas, estén o no cortadas, troceadas o recortadas, incluso en forma regular con la condición de que no se trate de un producto dispuesto para ser fumado.

También están comprendidas en esta partida las hojas de tabaco mezcladas, desvenadas y después humectadas (beneficiadas) con un líquido de composición apropiada para impedir, principalmente, el enmohecimiento y resecado y además para preservar el sabor.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Sección: IV            Capitulo: 24

Sección:

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados.

 Capitulo:

Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Restricción arancelaria nacional

  • Permiso fitosanitario de importación

Posición arancelaria

  • Tarifa arancelaria: 0%
  • Unidad física: kg

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PRINCIPALES EXPORTADORES

En todo el mundo se producen 6.665.713 toneladas de tabaco y mezcla de tabaco por año.

China es el mayor productor de tabaco del mundo con un volumen de producción de 2.806.770 toneladas por año, India ocupa el segundo lugar con una producción anual de 761.318 toneladas.

China e India producen juntas más del 50% del total mundial.

CONCLUSIONES 

La clasificación arancelaria de las mercancías es de gran importancia ya que gracias a ella es posible poder identificar el tipo de arancel correspondiente a cada producto y llevar un control permanente de las mismas, dando como resultado establecer diversos tipos de medidas que aceleren o detengan ingresos excesivos de mercancías en un país.

FUENTE

COMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

 

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Medidas arancelarias y No arancelarias

Introducción

Las principales variables que deben considerarse para lograr éxito en el proceso de una exportación o importación es toda medida o regulación sobre comercio exterior la cual se sujetara a los tratados internacionales debidamente ratificados por Ecuador. Las barreras al comercio exterior de mercancías puede dividirse en dos grandes grupos: las arancelarias y las no arancelarias.

Desarrollo

Las barreras arancelarias son los impuestos (aranceles) que deben pagar los importadores y exportadores en las aduanas de entrada y salida de las mercancías.

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Modalidades de aranceles

Restricciones al comercio exterior, mediante impuestos a la exportación e importación de bienes o servicios. Los aranceles podrán adoptarse bajo distintas modalidades técnicas u otras modalidades que se contemplen en los tratados comerciales:

  1. Aranceles fijos.- Tarifa única para una subpartida de la nomenclatura aduanera y de comercio exterior.
  2. Contingentes arancelarios.- Tarifa diferente a las importaciones o exportaciones que excedan dicho monto.

Medidas no arancelarias

Regulaciones impuestas por los gobiernos para dificultar o evitar la importación de determinadas mercancías sin elevar los aranceles, podrá establecer medidas de regulación no arancelarias a la importación y exportación de mercancías, en los siguientes casos:

  1. Evitar escasez de productos alimenticios o de otros productos esenciales para el país.
  2. Asegurar el abastecimiento de materias primas o de productos nacionales.
  3. Proteger recursos naturales no renovables del país.

Cuando se adopten medidas distintas a la exclusiva modificación a loa aranceles de imprimación, el COMEX podrá fijar los mecanismos de su aplicación y así como la fecha desde cuando entraran en vigencia tales medidas.  

Conclusión

Las barreras arancelarias tienen la finalidad de normar y limitar la entrada de ciertos productos a los países que las imponen, a diferencia de las medidas no arancelarias que son medidas de política comercial diferentes a las medidas comunes llamados aranceles que tienen el potencial de afectar el intercambio internacional de bienes. 

Recomendación

El exportador debe informarse de los requerimientos que debe cumplir con su producto antes de iniciar relaciones comerciales con un país determinado ya que las medidas no arancelarias y arancelarias puede ser el principal objetivo de la política comercial.

Fuentes

Centro de Comercio Internacional . (2015). Obtenido de https://www.intracen.org/itc/analisis-mercados/medidas-no-arancelarias/identificando-las-medidas-no-arancelarias/

Guayasamín, F. (2016). Correlación entre el Código Orgánico de la Producción. Comercio e Inversión y sus reglamentos . Quito-Ecuador : Edarsi EDITORES.

 

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A partir del 15 de Octubre del 2012 se implementó el Sistema Aduanero Ecuatoriano (ECUAPASS) el cual permite  a los Operadores de Comercio Exterior poder realizar todas sus operaciones aduaneras de exportación e importación, con el objetivo de llevar a cabo las operaciones aduanera de forma segura y eficiente, por ello las consultas de clasificación arancelaria de mercancías objeto de comercio internacional del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador están disponibles para toda persona natural o jurídica que ingrese de forma legal mercancías al país y que requiera identificar de forma adecuada la clasificación arancelaria de dichas mercancías, a través de los estudios respectivos de composición de los productos.

Desarrollo

¿A quién está dirigido?

9242303863?profile=originalClasificación Arancelaria: Código de 10 dígitos que identifica el producto importado en el Arancel Nacional del Ecuador.

