Publicaciones de Angie Gabriela Zapata Suárez (15)

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Cristales de rubí de Madagsacar

INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

El ruber, “rojo”, o rubí es una gema roja que debe su color a minerales como el hierro y el cromo. Junto al zafiro, pertenece a la familia del corindón. De hecho, la única diferencia entre ambas piedras preciosas es el color, es decir, cuando el corindón es rojo, es conocido como rubí, en tanto que cuando es azul, recibe el nombre de zafiro.

Sus principales yacimientos se encuentran en Sri Lanka, Birmania, India y China, entre otros muchos países. No obstante, los rubíes extraídos de Tanzania y la Isla de Malaca son especialmente valiosos, pues su valor puede asemejarse al de los diamantes del mismo tamaño. De hecho, según la procedencia de estas piedras preciosas, la tonalidad del rubí variará desde un rojo claro hasta un rojo mucho más vivo e intenso, siendo este último el más valorado.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Sección XIV Capítulo 71

Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas. Al mencionar la inclusión de piedras preciosas es en dónde podemos localizar qué los rubíes tendrán un lugar dentro de este capítulo y sección. Únicamente nos da una guía para conocer a dónde dirigirnos dentro del arancel.

Sección

En la Sección XIV

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.03
Piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.05, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

 10971184681?profile=RESIZE_584x

7103.91.10.00 - - Rubies y zafiros

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual un rubi real se puede encontrar después de estar 100% seguros de su autenticidad y sin ningún tipo de trabajo se encuentra clasificada debido a que inclusive la partida en la subpartida arancelaria nos indica textualmente el nombre del producto.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: quilates c/t

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Tenemos que tomar en cuenta que a veces productos como los cristales con forma de un rubi real sin trabajar pueden ser comercializados. Lo más sencillo de esta clasificación es que el material se encuentra plasmado dentro del arancel del sistema armonizado con el nombre propio y bastante accesible para determinar su clasificación tomando en cuenta de que existe una parte en la cual podemos encontrar a los rubies cuando ya se encuentran como piezas de joyería ya trabajadas.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

                                           

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

El acetre es un recipiente para albergar el agua bendita y realizar el rito de aspersión en diferentes actos litúgicos. Con el hisopo, varilla metálica terminada en una esfera, el sacerdote sumerge el extremo del hisopo en el acetre para realizar las bendiciones, esparciendo el agua bendita.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Sección XIV Capítulo 71

Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.

La determinación de la clasificación de este producto es que nosotros podemos ubicarlo como ofrecería utilizadas en ceremonias religiosas, por lo cual necesitan de ser de un material específicamente precioso ya que se lo requiere para los rituales. Existen otro tipo de materiales utilizados pero este producto en específico es de metal y está revestido por plata pura. Es así que gracias a esta descripción nosotros podemos identificar únicamente el título de la sección y partida a la cual pertenece.

Nosotros conocemos las características de este producto:

Acetre:

- Capacidad: 500 mililitros.
- Altura con asa: 29 centímetros.

Medidas del hisopo:

- largo 24 centímetros.
- esfera 4x4 centímetros.

Material:

Metal común con revestimiento de plata 0.925

Sección

En la Sección XIV

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.14
Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.05, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

 10951220873?profile=RESIZE_584x

7114.20.10.00 - De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual este artículo de orfebreía, qué es un recipiente para agua bendita, se encuentra ubicado dentro del arancel nacional. Debido a que nosotros tenemos dividido en varias partes las subpartidas de esta descripción de partida podemos considerar que en el caso de que sea de un metal precioso por completo entraría otro código arancelario.

Notas del capítulo 71 respecto a la partida:

En la partida 71.14, se entiende por artículos de orfebrería los objetos tales como los de servicio de mesa, tocador, escritorio, fumador, de adorno de interiores, los artículos para el culto.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: kg

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Como una de las recomendaciones más importantes es que nosotros debemos identificar el material de la composición del artículo antes de empezar a revisar todos los títulos de las secciones. Así nosotros podemos guiarnos por el principal componente, pero sabiendo que tiene una parte de algún material precioso y eso lo llevaría directamente a que se ha clasificado en esta parte.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Los residuos férricos son fundamentalmente el hierro, el acero y los residuos de fundición. Estos residuos son muy valorados para el reciclaje, ya que ahorran, por un lado, una gran cantidad de energía (alrededor del 62%) respecto a la producción con el mineral de hierro y, por el otro, una cantidad importante de agua. En cuanto a los no férricos, hay un gran abanico de materiales como el aluminio, el cobre, el magnesio, el plomo, el estaño, el zinc y el níquel, de los cuales el aluminio es el material más reciclado. Estos residuos tienen un gran valor económico, ya que su recuperación ahorra grandes cantidades de materias primas que, en este caso, tienen un precio elevado y además son difíciles de extraer.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Este es un producto constituido mayoritariamente (98 %) de hierro y metales puros ya utilizados que le da su característica como producto (partida 72.04).

