DESCRIPCIÓN
El queroseno es un líquido transparente (o con ligera coloración amarillenta) obtenido por destilación del petróleo, de densidad intermedia entre la gasolina y el gasóleo o diésel, que se utiliza como combustible. El queroseno y otros combustibles de aviación son un blending de diversas corrientes de refinería con el fin de conseguir unas propiedades determinadas marcadas por la normativa vigente. Son mezclas de hidrocarburos:
• Parafinas lineales (n-parafinas)
• Parafinas ramificadas (iso-parafinas)
• Cicloparafinas (naftenos)
• Hidrocarburos aromáticos (principalmente alquilbencenos y alquilnaftalenos) y
olefinas (0,5% -5% como máximo) con diferentes productos químicos. El número de
átomos de carbono puede variar en el intervalo de C9 a C17.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
Para empezar a realizar la correcta clasificación arancelaria del queroseno se regirá y definirá a las siguientes Reglas Generales del Interpretativas del Sistema Armonizado:
NOTAS EXPLICATIVAS
Partida 27.10
I.– PRODUCTOS PRIMARIOS La primera parte de esta partida comprende aquellos productos que han sufrido un tratamiento distinto de los mencionados en la Nota Explicativa de la partida 27.09. Esta partida comprende: A) El aceite de petróleo o de mineral bituminoso del que se han eliminado algunas fracciones ligeras por una primera destilación más o menos avanzada (topping), así como los aceites ligeros, medios o pesados, que procedan de la destilación de fracciones más o menos amplias o del refinado de aceites brutos de petróleo o de mineral bituminoso. Estos aceites, más o menos líquidos o semisólidos, según los casos, están constituidos principalmente por hidrocarburos no aromáticos, tales como los parafínicos o ciclánicos (nafténicos). Entre los que proceden de la destilación fraccionada, se pueden citar:
1) Los eteres de petróleo y la gasolina.
2) El white spirit.
3) El petróleo lampante (queroseno).
4) Los gasóleos.
5) El fuel.
6) El aceite para husillos (sprindle oil) y los aceites de engrase.
7) Los aceites blancos llamados de vaselina o de parafina.
Los aceites considerados anteriormente siguen comprendidos aquí, aunque se hayan purificado por cualquier procedimiento (por la acción de disoluciones básicas o ácidas, por la acción de disolventes selectivos, por el procedimiento del cloruro de zinc o los procedimientos con tierras absorbentes, por redestilación, etc.), siempre que no se transformen en productos de constitución química definida, aislados, puros o comercialmente puros, del Capítulo 29.
POSICIÓN ARANCELARIA
TRIBUTOS
RESTRICCIONES
Esta mercancía requiere de una licencia INEN 1 para el régimen 10 Importación al consumo. Los Certificados de Conformidad (INEN-1) son expedidos por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), en la importación de bienes manufacturados, sujetos a Reglamentos Técnicos Ecuatorianos, como medida de protección al consumidor.
CONCLUSION
- El proceso de clasificación debe seguir las reglas generales interpretativas 1 y 6 con las cuales finalmente se determina que según el Sistema Armonizado la clasificación está en la Sección V de Productos Minerales, capítulo 27, partida 27.10 Betunes y asfaltos naturales; pizarras y arenas bituminosas; asfaltitas y rocas asfálticas, Subpartida 2710.19.14.00 correspondiente a Queroseno. Esta clasificación arancelaria grava FODINFA 0,5% e IVA de 12% y requiere INEN.
RECOMENDACION
- Para la obtención de un certificado INEN es necesario conocer los requisitos que sean aplicables a la importación, conforme lo estipule el Reglamento Técnico Ecuatoriano aplicable/ Norma Técnica 2070 para productos derivados del petróleo y bases legales que amparen la conformidad del producto en mención.
FUENTES
DOCUMENTACIÓN TOXICOLÓGICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL LÍMITE DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL DEL QUEROSENO (COMBUSTIBLE DE AVIACIÓN. (s/f). Insst.es. Recuperado el 8 de agosto de 2022, de https://www.insst.es/documents/94886/289981/DLEP+106.pdf/cbece20a-5939-4582-ae8c-95cfe3bc0204?version=1.0&t=1528396217148
Comunidad Andina de Naciones. (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta.
Resolución No. 020-2017. (2017). Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
AUTOR: CAIZA CARLOS