El comercio internacional lo largo de los años ha venido evolucionado de tal forma que los mercados deben tener un mayor control y protección de las creaciones e investigaciones que están desarrollando. Por tal motivo, los derechos de Propiedad Intelectual es una herramienta útil para limitar las oportunidades de los competidores de aprovecharse de la creatividad y capacidad de una empresa.
Según, la OMC: “los derechos de propiedad intelectual son aquellos que se confieren a las personas sobre las creaciones de su mente. Suelen dar al creador derechos exclusivos sobre la utilización de su obra por un plazo determinado”.
¿A qué debe contribuir la protección de la propiedad intelectual?
Fuente: (OMC, s.f.)
Elaborado: Tamia Martínez
¿Qué organismo encargado de regular a sus Estados miembros la evolución de la normativa de la propiedad intelectual?
El organismo encargado de regular es la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual que es un organismo especializado del sistema de las Naciones Unidas con sede en Ginebra (Suiza) creado en 1967 que tiene como objetivo desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional equilibrado, accesible y que recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.
Sectores principales donde se dividen los derechos de propiedad intelectual:
Fuente: (Organización Mundial del Comercio, s.f.)
Elaborado: Tamia Martínez
Principios
Busca un equilibrio entre los derechos privados (incentivos para crear) y el interés público (posibilidad de utilizar o acceder a las creaciones). También se trata de un equilibrio entre el corto y el largo plazo.
Fuente: (OMC, s.f.)
Elaborado: Tamia Martínez
Conclusión
El derecho de propiedad intelectual es de vital importancia para el desarrollo tecnológico y económico de un País, porque fomenta inversión en investigación y desarrollo, estimula la producción tecnológica nacional y confiere una ventaja comparativa en el nuevo orden económico mundial.
Recomendación
Se debe tener en cuenta que al momento de llevar a cabo la protección de los derechos intelectuales de alguna investigación o innovación este debe responder a los principios de universalidad y armonización internacional, ya que si hay una mala protección a los derechos de propiedad intelectual este restringe la libre competencia y obstaculiza el crecimiento económico.
Fuentes:
OMC. (s.f.). Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio. Obtenido de ADPIC: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_s.htm
OMC. (s.f.). Cuestiones de actualidad en el ámbito de la propiedad intelectual. Obtenido de PROPIEDAD INTELECTUAL: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_issues_s.htm
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. (s.f.). Obtenido de OMPI: http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/OficinadelasNacionesUnidas/es/quees2/Paginas/Organismos%20Especializados/OMPI.aspx#:~:text=La%20Organizaci%C3%B3n%20Mundial%20de%20la,sistema%20de%20propiedad%20intelectual%20internacional
Organización Mundial del Comercio. (s.f.). ¿Qué se entiende por "derechos de propiedad intelectual"? Obtenido de INFORMACIÓN SOBRE LOS ADPIC: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/intel1_s.htm
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