  • Subcapítulo I Productos básicos; granallas y polvo
  • Capítulo 72 fundición, hierro y acero

Sección

En la Sección XV

Capítulo

Capítulo 72: Fundición, hierro y acero

Partida

72.04
Desperdicios y desechos (chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 72.04, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

Nosotros vamos a tomar la forma de los desperdicios que tenemos y también lo tomamos respecto a material. Cuando identificamos las subpartidas vamos a notar que si podemos dirigirnos a determinar la clasificación revisando el titulo:

 10946836472?profile=RESIZE_584x

7104.29.00.00 - - Los demás

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual esos desperdicios deben ser clasificados ya que la ficha técnica de donde provienen es variable y un estudio de laboratorio demostraría que efectivamente se encuentran otros aceros aleados.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: kg

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Está compuesta por pequeñas cantidades de cromo y en algunos casos presenta en su composición “vanadio”, estos son los materiales responsables de su característico color verde. Las esmeraldas reales no producen casi ninguna «llamarada» ni destellos coloridos que aparecen bajo la luz. Si la gema produce un arcoíris de destellos, no es una Esmeralda. Es una piedra muy dura, pero muy frágil a la vez. Esto debido a que en su interior se pueden encontrar fisuras y demás inclusiones y por eso su tallado debe ser delicado y siempre en manos profesionales.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Sección XIV Capítulo 71

Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas. Al mencionar la inclusión de piedras preciosas es en dónde podemos localizar qué los diamantes tendrán un lugar dentro de este capítulo y sección. Únicamente nos da una guía para conocer a dónde dirigirnos dentro del arancel.

Sección

En la Sección XIV

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.03
 Piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.05, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

 10927695875?profile=RESIZE_584x

7103.10.10.00 - - Esmeraldas

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual la esmeralda en bruto y sin ningún tipo de trabajo se encuentra clasificada debido a que inclusive la partida en la subpartida arancelaria nos indica textualmente el nombre del producto.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: quilates c/t

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Tenemos que tomar en cuenta que a veces productos como un Esmeralda sin trabajar pueden ser comercializados. Lo más sencillo de esta clasificación es que el material se encuentra plasmado dentro del arancel del sistema armonizado con el nombre propio y bastante accesible para determinar su clasificación tomando en cuenta de que existe una parte en la cual podemos encontrar a las esmeraldas cuando ya se encuentran como piezas de joyería ya trabajadas.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Está compuesta por pequeñas cantidades de cromo y en algunos casos presenta en su composición “vanadio”, estos son los materiales responsables de su característico color verde. Las esmeraldas reales no producen casi ninguna «llamarada» ni destellos coloridos que aparecen bajo la luz. Si la gema produce un arcoíris de destellos, no es una Esmeralda. Es una piedra muy dura, pero muy frágil a la vez. Esto debido a que en su interior se pueden encontrar fisuras y demás inclusiones y por eso su tallado debe ser delicado y siempre en manos profesionales.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Sección XIV Capítulo 71

Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas. Al mencionar la inclusión de piedras preciosas es en dónde podemos localizar qué los diamantes tendrán un lugar dentro de este capítulo y sección. Únicamente nos da una guía para conocer a dónde dirigirnos dentro del arancel.

Sección

En la Sección XIV

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.03
 Piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.05, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

 10927695875?profile=RESIZE_584x

7103.10.10.00 - - Esmeraldas

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual la esmeralda en bruto y sin ningún tipo de trabajo se encuentra clasificada debido a que inclusive la partida en la subpartida arancelaria nos indica textualmente el nombre del producto.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: quilates c/t

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Tenemos que tomar en cuenta que a veces productos como un Esmeralda sin trabajar pueden ser comercializados. Lo más sencillo de esta clasificación es que el material se encuentra plasmado dentro del arancel del sistema armonizado con el nombre propio y bastante accesible para determinar su clasificación tomando en cuenta de que existe una parte en la cual podemos encontrar a las esmeraldas cuando ya se encuentran como piezas de joyería ya trabajadas.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Los Microtracers son trazadores analíticos para ser usados en industria de formulación de alimentos. Consisten de portadores de hierro recubiertos con colorantes alimenticios. Estos pueden ser recuperados del alimento magnéticamente y rociados con solvente de desarrollo para proporcionar información cualitativa y cuantitativa sobre la calidad de la alimentación. Este polvo se agrega al momento de preparar la mezcla de alimentos para animales para verificar si los componentes fueron agregados y mezclados correctamente, luego se recupera magnéticamente no interviene en la alimentación si no en el proceso de calidad de fabricación de alimentos para animales.

Sirven para validar los procedimientos de control del mezclado alimenticio y la contaminación cruzada. Vitaminas de código, minerales, drogas, u otros micro ingredientes críticos para que puedan ser probados en el momento en las fábricas, antes del envió del alimento, para detectar errores de fabricación. Premezclas códigos y alimentos que los contengan como propietaria para proteger los derechos de patente y distribución, para dar servicio a las quejas del cliente, y por razones relacionadas.

