Introducción
Las labores de control e investigación tendrán lugar conforme a un método selectivo basado en criterios de riesgo, el cual permita la confección de un plan objetivo de revisión. Dicho plan incluirá las declaraciones seleccionadas, con independencia del tipo de aforo, cualquiera que sea el régimen aduanero solicitado.
Desarrollo
Las acciones de control e investigación efectuadas por las Administraciones Aduaneras de cada País Miembro, tienen por objeto comprobar:
Conclusión
Las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros podrán encomendar las labores de control e investigación a las unidades establecidas en la misma aduana de despacho en la que tuvo lugar el reconocimiento y aforo de las mercancías declaradas o a las unidades pertenecientes a un área centralizada nacional o regional
Fuentes
- http://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/Gace2113.pdf
- https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/1-2001-R1.pdf
- https://www.aduana.gob.bo/aduana7/content/comunidad-andina-can#:~:text=Decisi%C3%B3n%20778%20%E2%80%9CR%C3%A9gimen%20Andino%20sobre,y%20de%20carga%2C%20y%20personas.
Autor: Angela Checa
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