La Declaración Juramentada de Origen (DJO, por sus siglas) es el primer requisito que cumplir para la elaboración del certificado de origen, este documento tiene una validez de 2 años y con su obtención el exportador puede obtener el número necesario de certificados de origen que requiera durante ese periodo de tiempo. La DJO se registra por cada subpartida arancelaria y producto y esta especifica que la misma cumple satisfactoriamente con la normativa de origen que se establece en los acuerdos suscritos por el Ecuador.
La elaboración de este documento se realiza a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana en el ECUAPASS, la misma que se encuentra en constante interacción con el Sistema de Gestión de Certificados de Origen -que verifica y aprueba los certificados de origen por medio de la entidad habilitada-.
¿Cómo se realiza el proceso?
*El formulario se encuentra compuesto por 12 secciones:
1. Identificación de empresa
2. Producto
3. Utilización instrumentos de competitividad aduanero
4. Materiales extranjeros importados directamente o adquiridos en el mercado nacional
5. Materiales nacionales
6. Costos y valor en fábrica producto terminado
7. Proceso de producción
8. Características técnicas del producto
9. Aplicaciones del producto
10. Valor agregado nacional
11. Selección de esquema o acuerdo para origen
12. Representante legal
Conclusiones
Antes de elaborar certificados de origen es necesario que el exportador disponga de la declaración juramentada de origen.
En la declaración juramentada de origen se especifica toda la información relacionada con el producto terminado, desde la materia prima hasta el proceso de producción.
Para elaborar la declaración juramentada de origen es necesario contar con un usuario y contraseña en ECUAPASS, y por tanto, con la firma electrónica.
Recomendaciones
El exportador o apoderado que realice la DJO debe conocer a detalle todo lo relacionado sobre el proceso y materiales necesarios para la elaboración del producto terminado.
Así también debe conocerse qué materiales son nacionales y qué materiales son de origen extranjero.
Fuentes
Normativa Complementaria para la emisión de Certificados de Origen y verificación de Mercancías de Exportación – Resolución 24 – Registro Oficial 833 del 5 de septiembre de 2016 por Ministerio de Comercio Exterior. Recuperado de: https://www.gob.ec/sites/default/files/regulations/2018-09/Documento_Resolucion-24-MCE-Normativa-complementaria-Certificados-Origen.pdf
PUDELECO. Legislación económica. (2017). INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS – EUR. 1 (ACUERDO COMERCIAL MULTIPARTES UNIÓN EUROPEA-PAÍSES ANDINOS). Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a16063w.pdf
PROECUADOR. (s.f). Guía del Exportador. Recuperado de: https://www.proecuador.gob.ec/guia-del-exportador/
Autor: Andrea Jimbo Bedón
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