Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y servidores aduaneros de los Distritos Aduaneros, que mediante Acuerdo Ministerial del MAGAP No. 068, de fecha 26 de febrero del 2010, se derogó el Acuerdo Ministerial No. 091 del 02 de Junio del 2008, el mismo que prohibía la exportación de arroz, sus derivados y subproductos.

Por lo tanto, se aplicó en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior el Acuerdo 068, cerrando la vigencia de la medida restrictiva en el sistema electrónico de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, a las subpartidas que se detallan a continuación:

Arroz

1006109000 1006200000 1006300000 1006400000

Y sus derivados:

1102900000 1103190000 1103200000 1104300000 1108190000 1901109100
1901200000 1902110000 1902190000 1902200000 1902300000 1904100000
1904200000 1904900000 1905200000 1905310000 1905320000 1905400000
1905901000 1905909000

Particular que se informa para los fines pertinentes.


Fuente: Boletines Aduana

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