CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DEL SAZONADOR

INTRODUCCIÓNEl Sazonador es una mezcla selecta de especias con orégano, comino, sal, perejil, ajo y cebolla en polvo; pensada para realzar al máximo el sabor natural de los alimentos y hacerlos irresistibles.DESARROLLORegla general interpretativas (R.G.I)-Regla 1.- Regla general interpretativa-Regla 3b.- El carácter esencial del productoDefinición notas explicativasPor otra parte, los condimentos y sazonadores compuestos que contengan especias, difieren de las especias y de las mezclas de especias de las partidas 09.04 a 09.10 en que también contienen una o varias sustancias saboreadoras o sazonadoras clasificadas en Capítulos diferentes al Capítulo 09 y en proporción tal que la mezcla ha perdido el carácter esencial de especia de dicho Capítulo (véanse a este respecto las Consideraciones Generales del Capítulo 9).Clasificación arancelariaClasificación arancelaria-Sección: IV-Capitulo: 21-Sección: Productos de las industrias alimentarias.-Capitulo: Preparaciones alimenticias diversas.Restricción arancelaria nacional-Registro sanitarioPosición arancelaria-Tarifa arancelaria: 30%-Unidad física: kgPosición Arancelaria-Partida: 21.03Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.-Subpartida: 2103.90.20.00Condimentos y sazonadores, compuestosCONCLUSIONESPor lo general un sazonador es la mezcla de especias naturales: achiote molido, pimienta negra, cebolla, ajo, apio y comino. En especial es utilizado en todo tipo de comidas resaltando el sabor de carnes y vegetales, en la actualidad, este mercado está en constante crecimiento, ya sea como especias solas o sus mezclas.Es importante mencionar que la clasificación arancelaria es un proceso que consiste en asignar un código numérico creado por la Organización Mundial de Aduanas a las mercancías. Su objetivo es identificar las mercancías que se importan y exportan para fijar impuestos, obligaciones y derechos.FUENTECOMUNIDAD ANDINA. (2007). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA.Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-...
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