La normativa  legal está dispuesto en la Ley Orgánica de Discapacidades, su reglamento y la Resolución del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador correspondiente,  para  realizar  una  importación con exoneración tributaria debe seguir los siguientes  pasos:

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Adicional:

-      Hasta que la implementación del intercambio automático de información entre el SENAE y el MSP, se está haciendo uso de un buzón electrónico compartido, el mismo que permite recibir los certificados únicos de calificación de discapacidad emitidos por el Ministerio de Salud, por lo que, las solicitudes de exoneración ingresadas al Distrito Aduanero correspondiente no serán tramitadas hasta que sea recibido el Certificado Único de Calificación de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud Pública, a través del buzón de correo electrónico mencionado.

Disposición transitoria:

 “SEGUNDA.- Los trámites que se presenten ante la autoridad aduanera cuyos actos administrativos expedidos por el CONADIS sean anteriores al 17 de diciembre del 2013 y que contemplen beneficios tributarios por el 100% sin considerar el porcentaje de discapacidad, serán atendidos por la autoridad aduanera, salvo que dichas autorizaciones hayan caducado, por cuanto sólo puede considerarse como derecho adquirido mientras dichos actos tenga vigencia.

Según lo indicado anteriormente, la autoridad aduanera no aceptará autorizaciones de exención emitidas por el CONADIS desde el 17 de diciembre del 2013. Las solicitudes que no hubiesen sido atendidas por dicha entidad hasta esa fecha, deberán someterse al trámite respectivo, de conformidad a las disposiciones de la Ley Orgánica de Discapacidades, su reglamento de aplicación y la presente resolución.” Resolución SENAE-DGN-2014-0111-RE

Conclusión: 

Esta información  va de la  mano  con el  programa de  Inclusión Social que  va  trabajando el  gobierno ecuatoriano, la  difusión en forma clara y sencilla por este medio es de  vital  importancia para las personas con capacidades  especiales  y sus  familias. El  cumplimiento de los  pasos señalados servirá  para  una  importación  con exoneración de tributos.

Adjunto: 

A. Solicitud de exoneración de tributos al comercio exterior de bienes para uso de una persona con discapacidad o persona jurídica encargada de su atención.

 

 

Fecha:……/……/…….. 

 

 

Señor

DIRECTOR DISTRITAL 

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL  ECUADOR

En su despacho.- 

 

De mi consideración:

 

Yo,………………………………………..……., (por mis propios derechos/por los derechos que represento de ………………..) portador del documento de identificación No.……………..., al amparo del artículo 74 de la Ley Orgánica de Discapacidades, en concordancia con el artículo 20 del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, ante usted muy respetuosamente solicito se sirva  emitir resolución  a mi favor concediéndome la exoneración de tributos al comercio exterior.  Los bienes por los que estoy solicitando exoneración tributaria son:

 

Cantidad

Descripción

 

 

 

 

 

 

Para el efecto adjunto:

 

  • Certificado Único de Calificación de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud Pública, en el que consta la recomendación médica de emplear los bienes o ayudas técnicas por las que estoy solicitando exoneración tributaria  (persona natural).

 

  • Certificado de registro ante el Ministerio de Salud Pública (persona jurídica).

 

  • Nombramiento del representante legal (aplicable cuando se comparezca en representación de una persona jurídica)

 

Declaro que conozco la sanción aplicable por hacer uso indebido de los bienes importados, al tenor de lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de Discapacidades.

 

 

Atentamente, 

 

 

Firma del usuario

Nombre: María José Guizado

Fecha: 09-11-2014

Fuente: SENAE

 

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