Introducción
Es importante tener actualización de conocimientos en el comercio exterior ya que en sí el comercio es dinámico y por cualquier tipo de decisión, contrato, o suceso externo o interno este puede alterar, por eso se detalla el boletín emitido a finales del año 2017 con énfasis en los exportadores para poder entender mejor la implementación de dicho decreto ejecutivo con injerencia directa en el comercio exterior.
Desarrollo
Este boletín fue publicado el 19 de diciembre del 2017 por parte del Ministerio de Industrias y Productividad (2017) en donde informó que tanto los registros de importadores y exportadores que son otorgados por el Sistema de Información Empresarial de este presente ministerio se obtendrá en la VUE del SENAE.
La implementación tuvo base legar en el decreto ejecutivo 285 y 953 según lo que establece la política gubernamental con el fin de simplificar los trámites.
En el caso de los exportadores sirve para el registro de desperdicios de chatarra ferrosa y no ferrosa, cueros y pieles que serán efectuadas en la Ventanilla Única Ecuatoriana por medio del formulario No.13-008 en donde estarán presente el número y la clave electrónica para exportar.
Dentro de la VUE puede facilitar los trámites a través del seguimiento del mismo, su estado e incluso verificar cualquier inconveniente u observación que surja dentro del proceso.
Normativa Legal: Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0535-RE
Fuente: Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0535-RE (2017)
Elaboración: propia
La importancia de este boletín es para simplificar procedimiento aduanero y no confundir con anteriores decretos propiciando el avance del comercio exterior ecuatoriano.
Como dato curioso tenemos que dentro de los metales se encuentra los metales ferrosos y no ferrosos, entendiéndose como ferrosos al hierro y no ferrosos al cobre, aluminio, estaño, etc.
La chatarra ferrosa puede tener procedencia de refinerías, fábricas que pueden re utilizar dichos elementos o incluso en elementos de uso cotidiano como: aerosoles, automóviles, latas, etc. (Reciclaje Verde, 2012)
Conclusión
La ventanilla única ecuatoriana no sólo por decreto ejecutivo sino también dentro de la práctica ha servido como una herramienta electrónica para facilitar y ayudar al uso eficiente del comercio exterior tanto para los OCE’s como para las entidades públicas.
Bibliografía
- Ministerio de Industrias y Productividad. (19 de Diciembre de 2017). Obtenido de http://www.industrias.gob.ec/registros-de-importadores-y-exportadores-se-realizaran-en-ventanilla-unica-ecuatoriana/
- Reciclaje Verde. (03 de Mayo de 2012). Obtenido de https://reciclajeverde.wordpress.com/2012/05/03/tipos-reciclaje-metal/
- SENAE. (2017). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2017/08/SENAE-SENAE-2017-0535-RE.pdf
Glosario
VUE: Ventanilla única ecuatoriana
SISEMP: Sistema de información empresarial
SENAE: Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
OCE: Operador de Comercio Exterior
Autor
Valeria Rueda
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