Un régimen de excepción es un mecanismo contemplado en la legislación de un país para afrontar situaciones extraordinarias y graves que incluye mayores poderes para el Gobierno o las fuerzas armadas y la suspensión o restricción de algunos derechos fundamentales.
Las pequeñas y medianas empresas son entidades independientes, con alta predominancia en el mercado de comercio, quedando prácticamente excluidas del mercado industrial por las grandes inversiones necesarias y por las limitaciones que impone la legislación en cuanto al volumen de negocio y de personal, los cuales si son superados convierten, por ley, a una microempresa en una pequeña empresa, o una mediana empresa se convierte automáticamente en una gran empresa. Por todo ello una pyme nunca podrá superar ciertas ventas anuales o una determinada cantidad de personal.
¿Qué son?
Las operaciones aduaneras son el conjunto de actividades relacionadas al tráfico de mercancías, medios de transporte y personas sometidas al control aduanero, que se establecerán y regularán en el reglamento de COPCI, y demás normas que dicte el SENAE.
Introducción:
La garantía aduanera es la obligación accesoria que se contrae a satisfacción de la autoridad aduanera, con el objeto de asegurar el pago de los tributos al comercio exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación o exportación de mercancías, el cumplimiento de las formalidades determinadas por la administración aduanera, y, las obligaciones contraídas para con el SENAE por los operadores del comercio exterior para el ejercicio de actividades.
Medidas Arancelarias
La política comercial más simple y por ende la más aplicada es aquella que se implementa mediante aranceles, es decir en el cobro de impuestos por bienes importados, en el mercado innovador las intervenciones gubernamentales en el comercio internacional toman otras formas que logran un efecto semejante al de las políticas arancelarias (Torres, 2016).
Medidas No Arancelarias
Son las barreras al comercio que implican diferentes tributos de impuestos o aranceles a las importaciones, las más usuales son las cuotas cuantitativas (Bedoya, 2013).
Según el Art. 4.- Fines.- La presente legislación tiene, como principales, los siguientes fines:
Conclusión:
El COPCI es un instructivo en donde básicamente se plantea la idea de facilitar y agilizar el crecimiento de la producción nacional junto con el comercio justo, además de generar trabajo de calidad y digno para todos, mediante la aplicación y regulación de las nuevas tecnologías las cuales permitirán el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y que en coordinación del estado ecuatoriano permitirán una correcta potenciación de la matriz productiva.
La inversión nacional e internacional se verá beneficiada y regulada, con ello se espera promover el desarrollo productivo del país y tener un control adecuado de las importaciones y exportaciones realizadas en el mismo territorio ecuatoriano.
¿Qué son?
Son los tratamientos aduaneros aplicables a las mercancías que se trasladarán desde territorio nacional hacia el exterior, solicitado por el declarante, de acuerdo con la legislación aduanera vigente.
Se clasifican en:
Art. 154.- Exportación definitiva. - Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero comunitario o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano, con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente Código y en las demás normas aplicables.
Art. 155.- Exportación temporal para reimportación en el mismo estado. - Es el régimen aduanero que permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías en libre circulación con un fin y plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por el uso que de ellas se haga.
Art. 156.- Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. - Es el régimen aduanero por el cual las mercancías que están en libre circulación en el territorio aduanero pueden ser exportadas temporalmente fuera del territorio aduanero o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro de dicho territorio para su transformación, elaboración o reparación y luego reimportarlas como productos compensadores con la exención de los tributos correspondientes conforme las condiciones previstas en el reglamento al presente Código.
Fuentes:
Regímenes Aduaneros – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (n.d.). Retrieved June 12, 2021, from Gob.ec website: https://www.aduana.gob.ec/regimenes-aduaneros/
¿Qué son?
Son los tratamientos aduaneros aplicables a las mercancías provenientes del exterior, solicitado por el declarante, de acuerdo con la legislación aduanera vigente.
Se clasifican en:
Art. 147.- Importación para el consumo.- Es el régimen aduanero por el cual las mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.
Art. 148.- Admisión temporal para reexportación en el mismo estado.- Es el régimen aduanero que permite la introducción al territorio aduanero de determinadas mercancías importadas, para ser utilizadas en un fin determinado, con suspensión total o parcial del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos, con excepción de la depreciación normal originada por el uso que se haya hecho de las mismas, para ser reexportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación alguna, según se determine en el reglamento.
