DEFRAUDACIÓN ADUANERA

La defraudación en el ramo aduanero es toda acción u omisión por medio de la cual se evade dolosamente, en forma total o parcial, el pago de los tributos aplicables al régimen aduanero. También constituye defraudación la violación de las normas y aplicación indebida de las prohibiciones o restricciones previstas en la legislación aduanera, con el propósito de procurar la obtención de una ventaja infringiendo esa legislación.

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En el artículo 299 del Código Orgánico Integral Penal se considera a la  Defraudación aduanera como un delito a la administración aduanera mencionando que la persona que perjudique a la administración aduanera en las recaudaciones de tributos, sobre mercancías cuya cuantía sea superior a ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años y multa de hasta diez veces el valor de los tributos que se pretendió evadir, si realiza cualesquiera de los siguientes actos:

  1. Importe o exporte mercancías con documentos falsos o adulterados para cambiar el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas, códigos, series, modelos; en el presente caso el ejercicio de la acción penal no depende de cuestiones prejudiciales cuya decisión competa al fuero civil.
  2. Simule una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio económico total o parcial o de cualquier otra índole.
  3. No declare la cantidad correcta de mercancías.
  4. Oculte dentro de mercancías declaradas otras mercancías sujetas a declaración.
  5. Obtenga indebidamente la liberación o reducción de tributos al comercio exterior en mercancías que según la Ley no cumplan con los requisitos para gozar de tales beneficios.
  6. Induzca, por cualquier medio, al error a la administración aduanera en la devolución condicionada de tributos.
  7. Sobrevalorar o subvalorar, por cualquier medio, el valor de las mercancías.

 

Conclusión

La defraudación aduanera es aquella conducta en la cual el infractor sometiéndose a control aduanero pretende evadir el pago de tributos que le corresponde induciendo al error a la administración aduanera, ya sea simulando una operación que no es la que se realiza, declarando la cantidad incorrecta de mercancías, ocultando mercancías sujetas a declaración, importando mercancías con documentos adulterados o falsificados u obteniendo indebidamente liberación de tributos, y cuyo resultado es la afectación al Estado.

Recomendación

La aduana a pesar de que el el control actualmente posee una sistematización más rigurosa, debe implementar métodos que ayuden a mejorar el mismo, ya que la defraudación aduanera implica una pérdida significativa de ingresos para un país además de que afecta considerable te al mercado ecuatoriano y a la producción nacional.

Fuente

http://www.pichincha.gob.ec/phocadownload/LOTAIP_Anexos/Lit_A/lit_a...

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