El documento de transporte es uno de los documentos de soporte que acompaña la mercancía al momento de realizar el comercio internacional. De acuerdo con el Reglamento al título de la facilitación aduanera para el comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el documento de transporte es aquel materializa el compromiso del transportista de trasladar y responsabilizarse por las mercancías que le han sido entregadas.

Existen varias funciones que este documento cumple, entre estas están que actúa como documento probatorio de la existencia de un contrato de transporte internacional y permitirá que la mercancía sea nacionalizada una vez que se encuentre en su destino.

Dependiendo del tipo de transporte que se contrate, sea marítimo, aéreo o terrestre, se generan tres distintos tipos de conocimientos de embarque:

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Y así como se genera esta documentación, existen distintos instrumentos elaborados por organismos internacionales que son ratificados por el Ecuador, como los siguientes:

  • Organización Marítima Internacional. La OMI es un organismo especializado de las Naciones Unidas que tiene como principal misión establecer un marco normativo que fomente un transporte marítimo seguro, protegido, ecológicamente racional, eficaz y sostenible. Posee varios convenios internacionales y actualmente (hasta julio del 2020) el Ecuador mantiene un status activo en 26 de estos convenios.
  • International Air Transport Association IATA. Apoya la aviación con estándares globales para la seguridad de las aerolíneas, la seguridad, la eficiencia y la sostenibilidad. Así como el anterior, posee varias resoluciones que regulan el tráfico aéreo e incluso tarifas. Ecuador posee dos aerolíneas miembros en esta asociación: LATAM Ecuador y Avianca Ecuador.
  • Decisión 837 - Comisión de la Comunidad Andina. La presente decisión es aplicable solo para los países miembros de la CAN y su principal objetivo es regular todo lo relacionado al transporte internacional de mercancías por carretera de un País Miembro a otro.

Conclusiones

Dado que Ecuador forma parte del comercio internacional, además de su normativa nacional, es importante que forme parte de distintos instrumentos internacionales para que exista armonía con aquellos países con los que se realizan estos movimientos comerciales. Esta adopción de dichos instrumentos permitirá que los procesos entre países puedan ser objetivos y justos para cada parte.

Recomendaciones

Es necesario que Ecuador se mantenga actualizado respecto a las distintas enmiendas que se realizan en ciertos convenios, decisiones, resoluciones o cualquier otro instrumento internacional; esto le brindará mayor facilidad para las operaciones de transporte internacional.

Fuentes

Organización Marítima Internacional. (s.f.) Estado jurídico de los convenios. Recuperado de: http://www.imo.org/es/About/Conventions/StatusOfConventions/Paginas/Default.aspx

International Air Transport Association. (s.f.) Vision and Mission. Recuperado de: https://www.iata.org/en/about/mission/

Comisión de la Comunidad Andina. (2019, abril 19) Decisión 837. Secretaría de la Comunidad Andina.

Autor: Andrea Jimbo Bedón

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