Introducción

Es de vital importancia conocer los procesos fundamentales que permiten el registro y conciliación de los valores recaudados por las instituciones financieras, por concepto del pago de los tributos al comercio exterior o cualquier otro que el Estado Ecuatoriano deba recaudar, a través del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Desarrollo

PRESENTACIÓN DE LA LIQUIDACION

Para la realización del pago de tributos a través de cualquier canal de pago solo será necesario el número de la Liquidación Aduanera emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. En caso de realizar el pago directamente en las ventanillas designadas para la atención de este servicio en las diferentes Instituciones Financieras.

El valor registrado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador como total del pago, será el cobrado por el Banco, y por el cual deberá responsabilizarse, sin que éste tenga la facultad de realizar ninguna modificación.

Nro. de la Declaración Aduanera:  Número de la declaración aduanera o número de documento otorgado por el SENAE, el cual está compuesto de 18 dígitos; estructurado de la siguiente manera:

 

·     Fecha Liquidación: Fecha de la liquidación otorgada por el SENAE, formato dd/mm/aaaa

·      Declarante:  Nombre, razón o denominación social del contribuyente importador

·      Concepto del Tributo: Denominación de los tributos, derechos arancelarios,  tasas y demás gravámenes que deberá pagar el contribuyente importador.

·      Columnas: Liquidación, Liberación, y Cantidad a Pagar: en sus respectivas columnas y casillas constarán los valores involucrados en el pago correspondiente.

·      Nro. Liquidación: Número secuencial compuesta de 8 dígitos la cual debe indicar  en el banco para el pago en ventanilla, internet o cualquier otro canal de pago.

 

99999999 – Esta se la obtiene de la notificación del SENAE al OCE.

MEDIOS DE PAGO

  • La Institución Financiera podrá recibir el pago correspondiente a la cancelación de la obligación tributaria mediante:
  • Dinero en efectivo.
  • Tarjeta de Crédito (Esta modalidad de pago es optativa, de acuerdo a la Institución que la quiera ofrecer a sus clientes).
  • Cheques girados a cargo de la propia Institución Financiera.
  • Cheques certificados girados a cargo de otra Institución Financiera.
  • Notas de Crédito Fiscales emitidas por cualquier administración tributaria del país.
  • Otras formas de pago que  contribuyente y/u operador de comercio exterior y las diferentes Instituciones Financieras convengan de acuerdo a la ley.
  • Los cheques que se presenten para el pago de tributos podrán estar girados a nombre del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o a nombre de la Institución Financiera que recibe el pago.

 

CONCILIACION

 

BANRED procesa la información del día clasificándola por Banco receptor del pago.  La información es ordenada por Distrito, debiendo mostrarse el valor total recaudado desglosado por cada tributo, multas, intereses u otros rubros junto con su respectivo código de partida presupuestaria, así como el valor TOTAL GENERAL recaudado por cada Banco.

 

PROCESO DE RECAUDACIÓN POR VENTANILLA

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PROCESO DE RECAUDACION POR MEDIO ELECTRONICO

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PROCESO DE CONCILIACION

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CONCLUSIÓN

La información sobre las recaudaciones realizadas hacia el SENAE son necesarias conocerlas de tal forma que no existan dificultades al momento de realizar los pagos, incluso al conocerlos de manera efectiva, nos da la facilidad de realizarlos por cualquiera de los canales y así mucho más conveniente para los OCE´s.

RECOMENDACIÓN

Realizar las recaudaciones por el canal que mejor le convenga al OCE ya que asi se economizará el tiempo y el proceso será de tal manera que no existan inconvenientes.

FUENTE

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR (SENAE)

AUTOR

Francisco Jiménez

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