El Convenio de Kyoto Revisado (CKR) es el principal convenio de facilitación del comercio aduanero. Fue elaborado por la Organización Mundial de Aduanas y entró en vigor el 3 de febrero de 2006. Es una revisión y actualización del Convenio Internacional sobre la Simplificación y la Armonización de Procedimientos Aduaneros (Convenio de Kyoto) que fue adoptado en 1973-1974. El CKR busca facilitar el comercio armonizando y simplificando los procedimientos y las prácticas aduaneras. Para lograrlo, el Convenio proporciona estándares y prácticas recomendadas para los procedimientos y técnicas aduaneras modernas.

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Los países que deseen convertirse en partes contratantes de este convenio internacional, deben aceptar el Cuerpo y el Anexo General del CKR, que son vinculantes. El Anexo General del CKR compromete a las partes contratantes a los siguientes principios fundamentales:

  • transparencia y previsibilidad de las acciones que realiza la Aduana,
  • estandarización y simplificación de la declaración de mercancías y los documentos de soporte,
  • procedimientos simplificados para los operadores autorizados,
  • máxima utilización de la tecnología de la información,
  • mínimos controles aduaneros necesarios para garantizar el cumplimiento con las reglamentaciones,
  • uso de la administración de riesgos y controles por auditoria,
  • intervenciones coordinadas con otras entidades fronterizas, y
  • colaboración con el sector comercial

El Secretario General de la OMA es el depositario del Convenio. Los países deben depositar su instrumento de adhesión o ratificación con el Secretario General del Consejo. El Convenio es administrado por el Comité de Administración del CKR cuyos miembros son las partes contratantes. Solo las partes contratantes tienen derecho a voto, pero todos los demás pueden participar como observadores. El Comité de Administración no cuenta con una función fiscalizadora o de resolución de disputas en caso de que una parte contratante incumpla con los estándares contenidos en el CKR. Los países que se adhieren a este Convenio cuentan con tres años para implementar los estándares y cinco años para implementar los estándares de transición que están contenidos en el Anexo General y en los anexos específicos que aceptaron.

Este Convenio nació como un instrumento internacional tendiente a disminuir las divergencias existentes entre los regímenes aduaneros de los distintos países, que pudieren obstaculizar el comercio internacional. En tal sentido, las normas contenidas en dicho Convenio fueron orientadas a alcanzar un alto grado de simplificación y armonización de los regímenes aduaneros a nivel mundial, de tal forma que desde su entrada en vigor jugó un papel fundamental en la facilitación de los procedimientos aduaneros y del crecimiento del comercio internacional, así como del desarrollo económico de los países, bajo la premisa de que las aduanas y los procesos aduaneros no deben ser utilizados como barreras al comercio internacional.

Conclusión

El Convenio Revisado de Kyoto ―el cual se encuentra por encima de la Ley Aduanera―, representa una gran oportunidad para consolidar los avances de modernización registrados, así como para eliminar los rezagos pendientes en materia de monopolios aduaneros.

Bibliografía

http://tfig.unece.org/SP/contents/revised-kyoto-convention.htm#:~:text=El%20Convenio%20de%20Kyoto%20Revisado,3%20de%20febrero%20de%202006.&text=El%20CKR%20busca%20facilitar%20el,procedimientos%20y%20las%20pr%C3%A1cticas%20aduaneras.

https://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/modernizacion-del-sistema-aduanero-y-el-convenio-de-kyoto

http://www.wcoomd.org/-/media/wco/webtool/es/art-10_6/directives-annexe-g-cap8.pdf?la=es-ES

Autor

Angela Checa

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