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La importación de fauna exótica ha sido un tema controversial en el Ecuador, por el hecho de que la mayoría de los interesados en importar esta fauna no cumplen con un plan técnico con fines de conservación, poniendo así en cuestionamiento las prácticas de bienestar animal que se aplican en el país, uno de los mayores problemas relacionado a la fauna exótica es la introducción ilegal de estos animales al territorio nacional siendo usados principalmente como mascotas pero, ¿Cuáles son los requerimientos que se necesitan para traer fauna exótica al Ecuador?.

Para la importación de vida silvestre al país es fundamental que el espécimen sujeto a importación este contemplado en los apéndices de las C.I.T.E.S (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre) debiendo hacerse la respectiva solicitud al Ministerio del Ambiente (MAE) mediante la Dirección Nacional de Biodiversidad (DNB-MAE) la cual se encarga de atender estas solicitudes.

¿A quién está dirigido?

Está dirigido a personas naturales, jurídicas y privadas cuyo interés sea importar sin fines comerciales.

Requisitos Obligatorios

  • Solicitud dirigida al Director Nacional de Biodiversidad o Director Provincial del Guayas según el caso
  • Formulario de especímenes o artículos a importar
  • Factura

Requisitos Especiales

Permiso de exportación del país de origen u otros que la Autoridad Ambiental determine, en el caso de no tener la factura.

Si la especie es de Apéndice I se debe:

  1. Criterio de Autoridad Científica del país de origen mencionando que exportación no perjudicará a la especie
  2. Criterio de Autoridad Científica del país de origen mencionando que importación no perjudicará a la especie.

 

Como dato importante según el Art. N° 23 del Libro IV del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundario, establece que “Toda solicitud de permisos de importación deberá presentarse con una evaluación del impacto ambiental, la que, para los efectos de este Reglamento, se considerará documento público y deberá incluir los siguientes requisitos:

  1. a) Objetivos de la introducción
  2. b) Comportamiento
  3. c) Potencial reproductivo
  4. d) Enfermedades y parásitos
  5. e) Potencial de la especie como depredador
  6. f) Potencial de la especie como plaga
  7. g) Potencial de la especie como competidor por recursos o espacio con las especies

nativas

  1. h) Potencial de hibridación con especies nativas
  2. i) Potencial de dispersión a partir del sitio de introducción
  3. j) Métodos de control de la población para la especie
  4. k) Experiencias de introducción de la especie en otros países”.

 

Conclusiones

  • El Ministerio del ambiente es el encargado de receptar las solicitudes para la emisión de permisos de importación de vida silvestre además de regular el cumplimiento de los objetivos y plan de manejo y cuidado de esa fauna.
  • Toda persona natural o jurídica que desee importar fauna exótica sin fines comerciales debe cumplir con los requerimientos estipulados por el Ministerio del Ambiente, y a su vez que se encuentren sujetos a las CITES cuyo fin es conservar toda vida silvestre.

Recomendaciones

  • El control por parte de las autoridades es fundamental para combatir la introducción ilegal de toda vida silvestre al país por lo que es importante que siempre se encuentre evaluando toda documentación presentada al Ministerio del Ambiente, así como una verificación posterior a la importación de los mismos regulando que los centros interesados cumplan con los lineamientos legales establecidos por la MAE.
  • Condenar, y apoyar al establecimiento de las sanciones respectivas cuando un centro de manejo ex – situ incumpla o no observe los lineamientos técnicos y acciones establecidas en el respectivo plan de manejo estipulados por la ley en relación a la importación de una u otra especie.

Fuentes

Emisión de permisos de importación de vida silvestre o elementos constitutivos sin fines comerciales listados en la convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre | Ecuador - Guía Oficial de Trámites y Servicios. (2020).  https://www.gob.ec/mae/tramites/emision-permisos-importacion-vida-silvestre-elementos-constitutivos-fines-comerciales-listados-convencion-comercio-internacional-especies-amenazadas-flora-fauna-silvestre-0

Posición AEZA por importación de Fauna Exótica. (s.f.). https://drive.google.com/file/d/1gjP-UER9cK5BDLFYPWoDfNzrx7SkNR7i/view

Importación de fauna exótica genera debate entre los especialistas. (2020). https://www.elcomercio.com/tendencias/importacion-fauna-exotica-debate-ecuador.html

 

Autor: Angélica Dávila

 

 

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