Introducción:
Las licencias de importación es el procedimiento administrativo que requiere la presentación de una solicitud u otra documentación distinta de la necesaria a efectos aduaneros al órgano administrativo pertinente, como condición previa para efectuar la importación de mercancías en el territorio aduanero del Ecuador.
Desarrollo
El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), mediante resolución del 19 de agosto de 2019, estableció los requisitos y procedimientos para la importación de diversos tipos de alcohol, de conformidad a lo establecido en la Resolución 007-2019 del Comité de Comercio Exterior (COMEX), que resolvió la incorporación de la “Licencia automática de importación”, para alcohol anhidro y carburante y la “Licencia no automática de importación”, para Metanol (alcohol metílico).
La licencia de importación se realizará en forma manual, presentando la documentación en físico, la misma que tendrá un periodo de validez de hasta noventa (90) días y deberá ser emitida, previo al embarque de importación.
Las solicitudes deberán ser presentadas en todas las Oficinas del MPCEIP, a nivel nacional o remitidas a la Subsecretaría de Agroindustria, en Quito.
Resolución completa: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/08/MPCEIP-SAI-2019-0001-RESOLUCI%C3%93N-LICENCIA-IMPORTACI%C3%93N-ALCOHOL.pdf
Referencias Bibliográficas:
OMC. (2020). Información técnica sobre las licencias de importación. Organización Mundial del Comercio Recuperado de https://www.wto.org/spanish/tratop_s/implic_s/implic_info_s.htm
. (2019). COMEX emite resolución sobre licencia de importación de etanol y metanol. . Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca Recuperado de https://www.produccion.gob.ec/comex-emite-resolucion-sobre-licencia-de-importacion-de-etanol-y-metanol/
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