Introducción

             Debemos conocer que para el tránsito aduanero internacional es muy importante la implementación de la homologación de precintos aduaneros y sus respectivos procedimientos aduaneros, los mismos que serán aceptados y reconocidos por los países que forman parte de la integración.  

Desarrollo

             ¿Qué es un precinto?

             Se conoce al precinto como el conjunto formado por un fleje, cordel o elemento análogo, que forman un sello y según  su naturaleza y características permite a la autoridad aduanera, controlar efectivamente la seguridad de las mercancías contenidas dentro de una unidad de carga o unidad de transporte (Junior Aduanas, 2014).

             Características Generales de los Precintos (Art. 39)

Los precintos aduaneros deberán:

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                   Elaborado por: Angeles Romero

                            Fuente: (SICE, 2017)

             Tipos de Precintos

             Precinto indicativo, a pesar de que este precinto tenga un menor nivel de seguridad (de plástico o metal), ya que son de fácil manipulación y apertura, son utilizados para distancias cortas (precintia, 2019).

             Precinto de Seguridad, el precinto de seguridad tiene un nivel de seguridad mayor al precinto indicativo, debido a que evita la apertura no autorizada de contenedores de carga. Se lo utiliza para el transporte aéreo, terrestre o marítimo.

             Precinto de alta seguridad, este precinto brinda una máxima resistencia por los materiales utilizados en su fabricación (el metal o cables de acero). Para retirar el sello de seguridad se utiliza herramientas especiales, esto genera que la apertura o manipulación, sea compleja.

             ¿Cuándo no se pueden asegurar las mercancías con precintos aduaneros?

             Según el Art. 36 de la Decisión 617, señala que existen dos casos excepcionales y en estos casos las autoridades aduaneras adoptarán las medidas que garanticen la realización del tránsito aduanero comunitario, tales como marcas de identificación aduanera u otras medidas previstas en las legislaciones nacionales, las que serán aceptadas por las autoridades aduaneras de los otros Países Miembros. Los casos de excepción se indican a continuación:

  1. Cuando el medio de transporte o la unidad de carga no sean susceptibles de ser precintados.
  2. Cuando, por la naturaleza de las mercancías o de sus embalajes, éstas no puedan ser precintadas.

             ¿Las aduanas de Paso de frontera pueden colocar un nuevo precinto a las mercancías?

             Sí, en el caso que la marca de identificación aduanera puesta anteriormente, sea por la aduana de partida o en una aduana de paso de frontera, no satisfaga a la aduana de tránsito, esta podrá colocar una nueva. El nuevo precinto será anotado en la declaración aduanera que la Decisión sobre el Documento Único Aduanero (DUA) adopte. También debemos recordar que las autoridades aduaneras son las únicas autorizadas para la colocación de los precintos (Art.37).

             Los precintos colocados por las aduanas de un País Miembro serán aceptados por las aduanas de los demás Países Miembros como si fuesen propios, mientras dure la operación de tránsito aduanero comunitario.

             ¿La aduana de paso de frontera puede retirar una marca puesta por las anteriores adunas?

             La respuesta es No, la aduana de paso de frontera no puede retirar la marca de identificación aduanera puesta por la aduana de partida u otra aduana de paso de frontera, a menos que:

  • Se dé un caso de sospecha de irregularidades aduaneras, la aduana de paso o de destino podrá realizar verificación física de las mercancías…. (Art. 24).
  • Una autoridad diferente a la aduanera, en uso de sus facultades, requiera inspeccionar las mercancías en tránsito aduanero comunitario en el territorio de su país…. (Art. 25).
  • El precinto, las marcas de identificación, el medio de transporte, la unidad de carga o las mercancías presenten señales de haber sido forzados, alterados o violados……. (Art. 26).

             En el caso que una de las aduanas de los Países Miembros desee disponer y utilizar dispositivos electrónicos de seguridad en los medios de transporte, unidades de carga y en las mercancías, primero deberán ser puestos en conocimiento de la Secretaría General y del Comité Andino de Asuntos Aduaneros y comunicados a las aduanas de los demás Países Miembros.

Conclusiones

             - El precinto es un sello de seguridad, que debe cumplir ciertas características para que sea utilizado en las unidades de carga y medios de transporte que estén vinculados con las operaciones comerciales.

             - Existen 3 tipos de precintos, los cuales brindan seguridad con distintos niveles.

             - Las aduanas de los Países miembros, por medio de la declaración aduanera, manifiestan cualquier observación o proceso que se de acabo durante la operación de comercial.

Recomendaciones

             - Es importante utilizar los precintos necesarios para mantener seguras las mercaderías que estén en tránsito internacional, y de igual manera en tránsito nacional.

             - Las aduanas sean de origen, tránsito o destino deben mantenerse actualizadas en cuanto a la información que brinda las Secretaría General, el Comité Andino de Asuntos Aduaneros y los demás Países miembros, sobre nuevas implementaciones de los precintos.

Webgrafía

Diario del Exportador. (2018). ¿Qué seguros hay para proteger mi mercancía durante el transporte Internacional? Obtenido de Diario del Exportador: https://www.diariodelexportador.com/2017/09/que-seguros-hay-para-proteger-mi.html

Junior Aduanas, S. (2014). PRECINTO ADUANERO. Obtenido de junioraduanas: http://www.junioraduanas.com/herramientas-de-consulta/glosario?pid=2&sid=124:precinto-aduanero

precintia. (16 de Enero de 2019). Precinto aduanero: todo sobre el transporte de mercancías. Obtenido de precintia: https://www.precintia.com/blog/precinto-aduanero-transporte-mercancias/#:~:text=Precinto%20aduanero%20y%20norma%20ISO,de%20carga%20o%20de%20transporte.

SICE. (2017). Desición 617. Obtenido de Sistema de Información sobre Comercio Exterior: http://www.sice.oas.org/Trade/Junac/Decisiones/DEC617s.asp

Autor

Angeles Romero

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