Introducción
La Declaración Aduanera de Exportación es un formulario en el que se registraran las exportaciones que cualquier persona desee realizar. La Exportación se debe presentar en el distrito aduanero donde se formaliza la exportación junto con los documentos de acompañamiento y soporte que sean necesarios para dicha exportación. Para comenzar con el proceso de exportación, pre-embarque, se inicia con la transmisión de la DAE. A continuación, se desarrollará la primera fase del pre-embarque.
Desarrollo
Las fases del proceso de exportación son las siguientes:
Fuente: SENAE
Elaborado por: Skarieth Ojeda
Como se puede apreciar en el gráfico, el proceso de exportación se inicia con la transmisión de la DAE en el ECUAPASS, la misma que estará acompañada de la factura o proforma y los documentos que cuente previo al embarque. En sí, los documentos a presentar son:
Fuente: SENAE
Elaborado por: Skarieth Ojeda
También se consigna los datos de la intención previa de exportar. Los datos que se consignarán en la DAE son:
Fuente: SENAE
Elaborado por: Skarieth Ojeda
La transmisión de la DAE puede ser realizada a través del software del declarante sea este el exportador o el agente de aduana mediante el ECUAPASS. El envío electrónico de la DAE puede ser realizado las 24 horas del día, los 365 días del año. Sin embargo, la atención de las mismas es realizada en horarios establecidos para el efecto por el Director General o su delegado. La Declaración Aduanera podrá transmitirse hasta antes del ingreso de las mercancías a zona primaria.
Conclusión
La Declaración Aduanera de Exportación (DAE), es un formulario en el cual se registran las exportaciones siendo el único documento aduanero legal que corrobora la exportación de las mercancías. Todas las exportaciones deben presentar una DAE la cual se obtiene mediante la transmisión electrónica a través del sistema ECUAPASS. Siendo la transmisión de la DAE la primera fase en el proceso de exportación.
Recomendaciones
- Para aminorar el tiempo de desaduanización de las mercancías a exportar, se recomienda hacer uso del Despacho Anticipado.
- La DAE puede ser emitida sin un agente de aduana, pero se debe registrar previamente en el ECUAPASS como exportador.
- Se debe tomar en cuenta que, una vez aceptada la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera en el ECUAPASS, se determinará el canal de aforo mediante la aplicación de criterios de análisis de riesgo. Pudiendo ser este: físico, documental, o automático,
Referencias
- Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (n.d.). Recuperado el 19, 2020, from https://www.aduana.gob.ec/para-exportar/
- SENAE (2015). Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0249-RE. Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0364-RE.pdf
- SENAE (2015). SENAE-ISEE-2-2-017-V4. Recuperado de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2015/SENAE-ISEE-2-2-017-V4.pdf
Autor
Skarieth Ojeda
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