Se entiende a la falta de responsabilidades u obligaciones pertinentes a la mercancía propia de una persona y por esta razón pasan a propiedad del fisco y el cual se producen los siguientes casos:

  • Ingreso de mercancías a la zona primaria de una aduana habilitada para la operación aduanera de importación
  • Por inactividad del consignatario o dueño de la mercancía según los siguientes supuestos:

a)      Primero, al no haber aceptado la consignación o no haber realizado la declaración aduanera ante la autoridad competente dentro del lapso de ley y;

b)      Segundo, ante el hecho de no haber procedido a retirar sus mercancías dentro del plazo establecido a partir de la fecha en que concluyó el procedimiento de reconocimiento o aforo, posterior a la aceptación de la consignación o presentación de la declaración aduanera.

 

DESARROLLO

 

El Abandono expreso es:

  • Manifestación escrita, que hace el dueño de una mercancía extranjera, por medio de la cual cede en favor del Fisco dicha mercancía, para que sea subastada, donada o destruida según el Servicio Nacional de Aduanas lo estime conveniente.
  • Se operará a solicitud del consignatario de las Mercancías, siempre que no se haya presentado Declaración Aduanera.
  • Su aceptación por parte de la servidora o servidor a cargo de la dirección distrital extingue la obligación tributaria aduanera.
  • No procede cuando se haya configurado respecto de las mercancías presunción fundada de delito o abandono tácito.
  • Las mercancías fungibles o de fácil descomposición, cuyo abandono expreso se hubiere aceptado, serán donadas a la secretaría de Estado encargada de la política social.
  • Para los casos de mercancías perecibles o de fácil descomposición se aceptará la solicitud de abandono y será declarado mediante acto administrativo emitido por el Director Distrital correspondiente en un plazo no superior a 24 horas contadas a partir de la fecha de recepción de la solicitud y se iniciará inmediatamente el proceso de adjudicación gratuita a la secretaría de Estado encargada de la política social.

 

 

Procedimiento para registrar la solicitud de abandono expreso en ecuapass

 

  1. Acceder al navegador de Internet, ingresar al portal ECUAPASS (https://portal.aduana.gob.ec/), se visualiza el portal externo ECUAPASS e ingresael usuario (ID) y contraseña.

 

  1. Seleccione el menú principal "Tramites operativos", sub-menú "Elaboración de e-DOCs Operativo" y luego hacer clic en "Formulario de solicitud categoría".

 

  1. En el detalle de la opción se presentan 2 pestañas (despacho aduanero y cargas) que incluyen los documentos electrónicos. Se procede a dar clic en la pestaña "Cargas".

 

  1. Los formularios de solicitud categoría que se presentan se encuentran categorizados como "Importación" y "Exportación", para lo cual el usuario seleccionará en la sección de "Importación" el formulario electrónico  "Registro de Solicitud de Abandono Expreso". 

 

  1. Al dar clic en la pestaña mencionada se presentan los siguientes campos para ser llenados:
  • Código de OCEs: Mostrar el código de OCE de importador y agente de aduana.
  • Número de Solicitud: Mostrar el número de solicitud luego de registro.
  • Tipo de Solicitante

ü  Consignatario

ü  Dueño de la mercancía

  • Distrito:

ü  Guayaquil - Aéreo

ü  Guayaquil - Marítimo

ü  Manta

ü  Esmeraldas

ü  Quito

ü  Puerto Bolívar

ü  Tulcán

ü  Huaquillas

ü  Cuenca

ü  Loja — Macara

ü  Gerencia General

  • Deposito: Seleccionar el código de depósito y tipo de depósito.

ü  Deposito temporal

ü  Courier

ü  Correos del Ecuador

  • Número de Carga
  • Cantidad de Bultos
  • Peso Manifestado
  • Tipo de Embalaje
  • Descripción de la Mercancía
  • Motivo de Abandono Expreso

 

 

CONCLUSIÓN

Podemos decir que el abandono expreso es utilizado por el importador cuando este no puede cumplir con algún tipo de requisito solicitado por la Aduana por lo que para realizar su declaración voluntaria debe registrar su solicitud en el sistema ECUAPASS.

 

RECOMENDACIÓN

La solicitud de abandono expreso puede ser realizada por el importador o el agente de aduana. Si el código de OCE es importador, el número de RUC manifestado debe ser el mismo RUC de OCE.

Autora : Ximena Collahuazo

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