Introducción

La Declaración Juramentada de Origen (DJO) “es un documento mediante el cual se certifica que la mercancía que se va a exportar es elaborada en Ecuador y contiene materiales del país” (EL Telégrafo, 2012)

Este formulario constituye un elemento indispensable al momento de la tramitación de un COD, pues permite comprobar e identificar el origen de un determinado producto.

Por tanto, todo usuario que desea realizar una exportación de cualquier artículo debe generar una Declaración Juramentada de Origen (DJO), ya que es considerado como un requisito previo y necesario para la obtención de todo Certificado de Origen (COD).

Desarrollo

De acuerdo al artículo 11 del Acuerdo de Complementación Económica ACE N° 59 la declaración juramentada de origen debe contener como mínimo los siguientes datos:

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Fuente: (CAN, 2004)

Elaborado: Evelyn Caiza

Los operadores de comercio exterior que requieran obtener un Certificado de Origen (COD), deben ingresar la declaración juramentada de origen (DJO) a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) en el sistema informático ECUAPASS. El procedimiento a seguir se detalla a continuación:

9242206857?profile=originalFuente: (PROECUADOR, 2017)

Elaborado: Evelyn Caiza

Dentro del cuarto paso correspondiente a la elaboración de la declaración juramentada de origen se deben completar los siguientes datos que permitan identificar si la mercancía puede ser considerada originaria o no.

  • Identificación de la empresa.
  • Producto, es necesario elaborar un formulario por cada uno.
  • Utilización de instrumentos de competitividad aduanera.
  • Materiales extranjeros importados directamente o adquiridos en el mercado nacional.
  • Materiales nacionales.
  • Costos y valor en fábrica del producto terminado.
  • Descripción completa del proceso de producción por etapas.
  • Características técnicas del producto.
  • Aplicaciones del producto.
  • Valor agregado nacional (VAN).
  • Selección del esquema o acuerdo para origen.
  • Información del representante legal.

Así también es importante considerar algunos aspectos relevantes en el llenado de este formulario, en este caso debe ser suscrito por el productor ya que él conoce con qué materiales, materias primas o insumos fue elaborado el producto, además tiene conocimiento de todo el proceso de producción y los costos que se derivan de este procedimiento, pues de acuerdo a la información registrada se podrá determinar si las mercancías son íntegramente producidas o a su vez son producidas con materias primas importadas.

Dentro de este contexto debido a que no todos los exportadores son productores, dentro de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) existen varias figuras y tipos de exportador, para que puedan cumplir con los requisitos para la obtención de la DJO. Estos usuarios pueden ser apoderado, comercializador y proveedor.

Apoderado

Esta figura la otorga el productor al exportador, para que pueda generar las declaraciones juradas de origen de los productos y mercancías que se pretende exportar con certificado de origen, indicando como si el exportador fuera quién elaboró el producto.

Comercializador

Este tipo de usuario se da cuando el exportador no es productor y únicamente se encarga de la venta y distribución en el exterior de la mercancía terminada en el mercado nacional, en este caso el productor-exportador le otorga el registro y autorización en calidad del comercializador de los artículos que él produce, mediante esto afirma que las mercancías que van a ser exportadas con certificado de origen son producidas y han sido vendidas para su comercialización.

Proveedor

Mediante este registro el exportador podrá indicar cuales han sido los proveedores de las mercancías que se exportarán y para las que se necesita el certificado de origen, de manera que tenga acceso a las declaraciones juradas de origen que ha realizado previamente el proveedor como productor de las mercancías.

En sí esta DJO podrá ser firmada también por el apoderado, quien a su vez puede autorizar comercializadores y gestionar la obtención del certificado de origen con el respectivo poder, mientras que el comercializador tan solo podrá emitir sus propios certificados de origen.

Conclusiones

  • La implementación de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) ha reducido significativamente los tiempos y recursos, ya que mediante ésta se pueden llevar a cabo varios trámites parecidos al de la declaración jurada de origen, que permiten contar con información actualizada y con mecanismos de auditoría y control que garantizan la credibilidad, eficiencia y simplicidad del sistema.
  • La generación de la DJO haciendo uso del aplicativo correspondiente, sirve como un soporte para la expedición de una prueba de origen, pues contiene información valiosa en donde el exportador establece la norma que aplica al producto a exportar con el fin de obtener preferencias arancelarias de los diferentes esquemas comerciales suscritos en Ecuador.

Recomendaciones

  • Es importante tomar en cuenta que la declaración juramentada de origen debe ser registrada por subpartida arancelaria, es decir, por producto; y a su vez este registro debe ser realizado por acuerdo comercial, dependiendo del país de destino de la mercancía.
  • Se debe considerar el destino y naturaleza del producto a exportar al momento de elegir la entidad certificadora que se encargará de la emisión del certificado de origen. Así también el usuario debe conocer e interpretar las normas de origen para su correcta utilización.

Fuentes

Autor

Evelyn Caiza

 

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