Introducción:
La pandemia no solo atrasó la economía si no que existe datos de la Aduana de Ecuador que reflejan el diferimiento temporal al 0% de la tarifa arancelaria respecto de las subpartidas arancelarias debido a la emergencia sanitaria debido al brote del coronavirus COVID-19 se emitieron varias disposiciones, entre ellas algunas que impactan directamente en la actividad de importación y exportación.
Desarrollo:
Los Operadores de Comercio Exterior y los funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – SENAE, que se encuentran implementado en el sistema informático ECUAPASS, el diferimiento temporal al 0% de la tarifa arancelaria respecto de las subpartidas arancelarias, emitidas por el Pleno del Comité de Comercio Exterior vigente mientras dure la emergencia sanitaria.
Frente a la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria debido al brote del coronavirus COVID-19 se emitieron varias disposiciones, entre ellas algunas que impactan directamente en la actividad de:
Importaciones y exportaciones
¿Se han suspendido los plazos y términos en los procesos que lleva la Aduana?
La Autoridad Aduanera estableció que se suspenden los plazos desde el 17 de marzo de 2020, en los siguientes procesos:
Al momento, la suspensión de los procesos se ha ampliado hasta el 30 de abril del 2020 (Resolución No. SENAE-SENAE-2020-0022-RE). Sin embargo, dicha ampliación también es aplicable para la atención presencial en SENAE para:
¿Existe algún proceso ágil para importar insumos para atender la emergencia sanitaria?
Si, se puede importar insumos necesarios para la emergencia sanitaria a través de dos procedimientos:
El certificado de registro sanitario y la autorización de importación son emitidos por la:
- Agencia Nacional de Regulación
- Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA
El certificado de registro sanitario de un producto autorizado para uso en la emergencia sanitaria es una autorización temporal para la comercialización de ese producto mientras dure la emergencia sanitaria.
Conclusión:
El gobierno debe estar consciente que, al seguir adoptando medidas como tarifa arancelaria 0% a insumos necesarios para atender la emergencia sanitaria en el Ecuador tarifa concebida con el fin de eliminar las exenciones tributarias por cuanto afectan varios principios tributarios. Adicionalmente, atentan contra la naturaleza del impuesto al valor agregado y afectan al mercado de ciertos productos.
Recomendación:
Es necesario informarse en los canales oficiales de la autoridad aduanera acerca de la baja de estos aranceles ya que las tarifas del 0% incentivará el despliegue de eliminación de aranceles para insumos necesarios para atender la emergencia sanitaria.
Fuentes Bibliográficas:
Recuperado de: https://sites.google.com/site/portafolioeducativo1bgu/temario-segundo-parcial/productos-o-servicios-con-tarifa-0-de-iva
Recuperado de: https://www.ferrere.com/es/novedades/ecuador-situacion-por-el-covid-19-preguntas-y-respuestas/
Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-implementa-tarifa cero/#ventanilla_comercio
Autor: Inty Santillán
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