Autorización de Internación de vehículo de turista al territorio ecuatorianoPrevio a la autorización temporal para el ingreso de vehículos por parte de las personas que tengan la intención de realizar turismo dentro del territorio ecuatoriano, se admitirán los siguientes medios de transporte:Aéreos: avionetas, aeroplanos ultraligeros, helicópteros.Marítimos: Yates, veleros y catamaranes.Terrestres: Autos, casas remolques, motocicletas, camionetas.Posterior a realizar el trámite administrativo, al turista se le entregará su Declaración Juramentada de Turista con el cual podrá circular por el territorio ecuatoriano dentro del plazo otorgado.Nota: Este trámite debe ser realizado previo al ingreso del vehículo al territorio ecuatoriano.¿A quién está dirigido?Dirigido a: personas naturales y extranjeras• Turistas extranjeros que pretendan circular dentro del territorio ecuatoriano con su vehículo por un tiempo determinado.• Ecuatorianos residentes en el exterior que pretendan circular dentro del territorio ecuatoriano con su vehículo por un tiempo determinado.¿Qué necesito para hacer el trámite?Requisitos Obligatorios:• Documento de identidad o pasaporte debidamente sellado por migración.• Licencia de conducir.• Matrícula de vehículo.• Tarjeta de migración (se obtiene en las Unidades de Control Migratorio del Ministerio de Gobierno).Requisitos Especiales:• Carta notarial en caso de que el conductor no sea propietario del vehículo.• Original del contrato de alquiler o copia notariada, en caso de vehículos alquilados.¿Cómo hago el trámite?Pre-registro (no obligatorio previo al ingreso al territorio ecuatoriano):1. Acceder al "Registro de la Declaración Juramentada de Turista (DJT)"2. Llenar cada uno de los campos del formulario, la información relacionada al pasajero se refiere únicamente al conductor mas no a sus acompañantes.3. Registrar el formulario, el sistema le otorga un número temporalRegistro de DJT1. Posterior a realizar el registro migratorio, acercarse al punto de control aduanero conforme el Distrito de arribo.2. Presentar los requisitos documentales y de ser el caso el número de registro temporal DJT.3. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos se otorga la Declaración Juramentada de Turista (DJT).4. La Declaración Juramentada de Turista impresa debe ser portada por parte del conductor dentro del territorio ecuatoriano.5. Al momento de la salida del país acercarse al punto de control aduanero para proceder con el registro de salida del vehículo del territorio ecuatoriano.¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?• Turistas extranjeros: La autorización de la Declaración Juramentada de Turista será igual al plazo de permanencia otorgado por parte del Ministerio del Interior (Migración).• Ecuatorianos residentes en el exterior: 90 días prorrogables bajo petición por única vez de 90 días más.ConclusiónUna declaración juramentada de turista, si es el caso de la internación de un vehículo debe ser solicitada antes del ingreso al país del destino, permitiéndole circular dentro de ese territorio por el tiempo de permanencia en el mismo, o si es caso de un conductor ecuatoriano residente en el exterior por 90 días, prorrogables por no días más, si se desea circular solamente por provincias fronterizas no es necesaria esta declaración.RecomendaciónDe preferencia solicitar una DJT al momento de ingresar al país en un medio de transporte internacional para evitar multas y en el peor de los casos la retención del vehículo por un período determinado.Autor: Luis Enrique CoroReferenciasGOB.EC, (24 de diciembre de 2020). Autorización de Internación de vehículo de turista al territorio ecuatoriano. Obtenido: https://www.gob.ec/senae/tramites/autorizacion-internacion-vehiculo-turista-al-territorio-ecuatoriano
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