A partir del  5 de  enero de 2015  se implementan  para  todas  las  subpartidas, la Resolución N° 050-2014 emitida  por el COMEX,  con la aplicación de las  salvaguardias para  productos originarios de  Colombia  y  Perú.

Según la  Constitución de la República del Ecuador en  su Art. 304 estipula que: La política  comercial tendrá el  objetivo de desarrollar, fortalecer, dinamizar los mercados  internos  a partir del  objetivo estratégico establecido en  el  Plan  Nacional de Desarrollo, para  fortalecer el aparato productivo y la  producción  nacional.

El 24 de  diciembre del  2014, Ecuador  solicitó a  la CAN su pronunciamiento  breve  frente a la aplicación de  medidas  correctivas de emergencia,  por la  alteración de las condiciones de competencia causada por las devaluaciones monetarias del  peso  colombiano  y  el  sol peruano que tiene  efectos desfavorables  para la  economía nacional.

La  medida  correctiva  adoptada por el estado ecuatoriano fue  impuesta en  términos  del  artículo 98 del Acuerdo de  Cartagena para  productos  originarios de  Colombia  y Perú.

  • Ad valorem 7% productos  peruanos
  • Ad valorem 21% productos colombianos

Nota: El derecho aduanero  no podrá  superar la  tarifa arancelaria de  nación  más  favorecida

EJEMPLO:

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Adicional se  informa que para  acceder a  la consulta de los  valores aplicados, debe  hacerlo  a través de la opción  “Consulta de  Detalle de Cupos” del sistema Ecuapass

Conclusión:

Resolución N° 050-2014 ya  está en  funcionamiento , busca  la protección de la  economía  nacional frente a la  devaluación de las  monedas de los países de  Colombia  y Perú, los  porcentajes  impuestos  son del 21%  y el 7%  respectivamente.

Si la  importación de Colombia  o Perú viene  con  Certificado de  Origen  NO  se paga el  arancel, pero  la salvaguardia. En  cambio si no se presenta con  Certificado  de  Origen se paga  el  arancel  y  NO  la  salvaguardia.

La tasa de la salvaguardia nunca será  superior a la  tasa del arancel.

Recomendaciones:

Ingresar al porta del sistema Ecuapass para  consultar el Detalle de Cupos dependiendo  la  subpartida arancelaria del  producto  a importar.

Glosario

  • COMEX: Comité de  Comercio Exterior
  • CAN: Comunidad Andina de  Naciones
  • Salvaguardia: Restricción temporal de importaciones  de un  producto que  cause  o amenace causar daño grave a  determinada  rama de producción.
  • Ad-valórem: Términos  porcentuales del valor de  aduana de la mercadería.
  • Asignación de  cupos: Es  la determinación del  volumen  o valor de  cupos, donde  se tomará en  cuenta las condiciones de  abastecimiento y la  oferta nacional del  producto sujeto a  contingentes.

Fuente: Servicio  Nacional de  Aduana del  Ecuador – COPCI

Realizado  por: María José Guizado A.                 

 

 

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