Los principios generales del comercio electrónico

Los principios generales del comercio electrónico

 

A través del servicio de redes electrónicas, incluida Internet se establece relaciones económicas y de comercio, y se realizan actos y contratos de carácter civil y mercantil que es indispensable que el Estado Ecuatoriano cuente con herramientas jurídicas que le permitan el uso de los servicios electrónicos, incluido el comercio electrónico y acceder con mayor facilidad a la red de negocios internacionales.

 

De los mensajes de datos

 

Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos

  • Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos.

Incorporación por remisión

  • Se reconoce validez jurídica a la información no contenida directamente en un mensaje de datos, siempre que figure en el mismo.

Propiedad Intelectual

  • Los mensajes de datos estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativos a la propiedad intelectual.

Confidencialidad y reserva

  • Se establecen los principios de confidencialidad y reserva para los mensajes de datos, cualquiera que sea su forma, medio o intención.

Información escrita

  • Cuando requiera u obligue que la información conste por escrito, este requisito quedará cumplido con un mensaje de datos.

Información original

  • Se considera que un mensaje de datos permanece íntegro, si se mantiene completo e inalterable su contenido, salvo algún cambio de forma, propio del proceso de comunicación, archivo o presentación.
  • Los documentos desmaterializados deberán contener las firmas electrónicas correspondientes debidamente ante una de las entidades autorizadas.

Conservación de los mensajes de datos

  • Toda información sometida a esta Ley, podrá ser conservada siempre y cuando la información que contenga sea accesible para su posterior consulta que sea conservado con el formato en el que se haya generado que conserve todo dato que permita determinar el origen que se garantice su integridad.

Protección de datos

  • Para la elaboración, transferencia o utilización de bases de datos, obtenidas directa o indirectamente del uso o transmisión de mensajes de datos se requerirá el consentimiento expreso del titular.
  • No será preciso el consentimiento para recopilar datos personales de fuentes accesibles al público, cuando se recojan para el ejercicio de las funciones propias de la administración pública.

Procedencia e identidad de un mensaje de datos

  • Salvo prueba en contrario se entenderá que un mensaje de datos proviene de quien lo envía y, autoriza a quien lo recibe para actuar conforme al contenido del mismo, cuando de su verificación exista concordancia entre la identificación del emisor y su firma electrónica.

Envío y recepción de los mensajes de datos

  • Salvo pacto en contrario, se presumirá que el tiempo y lugar de emisión y recepción de datos, es el momento de emisión del mensaje de datos, el momento de recepción del mensaje de datos, el lugar de envío y recepción.

Duplicación de datos

  • Cada mensaje de datos será considerado diferente.

 

Conclusiones

Respecto de los mensajes de datos que se envían vía Internet el usuario se hace responsable del contenido, momento de envío, recepción y duplicación de la información escrita del mismo respetando los principios de propiedad intelectual, confidencialidad y reserva que el uso o transmisión de mensajes de datos se requerirá el consentimiento expreso del titular es quien podrá seleccionar la información a compartirse con terceros.

Recomendaciones

Leer la ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y mensajes de datos vigente de la República del Ecuador y tenerlo presente ante la toma de decisión para las negociaciones.  

Linkografía

https://www.eci.bce.ec/marco-normativo

http://www.bce.fin.ec/

 

Autor: Cristian Muñoz

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