El Consejo de Comercio Exterior e Inversiones emitio el 11 de enero del 2010 la Resolución 538 donde resuelve: - Vigencia de Resolucíón 466 y sus reformas hasta que el COMEXI las derogue expresamente - Derogatoria del artículo primero de la resolución 466 la frase que dice: “y por el período de un año” - Continúan vigentes los cupos otorgados en las subpartidas que se encuentran en el anexo III de la resolución 487 y los demás acuerdos con dichas subpartidas, que no han sido utilizados hasta el 22 de enero de 2010. - Las excepciones y las observaciones específicas aprobadas por el Comexi a partir de la Resolución 467 se mantendrán vigentes hasta que no se deroguen expresamente. Con esto se mantiene la vigencia de la medida por tiempo indefinido. Resolución 538 del COMEXI
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