Art. 149.- Régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo.- Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio aduanero ecuatoriano, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de mercancías destinadas a ser exportadas luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento, bajo la forma de productos compensadores.
Podrán autorizarse instalaciones industriales, que al amparo de una garantía general, operen habitualmente bajo este régimen, cumpliendo con los requisitos previstos en el reglamento al presente Código.
Los productos compensadores que se obtengan aplicando este régimen podrán ser objeto de cambio de régimen a importación para el consumo, pagando tributos sobre el componente importado de dicho producto compensador.
Art. 150.- Reposición de mercancías con franquicia arancelaria.- Régimen aduanero que permite importar, con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos con excepción de las tasas aplicables, mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y sus características técnicas, a las que estando en libre circulación, hayan sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo.
Art. 151.- Transformación bajo control aduanero.- Es el régimen aduanero que permite introducir en el territorio aduanero mercancías para someterlas a operaciones que modifiquen su especie o estado, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, para la posterior importación para el consumo de los productos resultantes obtenidos de esas operaciones, con la aplicación de los derechos e impuestos a la importación y recargos que les correspondan con arreglo a la naturaleza arancelaria del producto terminado.
Art. 152.- Depósito aduanero.- Régimen aduanero según el cual las mercancías importadas son almacenadas por un periodo determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, sin el pago de los derechos e impuestos y recargos aplicables.
Art. 153.- Reimportación en el mismo estado.- Es el régimen aduanero que permite la importación para el consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la importación, recargos aplicables de las mercancías que han sido exportadas, a condición que no hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el extranjero y a condición que todas las sumas exigibles en razón de un reembolso o de una devolución, de una exoneración condicional de derechos e impuestos o de toda subvención u otro monto concedido en el momento de la exportación, se hayan pagado.
Art. 159.- Almacenes Especiales.- Conforme la normativa internacional aplicable se podrán autorizar almacenes especiales de mercancías, destinadas al aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves y unidades de carga destinadas para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros y carga; a los que se podrán ingresar además, libre de todo tributo al comercio exterior, repuestos y piezas de recambio para su reparación, acondicionamiento o adecuación.
Para aplicación de esta disposición, la Directora o el Director General tendrán la atribución para establecer formalidades simplificadas.
Fuentes:
Acavir Cursos con Certificado SETEC. (2021, 11 enero). Regímenes Aduaneros de Importación Códigos - Comercio Exterior. Cursos de Capacitación con Certificado SETEC. https://www.acavir.com/comercio-exterior/regimenes-de-importacion/#:%7E:text=Reg%C3%ADmenes%20aduaneros%20de%20importaci%C3%B3n%20son,con%20la%20legislaci%C3%B3n%20aduanera%20vigente.
Regímenes Aduaneros – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (s. f.). Servicio nacional de Aduana del Ecuador. Recuperado 6 de junio de 2021, de https://www.aduana.gob.ec/regimenes-aduaneros/
Es una ley que tiene por objetivo regular el proceso productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades e inversiones productivas orientadas a la realización del buen vivir.
Fue publicado por primera vez en Quito, el 29 de diciembre de 2010 con el registro n°351.
Objeto
Eje
Fines
Se relaciona con varias instituciones como:
Fuente:
Jonathan Israel. (2020, 18 diciembre). COPCI [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=YNtE2j_WhSU
Elizabeth manchay. (2019, 1 marzo). Copci [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=_Wh6F7jSjyE
Es una herramienta del sistema Ecuapass en la cual se gestionan los documentos y control previo para la importación y exportación de mercancías.
Requisitos
Beneficios
Objetivo
Integrar a las entidades habilitantes que convergen en la plataforma para la respectiva autorización de documentación previa para importación y exportación.
En conclusión, esta herramienta facilita al usuario realizar todo tipo de tramite de comercio exterior ahorrándose mucho tiempo y evitando visitar varias entidades para obtener permisos y realizar solicitudes.
Fuentes:
ECUAPASS ventanilla unica ecuatoriana. (2018, 23 enero). [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=1fH4pDs3eX8
Introducción a la VUE, Ventanilla Única Ecuatoriana. (2021, 23 abril). [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=ZtIEcaPLHdo&t=306s