El ICE es el Impuesto a los Consumos Especiales el cual está regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno, es un tributo aplicado a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados como son: cigarrillos, bebidas alcohólicas incluida la cerveza, perfumes y aguas de tocador por venta directa, vehículos híbridos y eléctricos y otros bienes. Debe ser pagado por los productores o importadores de los bienes gravados únicamente en su primera etapa de producción

Base imponible para el cálculo del ICE

  1. Costo de producción del bien 
  2. Tasas arancelarias (Advalorem, Fodinfa, Salvaguardias)
  3. Tasas extraordinarias recaudadas por la autoridad aduanera en el proceso de desaduanización del producto. (Depende del producto)
  4. Para saber el valor de la base imponible del ICE se aplicará la siguiente fórmula.

Fórmula de cálculo:

ICE = [Valor ExAduana + (Valor ExAduana* %ICE1)]*%ICE2

Valor ExAduana= CIF+ ADValorem + Tasas

         * El porcentaje ICE1e ICE2 depende el producto a importar.

Fuente: SRI
Elaborado por: María José Guizado

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales