TIPOS DE ABANDONO ADUANERO
El abandono de mercancías es un acto que surge al momento de no retirar mercancías que no han sido nacionalizadas, de recintos fiscales o de zonas aduaneras. Generalmente se puede considerar abandono cuando se manifiesta por escrito por parte del propietario de la misma o cuando no se retiran dentro de los plazos correspondientes por irresponsabilidad o incumplimiento de las obligaciones por parte del encargado de la misma ya sea importador y exportador.
Según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y su Reglamento, existen tres tipos de abandono: Abandono Expreso, Tácito y Definitivo expresados en los siguientes artículos:
Abandono tácito
La servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital declarará el abandono tácito de las mercancías que se adecuen a una de las causales siguientes:
Abandono definitivo
La servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital declarará el abandono definitivo de las mercancías que se adecuen a una de las causales siguientes:
Conclusiones:
- Existen varios causantes para que las mismas caigan en un abandono aduanero. Sin embargo, se pueden englobar en el incumplimiento de requisitos para desaduanizar la mercancía, por voluntad propia o por exceder los plazos establecidos por la ley. Para cada una de estas causales se le asignara un tipo de abandono, ya sea expreso, tácito o definitivo que pueden desencadenarse en la pérdida de la mercancía en su totalidad o puede caer en algún tipo de abandono que amerite el pago de una multa según sea el caso.
Recomendación
- Tanto el importador como el exportador, independientemente del Incoterm con el que realicen su negociación, deben estar pendientes de las notificaciones del SENAE durante su transcurso y en su conjunto, cada uno de los requisitos que establezca la ley para la desaduanización de la mercancía en su país de destino. De igual manera, se recomienda conocer cada uno de los aspectos importantes, que pueden someter a la misma a algún tipo de abandono, con el fin de evitar cualquier tipo de perdida durante su transcurso.
Fuente: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf
Autora: Shannon Geraldine Flores Cortéz
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