Cada 100 g contiene: % Hierro elemental = 97 Excipiente y colorante vegetal =100

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Este es un producto constituido mayoritariamente (98 %) de polvo de hierro elemental que le da su característica como producto (partida 72.05), metal usado como marcador, y también tiene las trazas de colorantes en menos cantidad pero que igualmente tienen una participación en el producto (partida 32.05)

Subcapítulo I Productos básicos; granallas y polvo
Capítulo 72 fundición, hierro y acero

 

  • Regla 2: de acuerdo a la Regla General para la Interpretación 2 inciso b)” cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias”, debiendo aplicarse para su clasificación la Regla General para la Interpretación 3

Por la aleación con los colorantes se tratará de determinar cómo movilizarse hacia la partida correcta, por el momento se tiene a:

Polvo de hierro: 72.05 Granallas y polvo, de fundición en bruto, de fundición especular, de hierro o acero

Colorantes: 32.05 Lacas colorantes; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de lacas colorantes

 

  • Regla 3: inciso a) donde se indica que “la partida con descripción más específica, tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico”, por lo que acorde con las características y uso del producto consultado, es de aplicación la partida 72.05

Notas explicativas

  • La Nota 1d) del Capítulo 72 señala que se considera Granallas a : los productos que pasen por un tamiz con abertura de malla de 1 mm en proporción inferior al 90 % en peso, y por un tamiz con abertura de malla de 5 mm en proporción superior o igual al 90 % en peso.
  • En este Capítulo, se entiende por: Fundición en bruto aleada la fundición en bruto que contenga uno o varios de los elementos siguientes en las proporciones en peso que se indican:

superior al 0,2 % de cromo
superior al 0,3 % de cobre
superior al 0,3 % de níquel
superior al 0,1 % de cualquiera de los elementos siguientes: aluminio, molibdeno, titanio, volframio (tungsteno), vanadio.

Sección

En la Sección XV

Capítulo

Capítulo 72: Fundición, hierro y acero

Partida

72.05
Granallas y polvo, de fundición en bruto, de fundición especular, de hierro o acero

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 72.12, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

10923449462?profile=RESIZE_584x

7205.29.00.00 – -- Los demás

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Una de las recomendaciones más importantes es tomar en cuenta que mediante la aplicación de la regla general interpretativa 3 podemos determinar que a pesar de ser polvo de hierro aleado con colorantes el hierro siempre va a predominar para identificar cuál es la partida de este producto. Puede llegar a ser confuso que un material para la alimentación contenga esta gran cantidad de metal pero al ser únicamente una herramienta podemos guiarnos gracias a los títulos de las secciones capítulos de partidas para encontrar la que se pudo determinar con anterioridad.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

El polvo de diamante es ideal para moler y pulir cuchillos, herramientas de medición, válvulas, sellos, joyas, vidrio óptico, cerámica y troqueles de dibujo de diamantes, procesamiento de metal y herramientas abrasivas de diamante unidas vitrificadas, así como producción de pasta de molienda.

Características del producto:

  1. Materiales de diamante de vidrio único de alta calidad, alta resistencia y potente fuerza de molienda.
  2. Partículas en forma de placa, vidrio normal y sin ángulo afilado.
  3. Gama concentrada de distribución de granularidad y medios estrictos para el control de granularidad.
  4. La prueba de reflexión de rayos X muestra que no hay pico de reflexión de grafito dentro del diamante y el contenido de impurezas es bajo.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

Sección XIV Capítulo 71

Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas. Al mencionar la inclusión de piedras preciosas es en dónde podemos localizar qué los diamantes tendrán un lugar dentro de este capítulo y sección. Únicamente nos da una guía para conocer a dónde dirigirnos dentro del arancel.

Notas explicativas

  • La Nota 4 del capítulo 96 explica que los artículos de este capítulo, excepto los de las partidas 96.01 a 96.06 ó 96.15, constituidos total o parcialmente por metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), o que lleven perlas finas (naturales) o cultivadas, permanecen clasificados en este Capítulo. Sin embargo, también están comprendidos en este Capítulo los artículos de las partidas 96.01 a 96.06 ó 96.15 con simples guarniciones o accesorios de mínima importancia de metal precioso, chapado de metal precioso (plaqué), de perlas finas (naturales) o cultivadas o piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).

Esto quiere decir que al ser polvo de diamante destinado a formar parte de productos que se podrían clasificar en este capítulo lo descartamos, pero lo tomamos en cuenta para futuras categorizaciones e identificaciones de partidas y subpartidas arancelarias. El polvo de diamante es netamente perteneciente al capítulo 71 por qué es un producto en bruto.

Sección

En la Sección XIV

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.05
Polvo de piedras preciosas o semipreciosas, naturales o sintéticas.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.05, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:
10919634458?profile=RESIZE_584x

7105.10.00.00 - De diamante

La regla general interpretativa segunda permitió identificar estratégicamente el punto exacto en el cual el polvo de diamante se encuentra clasificado debido a que inclusive la partida en la subpartida arancelaria nos indica textualmente el nombre del producto.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: quilates c/t

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

En este caso la mayoría de joyas o piedras solas se van a encontrar dentro de este capítulo debido a que aquí se abarca todo tipo de presentaciones de las joyas, así como en este caso el polvo de diamante y a qué son minerales puros y en este capítulo es en dónde se encuentran. Es muy importante saber que esta es una materia prima para la elaboración de otros productos así que no se la va a clasificar en las partidas en las que ya se ha incluido este producto para la creación de otro.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

El Fleje de acero es la opción ideal para el embalaje de alambres, bobinas de acero, tubos, envases, vigas, materiales de construcción, perfiles metálicos y cargas pesadas en general. Este producto está disponible en diferentes medidas y resistencias dependiendo del tipo de mercancía, su peso y destino.

