LICORES APREHENDIDOS SUJETOS AL ETIQUETADO FISCAL

INTRODUCCIÓN

Aquellos licores que, durante el proceso de control posterior, sean sujetos al sistema de gestión y verificación, serán sometidos a un proceso de etiquetado fiscal en las botellas de licor, que garantice el cumplimiento de la normativa vigente.

DESARROLLO

El proceso es: 

  1. Aprehensión de las mercancías 
  2. Pago de multa por falta reglamentaria y tasa por etiquetas fiscales 
  3. Retiro de las mercancías etiquetadas, de la bodega de aduana.

No comprende el ingreso/inventario de mercancías declaradas en decomiso administrativo o judicial.

La normativa vigente se basa generalmente en el Código Orgánico Integral Penal, Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), Reglamento al título de Facilitación Aduanera del Libro V del  Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y las resoluciones necesarias para su vigencia. 

  1. Aprehensión: Es la toma forzosa por parte de la unidad operativa del Senae, responsable del control posterior de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien que pueda constituir elemento de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera.
  2. Etiquetas fiscales: Son etiquetas especiales que cuentan con medidas de seguridad para la identificación, registro y trazabilidad de las mercancías en la cual está adherida a través de firma electrónica y a través del sistema informático de verificación. 
  3.  Etiquetas mercancía: Es la acción de adherir etiqueta fiscal a las botellas de licor y es responsabilidad del importador.

 

El informe de la aprehensión debe ser enviado en un plazo de hasta 5 días hábiles posteriores a la prevención y debe contener  la información necesaria correspondiente a la mercadería aprehendida.

La multa por falta reglamentaria debe ser generada por cada acta de aprehensión realizada.

El propietario de la mercancía aprehendida debe coordinar con la  Dirección de Control de Zona Primaria o dirección  de Despacho y Control de Zona Primaria de la Dirección Distrital que corresponda la fecha y hora en que se llevará a cabo el etiquetado físico de la mercancía, el cual debe efectuarse en la bodega de aduana bajo supervisión de la  Dirección de Control de Zona Primaria 

El proceso para licores aprehendidos sujetos a etiquetado fiscal es:

  1. Aprehendida la mercancía sin etiquetado fiscal se realiza el proceso de aprehensión de mercancía, cuyo responsable es el interventor para que se pueda realizar el registro de aprehensión.
  2.  Cuando ingresa la mercancía y ya está realizado el registro de aprehensión se debe realizar el subproceso de ingreso de la mercancía aprehendida, informe de inspección y demás tareas establecidas cuyo responsable es el guardalmacén, Jefe técnico operador para que se pueda realizar el acta de ingreso de la mercancía.
  3. Para elaborar el acta de aprehensión se realiza el Quipux memorando del acta de aprehensión en un plazo de 48 horas posteriores a la aprehensión  cuyo responsable es el interventor y sale el acta de aprehensión elaborada. 
  4. Se envía memorando con acta de aprehensión por tal motivo se realizar Quipux memorando con el acta de aprehensión para parte de la dirección Distrital correspondiente:
  5. Al elaborar informe de aprehensión se  lo realiza en el sistema informático Ecuapass  portal interno> Sistema de control posterior>cierre de control> 4.1 informe definitivo.
  6.  Envía memorando con el informe de aprehensión, ingresa un “Informe de aprehensión elaborado” el cual se remite por quipux un memorando con el informe a la dirección distrital correspondiente cuando se paga la tasa por etiquetado fiscal.
  7.  Genera multa por falta reglamentaria, ingresa un “Acta de aprehensión enviada” se genera la multa en el sistema informático ECUAPASS ingresando (portal interno>sistema de despacho de importación>Recaudación>registro de liquidación manual> registro de liquidación manual multas.) 
  8. Genera tasa de Etiquetas fiscales, ingresa Liquidación de multa, generada la ras de etiquetas en el sistema informático ECUAPASS, seleccionando “Registro de liquidación manual tasas” el encargado es el técnico operador de control de zona primaria, sale liquidación de tasa de etiquetas fiscales
  9. Envía un oficio de notificación de multa por falta reglamentaria y tasa de etiquetas fiscales
  10. Paga la liquidación de multa por falta reglamentaria y tasa de etiquetas fiscales, ingresa oficio de notificación de multa por falta reglamentaria y tasa de etiquetas fiscales enviado, se realiza el pago de la liquidación por multa y tasa de etiquetas fiscales, el encargado será el propietario de la mercancía aprehendida, sale liquidación de multa y tasa de etiquetas fiscales pagada
  11. Elabora memorando para emisión de etiquetas fiscales, Ingresa Informe de aprehensión enviado. liquidación de multa y tasa de etiquetas fiscales pagada. una vez recibido el informe de aprehensión y verificado el pago de la multa y tasa, realiza memorando con la solicitud de impresión de etiquetas en la cual se detallan las características de la mercancía aprehendida, se adjunta el informe y acta.
  12. Procesa y entrega  la orden de pedido de etiquetas, ingresa solicitud de impresión de etiquetas fiscales enviada, procesa orden de pedido de etiquetas se entrega las etiquetas a la dirección de control y zona primaria de la dirección distrital correspondiente. las etiquetas fiscales serán entregadas hasta 3 días hábiles posteriores a la solicitud.
  13. Etiqueta la mercancía, ingresa etiquetas fiscales procesadas y entregadas, procede al etiquetado físico de las botellas de licor aprehendidas.
  14. Elabora informe de cumplimiento, ingresa mercancía etiquetada, una vez culminado el procedimiento etiquetado fiscal, elabora un informe de cumplimiento conforme a lo dispuesto.
  15. Dispone salida de mercancía mediante memorando la salida de mercancías de la bodega zona primaria, será remitido para conocimiento de la unidad aprehensora.
  16. Entrega y registra la mercancía.

CONCLUSIONES

  1. Los licores que ingresen al país obligatoriamente deben obtener un etiquetado fiscal por parte de la Aduana, que garantice su procedencia e inocuidad.

RECOMENDACIONES 

  1. Es importante informarse sobre la normativa vigente que regule el ingreso de ciertas mercancías y establezca un tratamiento diferente en cuanto a sus características y etiquetado. 

 

FUENTES

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-5-001-V2.pdf

AUTOR

Katherine Mantilla V.

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales