ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO ECONÓMICO (ZEDE)


La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto de CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES,  publicado en el Registro Oficial en la ciudad de Quito a los 29 días del mes de Diciembre del 2010.

En éste código expresa en su Título IV sobre Zonas Especiales de Desarrollo económico de su Art. 34, expresa que dichas zonas autorizadas por el Gobierno Nacional son destinos aduaneros en espacios delimitados del territorio nacional con el objeto de impulsar a las inversiones en estos destinos aduaneros que se apegan a la normativa del presente Código.

 

Por lo tanto se definen a las  Zonas Especiales de Desarrollo como  un instrumento para impulsar a corto plazo el desarrollo socio-económico de aquellas áreas, cuyas características físico naturales, geopolíticas, condiciones de habitabilidad y potencialidades dentro del ámbito de influencia de los ejes de desarrollo delimitados.

Condiciones para su Selección:

 

• Criterios de Territorialidad

• Potencialidad de Recursos

• Economía Deprimida

• Baja concentración poblacional

Cuyo Organismo regulador se encuentra en concordancia con el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), y el Concejo Nacional de Zonas Francas (CONAZOFRA) organismo que sigue en vigencia mientras paulatinamente se incorpora de acuerdo a sus funciones establecido al Código de la Producción.

 

PROCEDIMIENTO

1.- INGRESO DE LAS MERCANCIAS A UNA ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO ECONOMICO (ZEDE)

2.- SALIDA DE MERCANCIA DESDE UNA ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO ECONOMICO (ZEDE)

En el gráfico podemos obeservar el procedimiento que se puede realizar para realizar un ingreso de la mercancía a Zona Especial de Desarrollo Económico (ZEDE), así como el egreso de mercancías desde una ZEDE.

Por ejemplo una mercancía con código 90 puede ingresar desde el Exterior hacia una ZEDE así también como una mercancía de código 40 que puede ingresar desde territorio nacional hacia una ZEDE. De igual manera se maneja el mismo esquema para el egreso de las mercancías, pueden ser enviadas tanto dentro como fuera del territorio nacional (Ecuador) con sus respectivos códigos de la manera en la que podemos obesrvar en la gráfica.

 

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Figuras similares al Régimen de Zonas Francas

 

Zonas Económicas Especiales

 

“Es un desarrollo productivo multiuso, integral. Comprende grandes extensiones territoriales, complejos industriales y de servicios integrados. Sus procesos administrativos internos son simplificados y gozan de un ambiente de operación semejante al ofrecido en el mundo desarrollado."1

De tal manera que para expresar los flujogramas de los procesos que se pueden realizar desde una ZEDE los referimos bajo este concepto teniendo en cuenta esta figura.

 

FLUJOGRAMAS DE PROCESOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION DESDE UNA ZONA DE DESARROLLO ECONOMICO

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DOCUMENTOS PREVIOS

El Ministerio de Industrias y Productividad, MIPRO, emitirá los certificados para la importación a una Zona Franca especialmente de materiales que se utilicen para la construcción, siempre y cuando no se produzcan en el país o haya insuficiencia de producción nacional.

En su parte medular, la disposición ministerial faculta a la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica, previa solicitud de los administradores y/o operadores (usuarios) de Zonas Especiales, a emitir dichos certificados.

 

TRANSMISION ELECTRONICA DE DATOS AL SISTEMA INTERACTIVO DE COMERCIO EXTERIOR SICE


De conformidad con el Art. VIII.2 del reglamento a la Ley de Zonas Francas , las empresas administradoras deben llevar, mediante sistemas informáticos la información que a continuación se detalla, la misma que debe ser transmitida en línea al CONAZOFRA, SENAE y al SRI.

 

a)    Los ingresos y egresos de mercancías de la zona franca con identificación  del origen y del destino.

b)    Los cuadros de integración de las materias que van a ser convertidas en productos intermedios o finales en las zonas francas

c)    Las operaciones de procesamiento parcial a las que se refiere el artículo 33 de la Ley de Zonas Francas.

d)    Los cambios de régimen que se autoricen

e)    Los inventarios de sus usuarios

f)     Las transacciones libres de impuestos realizados  y

g)    Las ventas al detalle realizadas dentro del territorio  de la ZEDE con la identificación de los compradores.

 

Teniendo como antecedente la norma invocada, la SENAE en el desarrollo de la interconexión electrónica necesaria para el cabal cumplimiento de dicha disposición reglamentaria los datos descritos que deberán ser transmitidos al Sistema Interactivo  de Comercio Exterior para un control de ingresos y salidas de las mercancías desde o hacia una ZEDE.

 

En tal virtud y conforme ha sido requerido por la autoridad aduanera se solicita adecuar y preparar las herramientas informáticas que permitan la transmisión electrónica de autorizaciones de ingreso y salida hacia y desde ZEDE, ingresos y egresos de mercancías, inventarios, transmisión de carga de saldos iniciales, transmisión de información de usuarios y cuadros de integración.

 

CONCLUSIONES:

  • Cumpliendo con el requisito previo de importador/exportador en la Aduana del Ecuador, nosotros podemos hacer uso de la importación o exportación desde y hacia una Zona de Desarrollo Económica siempre y cuando se cumplan con los objetivos de una intancia en una ZEDE, los precedimientos son claros y el requisito más importante para el ingreso a una ZEDE es el Código de Autorización previo la solicitud a petición del interesado.
  • Debemos tener en cuenta el cumplimiento de los requisitos previos así como el de los docuemntos previos ya que tales mercancías también están sujetas a un procedimiento aduanero, y el incumplimiento de este procedimiento será causa de una sanción o multa de acuerdo al reglamento del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.
  • Tomar en cuenta que aun se encuentra en vigencia la Ley de Zonas Francas aplicadas a las ZEDES.

 

BIBLIOGRAFÍA

 

Cita bibliográfica 1 " ZONAS FRANCAS COMO MECANISMO DE INCENTIVOPARA LA INVERSION EN EL ECUADOR.- por Yamile Carlota Arcos García, Angie Carolina Escalante Flores. Guayaquil-Ecuador 2009"

Sitio Web de la Aduana del Ecuador                              www.aduana.gov.ec

Sitio Web del Ministerio de Industrias y Productividad     www.mipro.gob.ec

Sitio Web del Consejo Nacional de Zonas Francas         www.conazofra.gov.ec

 

INTEGRANTES:

 

ALVAREZ LOZADA DIEGO ANDRÉS

ATARIHUANA CRISTINA

CÁRDENAS CARLOS

MUÑOZ JÁTIVA JÉSSICA ALEXANDRA

PÉREZ IBUJES VALERIA KELLY

VILLARROEL RAMOS  LUIS MIGUEL

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Comentarios

  •  

    ECUADOR REACTIVA ATPDEA CON ESTADOS UNIDOS

     El Tratado de Libre Comercio que rige desde hoy entre EE.UU. y Colombia, afecta notablemente al Ecuador, ya que mientras los productos colombianos gozan de liberaciones para ingresar al mercado norteamericano, a los productos ecuatorianos el 30 de junio del 2013, les cobrarán aranceles, lo cual constituye en un panorama bastante obscuro, ya que esto encarecera los mismos. en el futuro tampoco podrá exportar hacia los mercados vecinos ya que la acumulación de componentes estipulados en el Aptdea impide esta situación.

    jjma

  • NO DEBERIAN SUBIR DOCUMENTOS QUE NO SON CIERTOS. REVISEN EL REGLAMENTO CON RESPECTO A LAS ZEDES.

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