Este fleje metálico cuenta con tratamiento acerado y una capa de barniz negro. El fleje acerado permite un mejor agarre y evita roturas en el fleje causadas por la fricción con la superficie del producto.

Se presenta en rollos, como una fleje metálico de acero sin alear, forma rectangular, de espesor promedio: 0,5 mm, ancho: 18 mm., pintado, laminado en frío, plano.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

    Las características del producto podemos definir que se trata de unos aros que se utiliza para embalajes diversos, están pintados y son de acero

Sección XV Capítulo 83

83.11 comprende “Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección”. Este al ser fleje y no como un alambre plano recubierto o relleno de decapantes o fundentes se excluye de la partida 83.11

Sección XV, Capítulo 72

La partida 72.12 comprende a los productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

La partida 72.12 se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel; donde la subpartida del S.A. 7212.40 comprende a los laminados de hierro, pintados

Notas explicativas

  • La Nota 1d) del Capítulo 72 señala que se considera acero: “las materias férreas, excepto las de la partida 72.03 que, salvo determinados tipos de aceros producidos en forma de piezas moldeadas, se presten a la deformación plástica y con un contenido de carbono inferior o igual al 2 % en peso.
  • Nota 10) del Capítulo 72 define al los: Productos laminados planos como productos laminados de sección transversal rectangular maciza que no respondan a la definición de la Nota ij) anterior, sin enrollar, de anchura superior o igual a diez veces el espesor si éste es inferior a 4,75 mm, o de anchura superior a 150 mm si el espesor es superior o igual a 4,75 mm pero inferior igual a la mitad de la anchura.

Estos productos se clasifican como productos laminados planos, aunque presenten motivos en relieve que procedan directamente del laminado (por ejemplo: acanaladuras, estrías, gofrados, lágrimas, botones, rombos)

Los productos laminados planos de cualquier dimensión, excepto los cuadrados o rectangulares, se clasifican como productos de anchura superior o igual a 600 mm, siempre que no tengan el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte.

Sección

En la Sección XV

Capítulo

Capítulo 72: Fundición, hierro y acero

Partida

72.12
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 72.12, se encuentra desagregada en seis subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:
10913349472?profile=RESIZE_710x

7212.40.00.00  - Pintados, barnizados o revestidos de plástico

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 0%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Para la correcta clasificación de estos zunchos debemos determinar la forma en la que se ha elaborado el producto. Si es plano, si está cubierto, estañado, entre otros y así podremos lograr llegar a la correcta clasificación mediante la regla interpretativa general 6. Gracias a que estás se descompone en varias partes para que podamos asignar la correcta codificación de esta mercancía.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Este producto se presenta en joyeros de plástico revestido de terciopelo en diversos modelos, con la particularidad usual de que son joyas de plata con baño en oro, donde la plata actúa como base de las joyas y el oro como una lámina que la cubre mediante soldadura/baño. La plata se fabrica en plata 925, y el oro en 10k o 14k, dependiendo del pedido. La parte de plata 925 es aproximadamente un 92% a 95% del peso de la joya; la ley de plata fina fluctúa entre un 85% a 90% aproximadamente. Es usado como joya de adorno personal y se vende el par en conjunto o por separado.

Los artículos de joyería de adorno personal, son prendas ornamentales llevadas en el cuerpo, que generalmente se fabrican con piedras y metales preciosos; en tanto, que las joyas metálicas, son hechas de metales preciosos principalmente con oro y plata como es el caso de este producto.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

    En la Sección XIV, Capítulo 71, Partida 71.13, están comprendidos los artículos de joyería de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué). El producto a clasificar, es un brazalete de adorno personal compuesto por plata como metal base, recubierto externamente mediante soldadura o baño por una lámina de oro; por lo tanto, se clasifica en esta partida.

    TÍTULO III. JOYERIA Y DEMAS MANUFACTURAS

  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

La Subpartida 7113.11, comprende a los artículos de joyería de plata, incluso chapada de otro metal precioso (plaqué). El producto presentado, es un juego de dos anillos utilizado como una joya de adorno personal, de plata como metal base y chapada con oro; en consecuencia, se clasifica en la Subpartida 7113.11.00.00

Notas explicativas

  • En el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, la plata y el oro, son considerados entre otros, metales preciosos por la Nota 4 A) capítulo 71
  • Se entiende como artículos de joyería de acuerdo con la Nota 9 a) del capítulo 71, a los artículos de adorno personal, como, sortijas, pulseras, collares, broches, pendientes, cadenas de cuello, dijes, etc.
  • La expresión chapado de metal precioso (plaqué), se refiere a los artículos con un soporte de metal en los que una o varias caras estén recubiertas con metal precioso por soldadura, laminado en caliente o por procedimiento mecánico similar, conforme señala la Nota 7.

Sección

Sección XIV: Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Capítulo

Capítulo 71:  Perlas finas (naturales)* o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Partida

71.13: Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué).

