¿Qué es una importación al consumo?
Es la nacionalización de mercancías extranjeras ingresadas al País para su libre disposición; uso o consumo definitivo
¿Quiénes pueden importar a consumo?
Todas las personas Naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país
Pasos:
1) Se necesita obtener el RUC especificando la actividad a la cual se va a dedicar; esta se da a notar en el CIU; lo obtenemos con ayuda del SRI; el cual, gestiona la famosa “lista blanca” que revela si un exportador o importador está al día o no en el pago de sus impuestos.
2) Calificarse como exportador/importador para poder realizar sus actividades de comercio con mayor facilidad; con ayuda de los documentos personales, el registro de firmas, etc, en la página de la CAE.
3) Contactó con el exportador y/o proveedor.
4) Realizar Nota de Pedido al exportador.
5) Confirmar el pedido.
6) Se negocia el incoterm y la forma de pago.
7) Obtener los permisos necesarios o licencias previas para su adquisición.
8) Contrato de la consolidadora.
9) Proceso de desaduanizacion.
10) Tramitar el permiso de Importación; es decir, la licencia de importación; ahora conocida como DAV.
11) Apertura de la carta de crédito.
12) La verificadora tiene que inspeccionar en los puertos de embarque.
13) La CAE da fe del proceso realizado y determina el retiro de la mercancía.
Qué documentos exige la Aduana del Ecuador al momento de realizar una importación? |
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| Como resultado de su importación, el Agente de Aduana debe realizar la Declaración Aduanera Única (DAU); enviarla electrónicamente a través del SICE, y presentarla físicamente en el Distrito de llegada de las mercancías; adjuntando los siguientes documentos exigidos por la Ley Orgánica de Aduanas (LOA): • Original o copia negociable del Documento de Transporte. Dependiendo del tipo de producto a importar, también se requerirá. (Verifique la partida ingresando al SICE): • Certificados de Origen de los países con los que el Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podrá acogerse a la liberación arancelaria.
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DATOS IMPORTANTES |
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| • Una vez aceptada la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera Única (DAU) en el SICE, se determinará el canal de aforo mediante la aplicación de criterios de análisis de riesgo; pudiendo ser este: físico, documental, o automático (canal verde). |
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¿Qué impuestos debo pagar en la Aduana del Ecuador? |
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| • El valor CIF de su mercancía, es la base imponible para el cálculo de los impuestos y comprende la suma de los siguientes valores.
• Una vez obtenido el valor CIF, podrá hacer el cálculo de los siguientes impuestos: - AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías) Impuesto administrado por la Aduana del Ecuador. - FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia) - ICE (Impuesto a los Consumos Especiales) - SALVAGUARDIA POR BALANZA DE PAGOS** - IVA (Impuesto al Valor Agregado) - IMPUESTO DE SALIDA DE DIVISAS
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