DELITOS ADUANEROS

Introducción

Es el cometimiento de una infracción de carácter económico-fiscal, en el ámbito aduanero por parte de una persona natural o jurídica hacia el Estado, que además perjudica de manera directa la política económica que cada país ha establecido. Este delito aduanero consiste en el ilícito y clandestino tráfico internacional de mercancías o incluso en todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño ante la autoridad aduanera, con el objetivo de evadir el pago total o parcial de impuestos o el cumplimiento de normas aduaneras, aunque estas no sean objeto de tributación.

Desarrollo

Existen varias modalidades de Delitos Aduaneros, tal como se presenta a continuación:

  • Contrabando

Consiste en la evasión del control aduanero, cuando las mercancías se encuentren ingresando al territorio nacional desde un país de origen o de procedencia; o cuando estas sean extraídas del territorio nacional o no sean presentadas para su verificación o reconocimiento físico en la Administración Aduanera o en lugares habilitados, se establece pena privativa de libertad de 3 a 5 años y multa de hasta 3 veces el valor en aduana de las mercancías objeto de delito.

Gráfico No. 1 Modalidades de Contrabando9242222498?profile=original

Elaborado por: Sandra Pérez

  • Defraudación Aduanera

Incurre en este delito aquella persona que perjudica a la administración aduanera en el ámbito de recaudación de tributos, sobre mercancías cuya cuantía sea superior a los 150 SBU, quien recibirá una sanción de 3 a 5 años de privación de la libertad y una multa de hasta 10 veces el valor de los tributos que se pretendió evadir.

Grafico No. 2 Actos de Defraudación Aduanera

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Elaborado por: Sandra Pérez

  • Receptación Aduanera

Se determina a la adquisición a título oneroso o gratuito, recepción en prenda o consignación y tenencia o almacenamiento de mercancías extranjeras, cuya cuantía sea superior a 150 SBU, sin que aquella persona que posea dichas mercancías presente los documentos respectivos para acreditar la legal importación, en el plazo de 62 horas siguientes al requerimiento de la autoridad aduanera, caso contrario, se determina pena privativa de libertad de 1 a 3 años y multa del duplo del valor en aduana de las mercancías.

  • Mal uso de exenciones o suspensiones tributarias

Corresponde a la persona que venda o transfiera mercancías cuya cuantía a 150 SBU, mismas que hayan sido importadas bajo el amparo de regímenes especiales aduaneros de los que se derivan la suspensión del pago de tributos al COMEX, o importadas con exenciones totales o parciales, recibirán pena privativa de libertad de 3 a 5 años y multa de hasta 10 veces el valor de los tributos que se pretendió evadir.

  • Circunstancias agravantes de los delitos aduaneros

Cuando se susciten una o más circunstancias que serán sancionadas con la máxima pena, siempre que:

Gráfico No. 3 Agravantes de delitos aduaneros

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Elaborado por: Sandra Pérez

  • Simulación de exportaciones o importaciones

Incurre en este delito aquella persona que, con la finalidad de beneficiarse de subvenciones, incentivos o cualquier otro aporte o ayuda del Estado, realice exportaciones o importaciones ficticias o en caso de darle a un producto exportado, un destino diferente al que se declaró para recibir beneficios, tendrá prisión preventiva de libertad por el tiempo de 3 a 5 años.

Conclusiones

  • Los delitos aduaneros con controlados por las diferentes autoridades en las administraciones aduaneras y, aplican sanciones de manera que no se vuelvan a cometer, ya que, se promulga un comercio libre y transparente.
  • El cometimiento de alguno de los delitos aduaneros, ataca directamente a la política económica que cada uno de los países promulga para llevar adelante su crecimiento económico, por lo tanto, un golpe a este factor, afecta al país y a las estadísticas anuales.

Recomendaciones

  • Las personas que realizan el tráfico internacional de mercancías, deberían estar conscientes que uno de los principios de este es el de actuar con lealtad y buena fe, en todo este proceso y tomar en cuenta que, cuando se incumple con las normas establecidas por la Ley competente es necesaria la aplicación de un correctivo.
  • Las sanciones que aplica la Autoridad Aduanera, deberían ser más severas para poder atacar el problema de delitos de manera radical, haciendo notar a los OCE´s que las leyes se deben cumplir tal y como lo establece una base legal.

Fuente: COPCI (2010). Recuperado de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

Autora: Sandra Pérez

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