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.13, se encuentra desagregada en dos subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

- De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):

7113.11.00.00 - - De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué)

7113.19.00.00 - - De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de

metal precioso (plaqué)

7113.20.00.00 - De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Es importante determinar si los metales utilizados en el producto son preciosos o metal común, además de que si puede ser una mezcla entre ellos ya que eso determina el código arancelario exacto a su clasificación. Se recomendaría a un exportador de este tipo de productos que tenga un análisis químico por producto para que se pueda evidenciar la pureza de los materiales utilizados y también para que se utilice como soporte de exportación.

Conclusiones

Clasifíquese al producto, en la Subpartida 7113.11.00.00 del Arancel Nacional

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

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INTRODUCCIÓN

Detalles de producto

Este alambre de soldadura sólido es un alambre de soldadura de gas inerte de metal de calibre 0,8 mm. Este tambor de 5 kg está diseñado para brindar a los soldadores resultados precisos y consistentes.

El alambre de acero templado (dulce) es adecuado para soldar en aplicaciones de acero inoxidable. Es lo suficientemente versátil como para que incluso se pueda usar con aluminio y níquel. Sirve para crear soldaduras fuertes y limpias con este alambre, que es particularmente adecuado para trabajar con materiales más delgados como láminas de metal.

Está diseñado para soldadura en vehículos, construcciones, estructuras de acero, puentes, tuberías con presentación de rollo de 15K. Tiene un recubrimiento de cobre y en general es un alambre con composición química completa de carbono, silicio, manganeso, fosforo, etc.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo…

    Las características del producto podemos definir que se trata de un alambre de acero revestido de cobre el cual le da su color característico que se va a presentar en forma de rollo enrollado en una rueda que lo contiene

Sección XV Capítulo 83

83.11 comprende “Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección”. Este al ser un alambre metálico no recubierto o relleno de decapantes o fundentes se excluye de la partida 83.11

Sección XV, Capítulo 72

La partida 72.29 comprende al alambre de los demás aceros aleados.

  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

La partida 72.29 se encuentra desagregada en dos subpartidas de primer nivel; donde la subpartida del S.A. 7229.90 comprende a los aceros aleados que no sean de silico manganeso

Notas explicativas

  • La Nota 1d) del Capítulo 72 señala que se considera acero: “las materias férreas, excepto las de la partida 72.03 que, salvo determinados tipos de aceros producidos en forma de piezas moldeadas, se presten a la deformación plástica y con un contenido de carbono inferior o igual al 2 % en peso.
  • Nota 10) del Capítulo 72 define al alambre como: “el producto de cualquier sección transversal maciza y constante, obtenido en frio y enrollado, que no responda a la definición de productos laminados planos”.
  • Nota 11) del mismo Capítulo señala que: “se considera como Los demás aceros aleados: los aceros que no respondan a la definición de acero inoxidable y que contengan uno o varios de los elementos indicados a continuación en las proporciones en peso siguientes: (...) – superior o igual al 0,6 % de silicio (...)”.
  • La Nota de subpartida 1c) del Capítulo 72 señala que: “se enfiende por Acero al silicio llamado «magnético» (acero magnético al silicio): el acero con un contenido de silicio superior o igual al 0,6 % pero inferior o igual al 6 %, en peso, y un contenido de carbono inferior o igual al 0,08 % en peso, aunque contenga aluminio en proporción inferior o igual al 1 % en peso, pero sin otro elemento cuya proporción le confiera el carácter de otro acero aleado”.

Sección

En la Sección XV Capítulo 72 la partida 72.29 comprende a todos los alambres de los demás aceros aleados

Capítulo

Capítulo 72: Fundición, hierro y acero

Partida

Alambre de los demás aceros aleados. 72.29

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 72.29, se encuentra desagregada en dos subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

7229.20.00 - De acero silicomanganeso:

7229.20.00.10 - - De diámetro inferior o igual a 5mm

7229.20.00.90 - - Los demás

7229.90.00.00 - Los demás

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 20%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

El alambre presentado empieza a tener importancia con los materiales con los que se encuentra aleado debido a que de esto dependerá su correcta clasificación y determinación arancelaria. Es muy importante determinar la composición química con los metales silicio y manganeso para reconocer a que tipo de alambrado pertenece. Este producto es un alambre de acero de manera comercial, pero podemos ver que se encuentra conformado por una amplia serie de metales que lo hacen clasificarse por medio de la RGI 6 respectivamente.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

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INTRODUCCIÓN

Esta pieza de joyería es un producto de plata de ley 925 de alta calidad, hechos en México por profesionales calificados que incluye una perla de agua dulce, es natural y cotizada por ser un excelente obsequio en ocasiones especiales. Hecho a mano y cuidadosamente seleccionado para atender las necesidades de los clientes.

  • Tamaño de la perla: 5-6 mm.
  • Calidad de la perla: AAAA (perla de alta calidad genuina de agua dulce).
  • Tamaño del dije: 1 x 1.2 cm aproximadamente.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

Notas explicativas

Notas Explicativas de la partida 71.16:

Se clasifican aquí principalmente:

Los artículos de adorno personal, de ornamentación u otros (monturas de cepillos, cierres y monturas-cierre para bolsos de mano, peines, pendientes, gemelos, poleas o similares, etc.) que consistan en perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas, semipreciosas, (naturales, sintéticas o reconstituidas), ensartadas…

Nota 2 f) del Capítulo 71

Señala que en la partida 71.16 solo se clasifican los artículos que no lleven metal precioso ni chapado de metal precioso (plaqué) o que, llevándolos, solo sean simples accesorios o adornos de mínima importancia

Sección

En la Sección XIV Capítulo 71 la partida 71.16 comprende a las manufacturas de perlas cultivadas.

Sección XIV: Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.

Partida

La perla cultivada, la cadena y el dije de plata, presentes en el producto, conforman una manufactura de perla cultivada, puesto que la cadena y el dije de plata (metal puro) solo se utilizan para colocar la perla y pueda ser utilizada como un collar. En tal sentido, la clasificación correcta se encuentra comprendida en la partida 71.16

Subpartida

En consideración a la RGI 6 se clasificará a nivel de subpartida. La partida 71.16, se encuentra desagregada en dos subpartidas de primer nivel del Sistema Armonizado (SA), los cuales se muestran a continuación:

71.16               Manufacturas de perlas finas (naturales) o cultivadas, de piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).

7116.10.00.00 - De perlas finas (naturales) o cultivadas

7116.20.00.00 - De piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas)

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida: LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Este tipo de joyería preciosa es importante tomar en cuenta que la materia principal constituida y lo más llamativo de la joya es la perla natural en su estado está es una perla que fue cultivada y luego elaborada a mano en conjunto con una cadena y un dije la cual le permite encontrarse clasificada nivel de su partida de acuerdo cómo se lo describió anteriormente. Al momento de encontrarnos con productos similares debemos determinar el tipo de piedra preciosa o de material precioso que predomina para poder clasificar lo de la manera más conveniente y exacta. A pesar de que el producto principalmente era una cadena la perla lo hace ser un producto trabajado y estar centrado en la clasificación de manufactura natural con piedras preciosas o semipreciosas.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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INTRODUCCIÓN

Las Correas G son perfiles de acero, lamina al caliente, usados para conformar elementos de estructuras para cubiertas, galpones, estructuras en general, soporte de techos, vigas, columnas y losas, etc.  La correa g es un perfil estructural de acero laminado en caliente en forma de “G” calidad ASTM A36 en Acero Galvanizado.

  • Radio de curvatura interior igual a 1.5e para espesores menores a 6.00 mm.
  • Radio de curvatura interior igual a 2e para espesores de 6.00 mm o mayores.
  • 6,00m

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

Notas explicativas

Nota 1 del Capítulo 72:

Están comprendidos aquí principalmente los perfiles en H, I, T, U, Z, los perfiles omega, los angulares obtusos, agudos o rectos (en forma de L). Los ángulos pueden ser vivos o estar redondeados (los de ángulos vivos se llaman a veces escuadras), con los lados iguales o desiguales y los extremos con bulbo (ángulos con bulbo o barras navales). Los perfiles se fabrican comúnmente por laminado o extrusión en caliente o forjado de palancón o palanquilla.

n) Perfiles Los productos de sección transversal maciza y constante que no respondan a las definiciones de los apartados ij), k), l) o m), anteriores ni a la definición de alambre.
El Capítulo 72 no comprende los productos de las partidas 73.01 ó 73.02.

En la partida 72.16 se incluyen los perfiles de hierro o acero sin alear. En la Nota 1, literal n) del Capítulo 72, se definen a los perfiles como los productos de sección transversal maciza y constante que no respondan a las definiciones de productos intermedios, productos laminados planos, alambrón, barras o alambre.

Exclusiones

Esta partida no comprende:

  1. a) Los perfiles obtenidos por soldadura y las tablestacas (partida 73.01), así como los elementos para vías férreas (partida 73.02).
  2. b) Las piezas de construcción de la partida 73.08.

    Notas Explicativas de la partida 72.16: (…)


Los perfiles de esta partida pueden también haberse sometido a operaciones mecánicas, tales como el perforado o la torsión, o a trabajos de superficie tales como revestimiento o chapado (véanse las Consideraciones Generales de este Capítulo, apartado IV. C), siempre que estos trabajos no confieran a los productos el carácter de artículos o manufacturas comprendidas en otra parte.

Sección

Sección XV: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

Capítulo

Capítulo 72: Fundición, hierro y acero

Partida

Vamos a analizar la partida que nos lleve a notar la palabra PERFILES, esta es similar a la palabra CORREAS que se utiliza para definirlas en el Ecuador, todo esto mediante la aplicación de la RGI 1.
10888221670?profile=RESIZE_584x
Subpartida

- Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm

7216.31 – – Perfiles en U.

7216.31.00.10 - - - Sin perforar, ni pintar, ni trabajados de otra manera, presentados en longitudes solamente de 6, 9 y 12 metros, y de altura inferior o igual a 150 mm.

            7216.31.00.90- - - Los demás

Este producto entra en la categoría de los demás debido a su galvanizado previo que hace que sea identificado como trabajado de una manera, es decir en caliente y motivo por el cual no va ser clasificado en la subpartida de tercer nivel anterior. Su altura promedio es de 6 metros, se encuentran variedades de longitudes.

