INTRODUCCIÓN:

La carga no exportada son todos los productos que se ingresaron a un depósito temporal, Courier o correos del Ecuador, o una paletizadora autorizada y que no fueron embarcados por cualquier tipo de aspecto dentro de la exportación, o también son productos que no cumplieron con algún tipo de norma al tratar de ser exportados.

El procedimiento que se va a dar a entender es para el registro de la solicitud de autorización que el exportador debe realizar cuando a la mercancía se la denomina no exportada.

DESARROLLO:

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CONCLUSIÓN:

Cuando se realiza un trámite por medio de ecuapass, el proceso se lo puede seguir por medio del mismo para verificar como esta el trámite y en que etapa está.

RECOMENDACIÓN:

Para no caer en carga no exportada el exportador debe tomar en consideración todas las leyes vigentes que disponga el SENAE ya que si hay alguna falta la mercadería no podrá salir del país y tendrá que ingresar a estado de mercancía no exportada.

FUENTE:

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/tra/a3_jun_2015_SENAE-MEE-2-3-022-V1.pdf

AUTORA:

Camila Reyes

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