La carga no exportada corresponde a los productos de exportación que ingresaron al depósito temporal, paletizadora autorizada, couriers o correos que no fueron embarcados por aspectos inherentes a la operación de exportación; o aquellos productos perecibles que no cumplieron con los estándares de calidad o requisitos fitosanitarios determinados por la autoridad competente.
El Exportador y/o el Agente de Aduana autorizado podrán registrar la solicitud en la opción:
TRAMITES OPERATIVOS
Elaboración de e-Doc Operativo Formulario de Solicitud categoría
VIÑETA CARGA – SECCIÓN EXPORTACIÓN
“Registro de Solicitud de Salida para Mercancías no Exportada”
El Depósito Temporal una vez que la solicitud haya sido aprobada por el sistema, registrará la Salida de Mercancías no exportadas en la opción:
TRAMITES OPERATIVOS
Elaboración de e-Doc Operativo Documentos Electrónicos
VIÑETA CARGA – SECCIÓN EXPORTACIÓN
“Informe de Salida de Mercancía - ISE”
El Representante Legal del OCE deberá de dar el permiso de las opciones a sus Colaboradores (Empleados) para que puedan acceder a las mismas.
RESUMEN
CONCLUSIONES
Los productos que no pueden ser exportados por alguna razón deben cumplir un trámite que se realiza en el Ecuapass e interviene el OCE y el depósito en donde se encuentra la mercancía.
RECOMENDACIONES
Antes de culminar los trámites de la exportación debemos revisar el estado de nuestra mercancía y estar seguros de que los certificados están en regla, para evitar contratiempos.
FUENTE
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-022-V1.pdf
http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2013&codigo=22
AUTOR
Maribel Guevara H.
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