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 20%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida : LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Es importante conocer que los perfiles de acero se obtienen a partir del laminado de un tipo de acero ampliamente conocido como rolado. Este elemento de metal se manipula en caliente y se trabaja hasta obtener los distintos tipos de perfiles de acero que hoy en día conocemos. La pintura o el galvanizado también conocido como recubrimiento de zinc, un acabado superficial en el que se recubre a la pieza de acero en un crisol de zinc fundido a 450ºC. De allí el determinar su forma es relativamente fácil, gracias a la RGI1 podemos encontrar el correcto código de clasificación.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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INTRODUCCIÓN

Los artículos decorativos, cubiertos y candelabros de plata suelen incrementar su valor a través del tiempo, por ello es muy común encontrarlos en bazares de segunda mano. El juego de cubiertos de servir procedente de Francia, fabricados a finales del siglo XIX se compone de ocho piezas para distintas funciones, realizadas en plata maciza y hueso. Las piezas de plata llevas distintos contrastes, uno de ellos con las iniciales del platero, GV, separadas por una copa. También podemos ver la palabra PARIS grabada en la hoja del cuchillo. El juego se presenta en un sobrio estuche revestido de piel de imitación por el exterior, y de satén blanco marfil en el interior.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado, señaladas en el Arancel de Aduanas, permite identificar a través de un código numérico (subpartida nacional) y su respectiva descripción arancelaria, toda mercancía susceptible de comercio internacional

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
  • Regla 5: Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos de musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial.
  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

Notas explicativas

  1. De acuerdo a las Notas Explicativas del Sistema Armonizado del Capítulo 82.
    Las manufacturas de cuchillería y demás artículos de las partidas 82.08 a 82.15 con partes importantes de metal precioso (por ejemplo, el mango o la cuchilla), en cualquier proporción, se clasifican en el Capítulo 71. El Producto es un set de cuchillería compuestos por un mango y la cuchilla del metal precioso plata, por lo que se excluye de ser clasificado en el Capítulo 82.

  2. De acuerdo a la Nota 1 del Capítulo 71.
    Los artículos de este capítulo están compuestos total o parcialmente de metal precioso; así también, la Nota 10 del Capítulo 71 menciona que en la partida 71.14, se entiende por artículos de orfebrería los objetos tales como los de servicio de mesa, tocador, escritorio, fumador, de adorno de interiores, los artículos para el culto. En la partida 71.14, se encuentran comprendidos como objetos para el servicio de mesa, de metales preciosos total o parcialmente, los cuchillos de mesa, los servicios para trinchar, las cucharas, los tenedores, cucharones, trinchantes, entre otros.

  3. Notas Explicativas de la Partida 71.14:
    Esta partida comprende un conjunto de artículos, total o parcialmente de metales preciosos o de chapados de metal precioso (véase la Nota 10 de este Capítulo), habitualmente ejecutados por orfebres, de dimensiones generalmente más considerables que las joyas de la partida 71.13 y que consisten en: A) Objetos para el servicio de mesa, tales como: cuchillos de mesa, servicios para trinchar, cucharas, tenedores, cucharones, trinchantes, bandejas para servir, fuentes y platos, soperas, ensaladeras, legumbreras, salseras, rabaneras, azucareros, cafeteras, teteras, escudillas, tazas, cubiletes, hueveras, garrafas, servicios para beber, copas, paneras y cestas para el pan, repostería o frutas, etc.; para pescado, para pastelería, cubos para hielo, vinagreras, pinzas para azúcar, posa cuchillos, campanillas de mesa, servilleteros, tapones ornamentales.

Sección

Sección XIV: Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas

Capítulo

Capítulo 71: Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.

Partida

La partida 71.14 se encuentra desagregada en las siguientes subpartidas en el SA:
7114.(10) - De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):
7114.11 - - De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué):
7114.19 - - De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué)
7114.20 - De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común

Subpartida

Al estar compuesto del metal precioso plata, le corresponde la subpartida 7114.11; la misma que presenta dos aperturas a nivel NANDINA:
7114.11.10 - - - De ley 0,925
7114.11.90 - - - Los demás

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 16%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida : LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Recomendaciones

Es muy importante determinar el 100% de la composición para que mediante la regla 6 podamos determinar la subpartida correcta del artículo, como en la mayoría de articulos. Después de analizar las materias que constituyen al producto y asegurándonos que el hecho de que provenga de un set que permita la clasificación de sus productos enteramente mencionado y que la materia principal del producto es plata, podremos proceder a aplicar las reglas generales interpretativas de manera correcta. Es así que la mayoría de sets de cocina con utensilios se encontrarán en esta partida y lo ideal es reconocer a nivel de subpartidas lo que corresponde a su ubicación en el arancel nacional.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Estas planchas de metal son elaboradas con diferentes componentes cuyo proceso de galvanización es a través de un recubrimiento de zinc por inmersión en caliente que permite proteger la superficie de metal. Son productos muy versátiles que pueden ser aplicados en proyectos industriales como galpones, gasolineras, oficinas, complejos educativos, complejos deportivos, edificio, centros comerciales y también en edificaciones residenciales como cubiertas de patios, terrazas etc. Las cubiertas resultantes del uso de la plancha de 700mm, se mantienen en perfectas condiciones gracias a sus cualidades técnicas, sus atributos estéticos, su resistencia y durabilidad.

