Como se mencionó en el anterior blog, el Ecuador se encuentra comprometido al cumplimiento de medidas aplicadas por la Comisión Interamericana del Atún Tropical para regular las prácticas pesqueras de todos los países miembros, así también se encuentra comprometido por medio de otros instrumentos y acuerdos internacionales; el principal objetivo de todos estos acuerdos es erradicar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, con la que se busca la preservación de las especies pesqueras.
El certificado de origen es un documento de soporte que se elabora a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana que garantiza la legalidad del origen de los productos pesqueros, así también que estos cumplen con las medidas de conservación y ordenamientos nacionales e internacionales. Es decir, las capturas pesqueras realizadas se encuentran en orden con leyes, reglamentos y medidas aplicables.
¿Cómo obtener el certificado de captura?
Una vez solicitado el Certificado de Captura, se procede a llenar el formulario, este se encuentra conformado por 10 partes:
1. Datos de solicitud
2. Datos de solicitante
3. Datos de exportador
4. Datos de importador
5. Datos de exportación
6. Datos generales
7. Identificación de producto
8. Nombre de capitán de buque pesquero
9. Observaciones
10. Documento adjunto
Conclusiones
El certificado de captura es un documento que avala el cumplimiento de que la pesca realizada por los buques ha cumplido con todas las leyes y normas para la conservación de las especies pesqueras en función de los ordenamientos nacionales e internacionales. Ecuador es un país comprometido a nivel internacional a colaborar con las medidas para la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Recomendaciones
Los usuarios relacionados a actividades pesqueras ya sean propios de las embarcaciones o las empresas que producen a partir de los recursos capturados, deben ser transparentes y honestos en cuanto a la forma en la que realizan su pesca. Así también es importante su compromiso con el cumplimiento de que su actividad se realice velando por la conservación de las especies.
Fuentes
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. (1995). Código de Conducta para la Pesca Responsable. Recuperado de: http://www.fao.org/3/v9878e/v9878e00.htm
Unión Europea. (2008). REGLAMENTO (CE) No 1005/2008 DEL CONSEJO. Recuperado de: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32008R1005&from=ES
Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca. (s.f.). Protocolo técnico, logístico y de seguridad para la exportación de pescado fresco, congelado y enlatado. Recuperado de: http://logistica.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/05/Protocolo-TLS-Pesca-Revisado-1.pdf
Autor: Andrea Jimbo Bedón
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