Necesidad de la identificación de las mercancías

Actualmente todos los estados y las organizaciones regionales o internacionales dedican especial atención al mejor conocimiento de las mercancías a través de sus características tecnológicas y a la necesidad de sistematizar su identificación según principios o criterios orientados a varias agrupaciones determinantes de un sistema de clasificación de mercancías, sea con fines estadísticos o de carácter fiscal.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

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Información indispensable para la clasificación arancelaria dependiendo de la naturaleza de la mercancía en cuestión.

Conclusión

La consulta de clasificación arancelaria de mercancías es de suma importancia ya que gracias a esta vamos a poder obtener información verídica de los aranceles y garantías  con el fin de manejar los instrumentos arancelarios que tienen como base la determinación del código arancelario para las mercancías objeto de importación y/o exportación, a fin de determinar la tasa arancelaria para el cálculo de los impuestos de importación correspondientes, así como la determinación del Régimen legal aplicable según la naturaleza de la mercancía.

Fuentes

Segovia, F. G. (s.f.). Principios Fundamentales para Clasificación de Mercancías en el Sistema Armonizado. QUITO: Edarsi EDITORES.

SENAE. (2019). Obtenido de Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: https://www.aduana.gob.ec/consulta-de-clasificacion-arancelaria/

 

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VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA (VUE)

La ventanilla única ecuatoriana inicia sus operaciones en noviembre de 2012. Para el comercio exterior es una herramienta electrónica por medio del cual todo usuario u operadores de Comercio Exterior, el cual a través del portal de Ecuapass se realizan los diferentes trámites que requieren los operadores económicos para la exportación o importación.DesarrolloLa VUE para el comercio exterior se regirá por las políticas del Consejo de la Producción y se encuentra bajo la coordinación del Ministerio Coordinación de la Producción, no obstante la administración le corresponde al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).Funciones:• Facilita datos electrónicos y documentos• Extracción de datos• Procesamiento de datos• Distribución e intercambio de datos entre las aduanas y las agencias gubernamentales.Beneficios• Disponer información a las entidades.• Reducir duplicidad de los registros.• Facilita la tramitación de la documentación.• Reduce tiempo y costo.• Fomentar la cooperación entre las instituciones públicas involucradas.ImplementaciónToda entidad pública será responsable de destinar recursos necesarios para la implementación de nuevos desarrollos informáticos.MonitoreoSENAE será responsable de monitorear los tiempos en función a la reducción de tiempos que debe mantener la VUEConclusiónLa VUE es una herramienta electrónica por medio del cual, los usuarios de los servicios aduaneros, presentarán los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior, así como la distribución de datos y prevención de redundancia en entrada de datos facilita el flujo de la logística reduciendo costos y tiempo.RecomendaciónRealizar una revisión previa a los diferentes requisitos de las entidades relacionadas con el comercio exterior, para la aprobación eficiente y eficaz del proceso de documentación con el fin de constatar que no existan errores.Webgrafía:https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-ISEV-2-2-076-V1.pdf
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VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA (VUE)

La ventanilla única ecuatoriana inicia sus operaciones en noviembre de 2012. Para el comercio exterior es una herramienta electrónica por medio del cual todo usuario u operadores de Comercio Exterior, el cual a través del portal de Ecuapass se realizan los diferentes trámites que requieren los operadores económicos para la exportación o importación.DesarrolloLa VUE para el comercio exterior se regirá por las políticas del Consejo de la Producción y se encuentra bajo la coordinación del Ministerio Coordinación de la Producción, no obstante la administración le corresponde al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).Funciones:• Facilita datos electrónicos y documentos• Extracción de datos• Procesamiento de datos• Distribución e intercambio de datos entre las aduanas y las agencias gubernamentales.Beneficios• Disponer información a las entidades.• Reducir duplicidad de los registros.• Facilita la tramitación de la documentación.• Reduce tiempo y costo.• Fomentar la cooperación entre las instituciones públicas involucradas.ImplementaciónToda entidad pública será responsable de destinar recursos necesarios para la implementación de nuevos desarrollos informáticos.MonitoreoSENAE será responsable de monitorear los tiempos en función a la reducción de tiempos que debe mantener la VUEConclusiónLa VUE es una herramienta electrónica por medio del cual, los usuarios de los servicios aduaneros, presentarán los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior, así como la distribución de datos y prevención de redundancia en entrada de datos facilita el flujo de la logística reduciendo costos y tiempo.RecomendaciónRealizar una revisión previa a los diferentes requisitos de las entidades relacionadas con el comercio exterior, para la aprobación eficiente y eficaz del proceso de documentación con el fin de constatar que no existan errores.Webgrafía:https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-ISEV-2-2-076-V1.pdf
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