El Galvalume como proceso utlizado en las plancahs corrugadas es una aleación de aluminio, zinc y silicio con la que se recubre el alma de acero del panel, otorgándole diversas propiedades: resistencia a la corrosión, reflectividad lumínica y protección a las áreas cortadas o perforadas. Su composición química:

Carbono: 0.03%
Silicio: 0.010%
Manganeso: 0.21%
Fosforo: 0.017%
Azufre: 0.015%

Reglas de clasificación:

La clasificación arancelaria de mercancías es el método sistemático que, de acuerdo con las características técnicas de las mercancías y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura, permite identificar a través de un código numérico y su respectiva descripción arancelaria a estas planchas que pueden ser objeto de comercio internacional.

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

En la Sección XV, Capítulo 72, la partida 72.10 comprende a los productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos. El producto al ser una lámina de acero sin alear de 700 mm de ancho con recubrimiento de zinc queda comprendido en la partida 72.10 en aplicación de la RGI 1.  De contar con menor grosor puede clasificarse en partidas anteriores.

 

Notas explicativas

Las características que presentan estos tipos de planchas de acero, según la información proporcionada y en aplicación de la RGI 1, corresponde efectuar el siguiente análisis:  por registros químico de este producto, se trata de un acero sin alear por presentar un porcentaje de elementos indicados en la Nota 1f) del Capítulo 72, inferiores a los establecidos para los aceros aleados

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  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.

- Cincados de otro modo: 7210.41.00 - - Ondulados

 

Posición Arancelaria

Sección:    XV       Capitulo: 72

Sección:

Metales comunes y manufacturas de estos metales

 Capitulo: Fundición, hierro y acero

72.10 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.

Cincados de otro modo: 

7210.41.00 - - Ondulados

 

Restricción arancelaria nacional

  1. No existen restricciones de Inspección.
  2. No existen Prohibiciones de salida de la mercancía.
  3. No existen Prohibiciones del Ingreso de la mercancía.

Conclusión

Es importante determinar la presencia de porcentajes aleaciones bajas con metales como el aluminio, zinc en baño caliente, plomo en estos materiales de construcción, puesto que los revestimientos, así como el grosor de los mismos hace la diferencia en la clasificación. La mayoría de planchas onduladas son galvanizadas en caliente.

FUENTE

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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INTRODUCCIÓN

Las pulseras se presentan como una pieza de bisutería en forma de aro estrecho y ajustable para ser usado en el brazo y son de utilización personal. Conformada por una parte metálica, broche tipo lobster, hilo y cuentas de diseño circular de material plástico. La parte metálica está constituida por una aleación de cobre color plateado, la parte textil es un cordón de fibras sintéticas o poliéster color rojo y las cuentas de metal. Largo 21.5 cm 

Reglas de clasificación

  • Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

  • Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel

Notas explicativas

La Nota Legal 11 de este Capítulo señala que se entenderá por bisutería a los artículos de la misma naturaleza definidos en la Nota Legal 9a)71, que son pequeños objetos utilizados como adorno personal tales como sortijas, pulseras, excepto las de reloj, collares, pendientes, gemelos, etc., siempre que no lleven perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas, semipreciosas ni, salvo que se trate de accesorios o guarniciones de mínima importancia, metal precioso o chapado.

Nota de capítulo: 4) En la partida 71.17, lo que en la Nota 11 del Capítulo se llama bisutería (véase a este respecto la Nota Explicativa correspondiente), con exclusión sin embargo de los artículos contemplados en la Nota 3 de este mismo Capítulo. Nota 3) En las partidas 71.13 a 71.16, las manufacturas compuestas total o parcialmente de perlas naturales o cultivadas, de diamantes, de otras piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), de metales preciosos o de chapados de metal precioso y más especialmente los artículos de joyería o de orfebrería.

Sección

Sección XIV: PERLAS FINAS (NATURALES) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERÍA; MONEDAS

Capítulo

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado la Sección XIV, capítulo 71, comprende entre otros, a la bisutería.

Partida

III. JOYERÍA Y DEMÁS MANUFACTURAS. Bisutería 71.17

Subpartida

7117.90.00 - Las demás

Información Arancelaria

  • IVA: 12%
  • Ad Valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,5%
  • Unidad Física: Kilogramo

Restricciones

A la Importación:

SE RESTRINGE LA IMPORTACIÓN DE ESTA MERCANCÍA que tenga como salida : LA REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA (Art. 8 del "Acuerdo mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican")

Conclusiones

Después de analizar  las materias que constituyen al producto y asegurándonos que no cuente con ningún elemento en conjunto con metales preciosos, sus características físicas, forma de presentación, diseño de diferentes colores pero de la misma clase, a más de ser claramente un artículo de adorno personal, se determina que es un artículo de bisutería clasificado en la subpartida de los demás debido a su combinación con otros materiales.

Recomendaciones

Es muy importante determinar el 100% de la composición para que mediante la regla 6 podamos determinar la subpartida correcta del artículo de bisutería. El presentado cuenta con muchos elementos haciendo un conjunto especial con el cual puede ser evidente que es de decoración personal. El reconocimiento de los materiales ayudará a la correcta clasificación especialmente cuando podamos determinar la existencia de perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos en dicho artículo que no entran como artículo de bisutería.

Referencias

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA 2012

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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